Entradas

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-SECRE-2013, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, SEGURIDAD, OPERACIÓN YMANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO MEDIANTE PLANTA DEDEPÓSITO O PLANTA DE SUMINISTRO QUE SE ENCUENTRAN DIRECTAMENTE VINCULADOS A LOS SISTEMAS DETRANSPORTE O DISTRIBUCIÓN POR DUCTO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO, O QUE FORMAN PARTE INTEGRALDE LAS TERMINALES TERRESTRES O MARÍTIMAS DE IMPORTACIÓN DE DICHO PRODUCTO.La Comisión Reguladora de Energía, con fundamento en los artículos 17 y 33, fracciones XII y XXV, de laLey Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2 fracción VI y 3 fracciones XIV y XXII, 4 y 13 de la Leyde la Comisión Reguladora de Energía; 4, segundo párrafo, 9, 11, 14, fracciones I, inciso c), IV y VI y 16 de laLey Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 1, 2, 3, 4, 12 y 13 de la Ley Federalde Procedimiento Administrativo; 38 fracción II, 40 fracciones I, III, VII, XIII y XVIII, 41, 47, fracción IV y 73 dela Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 34 y 80 del Reglamento de la Ley Federal sobreMetrología y Normalización; 1, 3, 14, fracciones i, inciso b), II, incisos a) y b) y III, inciso d, 29, 45, 46, 48, 49,62, 67, fracciones I, II, V y VI, 87 y 90 del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo; 1, 2, letra F., fracción I, 26y 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y 1, 2, 6, fracción I, letras A. y C., 9, 19, 23fracciones VII y XVI, y 33 del Reglamento Interior de la Comisión Reguladora de Energía, yCONSIDERANDO

Primero. Que el siete de enero de 2013, la Comisión Reguladora de Energía (esta Comisión) publicó en elDiario Oficial de la Federación (DOF) el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-015-SECRE-2012,Diseño, construcción, seguridad, operación y mantenimiento de sistemas de almacenamiento de gas licuadode petróleo mediante planta de depósito o planta de suministro que se encuentran directamente vinculados alos sistemas de transporte o distribución por ducto de gas licuado de petróleo, o que forman parte integral delas terminales terrestres o marítimas de importación de dicho producto, aprobado por el Comité ConsultivoNacional de Normalización de Derivados del Petróleo, del Gas y Bioenergéticos en su sesión extraordinariadel cinco de diciembre de 2012.

Segundo. Que el cuatro de octubre de 2013, esta Comisión publicó en el DOF las Respuestas a loscomentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana a que se refiere el Considerandoinmediato anterior.

Tercero. Que el 24 de octubre de 2013, la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (la COFEMER),mediante el oficio COFEME/13/2976, emitió la resolución a propósito del Acuerdo de Calidad Regulatoriacorrespondiente, por la cual resuelve que el anteproyecto denominado Norma Oficial Mexicana NOM-015-SECRE-2013, Diseño, construcción, seguridad, operación y mantenimiento de sistemas de almacenamientode gas licuado de petróleo mediante planta de depósito o planta de suministro que se encuentrandirectamente vinculados a los sistemas de transporte o distribución por ducto de gas licuado de petróleo, oque forman parte integral de las terminales terrestres o marítimas de importación de dicho producto (la NOM-015-SECRE-2013), y su respectiva Manifestación de Impacto Regulatorio, quedan sujetos al procedimiento demejora regulatoria previsto en el Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA).

Cuarto. Que el 30 de octubre de 2013, la Comisión Federal de Competencia Económica, mediante oficioUPVAI-CFCE-2013-010, informó a la COFEMER sobre la emisión de su opinión y análisis respecto de laNOM-015-SECRE-2013, por la que concluye que dicha regulación sería neutral al proceso de competencia ylibre concurrencia, en virtud de que no resulta discriminatorio, ni genera ventajas exclusivas a favor de algúnagente económico.

Quinto. Que el cinco de noviembre de 2013, la COFEMER, mediante el oficio COFEME/13/3067, emitió elDictamen Total, que surte los efectos de un Dictamen Final respecto a lo previsto en el artículo 69-L, segundopárrafo, de la LFPA, correspondiente a la NOM-015-SECRE-2013.

Sexto. Que como resultado de lo expuesto en los considerandos anteriores, se concluye que se ha dadocumplimiento al procedimiento que señalan los artículos 44 al 47, y demás relativos a la Ley Federal sobreMetrología y Normalización y su Reglamento, por lo que se expide la siguiente:

 

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-SECRE-2013, DISEÑO, CONSTRUCCIÓN, SEGURIDAD, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO MEDIANTE PLANTA DE DEPÓSITO O PLANTA DE SUMINISTRO QUE SE ENCUENTRAN DIRECTAMENTE VINCULADOS A LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE O DISTRIBUCIÓN POR DUCTO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO, O QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DE LAS TERMINALES TERRESTRES O MARÍTIMAS DE IMPORTACIÓN DE DICHO PRODUCTO

En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron las instituciones y personas moralessiguientes: Asociación de Distribuidores de Gas LP del Nordeste, A.C., Asociación Mexicana de Distribuidoresde Gas Licuado y Empresas Conexas, A.C., Cámara Nacional de la Industria de Transformación, CámaraRegional del Gas, A.C., Comisión Reguladora de Energía, Diseño Especializado en Ingeniería y SistemasActualizados, S. A. de C. V., Grupo Marsori S.C., Lloyd Germánico de México, S. de R. L. de C. V., PetróleosMexicanos y Secretaría de Energía.

ÍNDICE

Tabla de contenido

Capítulo 1 Aspectos Generales

1.1 Objeto

1.2 Campo de aplicación

1.3 Términos y definiciones

Capítulo 2 Diseño y Construcción de Sistemas de almacenamiento de GLP

2.1 Sistemas de almacenamiento de GLP

2.2 Ubicación de los Sistemas de almacenamiento

2.3 Requerimientos de distancias mínimas

2.4 Ubicación de recipientes a presión y equipo

2.5 Sistema mecánico

2.6 Sistema de carga, trasiego y descarga de producto

2.7 Soldadura y procedimientos de soldadura

2.8 Sistema civil

2.9 Sistema de protección contra incendios

2.10 Sistemas de control

2.11 Sistema de paro de emergencia (PDE)

2.12 Sistema eléctrico

Capítulo 3 Diseño y construcción de Sistemas de almacenamiento de GLP refrigerado

3.1 Alcance

3.2 Ubicación

3.3 Distancias mínimas requeridas

3.4 Ubicación de tanques de almacenamiento de GLP refrigerados

3.5 Consideraciones térmicas

3.6 Sistema de refrigeración

3.7 Accesorios, válvulas y tuberías

Capítulo 4 Diseño y construcción de instalaciones marinas para recepción de GLP

4.1 Alcance

4.2 Muelles

4.3 Equipo eléctrico

 

4.4 Soldadura

4.5 Otras medidas de seguridad

4.6 Tuberías, válvulas y accesorios

4.7 Boyas

Capítulo 5 Operación de Sistemas de almacenamiento de GLP

5.1 Personal calificado

5.2 Pruebas pre operativas, operativas y de desempeño

5.3 Manual de operación

5.4 Contenido del manual de operación

5.5 Procedimientos de operación

5.6 Puesta en servicio de tanques y recipientes para almacenamiento de GLP

5.7 Trasiego de GLP

5.8 Extracción de agua

5.9 Toma de muestras de GLP

5.10 Desfogue de gases no condensables

5.11 Sistema de control.

5.12 Desmantelamiento y retiro de uso y operación de las instalaciones.

5.13 Requisitos de operación para instalaciones de trasiego de GLP mediante boyas.

Capítulo 6 Mantenimiento de Sistemas de almacenamiento de GLP

6.1 Manual de mantenimiento

6.2 Requisitos del manual de mantenimiento

6.3 Administración del mantenimiento

6.4 Mantenimiento de sistemas, componentes y equipos

6.5 Mantenimiento de tanques y recipientes para almacenamiento de GLP.

6.6 Mantenimiento de válvulas

6.7 Mantenimiento de los sistemas de control

6.8 Mantenimiento del sistema de protección contra incendios

6.9 Control de la corrosión

6.10 Superficies resistentes al fuego

6.11 Reparación de equipo de GLP

6.12 Trabajo en caliente

6.13 Autorización de trabajo

6.14 Sismo o evento meteorológico

6.15 Registros de mantenimiento

6.16 Mantenimiento del predio del Sistema de almacenamiento de GLP

6.17 Requisitos de mantenimiento para instalaciones de trasiego de GLP mediante boyas.

Capítulo 7 Seguridad en los Sistemas de almacenamiento de GLP

7.1 Aspectos generales.

 

7.2 Inspección anual de seguridad del sistema de almacenamiento de GLP.

7.3 Plan de prevención y protección contra incendios

7.4 Capacitación.

7.5 Supervisión del Sistema de almacenamiento y medidas contra terceros.

7.6 Señales y avisos para protección civil.

7.7 Código de identificación para tuberías.

7.8 Requisitos de seguridad para instalaciones de trasiego de GLP mediante boyas.

7.9 Elaboración del programa anual de operación, mantenimiento y seguridad.

Capítulo 8 Sistema de Administración de la Integridad para Sistemas de Almacenamiento de GLP

8.1 Aspectos generales

8.2 Sistema de Administración de la Integridad

8.3 Evaluación del Sistema de Administración de la Integridad

8.4 Notificación del reporte anual de incidentes.

Capítulo 9 Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad

9.1 Objetivo

9.2 Definiciones

9.3 Disposiciones generales

9.4 Dictámenes técnicos que deberán emitirse relativos al Sistema de almacenamiento

Capítulo 10 Concordancia con normas internacionales

Capítulo 11 Vigencia

Capítulo 12 Vigilancia

Capítulo 13 Normas oficiales mexicanas de referencia

Capítulo 14 Bibliografía

Transitorios

Capítulo 1 Aspectos Generales

1.1 Objeto

Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las características y/o especificaciones, criterios yprocedimientos mínimos que se deberán observar en lo relativo al diseño, construcción, seguridad, operacióny mantenimiento de los Sistemas de almacenamiento de gas licuado de petróleo (GLP) mediante planta dedepósito o mediante planta de suministro que se encuentran directamente vinculados a los sistemas detransporte o distribución por ducto de GLP, o que forman parte integral de las terminales terrestres o marítimas de importación de dicho producto.

1.2 Campo de aplicación

La presente Norma Oficial Mexicana es aplicable a los Sistemas de almacenamiento de GLP medianteplantas de depósito o de suministro que se encuentran directamente vinculados a los sistemas de transporte odistribución por ducto de GLP, o que forman parte integral de las terminales terrestres o marítimas deimportación de dicho producto.

No es aplicable al diseño, construcción o reubicación de pozos de almacenamiento subterráneo, tanques de almacenamiento subterráneos o tanques de concreto para el almacenamiento de GLP, ni a instalaciones con una capacidad de almacenamiento total menor a 7.50 m3 (7,500 litros).

1.3 Términos y definiciones

Para efectos de la presente Norma Oficial Mexicana, se establecen los siguientes términos y definiciones:

 

1.3.1 Accidente mayor: En términos de lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2012, Sistema para la administración del trabajo-Seguridad en los procesos y equipos críticos que manejensustancias químicas peligrosas, el evento no deseado que involucra a los procesos y equipos críticos consustancias químicas peligrosas, que origina una liberación incontrolada de las mismas o de energía, y quepuede ocasionar lesiones decesos y daños en el centro de trabajo, la población aledaña o el ambiente.

1.3.2 Almacenamiento refrigerado: Condición de un sistema en la que el GLP almacenado es enfriado ala temperatura de ebullición correspondiente a la presión interna del tanque de almacenamiento que, en estecaso, es aproximadamente igual a la atmosférica.

1.3.3 Asentamiento humano: De conformidad con la Ley General de Asentamientos Humanos, es elestablecimiento de un conglomerado demográfico, con el conjunto de sus sistemas de convivencia, en un áreafísicamente localizada, considerando dentro de la misma los elementos naturales y las obras materiales que lointegran.

1.3.4 Auto refrigeración: El efecto de enfriamiento que resulta de la vaporización del GLP cuando selibera a una presión más baja.

1.3.5 BLEVE (Boiling liquid expanding vapor explosion, por sus siglas en inglés): Explosión de vapor enexpansión que resulta de un líquido en ebullición.

1.3.6 Boya: Cuerpo flotante, normalmente de forma cilíndrica, equipada con un dispositivo de amarre yque permite el trasiego de producto entre el buque-tanque y el sistema de almacenamiento de GLP.

1.3.7 CRE o Comisión: La Comisión Reguladora de Energía.

1.3.8 Debe: Indica una condición que es obligatoria.

1.3.9 Envolvente: Material colocado alrededor de la pared metálica de un tanque de almacenamiento orecipiente a presión y que está compuesto por una o más capas entre las cuales puede colocarse un materialaislante o protector con el fin de ocupar el espacio anular.

1.3.10 Estudio de riesgos: Documento que integra el análisis de riesgos elaborado mediante la aplicaciónde una metodología específica para identificar y evaluar los riesgos que los sistemas de almacenamiento deGLP representan para la seguridad de las personas y sus bienes, las instalaciones o el equilibrio ecológico,así como las medidas de mitigación y administración de los riesgos identificados en caso de ocurrencia. Paraefecto del cumplimiento con esta Norma Oficial Mexicana, se podrán utilizar los análisis o estudios de riesgosaplicables por la regulación vigente a los sistemas de almacenamiento de GLP.

1.3.11 Gas licuado de petróleo (GLP o gas LP): Es el combustible compuesto primordialmente porbutano y propano.

1.3.12 Ingeniería básica: Etapa de la ingeniería que consiste en la definición y especificaciones generalesdel proyecto, relativos al diseño y tecnologías que se seleccionarán en las diversas disciplinas de laingeniería. A partir de esta información, se deben elaborar planos y memorias técnico-descriptivas, diagramasde flujo y diagramas de tuberías e instrumentación, en su caso, de cada uno de los siguientes sistemas: civil,mecánico, eléctrico, contra incendios, protección catódica (en su caso), control distribuido, paro deemergencia, carga, trasiego y descarga de producto.

1.3.13 Ingeniería de detalle: Etapa de la ingeniería que consiste en el diseño definitivo y especificacionesdetalladas para cada componente del Sistema de almacenamiento con base en la Ingeniería Básica. Debeincluir la información definitiva sobre diagramas de flujo, diagramas de tuberías e instrumentación, y planos deconstrucción y memorias técnico descriptivas de los sistemas civil, mecánico, eléctrico, contra incendios,protección catódica (en su caso), control distribuido, paro de emergencia, carga, trasiego y descarga deproducto.

1.3.14 Inicio de Operaciones: La etapa del Sistema de almacenamiento de GLP a partir de la cual elPermisionario presta el servicio de almacenamiento de GLP correspondiente.

1.3.15 Instalaciones: Elementos que forman parte de los sistemas de almacenamiento, entre los quedestacan: tanques o recipientes a presión, bombas, tuberías, válvulas, medidores y demás infraestructurarequerida para la recepción, trasiego, almacenamiento y entrega de GLP, desde y hacia Sistemas dealmacenamiento mediante plantas de depósito o de suministro que se encuentran directamente vinculados alos sistemas de transporte o distribución por ducto de GLP, o que forman parte integral de las terminales

terrestres o marítimas de importación de dicho producto.

1.3.16 Líquido inflamable: Es cualquier sustancia que tenga una presión de vapor igual o menor a347.7847 kPa, a 293.15  K (20 °C), una fluidez mayor a 300 en asfalto, y una temperatura de inflamabilidadmenor a 310.95  K (37.8 °C, 100 °F).

1.3.17 LFMN: La Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

1.3.18 Modificación técnica: Es la alteración que se lleva a cabo en el Sistema de almacenamiento deGLP que modifica el riesgo o altera la seguridad del mismo. Se exceptúan el remplazo de componentes oequipos idénticos.

1.3.19 Normas aplicables: Son las normas oficiales mexicanas (NOM), normas mexicanas (NMX) y, afalta de éstas las normas o lineamientos internacionales, y en lo no previsto por éstas, las normas, códigos y/oestándares extranjeros que sean adoptados por el solicitante de un permiso o permisionario y que seanaplicables a la presente Norma Oficial Mexicana.

1.3.20 Pared Metálica: Conjunto de placas metálicas unidas entre sí que conforman un tanque dealmacenamiento para contener al GLP.

1.3.21 Permisionario: El titular de un permiso de almacenamiento de GLP mediante planta de depósito omediante planta de suministro, en términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramodel Petróleo, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía y del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo.

1.3.22 Permiso: El permiso de almacenamiento de Gas LP mediante planta de depósito o mediante plantade suministro, otorgado por la Comisión, en términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucionalen el Ramo del Petróleo, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, del Reglamento de Gas Licuado dePetróleo y la regulación vigente aplicable.

1.3.23 Proyecto: Documento integrado por la ingeniería básica, las memorias técnico descriptivas, losdiagramas de flujo, incluyendo diagramas de tuberías e instrumentación, así como por los planos de cada unode los siguientes sistemas: civil, mecánico, eléctrico, contra incendios, protección catódica (en su caso),control distribuido, paro de emergencia, carga, trasiego y descarga de producto.

1.3.24 Punto de inflamabilidad: Temperatura mínima de un combustible líquido a la cual se producesuficiente vapor para formar una mezcla inflamable con el aire, cerca de la superficie del líquido, dentro ofuera de cualquier recipiente.

1.3.25 Recipiente a presión: Los recipientes no transportables, ya sean esféricos o cilíndricoshorizontales o verticales, que son construidos para almacenar GLP y que operan a una presión manométricano menor a 103 kPa. Corresponden a los tipos A y E de la clasificación establecida en la NOM-009-SESH-2011, Recipientes para contener Gas L.P., tipo no transportable. Especificaciones y métodos de prueba (en losucesivo, la NOM-009-SESH-2011).

1.3.26 Recipiente esférico: Recipiente no transportable utilizado para almacenar GLP a presionessuperiores a la atmosférica y que por su peso, capacidad, forma o dimensiones, debe ser construido en susitio de ubicación. Corresponden al tipo E de la clasificación establecida en la NOM-009-SESH-2011.

1.3.27 Recipiente horizontal: Recipiente no transportable para almacenar GLP en el cual el ejelongitudinal del recipiente queda dispuesto de manera paralela al piso nivelado en el que se instala sucimentación. Corresponden al tipo A de la clasificación establecida en la NOM-009-SESH-2011.

1.3.28 Recipiente vertical: Recipiente no transportable, para almacenar GLP, en el cual el eje longitudinaldel recipiente queda dispuesto de manera perpendicular al piso nivelado en el que se instala su cimentación.

1.3.29 Seguridad: Condición del Sistema de almacenamiento de GLP para funcionar bajo diferentesestados operativos que no pongan en peligro las instalaciones o incurran en eventos críticos o catastróficos,en apego a lo establecido en el capítulo 7 de esta Norma Oficial Mexicana.

1.3.30 Sistemas de almacenamiento de GLP: Instalaciones destinadas al almacenamiento de gaslicuado de petróleo mediante planta de depósito o planta de suministro que se encuentran directamentevinculadas a los sistemas de transporte o distribución por ducto de gas licuado de petróleo, o que formanparte integral de las terminales terrestres o marítimas de importación de dicho producto. Están constituidasprincipalmente por los sistemas civil; mecánico; eléctrico; contra incendios; paro de emergencia; carga,

trasiego y descarga de producto.

1.3.31 Tanque de almacenamiento: Recipiente no transportable diseñado para almacenar GLP a unapresión cercana a la atmosférica hasta una presión manométrica de 103 kPa (15 psig).

Capítulo 2 Diseño y Construcción de Sistemas de almacenamiento de GLP

2.1 Sistemas de almacenamiento de GLP

2.1.1 Esta sección establece las características y/o especificaciones, criterios y lineamientos mínimos a losque se deben sujetar el diseño y construcción de los Sistemas de almacenamiento de GLP. Es aplicable a losSistemas de almacenamiento de GLP que sean diseñados y construidos en fecha posterior a la entrada envigor de esta Norma Oficial Mexicana y a aquéllos que, ya construidos bajo la regulación vigente en sumomento, presenten a la Comisión una solicitud de autorización para realizar modificaciones técnicas, entérminos de lo establecido en el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo.

2.1.2 En el diseño de un Sistema de almacenamiento de GLP se deberá considerar la cercanía conasentamientos humanos y con cualquier instalación o edificación que pudiera ocasionar una contingencia ydaños a la población y al propio sistema de almacenamiento.

2.1.3 Para cada uno de los sistemas que integran el Sistema de almacenamiento de GLP, se debeelaborar la Ingeniería Básica e Ingeniería de Detalle que contengan, entre otra información, los planos, loscomponentes principales, su localización y simbología, así como las memorias técnico-descriptivas en dondese detallen la descripción y ubicación de cada uno de los sistemas, criterios de diseño, cálculos, capacidades,códigos y normas utilizados, diagramas de flujo y de control e instrumentación. Las memorias técnico-descriptivas y planos de cada sistema deberán contener las firmas autógrafas, nombre y cédula profesionaldel proyectista, del representante legal del permisionario o solicitante y de la Unidad de Verificación.

2.2 Ubicación de los Sistemas de almacenamiento

2.2.1 Las características de diseño que se establecen en esta Norma Oficial Mexicana están dirigidas apropiciar un funcionamiento adecuado, con objeto de garantizar la seguridad e integridad del Sistema dealmacenamiento y prevenir un Accidente mayor.

2.2.2 Para determinar la ubicación de un Sistema de almacenamiento de GLP, se deberán tomar en cuenta las medidas de mitigación derivadas de un estudio de riesgos. Éste deberá considerar la cantidad de GLP que se va a almacenar, el número, distribución y tipo de tanques o recipientes a presión para almacenamiento que se van a instalar, el tipo de sistema contra incendios que va a utilizar, el tamaño de predio disponible, la proximidad de asentamientos humanos, el tipo y número de edificaciones vecinas, entre otros. Lo anterior, con el objeto de identificar los riesgos, posibles incidentes y sus consecuencias en las áreas colindantes.

2.2.3 El estudio de riesgos del Sistema de almacenamiento debe incorporar el evento más severo que sepueda presentar en el sistema. Dicho escenario debe determinarse mediante la aplicación de técnicasreconocidas de identificación de amenazas, probabilidad de ocurrencia y estimación de consecuencias.

2.2.4 En el estudio de riesgos se deben utilizar modelos computacionales de dispersión de vapores paraestimar las distancias mínimas que se deben guardar entre las diversas instalaciones del Sistema dealmacenamiento, a fin de limitar el riesgo de exposición de las instalaciones adyacentes.

2.2.5 Para la selección de la ubicación del Sistema de almacenamiento, además de lo establecido en ladisposición 2.2.2 anterior, se deben considerar los factores siguientes:

  1. a)La proximidad con asentamientos humanos;
  2. b)La proximidad a las vías públicas;
  3. c)El riesgo de instalaciones adyacentes al Sistema de almacenamiento, en su caso;
  4. d)Las cantidades almacenadas de GLP y operaciones de trasiego;
  5. e)El desarrollo presente y planificado de zonas urbanas o industriales;

 

  1. f)La topografía del sitio, incluyendo las curvas de nivel y los datos del trazo y perfil del terreno;
  2. g)Las condiciones de vientos dominantes;
  3. h)La geotécnica del sitio;
  4. i)Valoración del Peligro Sísmico del sitio, donde se ubicará el Sistema de almacenamiento, tomando en consideración el tipo de estructuras que se proyectan así como los efectos de sitio, en su caso;
  5. j)Valoración de efectos de Tsunamis, que puedan representar peligros de inundación en lasinstalaciones y zonas circundantes a las instalaciones, en su caso;
  6. k)Susceptibilidad del fenómeno de licuefacción de suelos en el sitio del proyecto, en su caso;
  7. l)La existencia de ríos y mantos acuíferos superficiales y subterráneos, en su caso;
  8. m)El acceso a las instalaciones en caso de emergencia y las rutas de evacuación;
  9. n)La disponibilidad de equipo, instalaciones para atender emergencias y servicios públicos requeridosen caso de presentarse un incidente;

ñ)    Los requerimientos para el recibo y envío de productos, y

  1. o)Las normas y reglamentos locales.

2.3 Requerimientos de distancias mínimas

2.3.1 Esta sección establece las distancias mínimas que se deben considerar en el diseño de ladistribución de los equipos en un Sistema de almacenamiento de GLP. Las distancias establecidas debenconsiderar el resultado del estudio de riesgos aludido en las disposiciones 2.2.2 al 2.2.4, en lo conducente, deesta Norma Oficial Mexicana y modificarse en caso de resultar inadecuadas.

2.3.2 El espacio previsto entre instalaciones debe minimizar el potencial que fugas de GLP se enciendan,así como el riesgo de exposición al fuego de los recipientes a presión, los equipos o las instalacionesadyacentes.

2.3.3 Se debe considerar en el diseño la distancia mayor que resulte entre las mínimas propuestas y elresultado del estudio de riesgos.

2.3.4 La distancia horizontal mínima entre la tangente vertical de la envolvente de un recipiente a presiónpara almacenamiento de GLP con una capacidad determinada y el límite con un predio adyacente dondepudiera haber un asentamiento humano, se muestra en la Tabla 1.

Tabla 1. Distancia horizontal mínima entre la tangente vertical de la envolvente de un recipiente a presión de
GLP y el límite de un predio adyacente donde exista un asentamiento humano.

Capacidad de agua de cada recipiente,
m ³
Distancia mínima en metros
7.50-100
15
101-250
25
251-350
30
351-450
40
451 o mayor
60

2.3.5 Cuando en los predios adyacentes al Sistema de almacenamiento de GLP se ubiquen edificiospúblicos, educativos, guarderías/estancias, hospitales y lugares de reunión o de recreo, o instalacionesindustriales, entre otros, se deben considerar medidas de protección adicionales. Esto debe ser congruentecon el resultado del estudio de riesgos con objeto de garantizar la seguridad de las personas y sus bienes.

2.3.6 Los sistemas de almacenamiento de GLP nuevos no se deben instalar en predios adyacentes aaquéllos donde se ubiquen edificios públicos, educativos, guarderías/estancias y hospitales, a menos que elestudio de riesgos demuestre que hay una distancia suficiente que garantice la seguridad de las personas ysus bienes en caso de presentarse un incidente.

2.3.7 La distancia horizontal mínima entre las tangentes verticales de las envolventes de dos recipientes apresión o entre la envolvente de un recipiente a presión y la envolvente de cualquier otro recipiente quecontenga algún material peligroso o inflamable, en su caso, debe determinarse como sigue:

  1. a)Entre la tangente vertical de dos recipientes a presión, 1.5 m o la mitad del diámetro del tanque másgrande; se tomará la distancia que resulte mayor.
  2. b)Entre la tangente vertical de dos recipientes a presión horizontales o entre la tangente vertical de unohorizontal y la tangente vertical de uno esférico o vertical, 1.5 m o tres cuartos del diámetro del tanque másgrande; se tomará la distancia que resulte mayor.

2.3.8 La distancia horizontal mínima entre la tangente vertical de la envolvente de un recipiente a presión yla tangente vertical de la envolvente de cualquier otro tanque de almacenamiento no presurizado quecontenga un líquido peligroso o inflamable, debe ser la siguiente:

  1. a)Si la otra instalación es de almacenamiento refrigerado, la separación debe ser tres cuartos deldiámetro del tanque mayor;
  2. b)Si la otra instalación de almacenamiento es un tanque atmosférico y está diseñado para contenermaterial con un punto de inflamabilidad de 38 ºC o menos, la separación debe ser equivalente al diámetrodel tanque mayor;
  3. c)Si la otra instalación de almacenamiento es un tanque atmosférico y está diseñado para contenermaterial con un punto de inflamabilidad mayor a 38 ºC, la separación debe ser equivalente a la mitad deldiámetro del tanque mayor.

2.3.9 La distancia horizontal mínima entre la tangente vertical de la envolvente de un recipiente a presión otanque de almacenamiento de GLP y construcciones para ocupación humana, dentro del Sistema dealmacenamiento, debe determinarse como sigue:

  1. a)Si la construcción se utiliza como cuarto de control de la instalación de almacenamiento, la distanciadebe ser 15 m.
  2. b)Si la construcción se utiliza exclusivamente para otros propósitos (no relacionados con el control de la instalación de almacenamiento), la separación debe ser 30 m.

2.3.10 La distancia horizontal mínima entre la tangente vertical de la envolvente de recipiente a presión otanque de almacenamiento de GLP y los equipos que no se cubren en las disposiciones 2.3.1 a 2.3.9, debeser como sigue:

  1. a)15 m para tanques de proceso;

 

  1. b)30 m para quemadores u otro equipo que contenga flamas expuestas;
  2. c)15 m para otro equipo de combustión, incluyendo los hornos de proceso y las calderas utilitarias;
  3. d)5 m para las bombas que tomen succión de los tanques o recipientes para almacenamiento de GLP;
  4. e)15 m para cualquier otro equipo rotativo;
  5. f)15 m para las líneas de transmisión de energía eléctrica aérea y subestaciones eléctricas; laubicación de las mismas debe ser tal que una ruptura de las líneas aéreas no ocasione que los extremosexpuestos de los cables eléctricos caigan sobre ningún tanque o equipo;
  6. g)15 m para instalaciones de carga y descarga de auto-tanques, semirremolques y carro-tanques;
  7. h)30 m para canales de navegación, muelles y atracaderos;
  8. i)15 m para motores estacionarios de combustión interna.

2.3.11 La distancia horizontal mínima entre la tangente vertical de la envolvente de un recipiente a presióny el borde de un área de contención de derrames para tanques de almacenamiento de líquidos inflamables ocombustibles, debe ser de al menos 5 m.

2.3.12 Si es necesaria la contención de derrames y se lleva a cabo mediante el uso de diques o paredes,el borde del área de contención de derrames para la determinación de las distancias mínimas se define comola línea central del dique o de la pared. Si la contención del derrame es mediante bordos, desniveles ocanales, el borde del área de contención de derrames para la determinación de las distancias mínimas, sedefine como el borde externo del área mojada en el incidente considerado como criterio de diseño para lainstalación de contención de derrames.

2.4 Ubicación de recipientes a presión y equipo

2.4.1 Los recipientes a presión destinados para el almacenamiento de GLP no deben ubicarse en:

  1. a)Construcciones o recintos cerrados;
  2. b)Dentro del área de contención de derrames de tanques de almacenamiento de otros líquidosinflamables o combustibles, en su caso;
  3. c)Dentro del área de contención de derrames para tanques de almacenamiento refrigerados.

2.4.2 Los compresores y las bombas que succionen de los recipientes a presión no deben ubicarse dentrodel área de contención de derrames de ninguna instalación de almacenamiento.

2.4.3 Los recipientes a presión horizontales con capacidades de 45 m3 o mayores no deben ubicarse en grupos de más de seis tanques cada uno. Cuando se requiera instalar grupos múltiples de recipientes a presión tipo horizontales, cada grupo debe estar separado de los grupos adyacentes por una distancia mínima horizontal de 15 m considerando la tangente vertical de envolvente a envolvente. La configuración y ubicación de recipientes a presión en grupos es uno de los aspectos que deben determinarse mediante el estudio de riesgos a que hace referencia la disposición 2.2.2 de esta Norma Oficial Mexicana.

2.4.4 Los recipientes a presión tipo horizontales deben instalarse de tal forma que sus ejes longitudinalesno estén orientados hacia otras instalaciones tales como recipientes a presión, equipo de proceso, cuartos decontrol, instalaciones de carga o descarga, instalaciones de almacenamiento de líquidos inflamables ocombustibles o instalaciones en los muelles o atracaderos ubicados en las cercanías de estos recipientes.

2.4.5 Los recipientes a presión esféricos, no deben ubicarse en grupos de más de seis tanques cada uno.Cuando se requiera instalar grupos múltiples de recipientes a presión esféricos, cada grupo debe estarseparado de los grupos adyacentes por una distancia mínima horizontal de 30 m considerando la tangentevertical de envolvente a envolvente. La configuración y ubicación de recipientes a presión en grupos es uno delos aspectos que deben determinarse mediante el estudio de riesgos a que hace referencia la disposición2.2.2 de esta Norma Oficial Mexicana.

2.5 Sistema mecánico

 

2.5.1 Recipientes a presión para almacenamiento

Los recipientes a presión deben cumplir con las condiciones de diseño establecidas en la Norma OficialMexicana NOM-009-SESH-2011, Recipientes para contener Gas L.P., tipo no transportable. Especificacionesy métodos de prueba, o en aquélla que la sustituya.

2.5.1.1 Conexiones

2.5.1.1.1 El material de las conexiones bridadas de tuberías de proceso debe ser al menos de clase 300del código ASME B16.5-2009 para las tuberías de proceso, de acuerdo a las normas aplicables. Todos losaccesorios deben tener conexión de diámetro nominal de DN 20 ( ¾ de pulgada) como mínimo.

2.5.1.2 Recipientes a presión y tanques de almacenamiento reutilizados

2.5.1.2.1 Cuando un recipiente a presión previamente utilizado vaya a reubicarse o a usarse para elalmacenamiento de GLP, es necesario que cuente con el dictamen que acredite el cumplimiento con la NormaOficial Mexicana NOM-009-SESH-2011, Recipientes para Contener Gas L.P., tipo no transportable.Especificaciones y métodos de prueba, o con aquella que la sustituya, y debe ser evaluado, previo a suinstalación, de acuerdo con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SEDG-2002, Evaluación deespesores mediante medición ultrasónica usando el método de pulso-eco, para la verificación de recipientestipo no portátil para contener Gas L.P., o con aquella que la sustituya.

2.5.2 Tuberías, válvulas y accesorios

Esta sección establece los requisitos mínimos sobre el diseño de tuberías, válvulas y accesorios utilizadosen los Sistemas de almacenamiento de GLP.

2.5.2.1 Accesorios

2.5.2.1.1 Las conexiones entre tuberías del Sistema de almacenamiento deben fabricarse de acero sincostura y tener el mismo espesor de las tuberías a las que están unidas, estar soldadas a tope de penetracióncompleta y cumplir con lo establecido en las Normas aplicables.

2.5.2.1.2 Los accesorios con extremos soldables como codos, tes y coples deben resistir una presión detrabajo mínima de 20.684 MPa (3000 psig). Los accesorios de hasta DN 40 (NPS 1 1/2), deben tenerextremos de caja soldable; para diámetros mayores, se pueden usar extremos soldables biselados.

2.5.2.1.3 Se deben utilizar bridas con la clase correspondiente al rango de presión de trabajo. Las unionessoldadas cuello-brida de las conexiones deben ser de penetración completa a través de todo el espesor.

2.5.2.1.4 Los sellos a utilizarse entre conexiones de los elementos del Sistema de almacenamiento debenser flexibles.

2.5.2.1.5 Los tapones deben fabricarse de acero al carbón.

2.5.2.2 Equipo de medición

2.5.2.2.1 En cada tanque de almacenamiento se deben instalar, como mínimo, los accesorios indicados enla NOM-009-SESH-2011, o aquella que la sustituya.

2.5.2.2.2 Los recipientes a presión deben contar con un medidor de nivel del líquido, conforme a loestablecido en la NOM-009-SESH-2011, o a aquella que la sustituya.

2.5.2.2.3 Se debe proveer un sistema de alarma redundante para alto nivel que debe configurarse para daral operador tiempo suficiente de detener el flujo antes que se exceda la altura máxima de llenado. La alarmadebe ubicarse de forma tal que sea audible y visible.

2.5.2.2.4 En los recipientes a presión que tengan un sistema de corte/cierre de alto nivel, el dispositivo decorte debe ser adicional e independiente de la alarma de alto nivel especificada en la disposición 2.5.2.2.3 deesta Norma Oficial Mexicana.

2.5.2.2.5 La altura máxima permisible de llenado de un recipiente a presión se debe establecer de formaque provea el espacio de vapor necesario para cualquier expansión térmica del líquido que pueda ocurrir unavez concluida la operación de llenado. Asimismo, dicha altura máxima se debe establecer de forma que,cuando un tanque de almacenamiento se encuentre lleno a ese nivel, a la mínima temperatura dealmacenamiento, la expansión térmica del líquido no ocasione que se exceda el 98% del nivel total del líquido.

2.5.2.2.6 En los recipientes a presión no deben utilizarse indicadores de nivel de columna de vidrio, nimedidores de nivel de reflejo y mirilla.

2.5.2.3 Dispositivos de relevo de presión y de vacío

 

2.5.2.3.1 Las válvulas de relevo de presión y su instalación deben cumplir con lo establecido en la NOM-093-SCFI-1994 o con aquella que la sustituya, y en lo no previsto por ésta, con las Normas aplicables.

2.5.2.3.2 Cada recipiente a presión debe estar provisto con una o más válvulas de relevo de presiónequipadas con resorte u operadas por piloto. La válvula o válvulas de relevo de presión deben estar calibradasa una presión de ajuste determinada a partir de la presión de operación. Los dispositivos de relevo de presiónoperados por piloto deben estar diseñados de forma tal que la válvula principal abra automáticamente yproteja al recipiente a presión en caso que la válvula piloto falle. Las válvulas operadas por piloto deben incluirun dispositivo para prevenir el contraflujo cuando exista la posibilidad de que la presión interna pueda caer pordebajo de la atmosférica. Los recipientes a presión que puedan sufrir daños por el vacío interno deben incluirdispositivos de alivio de vacío. No se deben utilizar dispositivos de relevo de presión que operen por peso ocon palanca.

2.5.2.3.3 Las válvulas de relevo de presión instaladas en los recipientes a presión deben estar diseñadaspara proveer una capacidad de flujo adecuada para proteger dicho recipiente del exceso de presión debido alas causas siguientes: exposición al fuego, llenado excesivo, introducción de fluidos con presión de vaporsuperior a la de operación o no licuables en las tuberías y en los recipientes.

2.5.2.3.4 Las válvulas de relevo de presión deben instalarse de forma que provean una conexión directa alespacio de vapor y minimicen el arrastre de líquido durante un desfogue de vapor. Esto se debe lograrubicando las conexiones de la válvula de relevo de presión tan cercanas como sea práctico a la parte superiordel espacio de vapor.

2.5.2.3.5 Se debe impedir la manipulación del mecanismo de ajuste en las válvulas de relevo; si elmecanismo es externo, éste debe sellarse.

2.5.2.3.6 La tubería de entrada y de salida de la válvula de relevo de presión deben diseñarse de formaque exceda la capacidad nominal de la válvula, sin exceder los límites de caída de presión permisibles.

2.5.2.3.7 El sistema de relevo de presión debe protegerse contra el cierre de cualquier válvula de bloqueoque se encuentre instalada entre el recipiente a presión y dicha válvula de relevo de presión, o entre la válvulade relevo de presión y la salida del venteo de descarga. Esta protección se puede lograr mediante una de lassiguientes acciones:

  1. a)Se debe instalar el número adecuado de válvulas de relevo de presión y de vacío en el recipientepara permitir que cada una se aísle individualmente a fin de realizar pruebas o dar mantenimiento a la vezque se conserva la capacidad de desfogue requerida. No se debe aislar más de una válvula de relevo depresión o de vacío a la vez.
  2. b)En caso de requerirse sólo una válvula de relevo, se deben conectar al recipiente por separado dosválvulas de relevo cada una a través de una válvula manual. Dichas válvulas manuales deben tener unmecanismo que impida cerrar las dos válvulas a la vez. Como alternativa, se pueden conectar dos válvulasde relevo a través de una válvula de tres vías manual de forma que siempre esté conectada una válvula derelevo de presión o de vacío al recipiente a presión.

2.5.2.3.8 El vástago de cualquier válvula de compuerta instalada en el sistema de relevo de presión debeestar en una posición horizontal o por debajo de la línea central.

2.5.2.3.9 Las válvulas de relevo de presión deben contar con un certificado de calibración.

2.5.2.4 Desfogues

2.5.2.4.1 Las líneas de desfogue, es decir las líneas para la liberación del exceso de vapores de GLP,deben ser conducidas a un espacio abierto o a un sistema de quemador elevado. Los desfogues directos a laatmósfera son inaceptables cuando haya la posibilidad que el GLP líquido pueda liberarse hacia la atmósfera,a menos que el desfogue sea a través de válvulas de alivio térmico.

2.5.2.4.2 Para prevenir la descarga de GLP líquido procedente de los desfogues atmosféricos, se debenimplementar medidas de diseño y operativas adecuadas, entre otras, el apagado automático de lasoperaciones de llenado antes de llegar a una condición de llenado en exceso.

2.5.2.4.3 Se deben proteger los desfogues de descarga en contra de daños mecánicos.

2.5.2.4.4 Los desfogues de descarga deben diseñarse para soportar cualquier impulso que se presentedurante dicho desfogue. El punto de descarga no debe ubicarse a menos de 3 m por arriba de la plataformade operaciones.

 

2.5.2.4.5 La descarga debe realizarse hacia un área que presente las características siguientes:

  1. a)Evite el impacto de flamas sobre los recipientes a presión, tuberías, equipo y otras estructuras.
  2. b)Evite la entrada de vapor hacia el interior de los espacios cerrados.
  3. c)Se encuentre por arriba del nivel de la cabeza de cualquier persona en la zona de almacenamiento,recipientes a presión contiguos, escaleras, plataformas o el suelo.

2.5.2.5 Registro entrada-hombre

2.5.2.5.1 Las características de diseño e instalación de los registros entrada-hombre de los recipientes apresión deben apegarse a lo establecido en la NOM-009-SESH-2011, o en aquella que la sustituya.

2.5.2.6 Escaleras y plataformas

2.5.2.6.1 Los perfiles estructurales de las escaleras, plataformas, barandales, guardas, bastidores ysoportes, deben ser diseñados para la carga viva máxima especificada, más la carga muerta y las cargasocasionales.

2.5.2.6.2 Los peldaños de escaleras marinas deben ser espaciados entre sí a un máximo de 305 mm,manteniendo el mismo espaciamiento durante toda la longitud de la escalera.

2.5.2.6.3 El piso de las plataformas debe ser de rejilla estándar con solera de 3.2 mm x 25.4 mm comomínimo, galvanizada por inmersión en caliente, fijada al bastidor de la plataforma y diseñada para permitir laremoción del piso, sin desmantelamiento de componentes del tanque, tuberías e instrumentos, entre otros; loanterior, de conformidad con las Normas aplicables.

2.5.2.6.4 El piso de las plataformas debe ser una superficie uniforme, nivelada, libre de obstrucciones,desniveles, herrajes o cualquier otro que impida el avance o provoque el tropiezo.

2.5.2.6.5 El bastidor que enmarca el piso de la plataforma debe tener un desnivel mínimo de 150 mm conrespecto del nivel del piso.

2.5.2.6.6 Las escaleras marinas deben ser de salida frontal o lateral paralela entre la escalera yplataforma, con peldaño al mismo nivel que el de la plataforma, libres de obstrucciones al paso, con puerta deseguridad libre de mantenimiento, de cierre por gravedad y sin bloqueo o candado.

2.5.2.6.7 El ancho mínimo de plataformas para operación y mantenimiento es de 1 200 mm, pero nomenos de 700 mm de espacio libre entre cualquier accesorio y el barandal de la plataforma. Para plataformasde descanso o cambio de dirección de escaleras, el ancho mínimo debe ser 900 mm. La localización y arreglode las plataformas debe ser tal que dé acceso (piso) a todas las boquillas de instrumentos, entradas hombre,o cualquier otro accesorio al que se le deba dar mantenimiento o deba ser operado.

2.5.2.7 Válvulas de corte

2.5.2.7.1 Las válvulas de corte primarias para un recipiente a presión(específicamente las válvulas máscercanas al recipiente que puedan cortar el flujo) deben ser fabricadas de acero de conformidad con lasNormas aplicables.

2.5.2.7.2 Las válvulas de bola deben cumplir con los requerimientos de las Normas aplicables. Lasválvulas de corte deben ubicarse tan cercanas al recipiente como sea práctico, de preferencia lo más cercanaa la boquilla de la pared metálica del tanque. Se debe tomar en cuenta el fácil acceso a las válvulas de cortepara fines de operación y mantenimiento.

2.5.2.7.3 Todas las válvulas de corte que se ubiquen en boquillas instaladas por debajo del nivel máximodel líquido deben diseñarse para proveer una indicación visual de la posición de la válvula y mantener un selloadecuado bajo condiciones de incendio.

2.5.2.7.4 Cuando la capacidad del recipiente a presión exceda 35 m3, todas las válvulas de corte en la entrada y la salida de las tuberías ubicadas por debajo del nivel máximo de líquido deben cerrar de manera automática en forma inmediata ante una exposición al fuego o fuga. Esta condición requiere la protección contra incendios mediante el sistema de control. Las válvulas deben operarse manualmente en el sitio donde se encuentren instaladas.

2.5.2.7.5 Las válvulas con tuercas unión o de bonete atornillado no deben utilizarse a menos que esténequipadas con retenedores de bonete o que los bonetes estén soldados con puntos.

2.5.2.7.6 No deben instalarse válvulas que se encuentren entre dos bridas unidas mediante pernos largos

expuestos, a menos que dichas válvulas tengan cuerpos del tipo de orejeta que cubran los pernos.

2.5.2.7.7 Se deben instalar válvulas de retención del lado de la descarga de todas las bombas.

2.5.2.7.8 Se deben instalar válvulas de alivio térmico adecuadas para las líneas de líquidos que puedanquedar bloqueadas entre dos válvulas de corte.

2.5.2.7.9 Cualquier otro equipo que pueda quedar bloqueado entre dos válvulas de corte debe incluirprotección contra las sobrepresiones ocasionadas por la expansión térmica del líquido.

2.5.2.7.10 Cuando exista la posibilidad de que quede atrapado líquido en las cavidades de las válvulas, sedeben instalar mecanismos de alivio de presión.

2.5.2.8 Tuberías

2.5.2.8.1 Los sistemas de tuberías a que hace referencia esta Norma Oficial Mexicana deben cumplir conlas Normas aplicables.

2.5.2.8.2 Las tuberías utilizadas en el Sistema de almacenamiento de GLP deben ser sin costura.

2.5.2.8.3 Se deben tomar en cuenta los aspectos siguientes en uniones de tuberías:

  1. a)Minimizar el número de uniones de cualquier tipo entre el tanque de almacenamiento y la primeraválvula de bloqueo.
  2. b)Utilizar uniones soldadas entre componentes de tuberías y conexiones.
  3. c)Emplear uniones bridadas en conexiones con equipos y válvulas.
  4. d)Utilizar uniones de caja soldable, a tope, o bridadas en las uniones en tuberías con diámetrosmenores a DN 50 (NPS 2).
  5. e)Debe evitarse el uso de conexiones roscadas. En su caso, sólo se pueden aplicar para la conexión de instrumentos y accesorios especiales aguas abajo de las válvulas de bloqueo y sus diámetros deben estar entre DN 20 (NPS ¾) y DN 40 (NPS 1 ½) y Cédula 80.

2.5.2.8.4 Las tuberías fabricadas de materiales que estén sujetos a fallas por fragilidad como el acero alcarbono deben tener los espesores de pared mínimos siguientes:

Diámetro nominal
Espesor nominal
Menores de DN 50 (NPS 2)
Cédula 80
Desde DN 50 hasta 125 (NPS 2 a 5)
Cédula 40
DN 150 (NPS 6)
Espesor de pared de 0.25 NPS
Desde DN 200 hasta 300 (NPS 8 a 12)
Cédula 20
Desde DN 350 (NPS 14) y mayores
Cédula 10

 

2.5.2.8.5 Las tuberías fabricadas de materiales que no estén sujetos a fallas por fragilidad, como el aceroinoxidable, deben tener los espesores de pared mínimos siguientes:

Diámetro nominal
Espesor nominal
Hasta DN 20 (NPS ¾)
Cédula 80S
DN 25 (NPS1) DN 40 NPS1 ½) y
DN 50 (NPS 2)
Cédula 40S
Mayores de DN 50 (NPS 2)
Cédula 10S

 

2.5.2.8.6 Se debe realizar un análisis de flexibilidad a las tuberías empleadas en el Sistema dealmacenamiento mediante métodos formales de cálculo, el cual tome en cuenta al menos lo siguiente:

  1. a)Asentamientos de los recipientes a presión o movimiento de las cimentaciones
  2. b)Expansión o contracción de los tanques y tuberías por los cambios de temperatura
  3. c)Viento, sismo y movimiento del suelo
  4. d)Vibración por equipo reciprocante como compresores.
  5. e)Selección, ubicación y tipo de soportes de la tubería incluidos en los cálculos de flexibilidad.
  6. f)En tuberías que corren paralelas, se deben revisar las condiciones de expansión y contracción encondiciones de paro y en operación.
  7. g)Las expansiones se deben controlar con curvas de tuberías y no con juntas de expansión.
  8. h)Enfriamiento o calentamiento de las conexiones de descarga, conexiones para venteos o cabezalesde carga y descarga.
  9. i)Los resultados de los cálculos del análisis de flexibilidad deben incluir los datos precisos de la tubería: datos de entrada de materiales, diámetros, isométricos, temperaturas, presión, entre otros.

2.5.2.8.7 Los cabezales ubicados en muelles deben diseñarse de forma que permitan el movimiento de lastuberías en la dirección de la expansión o la contracción, excepto en los puntos de anclaje necesarios.

2.5.3 Bombeo y compresión

2.5.3.1 Las bombas y los dispositivos de carga deben dimensionarse para proporcionar tasas de flujosadecuadas para la capacidad de la instalación. Se debe asegurar que las tasas de flujo den al operadortiempo suficiente para seguir el curso de las operaciones de carga y descarga en todo momento, y apagar lainstalación antes que los recipientes a presión se vacíen completamente o antes que éstos se llenen más alládel nivel máximo.

2.5.3.2 Las bombas pueden ser centrífugas, reciprocantes, de engranes, o de otro tipo diseñado paramanejar GLP. El material de construcción de las bombas debe tener las propiedades para resistir de manerasegura la presión máxima operativa del sistema y ser químicamente compatible con el producto almacenado.

2.5.3.3 Las bombas centrífugas deben contar con sellos mecánicos dobles. Se puede usar otro tipo debombas mientras impidan emisiones de GLP a la atmósfera en caso de falla.

2.5.3.4 Las bombas de desplazamiento positivo deben contar con un dispositivo de alivio de presiónadecuado en el lado de la descarga, a menos que se tomen otras previsiones para la protección del equipo.

2.5.3.5 Los compresores para carga y descarga de GLP deben considerar la presión máxima de salida a lacual van a operar, el mantenimiento, las condiciones ambientales, de seguridad y diseño del proceso en el que opera.

2.5.3.6 Cada conexión de descarga de un compresor centrífugo debe estar equipada con una válvula deretención.

2.5.3.7 Se debe evaluar cada compresor centrífugo para condiciones que puedan causar una sobrepresióny, si se requiere, se le debe proveer de un dispositivo de alivio.

 

2.5.3.8 Cada compresor de desplazamiento positivo debe estar equipado con un dispositivo de alivio depresión en el lado de la descarga.

2.5.3.9 Se debe instalar un separador de líquidos dimensionado de manera adecuada, inmediatamenteaguas arriba de los compresores. El separador debe estar equipado con un dispositivo de alto nivel del líquidopara apagar el compresor.

2.5.4 Especificaciones particulares para los sistemas de almacenamiento que reciban y entreguen GLP por ducto terrestre y/o marino.

2.5.4.1 Toda la tubería terrestre deberá cumplir con lo establecido en la disposición 2.5.2.8 y, en su caso,con la 2.6.12.3, de esta Norma Oficial Mexicana. Asimismo, los brazos y mangueras para instalacionesmarinas deberán cumplir con lo establecido en la disposición 2.6.7 de esta Norma Oficial Mexicana.

2.5.4.2 Patín de regulación y medición

2.5.4.2.1 Los sistemas de almacenamiento que reciban y entreguen GLP por ducto terrestre y/o marino,deben contar con patín de regulación y medición.

2.5.4.2.2 Se debe colocar aislamiento eléctrico a la entrada y salida del patín de regulación y medición.

2.5.4.2.3 El patín de regulación y medición debe contar con los accesorios necesarios para el monitoreode las variables de flujo, densidad, temperatura y presión, a fin de que las señales generadas en estosdispositivos sean concentradas en el cuarto de control.

2.5.4.2.4 Se deben instalar detectores de mezclas explosivas en las instalaciones del patín de regulación ymedición.

2.5.4.2.5 Se deberá observar una distancia mínima de las tangentes de los recipientes a presión al ductotroncal del sistema de transporte de 150 m.

2.5.4.3 Interconexión entre Sistemas de almacenamiento de GLP

2.5.4.3.1 En caso que existan dos sistemas de almacenamiento de GLP interconectados por medio de unducto, dicha interconexión deberá cumplir con lo establecido en la disposición 2.5.4.1 de esta Norma OficialMexicana.

2.6 Sistema de carga, trasiego y descarga de producto

2.6.1 Alcance

2.6.1.1 Esta sección cubre el diseño y construcción de instalaciones que transfieren GLP de las siguientesmaneras:

  1. a)Desde un ducto a la zona de almacenamiento.
  2. b)Desde un auto-tanque, semirremolque o de un carro-tanque, así como de instalaciones marinas ainstalaciones de almacenamiento.
  3. c)Desde la zona de almacenamiento a un auto-tanque, semirremolque o carro-tanque, así como ainstalaciones marinas.
  4. d)Desde la zona de almacenamiento a un ducto.

2.6.2 Diseño

2.6.2.1 El sistema de trasiego debe incorporar un medio para interrumpir de forma rápida y efectiva el flujode GLP en caso de una emergencia. Los sistemas de trasiego deben diseñarse de forma que impidan orestrinjan incrementos de presión que pongan en riesgo la integridad de las instalaciones cuando el flujo encualquiera de sus direcciones sea suspendido.

2.6.3 Mangueras y otros conectores flexibles para el trasiego de producto

2.6.3.1 Las mangueras deben fabricarse de materiales resistentes al GLP, ya sea que se encuentre en lafase líquida o en la fase de vapor. Cuando se utilice cable trenzado como refuerzo, dicho cable debe estarfabricado de materiales resistentes a la corrosión como el acero inoxidable.

2.6.3.2 Las mangueras, conexiones de mangueras y conectores flexibles que se utilicen para transferirGLP, ya sea líquido o vapor a presiones que excedan de 35 kPa (5 psia), deben cumplir con los criterios

especificados en las disposiciones 2.6.3.3 a 2.6.3.6 de esta Norma Oficial Mexicana.

2.6.3.3 Las mangueras deben estar diseñadas para una presión manométrica de trabajo mínima de 2.4MPa (350 psig) y una presión manométrica de ruptura mínima de 12 MPa (1750 psig).

2.6.3.4 Las mangueras deben marcarse a intervalos de no más de 3 m con la leyenda «GLP» o «Gas LP».

2.6.3.5 Después de instalar las conexiones, los accesorios de las mangueras deben probarse a unapresión no menor a la máxima presión de operación establecida para el sistema dentro del cual seráninstaladas. Antes de cada uso, los ensambles o montajes de las mangueras deben inspeccionarsevisualmente en busca de daños o defectos y probarse por lo menos anualmente a cualquiera de lo que resultemayor, la presión máxima de descarga de la bomba o la presión establecida de la válvula de alivio.

2.6.3.6 Las mangueras deben ser sustituidas conforme a su vida útil recomendada por el fabricante.

2.6.4 Protección para mangueras

2.6.4.1 Las mangueras deben protegerse de las condiciones climáticas y daños físicos. Se debe prestarparticular atención a evitar la formación de hielo en las partes corrugadas de la manguera metálica.

2.6.5 Soporte de los brazos o mangueras de carga

2.6.5.1 Se deben tomar las medidas para proporcionar el soporte adecuado de las mangueras o brazos de carga.

2.6.5.2 Para el diseño de los contrapesos, se debe considerar el peso de la acumulación de hielo en lasmangueras o brazos que no estén aislados.

2.6.6 Conexiones de tubería flexible

2.6.6.1 Cada conexión de tubería flexible debe tener la capacidad de resistir una presión de prueba de 1.5veces la presión del diseño de la parte del Sistema de almacenamiento a la cual se encuentra integrada.

2.6.6.2 Las mangueras o conexiones flexibles que se utilicen en la carga y descarga de GLP de los auto-tanques, semirremolques o carro-tanques, deben estar equipadas con una válvula para el purgado o desfoguedespués del cierre de las válvulas de bloqueo de los extremos. La instalación y dimensiones de dicha válvuladeben permitir la disposición segura del GLP. Se permite el uso de conectores secos que no requieran venteo.

2.6.7 Mangueras y brazos para instalaciones marinas

2.6.7.1 El diseño de las mangueras y brazos debe permitir mantener una conexión segura en todas lascondiciones de posición y movimiento relativo entre el muelle y el buque, ocasionados por el cambio de lasmareas y de la carga del buque, así como las oscilaciones producidas por el oleaje, entre otras causas.

2.6.7.2 Las mangueras que se usen para conducir deben estar diseñadas para las condiciones detemperatura y de presión requeridas. Las mangueras deben estar aprobadas para el servicio de transferenciay diseñadas para una presión de ruptura no menor de cinco veces la presión de servicio. Las manguerasdeben cumplir con las Normas aplicables.

2.6.7.3 Se deben usar mangueras metálicas flexibles o tubos y conexiones giratorias, cuando se esperentemperaturas de operación inferiores a -51 °C.

2.6.7.4 Los brazos de carga y descarga de los buque-tanques deben tener alarmas que indiquen cuandose está llegando al límite de extensión.

2.6.7.5 Se deben instalar los medios adecuados de soporte de la manguera y el brazo de descarga. En loscontrapesos se debe tener en cuenta la formación de hielo en las mangueras y brazos no aislados.

2.6.7.6 En las mangueras se debe instalar un Sistema de Paro de Emergencia (PDE) de conformidad conlas Normas aplicables.

2.6.7.7 Se debe instalar un sistema de Desconexión Rápida de Emergencia (DRE) de conformidad con lasNormas aplicables.

 

2.6.7.8 Se debe disponer de un sistema de comunicaciones en los lugares de descarga y recepción paramantener el contacto con el personal relacionado con dicha operación de descarga y recepción. Estánpermitidas las comunicaciones por teléfono, altavoces, radio o señales luminosas.

2.6.8 Identificación de válvulas en los sistemas de carga y descarga.

2.6.8.1 Cuando en una instalación de carga o descarga se maneje más de un producto, las líneas debendesignarse de forma que el operador pueda identificar las diversas líneas y válvulas sin tener que rastrearlashasta su fuente o destino.

2.6.9 Equipo de medición utilizado en las operaciones de carga y descarga.

2.6.9.1 Cuando se usen medidores de líquidos para medir el volumen de GLP que se está transfiriendo deun contenedor a otro o que se esté transfiriendo hacia o desde una línea de tuberías, los medidores y elequipo accesorio deben instalarse de conformidad con las Normas aplicables.

2.6.10 Odorización del GLP

2.6.10.1 Los sistemas de almacenamiento de GLP diseñados para transferir dicho combustible a auto-tanques, semirremolques, carro-tanques y buque-tanques, deben contar con equipo que le permita agregarodorizante, en caso de que dicho hidrocarburo no cuente con él.

2.6.10.2 Niveles y requisitos de odorización

2.6.10.2.1 El GLP debe ser odorizado de conformidad con las Normas aplicables, de modo que unaconcentración preestablecida de gas en el aire sea fácilmente perceptible por el operador del Sistema dealmacenamiento.

2.6.10.3 El sistema de odorización debe cumplir con lo siguiente:

  1. a)No debe ser nociva para las personas, materiales y conductos;
  2. b)Sus productos de combustión no deben ser tóxicos cuando son aspirados, ni corrosivos o dañinospara aquellos materiales con los que estén en contacto.
  3. c)El odorante no debe ser soluble en agua en una cantidad mayor que 2,5 partes por 100 en peso.
  4. d)Todo producto utilizado para odorante de Gas LP deberá contar con su ficha de seguridad, donde seindicarán las condiciones de seguridad a tener en cuenta durante la manipulación y almacenamiento delproducto.

2.6.10.4 Equipos de odorización

2.6.10.4.1 El equipo de odorización debe introducir el odorante sin variaciones amplias en suconcentración. Un equipo debe tener las características siguientes:

  1. a)Suministrar el odorante en forma proporcional con el volumen de gas emitido, constante con lascondiciones de presión y temperatura del ambiente o gas.
  2. b)Tecnología probada.
  3. c)Resistencia a la corrosión.
  4. d)Adecuación a los distintos niveles de caudal exigidos por la operación del sistema dealmacenamiento.

2.6.10.5 Todos los equipos utilizados deberán estar calibrados y mantenerse de acuerdo con lasrecomendaciones indicadas por el fabricante. Los registros de las tareas de calibración y mantenimientodeberán estar disponibles para su verificación periódica y ser del conocimiento del personal a cargo de losmismos. Estas actividades deberán formar parte del programa anual de operación, mantenimiento y seguridaddel Sistema de almacenamiento.

2.6.11 Manómetros

2.6.11.1 Se deben proveer manómetros en suficientes puntos de las líneas de líquidos y de vapor paramonitorear la presión de operación y las diferencias de presión de manera constante a fin de garantizar unaoperación segura.

2.6.12 Sistema de protección contra la corrosión

 

2.6.12.1 Los sistemas de protección contra la corrosión, deben cumplir con lo establecido en las Normasaplicables.

2.6.12.2 Se debe aplicar un recubrimiento anticorrosivo para la protección contra la corrosión atmosféricade recipientes a presión, soportes, tuberías y accesorios instalados de forma superficial.

2.6.12.3 Protección catódica

2.6.12.3.1 Si el Sistema de almacenamiento tiene tuberías de acero enterradas y/o sumergidas se debeaplicar el control de corrosión externa de conformidad con lo especificado en la NOM-003-SECRE-2011,Apéndice II, o en aquella que la sustituya.

2.6.12.4 Protección mecánica

2.6.12.4.1 La memoria del sistema de protección mecánica debe incluir:

  1. a)El tipo de recubrimiento anticorrosivo.
  2. b)La información técnica del recubrimiento anticorrosivo referente a las especificaciones, el control decalidad y la evaluación del laboratorio acreditado de acuerdo a la LFMN.
  3. c)El procedimiento de aplicación, que incluya la preparación de la superficie, aplicación de primario,enlace y acabado.
  4. d)Las actividades de inspección; antes, durante y después de aplicado el sistema.

2.7 Soldadura y procedimientos de soldadura

2.7.1 Toda la soldadura de un tanque y sus componentes a presión deben realizarse utilizando unprocedimiento previamente calificado y efectuado por soldadores u operadores capacitados de acuerdo con loestablecido en la NOM-009-SESH-2011, o en aquella que la sustituya.

2.7.2 Todas las juntas soldadas sujetas a presión deben cumplir con lo establecido en la NOM-009-SESH-2011, o en aquella que la sustituya.

2.7.3 Las placas de respaldo temporales pueden ser usadas en soldaduras de un solo lado. Las placasdeben ser de la misma composición del material base, deben ser removidas después de cumplida su función,y la superficie acondicionada y examinada por partículas magnéticas o líquidos penetrantes de acuerdo con loestablecido en la norma o estándar de fabricación antes de cualquier radiografiado o tratamiento térmico.

2.7.4 Las juntas verticales no deben ser colineales, pero deben ser paralelas entre sí en una distanciamínima de 5 veces el espesor de la placa.

2.7.5 Las placas del fondo de tanques de almacenamiento refrigerado deben soldarse con un filetecontinuo a lo largo de toda la unión. A menos que se use una solera de respaldo, las placas del fondo debenllevar bayonetas para un mejor asiento de la placa.

2.7.6 Se deben usar soldaduras continuas para todas las juntas que por su localización puedan sersusceptibles de corrosión o que puedan causar oxidación en la pared del tanque de almacenamientorefrigerado.

2.7.7 Las placas del techo deben soldarse a traslape por el lado superior con un filete continuo igual alespesor de las mismas.

2.7.8 Las placas del techo deben soldarse al perfil de coronamiento del tanque de almacenamiento con unfilete continuo por el lado superior únicamente; el tamaño del filete debe ser igual al espesor más delgado.

2.8 Sistema civil

El predio donde se pretenda construir el Sistema de almacenamiento debe contar como mínimo conacceso consolidado que permita el tránsito seguro de vehículos. Los predios colindantes y sus construccionesdeben estar libres de riesgos potenciales para la seguridad del sistema de almacenamiento.

2.8.1 Cimentaciones y soportes para recipientes a presión y tuberías relacionadas

2.8.1.1 Las estructuras de soporte deben fabricarse de uno o de una combinación de los materialessiguientes:

 

  1. a)Mampostería reforzada.
  2. b)Concreto reforzado.
  3. c)Placa de acero, tuberías o perfiles estructurales.

2.8.2 Cimentación de recipientes

2.8.2.1 El diseño de la cimentación debe basarse en información sobre la capacidad de carga ypropiedades de asentamiento del suelo.

2.8.2.2 La cimentación deben diseñarse para limitar el asentamiento del tanque de almacenamiento yevitar tensiones excesivas tanto en el tanque como en las tuberías conectadas.

2.8.2.2.1 Se debe monitorear el asentamiento del recipiente a presión durante la prueba hidrostática.

2.8.2.3 La parte inferior de la cimentación debe encontrarse por debajo de la línea de congelación o delnivel freático y por debajo de las alcantarillas o líneas cercanas donde exista la posibilidad de presentarsefugas o deslaves que pudieran resultar de un asentamiento de la cimentación.

2.8.3 Cargas sobre la estructura de soporte

2.8.3.1 En el diseño de la estructura de soporte se deben tomar en consideración las cargas siguientes:

  1. a)Estáticas durante la construcción, más viento, hielo y cargas de nieve previstas.
  2. b)Estáticas durante las pruebas con agua, más las cargas correspondientes a viento, hielo y de nieve.
  3. c)Estáticas durante la operación (incluyendo la carga que resulte de la aplicación de la proteccióncontra incendios) más las combinaciones de viento, hielo, nieve y cargas por sismo que resultenaplicables.
  4. d)Aquellas resultantes de la expansión y contracción del tanque de almacenamiento debido a la presión interna y a los cambios de temperatura.
  5. e)Aquellas resultantes del asentamiento diferencial a lo largo de las estructuras y cimentaciones desoporte.
  6. f)Estáticas y dinámicas durante el mantenimiento y las operaciones.

2.8.4 Diseño de los soportes

2.8.4.1 El diseño de los soportes de los recipientes a presión debe considerar movimientos de expansión ycontracción, ocasionados por la presión interna y el cambio de temperatura de la pared metálica.

2.8.4.2 Se debe proporcionar flexibilidad a las tuberías acopladas para evitar esfuerzos excesivos en lasboquillas del tanque y en las tuberías asociadas, ocasionadas por el movimiento del tanque.

2.8.4.3 Las secciones sujetas a presión en los recipientes a presión deben evitar estar en contacto con lossoportes y áreas de protección contra incendios fabricadas de concreto o de mampostería, ya que esospuntos de contacto pueden ser sitios donde se presente corrosión externa. Si esos puntos de contactoexisten, deben identificarse e inspeccionarse periódicamente.

2.8.4.4 La protección ignífuga en los soportes no debe cubrir la totalidad del soporte hasta la unión de laenvolvente del tanque de almacenamiento y para evitar la penetración de agua a través de esta unión sedeberán instalar botaguas que sobresalgan de la protección ignífuga y soldarse con cordón continuo.

2.8.5 Cargas sobre la pared metálica del recipiente a presión.

2.8.5.1 En el diseño de los soportes de un recipiente a presión se deben considerar las cargas inducidassobre su pared metálica, entre otras:

  1. a)Las fuerzas secundarias que resulten de las variaciones de temperaturas de operación.
  2. b)Las tensiones debidas a presiones ocasionadas por pruebas y por operación.
  3. c)Las cargas debidas al líquido almacenado.
  4. d)Las cargas ocasionadas por las tensiones en la tubería.

 

  1. e)Las cargas ocasionadas por los soportes.
  2. f)Las cargas ocasionadas por oleaje del líquido dentro del recipiente a presión (en zonas sísmicas).

2.8.6 Miembros diagonales (contraventeos)

2.8.6.1 Los miembros diagonales (contraventeos) que se utilizan para arriostrar las columnas verticales, nodeben acoplarse directamente a un recipiente esférico a presión, a menos que en el diseño de éste se tomenlas medidas adecuadas para soportar las cargas resultantes.

2.8.7 Silletas

2.8.7.1 Cuando un recipiente a presión horizontal esté soportado por silletas se debe considerar en eldiseño lo siguiente:

  1. a)Utilizar dos pilares.
  2. b)Evaluar la forma en que se instalarán los soportes con objeto de obtener una distribución uniforme dela tensión en la pared metálica del tanque.
  3. c)Adaptar la configuración de las silletas a las placas de respaldo acoplada al tanque.
  4. d)Instalar las placas de respaldo entre la pared metálica del recipiente a presión y los soportes;
  5. e)Soldar las placas referidas en la disposición anterior a la envolvente del tanque de manera continuadespués de haber eliminado la humedad de las áreas bajo las placas.
  6. f)Utilizar placas de respaldo en donde sea necesario; en este supuesto, dichas placas debenprolongarse más allá de los límites de las silletas de soporte a fin de ayudar a distribuir las cargas en elmismo.
  7. g)Sólo una de las dos silletas debe tener barrenos oblongos para el anclaje para facilitar losmovimientos del tanque resultado de la expansión y contracción del mismo, ocasionados por los cambiosde temperatura y presión interna.

2.8.8 Instalación de grupo de recipientes a presión

2.8.8.1 En los Sistemas de almacenamiento donde vayan a instalarse recipientes a presión en grupo, sepueden utilizar cimentaciones/bases continuas. En dichos casos, la carga de las bases debe calcularse paravarias combinaciones de cargas probables, tal como la carga que ocurre cuando recipientes a presiónadyacentes se encuentran llenos y aquella que ocurre cuando recipientes alternos están llenos.

2.8.8.2 Los pilares continuos no deben utilizarse en instalaciones con recipientes a presión en grupo sinque se incorporen medidas específicas para el drenaje.

2.8.9 Anclaje

2.8.9.1 En sitios donde exista el riesgo de inundación, los recipientes esféricos y cilíndricos horizontalesdeben ir anclados a la cimentación o al soporte a fin de evitar la flotación en caso de una inundación.

2.8.9.2 El anclaje de los recipientes esféricos y cilíndricos horizontales a la cimentación o al soporte debeproveerse de forma que resista la fuerza del viento, cargas por sismo y el movimiento inducido por lasvariaciones en la temperatura.

2.8.9.3 El anclaje del recipiente a presión a la cimentación o al soporte debe resistir cualquier fuerza haciaarriba ejercida por el agua sobre la superficie del recipiente en caso de inundación.

2.8.10 Faldones para recipiente a presión verticales

2.8.10.1 Cuando los recipientes a presión verticales estén soportados por faldones, éstos deben incluiruna sola abertura para fines de inspección o acceso.

2.8.10.2 Las aberturas en los faldones deben reforzarse cuando se requiera evitar la deformación o losesfuerzos excesivos en el faldón ocasionados por las cargas impuestas.

2.8.11 Drenaje

2.8.11.1 Se debe contar con drenajes independientes según se especifique en las Normas aplicables.

 

2.8.11.2 El diseño debe considerar cunetas dentro de las áreas de proceso o adyacentes a ellas, para larecolección de aguas pluviales y contra incendios; la pendiente mínima aceptable debe ser de 0.005 m pormetro de cuneta sin revestir y de 0.003 m por metro de cuneta revestida. La profundidad mínima debe ser de7.5 cm y la máxima de 30 cm, el ancho máximo de la cuneta debe ser de 1.5 m.

2.8.11.3 El sistema de drenaje utilizado para derrames debe diseñarse de tal modo que se evite que ellíquido derramado de un tanque de almacenamiento fluya debajo de algún otro tanque y con ello se minimiceel riesgo potencial a las tuberías, en general, por el GLP derramado en caso de presentarse un incendio.

2.8.11.4 El terreno debajo y alrededor de un tanque que se utilice para almacenar GLP debe nivelarse deforma que permita drenar cualquier derrame de líquidos hacia un área segura alejada del tanque dealmacenamiento y de las tuberías.

2.8.11.5 Para facilitar el drenaje de líquidos, tanto de derrame como de tipo pluvial dentro del área dealmacenamiento, se permite utilizar paredes, diques, zanjas o canales.

2.8.11.6 Cualquier sistema de drenaje instalado debe incluir una válvula de compuerta ubicada en unaposición accesible fuera del área de contención de derrames. Esta válvula se debe mantener normalmentecerrada. El sistema de drenaje puede ser de los tipos siguientes:

  1. a)Una alcantarilla sellada a vapor dentro del área de contención de derrames que descargue a unsistema de drenaje cerrado fuera de dicha área.
  2. b)Un tubo a través del dique o de la pared que descargue hacia un sistema de drenaje que seencuentre fuera del área de contención.

2.8.11.7 El sistema de drenaje debe evitar que el contenido del tanque de almacenamiento penetre a loscursos de agua natural y a los sistemas que no tengan la capacidad de contener GLP de manera segura.

2.8.11.8 Cuando las líneas de drenaje estén sujetas mediante cualquier tipo de soporte que no estéacoplado directamente al tanque de almacenamiento, debe proporcionarse la flexibilidad adecuada en laslíneas para asimilar el asentamiento diferencial.

2.8.11.9 Deben minimizarse los esfuerzos impuestos a la boquilla del tanque de almacenamiento por laslíneas de drenaje.

2.8.11.10 Las líneas de drenaje de agua y líneas pequeñas similares deben soportarse de maneraadecuada o fabricarse con la suficiente resistencia para ser autosoportadas bajo las condiciones operativasdel Sistema de almacenamiento.

2.8.11.11 Se deben minimizar las tensiones impuestas al tanque de almacenamiento ocasionadas por laslíneas de drenaje.

2.8.11.12 Se debe considerar protección contra el congelamiento para todas las líneas de drenaje y puntosprobables de recolección de agua.

2.8.11.13 En condiciones de operación anormales, como las que pueden ocurrir en lugares con bajastemperaturas, se debe considerar la protección contra congelamiento en las líneas de recolección de agua.

2.8.12 Contención de derrames.

2.8.12.1 Se debe analizar si existen condiciones que propicien que el GLP líquido se acumule en el piso.En tal caso, se requiere un área de contención de derrames y un embalse remoto para confinamiento dedichos derrames. Las condiciones que propician que el GLP líquido se acumule en el piso son, entre otras, lassiguientes:

  1. a)La composición del GLP, por ejemplo, una mezcla rica en butano y pentano.
  2. b)Las condiciones climáticas en el sitio donde se ubican las instalaciones del sistema, por ejemplo,temporada invernal con temperaturas bajo 0 °C.

2.8.12.2 El área de contención de derrames debe cumplir con los requisitos de los numerales 2.8.12.3 al2.8.12.6

2.8.12.3 El sitio en el que se instalen recipientes a presión debe incluir instalaciones de contención dederrames para evitar la acumulación de material inflamable debajo o cerca de un tanque de almacenamientode GLP. El terreno localizado debajo y alrededor del tanque debe diseñarse con una pendiente adecuada para

drenar cualquier derrame hacia un área segura alejada del tanque, debiendo estar en un intervalo mínimo del1% y máximo del 1.5%.

2.8.12.4 En la selección de los materiales de todos los componentes, incluyendo los soportes estructuralesde una instalación de contención de derrames de GLP, se deben considerar los efectos del choque térmicoasociados con los derrames de GLP (tal como el choque que resulte de la temperatura de auto refrigeración).

2.8.12.5 La contención de derrames debe ser mediante confinamientos remotos del material derramado omediante diques en el área circundante al tanque de almacenamiento.

2.8.12.6 El área de contención y de drenaje no debe contener ningún otro equipo, a excepción delpermitido por esta Norma Oficial Mexicana.

2.8.12.7 Contención/Confinamiento remoto

2.8.12.7.1 Si se utiliza confinamiento remoto para contener un derrame, la instalación correspondientedebe diseñarse de acuerdo con los requerimientos que se dan en las disposiciones 2.8.12.7.2 a 2.8.12.7.5 deesta Norma Oficial Mexicana.

2.8.12.7.2 La nivelación del área debajo y circundante a los recipientes a presión debe dirigir cualquierfuga o derrame de líquidos al área de confinamiento remoto.

2.8.12.7.3 Para facilitar el drenaje del área dentro de las paredes o diques, se permite utilizar registros,zanjas o canales.

2.8.12.7.4 El área de confinamiento remoto debe ubicarse, cuando menos, a 15 m de los tanques orecipientes para almacenamiento que descarguen hacia ella y de cualquier tubería u otro equipo que manejehidrocarburos.

2.8.12.7.5 La capacidad de retención del área de confinamiento remoto debe ser al menos 25% delvolumen del tanque mayor que drene hacia ella.

2.8.12.8 Diques

2.8.12.8.1 Cuando se utilicen diques alrededor del recipiente a presión para la contención de derrames, elárea del dique debe diseñarse de acuerdo con los requerimientos prescritos en las disposiciones 2.8.12.8.2 a2.8.12.8.10 de esta Norma Oficial Mexicana.

2.8.12.8.2 En el caso de conjuntos de 4 esferas, el dique de contención debe abarcar la totalidad de losrecipientes a presión y el canal del drenaje pluvial debe estar ubicado a la mitad del dique,

2.8.12.8.3 El piso debajo y alrededor de los recipientes a presión debe tener una pendiente entre el 1 porciento y el 1.5 por ciento para que los líquidos escurran al canal de drenaje pluvial y evitar que se acumulenen la sombra abajo de los recipientes.

2.8.12.8.4 Dentro del área con diques, la pendiente debe permitir que los derrames se acumulen en unpunto alejado del recipiente a presión y de la tubería que se localice dentro de dicha área.

2.8.12.8.5 Para grupos de dos esferas, así como para esferas aisladas, el dique de contención deberodear los recipientes y el canal del drenaje pluvial se debe ubicar a un costado y a todo lo largo del muro deldique.

2.8.12.8.6 Si el GLP se va a almacenar en recipientes a presión horizontales, una sola área con diquespuede prestar servicio a un grupo de recipientes a presión.

2.8.12.8.7 La retención del área con diques debe ser al menos del 25% del volumen que se encuentredentro del recipiente mayor. Si el hidrocarburo almacenado en el recipiente tiene una presión de vapor menora 689 kPa a 310.95 K (100 psia a 100 °F), la retención del área con diques debe ser al menos 50% delvolumen que se encuentre dentro del recipiente mayor.

2.8.12.8.8 Se deben proporcionar retenciones mayores debido a las condiciones climáticas o a laspropiedades físicas del hidrocarburo en el área de diques, en aquellos sitios donde la vaporización esperadasea menor de la indicada por la presión del vapor del hidrocarburo. También se pueden proporcionarretenciones mayores cuando más de un tanque de almacenamiento se encuentre localizado dentro de lamisma área con diques.

2.8.12.8.9 Cuando se utilicen diques como parte del sistema de contención de derrames, la altura mínima

debe ser de 0.60 m medidos a partir del nivel del piso para recipientes a presión, y de máximo 1,80 mmedidos a partir del nivel de piso de la zona de contención para el caso de los sistemas de almacenamientorefrigerados. En el diseño se debe considerar la hermeticidad de los diques y prohibir el paso de tuberías yductos eléctricos ajenos a los recipientes a presión, contenidos en el interior de dicho dique. Para conservar lahermeticidad de los muros de un dique, en el cruce de tuberías, se debe sellar el claro alrededor de lastuberías, así como de las uniones de las paredes o juntas de expansión de muros de contención, conmateriales resistentes al ataque de los hidrocarburos y al fuego.

2.8.12.8.10 Cualquier confinamiento con dique o pared que se utilice para la contención de GLP debeincluir medidas adecuadas para el acceso (tales como escaleras para el personal y rampas para los vehículos,si se requieren), estar diseñado para permitir su libre ventilación y construirse de forma que retenga el líquidoderramado. Los confinamientos deben diseñarse para impedir el acceso no autorizado de vehículosmotorizados.

2.9 Sistema de protección contra incendios

2.9.1 Generalidades

2.9.1.1 Los Sistemas de almacenamiento de GLP deben contar con un sistema de protección contraincendios. Las medidas de protección contra incendios deben basarse en un estudio de riesgos de lascondiciones locales, de la exposición viable al fuego, de la disponibilidad de abastecimiento de agua, así comode la eficacia de las brigadas e instalaciones contra incendios. El análisis debe incluir escenarios de incidentesposibles pero realistas que puedan suscitarse, incluyendo escenarios de emisión de vapor, ignición e incendio.

2.9.2 Acceso para el combate contra incendios

2.9.2.1 La configuración del Sistema de almacenamiento, incluyendo el arreglo y ubicación de las vías deacceso, pasillos, puertas y equipo operativo para dicho sistema, debe diseñarse de forma que permita que elpersonal y el equipo contra incendio ingresen a las instalaciones rápidamente a cualquier área afectada por elfuego. La configuración del Sistema de almacenamiento debe permitir el acceso desde al menos dosubicaciones distintas. Debe ponerse especial atención a las salidas de emergencia, así como a los accesospara el equipo de combate contra incendios.

2.9.3 Uso del agua contra incendios

2.9.3.1 Las instalaciones de almacenamiento de GLP deben estar provistas de un sistema de agua contraincendios.

2.9.4 Diseño del sistema

2.9.4.1 El diseño del sistema de agua contra incendios debe apegarse a lo establecido en lasdisposiciones 2.9.4.2 a 2.9.4.21 de esta Norma Oficial Mexicana.

2.9.4.2 Se debe instalar un sistema de agua contra incendios que forme un circuito alrededor del área dealmacenamiento y de entrega/recepción de GLP.

2.9.4.3 Para el diseño del sistema contra incendio en área de recipientes se considerará el incendio enuno de ellos y el enfriamiento de los recipientes esféricos comprendidos en un radio de 2.5 veces su diámetro.Cada recipiente debe contar con sistema de enfriamiento independiente y diseñarse de tal forma que, en casode incendio, el recipiente se deberá mojar totalmente y el resto de los recipientes deberán enfriarse medianteel sistema del hemisferio superior. El enfriamiento del recipiente esférico deberá ser seccionado porhemisferios (superior e inferior).

2.9.4.4 Se debe contar con un sistema de bombeo de agua contra incendios constituido por bombascentrífugas de alimentación principal y de relevo, accionando la primera con un motor eléctrico y la segundacon un motor de combustión interna. Como alternativa se puede configurar el sistema con motores decombustión interna en su totalidad. Se pueden tener dos motores eléctricos, prescindiendo del de combustióninterna en caso de existir planta eléctrica de emergencia exclusiva para la alimentación del sistema debombeo de agua contra incendios. Se debe contar, adicionalmente, con una bomba para mantenerpresurizado todo el sistema.

2.9.4.4.1 Las bombas, motores e instrumentos del Sistema de agua contra incendios deberán ser de usoexclusivo para este fin, por lo que no se deben emplear para otros servicios.

 

2.9.4.4.2 El sistema de bombeo de agua contra incendios debe ser de uso exclusivo para este servicio yproporcionar una presión mínima de 689 kPa (100 psig) en el punto de descarga hidráulicamente másdesfavorable, medido en su punto de salida.

2.9.4.4.3 La suma de la presión neta de cierre de la bomba a gasto nulo más la presión máxima desucción estática ajustada por elevación, no debe ser mayor a la presión para la cual están diseñados loscomponentes del sistema de agua contra incendios.

2.9.4.4.4 El diseño del arreglo entre las bombas y las tuberías de succión, se debe efectuar de tal formaque exista espacio suficiente para facilitar la operación, la inspección y mantenimiento de los equipos.

2.9.4.4.5 El cabezal de succión que alimenta a dos o más bombas de agua contra incendios, instaladaspara operar simultáneamente, debe estar diseñado para conducir el 150 por ciento de la suma del gastonominal de todas las bombas principales en conjunto, a una velocidad de flujo que no exceda de 4,57 m/s (15pies/s), en tanto que la tubería de succión de cada bomba en particular debe permitir el manejo del 150 porciento de la capacidad nominal de dicha bomba, también a una velocidad que no exceda de 4,57 m/s (15pies/s). Esta velocidad debe ser calculada dentro de una longitud de 10 diámetros de la tubería antes de labrida de succión de la carcasa de la bomba.

2.9.4.5 Se debe diseñar una casa de bombas para ubicar al sistema mencionado en la disposición 2.9.4.4;la cual debe ser construida con materiales no combustibles y localizada en áreas libres de afectacionesocasionadas por explosión, impacto, fuego, inundación, sismo, tormentas de viento, congelamiento yvandalismo, entre otras. Adicionalmente, su ubicación debe ser de tal manera que esté apartada de las zonasde riesgo identificadas en la instalación. Debe tener un mínimo de dos accesos, libres de obstáculos y cuyasdimensiones deben facilitar la operación y el mantenimiento de los equipos.

2.9.4.6 En los sitios en donde durante el año se presenten temperaturas ambiente recurrentes inferiores a5 ° C, se deben proveer los medios para mantener la temperatura en la casa de bombas por arriba de ésta.Asimismo, se debe contar con luz natural y artificial, esta última conforme a lo establecido en la NOM-025-STPS-2008 o en aquélla que la sustituya. Se debe proveer de iluminación de emergencia, con luces fijasaccionadas por medio de baterías específicas para este fin.

2.9.4.7 Se deben incluir suficientes válvulas de aislamiento en la red de distribución contra incendio paraevitar la pérdida operativa ocasionada por una sola ruptura en la línea principal de agua. Cuando una secciónaveriada de dicha red se aísle para su reparación, las válvulas de bloqueo se deben disponer de forma quetodas las áreas del Sistema de almacenamiento se puedan proteger con una porción del sistema principal deagua contra incendios. Dicho sistema debe estar diseñado para garantizar la tasa de flujo y coberturaadecuada de los equipos protegidos.

2.9.4.8 La capacidad del sistema debe ser al menos igual a la cantidad de agua que se requiera paraenfriar el tanque mayor al que se esté protegiendo (si varios recipientes a presión están en un sistema deaspersión o de diluvio fijo activado en forma común se considerará la capacidad de este sistema), más lacantidad requerida para enfriar los recipientes a presión adyacentes, más la capacidad de reserva para tresflujos de enfriamiento adicionales de 950 litros por minuto por un tiempo mínimo de cuatro horas.

2.9.4.9 Cuando se determine la capacidad del sistema de agua contra incendios mediante el requerimientode almacenamiento de GLP, se permitirá que el sistema se seccione para reducir los requerimientossimultáneos máximos de agua.

2.9.4.10 Se debe contar con tanques o cisternas para almacenar el agua contra incendios requerida en ladisposición 2.9.4.8, los cuales deben ser atmosféricos, de techo fijo, con venteo y recubrimiento interno, en sucaso. La localización del o los tanques o cisternas de almacenamiento de agua contra incendios, debeubicarse de tal forma que no estén expuestos al fuego o ubicados en zonas de riesgo que puedan afectar suintegridad, con base en el cálculo de círculos de afectación por incendio.

2.9.4.11 La cimentación o base de la instalación del tanque o cisterna de almacenamiento de agua contraincendios, se debe diseñar conforme a los estudios de mecánica de suelos y cálculos estructurales pararesistir el peso del propio tanque y del agua que contendrá a su máxima capacidad de llenado y minimizar losasentamientos diferenciales.

2.9.4.12 El DN de las tuberías que se utilicen para las líneas principales y los ramales hacia los hidrantes

debe ser al menos 150 mm (NPS 6). Los ramales hacia los sistemas de diluvio, hidrantes o de aspersiónpueden ser de menor DN, siempre que los cálculos hidráulicos muestren que el DN seleccionado cubrirá lademanda de agua de diseño a la presión requerida.

2.9.4.13 El sistema de agua contra incendios debe ser funcional en todas las estaciones del año y tener lacapacidad de entregar el 100% de la tasa de diseño. Dicho sistema debe ser protegido de manera adecuadaen contra de congelación, en donde sea necesario.

2.9.4.14 La red de distribución de agua contra incendios debe diseñarse de forma tal que por lo menos el50% del agua requerida por el incidente más severo pueda entregarse cuando cualquier secciónindependiente de la línea principal de agua esté fuera de operación.

2.9.4.15 La red de distribución de agua contra incendios puede ser a nivel superficial, subterránea o entrinchera. La configuración de la red debe ser planeada de tal manera que se considere mitigar los riesgos quecomprometan la integridad mecánica de dicha red por radiación, sobre presión por explosión, impactos porvehículos u otros factores.

2.9.4.16 Cuando el diseño de la red de agua contra incendios sea superficial en su totalidad o en tramos,queda prohibido ubicar esta sección en el mismo corredor de tuberías del Sistema de almacenamiento o deotros procesos.

2.9.4.17 La red de agua contra incendios debe contar con válvulas de seccionamiento, tomas paracamión-cisterna (toma siamesa), tomas para monitores o hidrantes y alimentación a sistemas de aspersión.

2.9.4.18 En las zonas de almacenamiento y manejo de GLP debe haber exclusivamente tomas tipomonitor o hidrante.

2.9.4.19 La velocidad de flujo del agua contra incendios en la red debe ser, cuando se trate de agua dulce,como máxima 6,09 m/s (20 ft/s), en tanto que para agua salada, dicha velocidad debe ser como máxima 4,57m/s (15 ft/s).

2.9.4.20 El sistema de agua contra incendios debe diseñarse para suministrar el enfriamiento requeridopor medio de anillos y/o sistemas de riego por aspersión en la periferia de la envolvente del tanque, así comoal equipo protegido, y alcanzar las tasas de diseño de entrega de agua en el sistema dentro de un lapso de 60segundos de su activación.

2.9.4.21 Los sistemas de agua contra incendio deben probarse para verificar que su desempeño seaconforme a lo diseñado. Dado que la capacidad de la red de distribución de agua se puede deteriorargradualmente debido a la acumulación de depósitos sólidos en las líneas principales, se debe utilizar uncoeficiente de Hazen-Williams no mayor de 100 para las tuberías de acero no recubiertas.

2.9.5 Métodos de aplicación de agua contra incendios

2.9.5.1 Los tanques de almacenamiento y recipientes a presión deben protegerse mediante sistemas dediluvio, hidrantes fijos o sistemas de aspersión de agua. Adicionalmente, podrán contar con monitores. Sepodrá utilizar equipo portátil, pero éste no debe ser un método primario para la aplicación de agua.

2.9.5.2 Sistema de diluvio

2.9.5.2.1 Un sistema de diluvio es aquél en que el agua se aplica en la parte superior del recipiente apresión o tanque de almacenamiento y se le permite escurrir por los costados. Cuando se selecciona unsistema de diluvio para proteger instalaciones de almacenamiento, éste debe incluir las características dediseño que se describen en las disposiciones 2.9.5.2.2 a 2.9.5.2.10 de esta Norma Oficial Mexicana. El caudalde agua necesario para enfriar el tanque de almacenamiento circulará por esta tubería y se distribuirá enforma homogénea por medio del plato difusor o sistema de aspersión. En la parte inicial de la tubería secontará con válvula automática de diluvio del mismo diámetro que permita la apertura/cierre por medio de unaactivación remota o local enclavada a un interlock de seguridad. Adicionalmente, se contará con una válvulade cierre antes de cada válvula de diluvio.

2.9.5.2.2 El sistema debe diseñarse para que el agua fluya de manera uniforme sobre toda la superficiedel recipiente a presión o tanque de almacenamiento. La cobertura de agua debe determinarse mediantepruebas de desempeño del sistema

2.9.5.2.3 Su diseño se debe realizar con base en el área o equipo a proteger, tomando en consideración la

presión y densidad de aplicación requeridas. Lo anterior, para calcular y seleccionar la cantidad de boquillas,distribución, ubicación de éstas y el ángulo de cobertura; soportados en los cálculos hidráulicos y de unlevantamiento físico o de barrido digital en tres dimensiones (scanner), que permita efectuar la simulaciónhidráulica con los patrones geométricos a diferentes presiones, ubicaciones y distancias de las boquillasseleccionadas.

2.9.5.2.4 La tubería y conexiones que alimentan a los sistemas de aspersión deben resistir la presiónmáxima de trabajo, pero no se deben diseñar con accesorios menores para condiciones de trabajo de clase150 y tubería de cédula 40.

2.9.5.2.5 Las válvulas de control automático de los sistemas de aspersión deben incluir como mínimo losiguiente:

  1. a)Sistema de detección mediante la instalación de un tipo o una combinación de los siguientesdetectores: humo, mezclas explosivas o fuego. La selección de estos sistemas debe ser de acuerdo alárea o equipo a proteger y su instalación debe cumplir con las recomendaciones del fabricante,permitiendo su accesibilidad para inspección, pruebas y mantenimiento.
  2. b)Sistema de alarmas que deben contar con dispositivos visibles y audibles, manuales o automáticoscomo semáforos con luces que indiquen el área y evento detectado, cornetas, sirenas o parlantes.
  3. c)Sistema de activación automático mediante un medio neumático, hidráulico, eléctrico o unacombinación de éstos, los cuales deben permitir su activación remota y manual local.

2.9.5.2.6 Si se utilizan vertederos hidráulicos para mejorar la distribución, éstos deben estar equipados condrenajes para evitar el estancamiento de agua, ya que esto puede propiciar la corrosión.

2.9.5.2.7 Las tuberías que se utilicen para la distribución del agua de las líneas principales deberán tenerun diámetro de al menos DN 75 (NPS 3), si las memorias de cálculo así lo determinan.

2.9.5.2.8 Las boquillas de distribución de agua montadas en la parte superior del recipiente deben ser deal menos DN 40 (NPS 1 ½), y estar provistas con aspersores, deflectores o vertederos hidráulicos para lograruna adecuada distribución del agua.

2.9.5.2.9 El sistema se debe poder operar manualmente desde una ubicación segura que se encuentrefuera del área de contención del derrame y a una distancia mínima de 15 m del tanque de almacenamientoque se esté protegiendo.

2.9.5.2.10 La ubicación de la válvula activa debe marcarse de manera clara. En aquellos sitios del Sistemade almacenamiento en donde las operaciones no estén atendidas por personal o se encuentren parcialmenteatendidas, se deben proporcionar métodos suplementarios de sistemas de activación, como son la operaciónautomática o remota. Cuando el sistema sea operado en forma automática o remota, se deberá proporcionar,adicionalmente, una válvula de desvío de diámetro nominal y de operación manual en una ubicación quetambién sea accesible y segura.

2.9.5.3 Hidrantes fijos

2.9.5.3.1 Los hidrantes y monitores de agua conectados en forma permanente a la red de distribución deagua contra incendios deben ser del tipo elevado para la protección y aplicación de agua de enfriamiento a laenvolvente de los recipientes a presión, desde la parte externa de los diques, en su caso. Se deben colocarestratégicamente y contar con válvula de apertura rápida (tipo hidráulica), boquilla regulable y dos tomas conválvulas de bloqueo. Cuando se seleccione protección mediante hidrantes, el sistema debe incluir lascaracterísticas de diseño que se describen en las disposiciones 2.9.5.3.2 a 2.9.5.3.6 de esta Norma OficialMexicana.

2.9.5.3.2 Sin importar el método de aplicación de agua contra incendios que se use, la ubicación de loshidrantes se debe disponer de forma que cada tanque de almacenamiento pueda ser alcanzado desde almenos dos direcciones por tres flujos de enfriamiento, como mínimo, de los cuales ninguno utilice más de 30m de manguera.

2.9.5.3.3 Toda la superficie de cada tanque de almacenamiento debe ser alcanzada con flujos desde loshidrantes.

2.9.5.3.4 Cada hidrante y/o monitor debe estar accesible durante un incendio o ser activado y controlado

en forma remota.

2.9.5.3.5 Las boquillas del hidrante y/o monitor deben ser ajustables para aspersión o flujo recto, según serequiera; lo anterior, a fin de proporcionar la cobertura más eficaz al tanque protegido.

2.9.5.3.6 En climas gélidos, se deben proteger los hidrantes de manera adecuada para evitar elcongelamiento del agua.

2.9.5.4 Sistemas de aspersión de agua

2.9.5.4.1 Un sistema de aspersión de agua utiliza muchas boquillas dispuestas en un patrón de red paradistribuir el agua uniformemente sobre el recipiente a presión o tanque de almacenamiento. Cuando seseleccione un sistema de aspersión para la protección de Sistemas de almacenamiento de GLP, éste debeincluir las características de diseño que se describen en las disposiciones 2.9.5.4.2 a 2.9.5.4.7 de esta NormaOficial Mexicana.

2.9.5.4.2 El sistema debe diseñarse de forma que el agua se aplique uniformemente sobre toda lasuperficie del recipiente a presión o tanque de almacenamiento que pudiese quedar expuesta al fuego. Debetomarse en cuenta la forma en que el agua escurre por la superficie del recipiente a presión o tanque dealmacenamiento.

2.9.5.4.3 El sistema de aspersión debe ser de cabezal abierto con todas las boquillas instaladas en laparte superior del ramal de abastecimiento; cada ramal debe derivarse de la parte superior de la líneaprincipal del sistema de distribución de agua. El tamaño del orificio de aspersión debe ser de al menos 6 mm.

2.9.5.4.4 El sistema debe poder operarse manualmente desde una ubicación segura que se encuentrefuera del área de contención del derrame, a una distancia mínima de 15 metros del tanque dealmacenamiento al que se esté protegiendo. La ubicación de la válvula activa debe marcarse de manera clara.En aquellos sitios del Sistema de almacenamiento donde las operaciones no sean atendidas por personal oestén parcialmente atendidas, se deben considerar métodos alternos para la activación del sistema, talescomo la operación automática o remota. Cuando al sistema se le opere de manera remota o automática,también se debe instalar la válvula de relevo de capacidad nominal, de operación manual, en una ubicaciónaccesible y segura.

2.9.5.4.5 Las conexiones del sistema de limpieza deben instalarse de forma tal que permitan la limpiezadel sistema de aspersión a intervalos periódicos. También se deben proveer conexiones accesibles paradrenajes situados en puntos bajos.

2.9.5.4.6 El diámetro de las tuberías se debe determinar basándose en cálculos hidráulicos. Las tuberíasde las líneas principales de distribución de agua deben ser al menos DN 80 (NPS 3). Las tuberías para losramales a los aspersores deben ser al menos DN 20 (NPS ¾)

2.9.5.4.7 Se debe instalar un filtro de flujo total en la línea principal de suministro de agua al sistema deaspersión para detener las partículas que puedan obstruir los aspersores. Las aberturas de la criba no debenser mayores a 6 mm o menores si así se requiere. El filtro debe tener conexión de desfogue con válvula. Lainstalación debe contar con dos líneas con filtro de flujo completo en paralelo. Las tuberías aguas abajo de losfiltros deben ser de acero galvanizado para evitar la obstrucción como resultado de oxidación de las boquillasde los aspersores.

2.9.5.5 Equipo portátil

2.9.5.5.1 El equipo portátil, como mangueras e hidrantes contra incendios, no debe utilizarse como elúnico medio para proteger a los recipientes a presión que pudieran verse expuestos al fuego.

2.9.5.6 Tasas de aplicación de agua contra incendios

2.9.5.6.1 Para determinar las tasas de aplicación de agua contra incendios, se debe considerar toda elárea del recipiente a presión.

2.9.5.6.2 Para proteger el tanque de almacenamiento o recipiente a presión en contra de la exposición aincendios que resulten de charcos de combustible (combustible líquido acumulado debajo del tanque), sedeben diseñar sistemas de diluvio o de aspersión de agua fijos, con una tasa de aplicación mínima de 10 litros

por minuto por metro cuadrado de superficie del tanque.

2.9.5.7 Sistemas de detección de incendios

2.9.5.7.1 Se deben considerar los resultados del estudio de riesgos referido en la disposición 2.2.3 de estaNorma Oficial Mexicana para determinar la necesidad de instalar sistemas de detección de incendios y devapores de hidrocarburos. Cuando sean empleados dichos sistemas, se deben instalar de modo que susalarmas funcionen cuando se presente un incendio o fugas de vapores de diversos hidrocarburos.

2.9.5.7.2 Se deben instalar sistemas de detección de atmósferas explosivas para activar automáticamentelos sistemas de aislamiento o protección contra incendios en instalaciones remotas o no atendidas porpersonal operativo.

2.9.5.8 Extinguidores contra incendios

2.9.5.8.1 En ubicaciones estratégicas (por ejemplo, bombas y estaciones de carga de GLP), se debenproveer extinguidores contra incendios de polvo químico seco.

2.9.5.9 Espuma para el combate de incendios

2.9.5.9.1 No debe utilizarse espuma para extinguir fuegos de GLP.

2.9.5.10 Protección contra incendios para tanques y recipientes a presión para almacenamiento de GLP

2.9.5.10.1 Cuando se utilice material de protección contra incendios, éste debe proveer protección al aceroestructural o al recipiente, por el periodo que requiera la operación de los sistemas de agua contra incendios.

2.9.5.10.2 Las superficies estructurales de los recipientes de almacenamiento que puedan quedarexpuestas al fuego deben cubrirse con material ignífugo adecuado para las temperaturas a las cuales se veráexpuesto el tanque.

2.9.5.10.3 El aislamiento térmico que sea utilizado para la protección contra incendios debe serencamisado con acero resistente a la oxidación.

2.9.5.10.4 El material protector contra incendios debe resguardarse adecuadamente contra dañosambientales e impermeabilizarse para evitar la penetración de agua.

2.9.5.10.5 El sistema de protección contra incendios debe resistir la exposición al impacto de flamasdirectas y al desprendimiento ocasionado por el impacto directo de los chorros de agua.

2.9.5.11 Protección contra incendios de soportes estructurales

2.9.5.11.1 Se debe proveer protección contra incendios a los soportes estructurales.

2.9.5.11.2 La protección contra incendios se debe proveer a las secciones instaladas por arriba del niveldel suelo de las estructuras de soporte del recipiente a presión y cubrir todos los miembros estructurales quesoportan la carga estática del tanque.

2.9.5.11.3 La protección debe proveerse en las silletas de los tanques y recipientes a presión horizontalesen donde la distancia entre la parte inferior del tanque y la superior de la estructura de soporte exceda 0.30 m.En ese supuesto, la protección debe extenderse desde la estructura de soporte hasta el tanque, pero no debeenvolver los puntos donde las silletas estén soldadas al tanque.

2.9.5.11.4 Cuando recipiente a presión vertical esté soportado por un bastidor, la parte externa del bastidordebe protegerse contra incendios.

2.9.5.11.5 Se debe proporcionar protección contra incendios a los soportes de las tuberías que seencuentren dentro de una distancia de 15 metros del tanque de almacenamiento y a los soportes de tuberíadentro del área de contención de derrames del tanque.

2.9.5.11.6 Para que las estructuras de soporte hechas de concreto o de mampostería se consideren comoadecuadas y a prueba de incendios, éstas deben cumplir con los criterios de la disposición 2.9.5.11.2 de estaNorma Oficial Mexicana.

2.9.5.11.7 No se requiere protección contra incendios para los miembros diagonales, incluyendo las barrasconectoras o para los miembros redundantes que no sean necesarios para soportar las cargas estáticas.

2.9.5.11.8 El material a prueba de incendios debe ser protegido contra daños ocasionados por el clima, e

impermeabilizarse para prevenir la penetración de agua. El material debe ser resistente al desprendimientocomo resultado del impacto directo de los chorros de agua.

2.10 Sistemas de control

2.10.1 Sistema de Control Distribuido (SCD)

2.10.1.1 Se debe contar con un Sistema de Control Distribuido (SCD) que permita una operaciónadecuada y supervisada mediante el empleo de equipo de cómputo y la automatización de secuenciasoperativas con lo que se incremente sustancialmente el nivel de seguridad.

2.10.1.2 Los Sistemas de Control Distribuido deben tener las características siguientes:

  1. a)Funciones de medición, de control, de automatización de tareas y de alarma.
  2. b)Ser congruentes con la filosofía operativa del Sistema de almacenamiento.
  3. c)Incorporar protocolos de comunicación con la flexibilidad para aceptar el uso de diferentes marcas defabricantes, sin que ello demerite su desempeño, en lo particular o en conjunto.
  4. d)Incorporar sistemas redundantes en energía, supervisión, monitoreo, capacidad de respuesta y dealarma, de manera que la falla de un componente no impida el funcionamiento adecuado de lasinstalaciones.
  5. e)Incorporar sistemas de seguridad adecuados para mantener al Sistema de Control Distribuido enóptimas condiciones de uso, tales como: conexión a tierra física electrónica habilitada, pastillas termoâmagnéticas adecuadas, entre otros.
  6. f)Prever la posibilidad de crecimiento futuro de las instalaciones, tanto en su capacidad como en lasmejoras tecnológicas.
  7. g)Constar de sensores inteligentes para activar alarmas visibles y audibles para advertir al personal que lo atiende.

2.10.1.3 El Sistema de Control Distribuido debe considerar al menos los siguientes sub-sistemas:

  1. a)Monitoreo y control – El monitoreo y control de las actividades propias del proceso de carga ydescarga de producto en instalaciones de almacenamiento de hidrocarburos es factible mediante ladisposición de algoritmos o secuencia de tareas que permiten la operación de las instalaciones con un altonivel de desempeño y un adecuado control de variables como: alto o bajo nivel del producto en lostanques y recipientes, inicio de carga o descarga, monitoreo de temperaturas, presiones, entre otrosparámetros, así como la toma de decisiones en base a la información recolectada.
  2. b)Paro por emergencia;
  3. c)Medición de producto (acometida);
  4. d)Energía eléctrica ininterrumpida;
  5. e)Instrumentación de campo;
  6. f)Protección contra incendios, y

2.10.1.4 Los sistemas de monitoreo y control deben contar con lo siguiente:

  1. a)Tableros de control;
  2. b)Consolas de control;
  3. c)Recolección de datos;
  4. d)Almacenamiento de bases de datos, reportes y gráficas;
  5. e)Cableado adecuado;
  6. f)Conductos de cableado por tubería y colocación adecuada en charolas;
  7. g)Conexión adecuada;
  8. h)Rutas del de cableado en condiciones adecuadas de operación, y

 

  1. i)Instrumentación de campo.

2.10.1.5 El monitoreo de las operaciones debe ser realizado en un centro de control atendido por personalque observe y escuche las alarmas de advertencia.

2.11 Sistema de paro de emergencia (PDE)

2.11.1 En caso de emergencia, el sistema PDE debe aislar o cerrar la fuente de suministro de GLP,líquidos y gases inflamables en las instalaciones.

2.11.2 El sistema PDE debe parar la operación de cualquier equipo cuya operación pueda prolongar oaumentar el estado de emergencia.

2.11.3 Las válvulas y equipos instalados para cubrir otros requisitos de esta Norma Oficial Mexicana debenutilizar en el sistema PDE, en su caso, para evitar la duplicidad de dichas válvulas y equipos.

2.11.4 Si el paro de un equipo por emergencia produce un riesgo o daño mecánico a ese equipo, se debeevitar que éste o sus dispositivos auxiliares sean parados por el sistema PDE; lo anterior, siempre y cuandosean controlados los efectos de la liberación de fluidos inflamables o combustibles, en su caso.

2.11.5 Los sistemas PDE deben tener un diseño a prueba de falla. En sitios donde no es práctico undiseño a prueba de falla, los sistemas PDE se deben instalar, localizar o proteger de manera que se minimicela posibilidad que queden inoperables en caso de una emergencia o falla en el sistema de control normal.

2.11.6 Los sistemas PDE que no sean del tipo a prueba de falla deben tener todos sus componentesubicados a una distancia mínima de 15 m del equipo que controlan y cumplir con los requisitos siguientes:

  1. a)Estar instalados o ubicados donde no puedan quedar expuestos a un incendio, y
  2. b)Estar protegidos contra cualquier falla debida a exposición al fuego durante un mínimo de 10 min.

2.11.7 En el Sistema de almacenamiento debe haber señalamientos localizados en lugares visibles queindiquen la ubicación de los controles de los sistemas PDE y la forma de operarlos.

2.11.8 Los activadores manuales deben estar ubicados a una distancia mínima de 15 m del equipo quesirven, en áreas accesibles durante una emergencia, y su función designada debe estar claramente indicada.Adicionalmente, deben tener las características siguientes:

  1. a)Las estaciones de activadores manuales deben estar protegidas contra activaciones accidentales;
  2. b)Los sistemas PDE deben activarse automáticamente cuando se detecte gas combustible con 40% del Límite Inferior de Inflamabilidad (LII) o fuego en algún área crítica del Sistema de almacenamiento;
  3. c)Se debe activar la alarma visual y sonora local, así como la del centro de control;
  4. d)El paro automático debe activarse solamente cuando se tenga redundancia en la detección; loanterior, con objeto de evitar paros debidos a falsas alarmas;
  5. e)Se debe instalar un control del sistema PDE integrado en el centro de control del Sistema dealmacenamiento. Este sistema PDE centralizado debe ser independiente del sistema de control general yoperar con prioridad sobre este último, y
  6. f)Las señales de los detectores de gas y fuego deben incorporarse al control del sistema PDE delcentro de control y deben estar duplicadas en los centros de seguridad y de vigilancia, si éstos dos sondistintos.

2.11.9 Los sistemas de trasiego de GLP desde/hacia buque-tanques, semirremolques, auto-tanques ocarro-tanques deben contar con un sistema PDE que:

  1. a)Pueda ser activado manualmente, y
  2. b)Pare los componentes del sistema de trasiego de GLP o vapor en la secuencia adecuada.

2.11.10 El sistema PDE debe prever lo siguiente:

  1. a)Cierre de válvulas de proceso (acometida y carga);
  2. b)Apertura de válvulas a incinerador;
  3. c)Arranque o paro de bombas de carga;

 

  1. d)Apertura de válvulas de venteo elevado;
  2. e)Apertura de válvulas del sistema de combate contra incendios;
  3. f)Activación de alarmas sonoras y visuales, y
  4. g)Notificación a cuerpos de emergencia.

2.11.11 Todo elemento sensor, de lectura, comunicación y dispositivo posicionador de campo debemantenerse en óptimas condiciones.

2.11.12 Los elementos sensores como termopares, diafragmas o placas de orificio deben revisarse y, ensu caso, deben remplazarse de acuerdo con el programa de mantenimiento.

2.11.13 Los elementos transductores como convertidores de señal analógico/digital deben verificarseconforme a su patrón de medición.

2.11.14 Los elementos transmisores, como comunicadores que reportan datos, deben verificarse conformeal protocolo de comunicación que utilicen.

2.11.15 Los elementos para fijar la posición de un dispositivo, como por ejemplo, los instalados en laoperación de válvulas y reguladores, entre otros, deben engrasarse y verificar su funcionamientoperiódicamente.

2.11.16 Se deben prever operaciones redundantes necesarias para proveer de energía, supervisión,monitoreo, capacidad de respuesta y sistemas de alarma, de manera que la falla de un componente no impidael funcionamiento adecuado de las instalaciones.

2.11.17 Se debe prever la posibilidad de crecimiento futuro de las instalaciones, tanto en su capacidadcomo en las mejoras tecnológicas.

2.11.18 Válvulas de corte para casos de emergencia

2.11.18.1 En el sistema de carga y descarga de auto-tanques, carro-tanques, semirremolques y buque-tanques, se deben incluir válvulas de corte para emergencia y éstas deben incorporar los siguientes mediosde cierre:

  1. a)Corte/apagado manual en la ubicación de la instalación.
  2. b)Activación manual desde un punto que sea accesible durante una emergencia.

2.11.18.2 Debe evaluarse qué medida se requiere, de las enunciadas a continuación:

  1. a)Corte de flujo automático en caso de emisiones de GLP
  2. b)Corte de flujo automático mediante una activación térmica (incendio)

2.11.18.3 Las prácticas de instalación para las válvulas de corte que sean instaladas en casos deemergencia, deben incluir las especificadas en las disposiciones 2.11.18.4 al 2.11.18.9 de la presente NormaOficial Mexicana.

2.11.18.4 Cuando se utilicen mangueras o tubería giratoria (tipo swivel) para el trasiego de líquidos o vaporen la tubería fija del sistema de trasiego, se debe instalar una válvula de corte para casos de emergencia, lacual debe quedar a una distancia no mayor de 6 m de tubería desde el extremo al que se vaya a conectar lamanguera o la tubería giratoria.

2.11.18.5 Cuando el flujo sea en una sola dirección, en lugar de una válvula de corte para casos deemergencia se podrá utilizar una válvula de retención, siempre que ésta se instale en una línea dedicadaespecíficamente al llenado o retorno de vapor de un tanque de almacenamiento.

2.11.18.6 Cuando se utilicen dos o más arreglos de mangueras o de tuberías giratorias (tipo swivel), encada tramo de las tuberías se deberán instalar, ya sea una válvula de corte de emergencia o una válvula deretención (únicamente para las líneas de descarga).

2.11.18.7 Si se van a utilizar válvulas de retención en lugar de válvulas de corte para casos deemergencia, se debe disponer de un procedimiento para asegurar la correcta operatividad de talesdispositivos.

2.11.18.8 Las válvulas de corte de emergencia o las válvulas de retención de contraflujo deben instalarse

en las tuberías fijas, de forma tal que cualquier ruptura que resulte de un tirón ocurra en el lado de la conexiónde la manguera o de la tubería giratoria (tipo swivel), mientras que las válvulas y las tuberías del lado de laconexión del sistema de almacenamiento permanezcan intactas.

2.11.18.9 Si el suministro o producto va a ser transportado por líneas de tuberías, se deben proveerválvulas de bloqueo y válvulas de retención ubicadas en los límites del sistema de almacenamiento. Si lasválvulas de bloqueo se operan manualmente, éstas deben ser accesibles durante una emergencia.

2.12 Sistema eléctrico

Las instalaciones eléctricas y el equipo deben cumplir con lo establecido en la Norma Oficial MexicanaNOM-001-SEDE-2012, Instalaciones Eléctricas (utilización), o con aquella que la sustituya, e incluir los rubrossiguientes:

  1. a)Equipo eléctrico;
  2. b)Cableado y sistemas de control críticos;
  3. c)Puesta a tierra y conexiones;
  4. d)Protección contra corrientes parásitas;
  5. e)Protección contra descargas eléctricas.

2.13 Una vez concluida la fase de construcción, se deben realizar las pruebas referidas en la disposición5.2.1 de esta Norma Oficial Mexicana.

Capítulo 3 Diseño y construcción de Sistemas de almacenamiento de GLP refrigerado

3.1 Alcance

El presente capítulo contiene requerimientos específicos de diseño aplicables a Sistemas dealmacenamiento de GLP refrigerado, incluyendo los tanques de almacenamiento, para los cuales se considerauna temperatura de diseño igual o inferior al punto de ebullición del GLP a presión atmosférica.

Las características de diseño que se establecen en esta Norma Oficial Mexicana están dirigidas aproporcionar un funcionamiento adecuado del Sistema de almacenamiento, así como a garantizar suseguridad e integridad.

Es aplicable a los Sistemas de almacenamiento de GLP que, en fecha posterior a la entrada en vigor deesta Norma Oficial Mexicana, sean diseñados y construidos, y a aquéllos ya construidos bajo la regulaciónvigente en su momento, que presenten a la Comisión una solicitud de autorización para realizarmodificaciones técnicas, conforme a los trámites establecidos en el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo.

3.2 Ubicación

3.2.1 Para determinar la ubicación de un Sistema de almacenamiento de GLP refrigerado se deberá darcumplimiento a lo establecido en las disposiciones 2.2 y 2.3 de esta Norma Oficial Mexicana.

3.3 Distancias mínimas requeridas

3.3.1 El estudio de riesgos y uso de modelos computacionales de dispersión de vapores son herramientasútiles que deben utilizarse para estimar las distancias mínimas que se deben guardar entre las diversasinstalaciones del Sistema de almacenamiento, a fin de limitar el riesgo de exposición de las instalacionesadyacentes.

3.3.2 La distancia horizontal mínima entre la tangente vertical de la envolvente de un tanque de GLPrefrigerado y el límite de las propiedades cercanas que puedan desarrollarse debe ser 60 m. Cuando seencuentren ubicadas residencias, edificios públicos, lugares de recreo y reunión, sitios industriales opropiedades adyacentes, se deberá evaluar la aplicación de otras medidas, como distancias mayores u otraprotección suplementaria, para minimizar el riesgo a la población y a sus bienes en caso de ocurrir unincidente en el Sistema de almacenamiento, como incendio o explosión.

3.3.3 La distancia horizontal mínima entre las tangentes verticales de las envolventes de los tanques deGLP refrigerados adyacentes debe ser la mitad del diámetro del tanque mayor.

3.3.4 La distancia horizontal mínima entre la tangente vertical de la envolvente de un tanque de

almacenamiento refrigerado y la envolvente de otra instalación de almacenamiento de hidrocarburos norefrigerados debe ser la mayor de las siguientes distancias:

  1. a)Tres cuartos del diámetro del tanque mayor cuando la otra instalación de almacenamiento estápresurizada.
  2. b)Un diámetro del tanque mayor cuando la otra instalación de almacenamiento es un tanqueatmosférico y está diseñado para contener material cuyo punto de inflamabilidad sea de 38 °C (100 °F) omenos.
  3. c)La mitad del diámetro del tanque mayor cuando la otra instalación de almacenamiento es un tanqueatmosférico y está diseñado para contener material con un punto de inflamabilidad superior a los 38 °C(100 °F).

3.4 Ubicación de tanques de almacenamiento de GLP refrigerados

Los tanques de almacenamiento de GLP refrigerados no deben ubicarse dentro de edificios, áreas deconfinamiento de derrames de otros tanques inflamables, tanques de almacenamiento de líquidoscombustibles o áreas de contención de derrames de tanques de almacenamiento presurizados.

3.4.1 Diseño

Los tanques de almacenamiento deben cumplir con las condiciones de diseño establecidas en las Normasaplicables.

3.4.2 Materiales

Todos los materiales de construcción deben cumplir con las Normas aplicables.

3.4.3 Requerimientos de diseño

3.4.3.1 Presión de diseño. La presión de diseño de un tanque de GLP refrigerado se determina con lapresión del vapor del producto a la temperatura de almacenamiento. La presión establecida del dispositivo dealivio de presión debe ser de acuerdo a los requerimientos de diseño del licenciador.

3.4.3.2 La sección del tanque que quede por arriba del nivel máximo del líquido debe diseñarse para unapresión cuando menos igual a la que están ajustadas las válvulas de alivio de presión y para la máximapresión parcial de vacío que pueda presentarse. Las secciones del tanque de almacenamiento que seencuentran ubicadas por debajo del nivel máximo de líquido deben diseñarse, como condición mínima, para lacombinación más severa de presión de gas (o vacío parcial) y la carga estática que afecta cada elemento deltanque.

3.4.3.3 Temperatura de diseño. La temperatura de diseño aplicable a un tanque de almacenamiento deGLP refrigerado debe ser la más baja de las siguientes:

  1. a)Aquélla a la cual el GLP sea refrigerado.
  2. b)La temperatura más baja de la envolvente que resulte de las condiciones ambientales, cuando esatemperatura esté por debajo de la temperatura del GLP refrigerado.
  3. c)La temperatura de autorrefrigeración del GLP.

3.4.4 Mezcla de productos

La carga de GLP a un tanque parcialmente lleno de GLP refrigerado, en donde el producto que se estécargando tenga una composición diferente que la del líquido en el tanque, puede causar la generación degrandes cantidades de vapor. En este supuesto, se puede determinar la tasa de generación de vapor eincluirse en el dimensionamiento de las válvulas de alivio de presión del tanque. Como una condición mínima,las válvulas de alivio de presión deben dimensionarse para descargar el vapor a una tasa no menor de 3% dela capacidad líquida del tanque en 24 horas.

3.4.5 Contención de derrames

3.4.5.1 En el sitio en el que se instalen los tanques de almacenamiento de GLP refrigerado deberánincluirse instalaciones de contención de derrames. Para la construcción de dichas instalaciones se deberá darcumplimiento a lo establecido en la disposición 2.8.12 de esta Norma Oficial Mexicana.

 

3.4.6 Confinamientos remotos

3.4.6.1 Cuando se utilicen confinamientos remotos para la contención de derrames, la instalación debediseñarse de acuerdo con las disposiciones 3.4.6.2 a 3.4.6.5 de esta Norma Oficial Mexicana.

3.4.6.2 La pendiente del área debajo y alrededor de los tanques debe dirigir cualquier fuga o derrame alárea de confinamiento remoto. El firme debe tener una pendiente mínima del 1%.

3.4.6.3 Se pueden utilizar muros de contención, diques, zanjas o canales para ayudar en el llenado deproducto derramado desde el área del tanque hacia un área de confinamiento remoto. Sin embargo, se debeminimizar el uso de zanjas o canales.

3.4.6.4 El área de confinamiento remoto se debe ubicar cuando menos a 15 m de los tanques quedescarguen hacia ella y de cualquier tubería u otro equipo.

3.4.6.5 La capacidad de retención del área de confinamiento remoto debe ser al menos 100% del volumendel tanque más grande que drene hacia ella.

3.4.7 Diques

3.4.7.1 Cuando se utilicen diques alrededor del tanque de almacenamiento para la contención dederrames, el área con diques debe diseñarse de acuerdo con los lineamientos establecidos en lasdisposiciones 3.4.7.2 a 3.4.7.5 de esta Norma Oficial Mexicana.

3.4.7.2 La pendiente del área debajo y alrededor del tanque de almacenamiento debe dirigir cualquier fugao derrame al borde del área con diques. El firme debe tener una pendiente mínima de 1%. Dentro del área condiques, la pendiente del firme debe propiciar que los derrames se acumulen en zonas alejadas del tanque y decualquier tubería que se encuentre ubicada dentro del área con diques.

3.4.7.3 Cada tanque de almacenamiento de GLP refrigerado debe contar con su propia área de diques. Lacapacidad de retención de dicha área debe ser de, al menos, 100% del volumen del tanque.

3.4.7.4 Dentro del área con diques se puede incluir más de un tanque de almacenamiento, siempre que setomen las medidas adecuadas para evitar que la exposición a las temperaturas bajas resultantes de las fugasde cualquiera de los tanques cause una fuga subsecuente de cualquier otro tanque.

3.4.7.5 Cuando se utilicen diques como parte del sistema de contención de derrames, la altura mínimadebe ser de 0.50 m, medida desde la parte interna del área con diques. Cuando los diques deban tener unaaltura mayor a 1.80 m, se deberán tomar las previsiones necesarias para el acceso normal y de emergenciahacia el interior y hacia afuera del área con diques. Cuando los diques se diseñen con una altura mayor a 4 m,o cuando la ventilación se vea restringida por el dique, se deberán tomar las medidas para la operaciónnormal de válvulas y para el acceso a la parte superior del tanque o tanques sin que se requiera que elpersonal entre al área de diques que se encuentre por debajo de la parte superior del dique.

3.5 Consideraciones térmicas

3.5.1 Las cimentaciones de los tanques de almacenamiento deben diseñarse para evitar que temperaturasmenores a 0 °C (32 °F) estén presentes en la base y el suelo. Esta condición se logra mediante sistemas deventilación, aislamiento, calefacción, o una combinación de éstas.

3.5.2 Los elementos que generen calor, controles y sensores de temperatura deben diseñarse e instalarsepara tener fácil acceso a ellos y poder reemplazarse mientras el tanque se encuentre en servicio.

3.5.3 Los sistemas de calefacción de las cimentaciones deben proveerse con monitoreo y controles detemperatura.

3.5.4 El diseño de la estructura de soporte debe considerar las cargas que resulten de: (a) el gradientetérmico a través de la estructura de soporte, cimentación y pilotes debido a la temperatura del contenido deltanque y (b) el choque térmico por derrames accidentales.

3.6 Sistema de refrigeración

3.6.1 El sistema de refrigeración debe mantener al GLP a una temperatura a la cual la presión del vapordel GLP no exceda la presión de diseño del tanque de almacenamiento.

3.6.2 El dimensionamiento del sistema de refrigeración debe tomar en consideración los factoressiguientes:

 

  1. a)El flujo de calor de las fuentes siguientes:
  2. Diferencia entre la temperatura ambiente de diseño y la temperatura de almacenamiento de diseño;
  3. Radiación solar máxima;
  4. Recepción del producto a una temperatura mayor que la temperatura de diseño del tanque, en casoque esto sea viable;
  5. Calentadores de la cimentación, y
  6. Tubería conectada.
  7. b)El desplazamiento de vapor durante la operación de llenado y el retorno del mismo durante el trasiego de producto.

3.6.3 Se debe proveer un método alterno para la conducción de un exceso de vapor de GLP que resultede refrigeración insuficiente o pérdida de refrigeración.

3.6.4 La carga de vapor que resulte de la refrigeración debe:

  1. a)Recuperarse mediante un sistema de licuefacción;
  2. b)Usarse como combustible;
  3. c)Usarse como materia prima del proceso, y
  4. d)Desecharse mediante quemador elevado u otro método seguro.

3.6.5 Se deben proveer métodos de manejo alternos para desechar los vapores venteados a la atmósferaen caso de falla de los métodos regularmente utilizados. Si se utilizan compresores, las piezas fundidas debendiseñarse para resistir una presión de succión de al menos 121% de la presión de diseño del tanque dealmacenamiento.

3.6.6 Un sistema de GLP refrigerado debe incorporar los accesorios siguientes:

  1. a)Un separador a la entrada de la línea de succión del compresor;
  2. b)Un separador de aceite en la línea de descarga del compresor (a menos que el compresor sea de tipo seco);
  3. c)Un drenaje y un medidor para cada separador;
  4. d)Una purga de gas no condensable para el condensador, y
  5. e)Controles automáticos del compresor y alarmas de emergencia para enviar señales en caso de ocurrir lo siguiente:
  6. Cuando la presión del tanque se aproxime a la presión de trabajo máxima o mínima permisible o a lapresión a la cual el venteo de vacío se abrirá, o
  7. Cuando exista presión excesiva en el condensador debido a una falla en el medio de enfriamiento.

3.7 Accesorios, válvulas y tuberías

Los tanques de almacenamiento deben estar equipados con el equipo y accesorios que se describen enlas disposiciones 3.7.1 a 3.7.11 de esta Norma Oficial Mexicana. Los materiales deben ser compatibles con elGLP y estar diseñados para las condiciones operativas del Sistema de almacenamiento.

3.7.1 Dispositivos de alivio de presión/vacío

3.7.1.1 Cada tanque de almacenamiento de GLP refrigerado debe proveerse con al menos un dispositivode alivio de presión calibrado para descargar a una presión menor que la presión de trabajo máximapermisible del tanque.

3.7.1.2 Los tanques de almacenamiento que puedan dañarse por el vacío interno deben proveerse con almenos un dispositivo de alivio de vacío calibrado para que abra a una presión mayor que la presión parcial dediseño de vacío.

3.7.1.3 Cuando se diseñe un tanque interno cerrado con una envolvente externa hermética al vapor, laenvolvente externa debe equiparse con uno o más dispositivos de alivio de presión/vacío.

 

3.7.2 Indicadores de temperatura

Cada tanque de almacenamiento debe estar equipado con termopares o dispositivos indicadores detemperatura.

3.7.3 Conexiones para los muestreos

Si se requieren conexiones para tomar muestras, éstas deben instalarse en las tuberías del tanque dealmacenamiento en vez de colocarse directamente en el tanque.

3.7.4 Materiales

No deben utilizarse materiales de baja ductilidad como el hierro gris, hierro dúctil, hierro maleable yfundiciones de aluminio en ningún accesorio que esté sujeto a presión.

3.7.5 Válvulas

3.7.5.1 Las válvulas de corte y el equipo accesorio deben construirse de material apropiado para soportarla presión máxima de operación y las temperaturas extremas a las cuales se les sujetará.

3.7.5.2 Las válvulas de corte instaladas para utilizarse durante las operaciones normales del Sistema dealmacenamiento deben ser accesibles al operador y encontrarse tan cerca de los tanques, bombas,compresores y otros componentes como sea práctico.

3.7.5.3 Se deben instalar válvulas de corte de emergencia en los tramos largos de tubería que se utilicenpara transportar GLP u otros líquidos combustibles, para minimizar la cantidad de producto que pudieraderramarse en caso de falla.

3.7.6 Tuberías

3.7.6.1 Cuando la tubería que conduce sustancias a bajas temperaturas se instale por debajo de lasuperficie del suelo, se deben utilizar zanjas, encajonamientos u otros medios para permitir la expansión ycontracción de la tubería.

3.7.6.2 Cuando una instalación de almacenamiento maneje más de un tipo de producto, para cada uno deellos se deben considerar tuberías exclusivas para la carga y la descarga entre tanques e instalacionescorrespondientes.

3.7.6.3 El diseño de las tuberías del cabezal y de las conexiones de carga y descarga del tanque dealmacenamiento debe ser tan simple como sea posible. El número de conexiones hacia el tanque dealmacenamiento debe minimizarse, ya que los errores operativos aumentan a medida que aumenta lacomplejidad de la instalación de las tuberías y el número de conexiones.

3.7.6.4 Las tuberías no deben tenderse bajo pisos ni losas de concreto. Cuando las tuberías debanextenderse a través de una pared de concreto o por debajo de un piso de losa, éstas deben protegersemediante un encofrado apropiado.

3.7.6.5 Las tuberías interconectadas entre tanques o accesorios de los tanques deben instalarse de formaque permitan la flexibilidad en todos los planos. Los cabezales de carga y descarga no deben conectarse a untanque mediante tuberías cortas, rectas y rígidas, aun si la tubería está roscada o soldada.

3.7.6.6 Las tuberías de venteo o de alivio de presión no deben tener tramos de tuberías rectas instaladasentre tanques adyacentes. Las tuberías deben incluir tramos de longitud adecuados y los cambios dedirección se deben hacer mediante el uso de codos o dobleces a fin de prever los movimientos posibles, tantoverticales como horizontales, del cabezal con relación al tanque.

3.7.6.7 Donde sea factible que ocurran expansiones y contracciones térmicas, las tuberías debendiseñarse con un doblez de expansión, compensación angular u otra medida adecuada para permitir elmovimiento lineal. Los dobleces de expansión se pueden fabricar de tramos rectos de tubería y codossoldados o dobleces en «U». Las juntas de expansión tipo fuelle, adecuadas, debidamente ancladas y guiadas,deben utilizarse únicamente cuando las limitaciones de espacio impidan la instalación de circuitos o dobleces.

3.7.6.8 En la medida de lo posible, se deben evitar puntos bajos en las tuberías en donde se puedaacumular el agua. En climas gélidos, en donde no se puedan evitar los puntos bajos, se debe proveerprotección adecuada para evitar la congelación de tuberías.

3.7.7 Conexiones para la toma de muestras

 

3.7.7.1 Se debe proveer conexiones para la toma de muestras en los tanques de almacenamiento. Lasconexiones en el equipo de medición deben utilizarse para la toma de muestras siempre que dichasconexiones se encuentren ubicadas adecuadamente.

3.7.7.2 Para minimizar la vulnerabilidad a daños mecánicos, se deben proveer los soportes adecuados deconexiones y tuberías en las líneas de toma de muestras.

3.7.7.3 La tubería de entrada a los contenedores de muestras debe contar con válvulas dobles. Lasubicaciones de conexiones para la toma de muestras no deben encontrarse bajo el tanque y deben orientarsede forma tal que los vapores de purga no envuelvan al operador ni estén próximos a una fuente de ignición.

3.7.8 Dispositivos automáticos y remotos

Cuando los tanques operen en forma remota y reciban GLP a una tasa elevada de flujo, se pueden utilizarválvulas de corte automáticas, válvulas de corte operadas en forma remota, dispositivos automáticos,interruptores de apagado de bombas o una combinación de éstos. Para que dichos dispositivos sean eficacesdurante una exposición al fuego, es necesario que los sistemas de control tengan protección contra incendios.

3.7.9 Escaleras

Se deben proveer escaleras convencionales, escalerillas de mano, pasillos y plataformas apropiados parapermitir el acceso a las válvulas operativas y al equipo.

3.7.10 Cabezal de descarga común

3.7.10.1 Las líneas de las válvulas de alivio de presión para uno o más tanques se podrán conectar a uncabezal de descarga común, siempre que el GLP descargue a un quemador elevado. Cuando se determine eltamaño del dispositivo de alivio y del cabezal de descarga, se deben tomar en cuenta las contrapresiones quepudieran desarrollarse durante la descarga de una válvula de alivio. Para las válvulas de alivio operadas porpiloto que descarguen hacia un cabezal común, se debe considerar el efecto de contraflujo y, si se requiere,se debe proveer de un dispositivo para evitar el contraflujo.

3.7.10.2 Los cabezales comunes no deben utilizarse para los venteos a la atmósfera. Los cabezales dedescarga comunes deben dimensionarse para una capacidad de alivio que tome en cuenta los tanques quepudieran verse involucrados en una situación de emergencia. En el cabezal común se deben tomar lasmedidas necesarias para instalar trampas de líquidos. No deben acoplarse al cabezal de descarga comúnventeos, drenajes, purgadores y dispositivos de alivio de presión cuando puedan desarrollarsecontrapresiones que afecten el funcionamiento adecuado de los dispositivos de alivio de presión en el tanque.

Capítulo 4 Diseño y construcción de instalaciones marinas para recepción de GLP

4.1 Alcance

El presente capítulo establece las condiciones sobre el diseño y construcción de instalaciones marinas deun Sistema de almacenamiento de GLP aplicables específicamente a las operaciones de trasiego de GLPentre embarcaciones e instalaciones en la costa del Sistema de almacenamiento. Adicionalmente, lasinstalaciones marinas deberán apegarse, en lo conducente, a lo establecido en el capítulo dos de esta NormaOficial Mexicana.

Es aplicable a los Sistemas de almacenamiento de GLP que sean diseñados y construidos en fechaposterior a la entrada en vigor de esta Norma Oficial Mexicana. También será aplicable los Sistemas dealmacenamiento que construidos bajo la regulación vigente en su momento cuando se presente a la Comisiónuna solicitud de autorización para realizar modificaciones técnicas, de acuerdo al procedimiento establecidoen el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo.

4.2 Muelles

4.2.1 Diseño y construcción

4.2.1.1 El diseño, construcción y operación de muelles, dársenas o escolleras utilizadas para la descarga yrecepción de GLP deben apegarse a la normatividad local, requisitos de las autoridades competentes en lamateria y Normas aplicables.

4.2.1.2 Se deben implementar medidas que garanticen la seguridad de las instalaciones cuando semanejen líquidos inflamables, carga en general o gases comprimidos sobre el muelle o instalacionessimilares, a menos de 30 m del punto de conexión de trasiego, mientras el GLP u otro líquido inflamable sontransferidos. Se exceptúan las sustancias almacenadas en el buque para el tanque de almacenamiento de

GLP del barco.

4.2.1.3 No debe autorizarse la circulación de camiones o vehículos motorizados sobre el muelle oinstalaciones similares a menos de 30 m del punto de conexión de trasiego mientras se realizan operacionesde descarga de líquidos inflamables.

4.2.1.4 No debe darse acceso a personas ajenas a las operaciones del Sistema de almacenamiento en elárea del muelle y de trasiego de combustible cuando el buque tanque o embarcación se encuentra atracado.

4.2.1.5 El personal responsable de la seguridad del Sistema de almacenamiento debe restringir la entradaa visitantes, camiones de entrega de material o de otra índole y personal de servicio en general; solamente sedará acceso a aquellas personas autorizadas por el Permisionario u operador de las instalaciones.

4.2.1.6 El equipo utilizado para sujetar la embarcación al muelle o dársena, como sogas, entre otros, debediseñarse de conformidad con las normas o lineamientos internacionales para realizar la sujeción en formasegura.

4.2.1.7 Cuando el Sistema de almacenamiento realice operaciones de trasiego entre la puesta y salida delsol, el área del muelle o dársena debe equiparse con un sistema que ilumine lo siguiente:

  1. a)Área de interconexión y trasiego;
  2. b)Válvulas de control;
  3. c)Tanques o recipientes de almacenamiento;
  4. d)Equipo diverso requerido en la operación, y
  5. e)Pasillos, área de equipo contra incendios y demás zonas requeridas durante una emergencia.

4.2.1.8 Todo el equipo de iluminación debe ser ubicado y cubierto de forma tal que no se confunda conningún dispositivo de asistencia a la navegación, ni interfiera con la navegación en canales adyacentes, encaso de que los hubiera.

4.2.1.9 Las áreas que sean destinadas para estacionamiento autorizado de vehículos, en el área que da alfrente marino, deben estar claramente identificadas.

4.2.1.10 Se deben colocar señales de alerta y barreras adecuadas para impedir el paso e indicar elmomento en que se estén realizando operaciones de trasiego en el Sistema de almacenamiento.

4.3 Equipo eléctrico

Todo equipo eléctrico y cableado instalado en el muelle o áreas similares deberá apegarse a lo establecidoen la NOM-001-SEDE-2012, o aquella que la sustituya.

4.4 Soldadura

Las operaciones de soldadura y corte de materiales deberán apegarse a lo establecido en las Normasaplicables.

4.5 Otras medidas de seguridad

4.5.1 El equipo médico de primeros auxilios y extinguidores de fuego deben estar disponibles en el área deinstalaciones marinas. El equipo deberá apegarse a lo establecido en las normas aplicables; además se debeconsiderar lo establecido a continuación:

  1. a)Los extinguidores deben estar listos para usarse en cualquier momento;
  2. b)El equipo de emergencia debe colocarse y verificarse antes de iniciar cualquier operación de trasiego;
  3. c)La ubicación de los extinguidores de incendio debe estar plenamente identificada por el personal y suacceso fácilmente disponible, y
  4. d)Debe estar claramente visible la señalización de que está prohibido fumar en todas las áreas de lazona de recepción marina.

4.6 Tuberías, válvulas y accesorios

4.6.1 Las válvulas, tuberías y accesorios seleccionados deben cumplir con las especificaciones mínimas

requeridas para usarse en instalaciones marinas de Sistemas de almacenamiento de GLP y diseñarse paralas condiciones operativas extremas a las cuales pueda verse sujeto.

4.6.2 Accesorios

4.6.2.1 Las conexiones entre tubería y válvulas del Sistema de almacenamiento deben fabricarse de acerosin costura y tener el mismo espesor de las tuberías a las que están unidas, estar soldadas a tope depenetración completa y cumplir con lo establecido en las Normas aplicables.

4.6.3 Válvulas

4.6.3.1 Las válvulas deben ser fabricadas de acero inoxidable o de otro material que resulte adecuado alas condiciones de trabajo, de conformidad con las Normas aplicables.

4.6.3.2 Deben instalarse válvulas de aislamiento y conexiones para purga en el cabezal de carga odescarga para las líneas de retorno del líquido y vapor, de tal forma que las mangueras y brazos de descargapuedan bloquearse, drenarse y despresurizarse antes de ser desconectadas.

4.6.3.3 Las válvulas de aislamiento de líquido y válvulas de vapor de 20 mm (8 pulgadas) y mayores deben estar equipadas con operadores eléctricos además de medios para su operación manual.

4.6.3.4 Equipo eléctrico. Las válvulas que operan eléctricamente deben poder operarse manualmente ydesde una estación remota ubicada a cuando menos 15 m del área del cabezal.

4.6.3.5 A menos que la válvula no cierre en forma automática ante la falta de energía eléctrica, tanto elactuador de la válvula como su fuente de poder ubicados a 15 m de la válvula deben protegerse contra unafalla operativa ocasionada por la exposición al fuego que tenga una duración de al menos 10 min.

4.6.3.6 Las válvulas deben ubicarse en el punto donde la manguera o brazo de descarga se conectan alcabezal.

4.6.3.7 Además de las válvulas de aislamiento instaladas en el cabezal, cada línea de retorno de vapor ode trasiego de líquido deben disponer de una válvula de aislamiento ubicada cerca del muelle o dársena.

4.6.3.8 Las válvulas deben identificarse de acuerdo al servicio que proveen.

4.6.4 Tuberías

4.6.4.1 Los sistemas de tuberías deben cumplir con las normas aplicables.

4.6.4.2 Las tuberías utilizadas en el sistema de almacenamiento deben ser sin costura.

4.6.4.3 Las tuberías en el muelle o dársena deberán colocarse de forma tal que no estén expuestas adaños ocasionados por las actividades de esa área, por el paso vehicular o por cualquier otra actividad querepresente un riesgo de daño físico.

4.6.4.4 Las tuberías submarinas deberán colocarse y protegerse para que no estén expuestas a dañosocasionados por el tráfico marino.

4.6.4.5 La ubicación de tuberías submarinas debe identificarse en los planos de ingenieríacorrespondientes del Sistema de almacenamiento, de conformidad con la regulación local vigente en lamateria.

4.6.4.6 Las tuberías que únicamente se usan para descargar líquido deberán proveerse con una válvulacheck que se instale en el cabezal junto a la válvula de aislamiento.

4.6.4.7 Todas las tuberías, conduits y demás líneas conductoras de corriente eléctrica situadas en elmuelle, deberán equiparse con juntas de aislamiento u otros medios para aislarlas eléctricamente decorrientes parásitas y del resto de las instalaciones del Sistema de almacenamiento.

4.6.4.8 Cuando no se utilice un cable para corrientes parásitas entre las instalaciones en la costa y elbuque tanque, deben instalarse juntas de aislamiento en las tuberías que van a las conexiones de descargaentre dichas instalaciones.

4.6.4.9 Se debe asegurar que las instalaciones costa fuera cuenten con un cable de baja impedancia paracorrientes parásitas para conectarse a las embarcaciones.

4.7 Boyas.

 

4.7.1 Los sistemas de almacenamiento que utilicen boyas para el trasiego de GLP deberán incorporarcriterios de diseño, materiales y construcción apegados a las Normas aplicables. Entre los aspectos quedeberán considerarse, se encuentran los siguientes:

  1. a)Condiciones ambientales del sitio;
  2. b)Movimientos de la boya, fuerzas del viento, oleaje, corrientes, variaciones de la marea, condicionesdel lecho marino, área de maniobra, profundidad del lecho;
  3. c)Arreglos estructurales;
  4. d)Protección a la corrosión;
  5. e)Requerimientos de diseño y materiales de los componentes de la boya, como tuberías, estructuras,mangueras de trasiego, y otros equipos y accesorios;
  6. f)Condiciones de descarga;
  7. g)Condiciones de anclaje y amarre;
  8. h)Diseño del sistema eléctrico;
  9. i)Diseño del sistema contra incendios y otros requerimientos de rescate y evacuación, en su caso, y
  10. j)Diseño de sistemas de control, en su caso.

Capítulo 5 Operación de Sistemas de almacenamiento de GLP

5.1 Personal calificado

5.1.1 La operación de los sistemas que integran el Sistema de almacenamiento sólo podrá ser realizadapor personal calificado para las funciones asignadas.

5.2 Pruebas preoperativas, operativas y de desempeño

5.2.1 Una vez concluida la fase de construcción de un sistema nuevo, se deben realizar pruebaspreoperativas, operativas y de desempeño a todo el Sistema de almacenamiento. Cuando proceda unamodificación técnica, se deberán realizar las pruebas correspondientes únicamente en lo concerniente adichas modificaciones. El Permisionario deberá guardar los resultados, gráficas y registros de dichas pruebas,las acciones derivadas de las mismas y la bitácora de esas actividades, y proporcionarlas a la Comisión y a laUnidad de Verificación cuando le sean requeridas.

5.2.2 Previo al inicio de operaciones de un Sistema de almacenamiento nuevo, o como resultado de unamodificación técnica, el Permisionario deberá actualizar el estudio de riesgos correspondiente, de conformidadcon la regulación técnica vigente en la materia.

5.2.3 El Sistema de almacenamiento de GLP para el cual la Comisión haya otorgado un permiso en lostérminos de la regulación aplicable, que al inicio de vigencia de esta Norma Oficial Mexicana haya concluido laetapa de construcción pero no haya iniciado operaciones, deberá cumplir con lo establecido en la disposición5.2 de esta Norma Oficial Mexicana.

5.2.4 Pruebas preoperativas

5.2.4.1 El Permisionario debe establecer procedimientos para realizar pruebas preoperativas del Sistemade almacenamiento, mismas que consisten en pruebas de tipo estático. Los procedimientos deben basarse enlas especificaciones de los fabricantes de equipos, materiales y tuberías, que deben considerar lo siguiente:

  1. a)Los componentes, las etapas y la secuencia en que se deben realizar las pruebas;
  2. b)Los controles y válvulas mediante los cuales se aislarán los componentes de los diferentes sistemasque integran el Sistema de almacenamiento para realizar las pruebas individuales requeridas, las pruebasde los sistemas y las pruebas del Sistema de almacenamiento completo;
  3. c)Las variables que se deben medir durante las pruebas y los resultados que se deben obtener para ser aprobadas;
  4. d)Las actividades, responsabilidad y capacitación del personal asignado a la realización de las pruebaspreoperativas;
  5. e)Los ajustes de los dispositivos de relevo de presión o vacío, o la presión de operación máxima o

mínima de cada componente, y

  1. f)Los sistemas de seguridad del Sistema de almacenamiento.

5.2.5 Pruebas en recipientes, tuberías y accesorios del Sistema de almacenamiento

5.2.5.1 Antes del arranque inicial del Sistema de almacenamiento deben realizarse las pruebashidrostática o neumática del sistema.

5.2.5.2 Los recipientes horizontales y verticales nuevos, fabricados de conformidad con la NOM-009-SESH-2011, deben contar con el certificado de fabricación que acredite la prueba hidrostática.

5.2.5.3 Los recipientes a presión esféricos deberán probarse hidrostáticamente conforme con loestablecido en la NOM-009-SESH-2011 o en aquella que la sustituya.

5.2.5.4 La tubería y accesorios del Sistema de almacenamiento deben probarse hidrostáticamente a 1.5veces o neumáticamente a 1.1 veces la máxima presión de diseño.

5.2.5.5 Una vez realizadas las pruebas a los tanques y recipientes, se deberá observar lo establecido en ladisposición 5.6 de esta Norma Oficial Mexicana para la puesta en servicio de estos componentes.

5.2.6 Pruebas operativas y arranque inicial

5.2.6.1 El Permisionario debe contar con procedimientos aplicables al arranque inicial del Sistema dealmacenamiento o de cualquier componente, los cuales deben contener como mínimo lo siguiente:

  1. a)Descripción de cada sistema o componente para el cual está hecho, incluyendo la filosofía de controly condiciones de diseño;
  2. b)Secuencia lógica detallada de dicho proceso para garantizar que los componentes operensatisfactoriamente;
  3. c)Secuencia lógica para vaciar y sacar de servicio, llenar y poner nuevamente en servicio componentesy sistemas;
  4. d)Descripción del purgado e inertizado de sistemas y tuberías para la operación inicial que contenganfluidos peligrosos;
  5. e)Secuencia de enfriamiento de los componentes de cada sistema que está sujeto a temperaturascriogénicas. El enfriamiento debe ser controlado para asegurar que los esfuerzos térmicos se mantengandentro de los límites de diseño de los materiales con atención especial al desempeño de los lazos deexpansión y libre movimiento del mecanismo deslizante;
  6. f)Descripción para evaluar tuberías criogénicas, en su caso, durante y después de la estabilización delenfriamiento para detectar fugas en bridas, válvulas y sellos;
  7. g)Listado de soluciones a problemas típicos de la operación;
  8. h)Secuencia lógica para vaciar y sacar de servicio, llenar y poner nuevamente en servicio componentesy sistemas.
  9. i)Descripción del trasiego de GLP y fluidos peligrosos incluyendo cómo prevenir el llenado excesivo delos tanques y recipientes;
  10. j)Descripción de las obligaciones de la persona asignada a la operación de cada subsistema oinstalación.

5.2.6.2 El Permisionario debe considerar que durante el arranque inicial se pueden presentar desviacionesen los parámetros previstos en los procedimientos escritos, por lo que será necesario hacer ajustes y cambiosen dichos procedimientos. Por ello:

  1. a)Debe designar un grupo responsable de aprobar los ajustes y cambios en los procedimientos quesean necesarios, y
  2. b)Cualquier ajuste o cambio de cualquier parámetro debe ser analizado y aprobado por este gruporesponsable.

5.2.7 Pruebas de desempeño

5.2.7.1 El Permisionario debe establecer procedimientos para la ejecución de pruebas de desempeño para

evaluar el cumplimiento de las especificaciones de diseño del Sistema de almacenamiento. En dichosprocedimientos se deben establecer los parámetros y aspectos operativos siguientes:

  1. a)Flujo nominal de recepción de GLP;
  2. b)Flujo nominal de entrega de GLP;
  3. c)Operación a capacidad nominal del sistema de bombeo;
  4. d)Flujo nominal del sistema de agua contra incendios;
  5. e)Operación del sistema de paro de emergencia;
  6. f)Operación del sistema de alarmas, y
  7. g)Consumo de energía eléctrica.

5.2.7.2 El Permisionario debe establecer un programa de verificación de las pruebas de desempeño queconsidere al menos, lo siguiente:

  1. a)Atestiguamiento por parte de la Unidad de Verificación de las pruebas de desempeño, y
  2. b)Reporte del resultado de las pruebas correspondientes realizadas.

5.3 Manual de operación

5.3.1 Cada Sistema de almacenamiento es único en cuanto a su ubicación, configuración, diseño ypersonal operativo, por lo que su operación se debe analizar de acuerdo con las características propias, a finde identificar y controlar los riesgos potenciales.

5.3.2 El Permisionario debe desarrollar un programa de información a las autoridades de protección civilde la localidad o su equivalente, sobre las actividades del Sistema de almacenamiento, los riesgosidentificados y las medidas que se han tomado para minimizar la probabilidad de ocurrencia.

5.3.3 El Permisionario debe elaborar un Manual de Operación que:

  1. a)Esté disponible en un lugar de acceso inmediato, donde pueda ser consultado por el personal que lorequiera.
  2. b)Describa los componentes del Sistema de almacenamiento de acuerdo con los procedimientosestablecidos en el manual.
  3. c)Se actualice cuando se presenten cambios en los equipos o procesos del Sistema dealmacenamiento.
  4. d)Incorpore un programa de capacitación al personal operativo del Sistema de almacenamiento, conobjeto de desarrollar conocimientos y experiencia en la aplicación de procedimientos e instrucciones deforma tal que las instalaciones se operen de manera segura.

5.4 Contenido del manual de operación

5.4.1 El Manual de Operación del Sistema de almacenamiento de GLP debe contener al menos losdocumentos siguientes:

5.4.1.1 Los procedimientos de operación para los sistemas y componentes.

5.4.1.2 Los planos, diagramas de ingeniería y registros actualizados.

5.4.1.3 El plan para atención de emergencias que contenga el enlace con las autoridades locales, talescomo policía, H. Cuerpo de Bomberos y Protección Civil municipal o delegacional, con objeto de mantenerlosinformados sobre dichos planes y sus funciones en situaciones de emergencia.

5.4.1.4 Los procedimientos para el registro y análisis de incidentes, así como eventos inseguros en los quese describan sus causas y cómo prevenir su incidencia.

5.5 Procedimientos de operación

5.5.1 Operación Normal

El Manual de Operación debe contener procedimientos para el arranque inicial del Sistema dealmacenamiento de GLP, procedimientos de operación normal, paro y vuelta a servicio normal de las

instalaciones, así como aquéllos específicos para operaciones de trasiego de GLP y procedimientosespeciales contenidos en esta sección.

5.5.1.1 Los procedimientos para la operación normal deben incluir los aspectos siguientes:

  1. a)Descripción de los componentes y sistemas del procedimiento, filosofía de operación y control,limitaciones, propósito y condiciones de operación normal.
  2. b)Ajuste de los sistemas de control para asegurarse que la operación se realice dentro de los límites dediseño, incluyendo un listado de alarmas de alta y baja donde corresponda.
  3. c)Monitoreo y control de temperatura, presión y flujo de entrega de GLP para mantenerlos dentro de los límites de operación previstos.
  4. d)Identificación de condiciones de operación anormales y procedimientos para corregirlas y volver a laoperación normal.
  5. e)Descripción para parar y volver a poner en servicio los componentes del Sistema de almacenamientode GLP
  6. f)Trasiego seguro de GLP y fluidos peligrosos incluyendo cómo prevenir el llenado excesivo de lostanques o recipientes.
  7. g)Calificación del personal.
  8. h)Descripción de las obligaciones de la persona asignada a la operación de cada subsistema oinstalación.
  9. i)Especificaciones de los ajustes de los dispositivos de relevo de presión o vacío, o la presión deoperación máxima o mínima de cada componente.
  10. j)Descripción de los sistemas de seguridad del Sistema de almacenamiento de GLP.

5.5.1.2 Los procedimientos para el monitoreo de la operación de cada subsistema y la integridad mecánicade las estructuras en las cuales existe peligro para las personas y sus bienes, deben considerar lo siguiente:

  1. a)Las actividades de monitoreo permanente de las variables de operación mediante un sistema decontrol.
  2. b)Actividades de inspección a los procesos y equipos por personal capacitado.

5.5.2 Operación Anormal

5.5.2.1 Plan de atención de condiciones anormales. Se debe contar con un plan que describa losprocedimientos que se deben aplicar para corregir, en el menor tiempo posible, las condiciones anormales deoperación para evitar una fuga de GLP en alguna parte del Sistema de almacenamiento, que pudiese causardaños a las personas e instalaciones propias o de terceros en la vecindad del Sistema de almacenamiento deGLP.

5.5.2.2 Deben evitarse las siguientes condiciones anormales en los tanques o recipientes dealmacenamiento que pueden causar una fuga de vapor de GLP:

  1. a)Llenado excesivo. Para controlarlas, los tanques o recipientes deben contar con:
  2. Dispositivos de control de nivel o de máximo llenado, y
  3. Sistemas de válvulas de corte y de aislamiento para detener o desviar rápidamente el flujo de GLP sin causar incrementos de presión en algún otro punto del sistema de trasiego.
  4. b)Presión excesiva. Se deben considerar las causas probables, entre ellas, las siguientes:
  5. Acumulación de no condensables.
  6. Incremento de la temperatura en el tanque.
  7. Contaminación del GLP con un líquido con presión de vapor más alta.
  8. c)Reducción de la presión del tanque, mediante:
  9. Venteo seguro de vapores no condensables.

 

  1. Enfriamiento, por medio de agua, de la envolvente del tanque.
  2. Extracción de GLP del tanque.

5.5.2.3 Plan de atención a fugas de GLP. Se deben definir acciones para detener la emisión y dispersar lanube de vapor de GLP en el menor tiempo posible para minimizar la exposición del personal, las instalacionesy la comunidad.

5.5.2.4 Las operaciones que tienen mayor riesgo de fugas de GLP en los tanques o recipientes a presiónpara almacenamiento son, entre otras, las siguientes:

  1. a)Trasiego del producto;
  2. b)Purgado de agua;
  3. c)Toma de muestras, y
  4. d)Venteo de no condensables.

5.5.2.5 Las fugas más frecuentes en los Sistemas de almacenamiento de GLP son las siguientes:

  1. a)Fuga debida a falla en la bomba de trasiego;
  2. b)Formación de hielo que impide el cierre de la válvula durante la extracción de agua del tanque;
  3. c)Fugas en bridas o fallas en tuberías, y
  4. d)Apertura de la válvula de relevo de presión a un valor menor al establecido.

5.5.2.6 Para controlar las fugas se deben considerar, entre otras, las acciones siguientes:

  1. a)Cerrar las válvulas requeridas para aislar la fuga;
  2. b)Inyectar agua en el tanque para desalojar el GLP y convertirla en una fuga de agua;
  3. c)Dispersar el vapor de GLP con un chorro de agua hasta que baje la presión del sistema, y
  4. d)Bajar la presión del tanque mediante venteo de vapor para reducir la tasa de la fuga.

5.6 Puesta en servicio de tanques y recipientes para almacenamiento de GLP

5.6.1 El Permisionario no debe poner en operación ningún componente del Sistema de almacenamientode GLP o cargarlo con GLP hasta en tanto se hayan subsanado todas la no conformidades y observacionesestablecidas en el acta o actas circunstanciadas elaboradas por la UV que pudieran comprometer la seguridaddel Sistema de almacenamiento.

5.6.2 El procedimiento para la puesta en servicio de los tanques de almacenamiento o recipientes apresión debe realizarse aplicando alguno de los procedimientos descritos en las disposiciones 5.6.3 a 5.6.8siguientes:

5.6.3 Se purga el aire aplicando alguno de los procedimientos descritos en las disposiciones 5.6.4 a 5.6.6siguientes y se inyecta vapor de GLP al tanque para aumentar la presión interior antes de llenarlo con GLPlíquido para evitar que éste se vaporice a baja presión y enfríe el material del tanque de almacenamiento orecipiente a presión y la tubería a una temperatura baja que podría hacerlo frágil y quebradizo. Elprocedimiento debe considerar lo siguiente:

  1. a)La temperatura mínima permisible, la cual debe ser utilizada para determinar la presión mínima en eltanque de almacenamiento o recipiente a presión de GLP, de acuerdo con lo establecido en las normasaplicables.
  2. b)El venteo de gases y vapores no condensables puede ser a la atmósfera o a un sistema de purgado.
  3. c)La revisión de la instalación para detectar fugas durante la presurización y llenado iniciales.
  4. d)La revisión de los instrumentos y componentes de las tuberías que funcionen de manera adecuada.
  5. e)La aplicación de una lista de verificación de los requisitos de seguridad previa al inicio de la operación de llenado del tanque.

5.6.4 El recipiente a presión o tanque de almacenamiento se llena con agua para desalojar el aire. Esteprocedimiento es preferido cuando éstos son sometidos a pruebas hidrostáticas.

 

  1. a)Posteriormente se desaloja el agua con vapor de GLP procedente de otro tanque a presión.
  2. b)La tasa de inyección de vapor de GLP debe ser suficiente para mantener en todo momento unapresión positiva en el recipiente a presión o tanque de almacenamiento.
  3. c)La presión debe medirse en la parte superior del recipiente a presión o tanque de almacenamiento.
  4. d)No se debe introducir GLP líquido al recipiente a presión o tanque antes de haberlo presurizado convapor de GLP y de haber drenado por completo el agua.

5.6.5 Para purgar el aire, el recipiente a presión o tanque de almacenamiento se llena con gas inerte, porejemplo, nitrógeno.

  1. a)Posteriormente, el tanque de almacenamiento o recipiente se presuriza con vapor de GLP procedente de otro tanque.
  2. b)Cuando se introduzca el GLP líquido se debe monitorear la presión del recipiente o tanque a efectode ventear la mezcla de vapor de GLP o el gas inerte no condensable, según sea el caso, para evitar queopere su válvula de relevo de presión.

5.6.6 Para purgar el aire, el recipiente a presión o tanque de almacenamiento se llena con vapor de GLPprocedente de otro tanque a presión, para llevar la atmósfera en su interior rápidamente a través del rangoinflamable y exceder el límite superior de inflamabilidad.

  1. a)Este procedimiento es seguro porque no hay fuentes de ignición dentro del tanque de GLP.
  2. b)Cuando se introduzca el GLP líquido se debe monitorear la presión del recipiente o tanque de GLP aefecto de ventear la mezcla de vapor de GLP y aire de manera segura según se requiera para evitar queopere la válvula de relevo de presión del tanque de GLP.
  3. c)Si las disposiciones legales aplicables lo permiten, es preferible ventear a la atmósfera la mezcla devapor de GLP y aire.
  4. d)Si la mezcla de vapor de GLP y aire debe ventearse hacia un quemador elevado o a un sistema deincineración, dicha mezcla no debe estar en el rango de inflamabilidad.

5.6.7 El GLP líquido se inyecta directamente al interior de un recipiente a presión o tanque dealmacenamiento lleno con aire, siempre y cuando se considere la temperatura de vaporización del GLPlíquido, ya que éste inicialmente se vaporiza en el fondo del tanque a la presión que prevalece en su interior.Se deben considerar los aspectos siguientes:

  1. a)El metal del tanque debe resistir la temperatura mínima para la presión en el tanque.
  2. b)La estructura en la parte inferior del tanque debe resistir los esfuerzos excesivos debidos a lacontracción térmica diferencial.

5.6.8 Se puede aplicar el procedimiento para llenado con GLP líquido siguiente:

  1. a)Se introducen cantidades pequeñas de GLP líquido al recipiente a presión o tanque dealmacenamiento, intercaladas con periodos de espera para permitir que se estabilice la temperatura.
  2. b)Se monitorea la presión en el recipiente o tanque y la temperatura de la parte inferior para asegurarque se cumpla con los límites especificados.
  3. c)La atmósfera en el recipiente o tanque pasará a través del rango inflamable y se convertirá endemasiado rica para quemarse. Se debe monitorear su presión durante el llenado y ventear la mezcla ricade vapor de GLP y el aire de manera segura, según se requiera, para evitar que opere su válvula de relevode presión.

5.7 Trasiego de GLP

5.7.1 El procedimiento para llevar a cabo la operación de trasiego de GLP debe considerar al menos losrubros siguientes, según corresponda:

  1. a)Conectar mangueras o brazos, conexión a tierra, operar válvulas para permitir el flujo de GLP,incrementar el flujo con la tasa adecuada, operar válvulas para reducir el flujo, despresurizar conexiones ydesconectar mangueras o brazos.

 

  1. b)El área de trasiego debe estar atendida permanentemente por personal capacitado. Se refiere a laatención o vigilancia de las condiciones en que se realiza la operación de trasiego, fugas en conexiones,mangueras, dispositivos de control, entre otros.
  2. c)Durante el trasiego se deben monitorear desde el centro de control las condiciones de presión,temperatura y nivel de líquido de los tanques o recipientes en operación, tanto del que se llena como delque se vacía.
  3. d)El tanque o recipiente se debe llenar de forma que quede espacio para la expansión térmica dellíquido sin que se produzca presión excesiva que pudiera causar venteo de líquido.
  4. e)Se debe conectar la línea de trasiego de vapor entre los tanques o recipientes en operación, o algúnotro medio para evitar que se produzca presión excesiva en el tanque durante el llenado o presiónnegativa excesiva (vacío) en tanque durante el vaciado.
  5. f)Las instrucciones para trasiego seguro se deben colocar en un lugar visible en el área de trasiego.

5.7.2 Se debe contar con los medios y los procedimientos necesarios para prevenir posibles riesgosdurante el trasiego de GLP y, en caso de ocurrencia, para proteger al personal y las instalaciones. Entre losposibles riesgos se deben considerar los siguientes:

  1. a)Llenado excesivo del recipiente a presión o tanque de almacenamiento;
  2. b)Presión excesiva en el recipiente a presión o tanque de almacenamiento;
  3. c)Contaminación del GLP, y
  4. d)Fugas en las mangueras de trasiego de GLP.

5.7.3 Protección contra el llenado excesivo del tanque de GLP

  1. a)Se deben preparar procedimientos específicos e instrucciones operativas claras que cubransituaciones normales y de emergencia para el llenado de tanques o recipientes.
  2. b)Se deben identificar claramente las tuberías y válvulas para asegurar que se fije la ruta correcta parael trasiego de GLP.
  3. c)Las identificaciones de tuberías y válvulas deben ser legibles bajo las condiciones climáticasprevistas, por ejemplo, nieve o escarcha.
  4. d)Durante el trasiego se debe monitorear que el nivel y la tasa de llenado del tanque cumplan con lascondiciones previstas.
  5. e)Los tanques y recipientes a presión deben contar con alarmas de nivel alto y bajo.

5.7.4 Protección contra presión excesiva en el tanque de almacenamiento o recipiente a presión de GLP

  1. a)Se debe contar con protección contra las causas probables de presión excesiva, entre otras, lassiguientes:
  2. Acumulación de gas no condensable en el tanque de almacenamiento o recipiente a presión;
  3. Contaminación debida a alineación o cierre inadecuados de válvulas.
  4. b)Se debe monitorear la presión del recipiente a presión o tanque de almacenamiento para detectarcondiciones anormales a efecto de corregirlas oportunamente.
  5. c)Se debe contar con dispositivos de cierre y válvulas de aislamiento adecuados para controlar lascondiciones anormales oportunamente en los sistemas de trasiego.

5.7.5 Verificación de las mangueras de trasiego.

5.7.5.1 Antes de operar las mangueras de trasiego, se debe:

  1. a)Verificar que sean de un tramo continuo, sin uniones ni acoplamientos intermedios, a menos que endicho tramo se instale un dispositivo de seguridad (separador mecánico); las mangueras pueden ser dematerial conductor o no conductor.

 

  1. b)Probarse hidrostáticamente a intervalos regulares durante su vida de servicio. Los intervalos de laspruebas pueden variar de 6 meses a 1 año, o cuando se detecten defectos, daños o deterioro.
  2. c)Inspeccionarse visualmente cada vez que se usen para detectar defectos, daños y deterioro, y
  3. d)Instalar conectores herméticos para evitar emisiones de vapores de GLP.

5.7.6 Trasiego de GLP desde y hacia a auto-tanques, semirremolques y carro-tanques.

5.7.6.1 El Permisionario o, en su caso, el operador del Sistema de almacenamiento, deberá establecer unprocedimiento de control de acceso para auto-tanques, semirremolques y carrotanques a las instalaciones.

5.7.6.2 Después de estacionar los auto-tanques o semirremolques, pero previo al inicio del trasiego, sedeben llevar a cabo las siguientes acciones:

  1. a)Apagar el motor del vehículo;
  2. b)Accionar el freno;
  3. c)Desconectar el sistema eléctrico;
  4. d)Calzar las ruedas cuando el suelo esté desnivelado;
  5. e)Conectar a tierra el vehículo;
  6. f)Verificar el nivel del recipiente a presión que recibirá el GLP para evitar que sea llenado en exceso, y
  7. g)Verificar que las herramientas de mano sean antichispa y que las lámparas sean a prueba deexplosiones.

5.7.6.3 Para los carro-tanques aplica lo siguiente:

  1. a)Se deben colocar señalamientos de prevención o dispositivos de seguridad en los extremos activosde los costados del furgón;
  2. b)Se deben calzar las ruedas para evitar que el carro-tanque se mueva, y
  3. c)Los carro-tanques que se encuentren en la espuela de trasiego se deben proteger contra otrosfurgones o locomotoras en movimiento mediante los dispositivos adecuados, por ejemplo, un cambiadorde vía temporal cerca del inicio de la espuela.
  4. d)Conectar el carro-tanque a tierra.
  5. e)Verificar el nivel del recipiente a presión que recibirá el GLP para evitar que sea llenado en exceso, y
  6. f)Verificar que las herramientas de mano sean antichispa y que las lámparas sean a prueba deexplosiones.

5.7.6.4 Previo a la carga de auto-tanques, semirremolques y carro-tanques se debe verificar lo siguiente:

  1. a)Que no contengan líquido remanente; lo anterior, en caso que el vehículo no se utilice exclusivamente para GLP.
  2. b)Una inspección visual para confirmar que no hay evidencias de fugas.

5.7.6.5 Para la descarga desde auto-tanques, semirremolques y carro-tanques se debe verificar losiguiente:

  1. a)Que la cantidad y el tipo de producto que contiene el recipiente a presión del vehículo sean loscorrectos;
  2. b)Que el tanque de almacenamiento o recipiente a presión que lo recibirá tenga capacidad disponiblesuficiente, sin que se llene en exceso, y
  3. c)Cuando el clima esté frío, que el recipiente a presión del vehículo tenga presión positiva suficientepara realizar la descarga. Si no es así, se deben tener los medios para incrementar la presión del GLPdentro de dicho tanque.

 

5.7.7 Carga y descarga de buque-tanques

5.7.7.1 Antes de iniciar las operaciones de trasiego, la persona encargada de dichas actividades en elbuque tanque y la persona encargada de las instalaciones en el muelle deben inspeccionar los sistemasrespectivos. Asimismo, se deben colocar letreros grandes de alerta en diversos puntos estratégicos en el áreamarina que sean visibles en el muelle y zona de atraque. Los letreros deberán mostrar las leyendas: Peligro;Descarga de líquido inflamable; Se prohíbe fumar; Se prohíben visitas; No encender luces, entre otras queresulten necesarias.

5.7.7.2 La inspección a los sistemas debe asegurar que el equipo designado para el trasiego de GLP, asícomo las mangueras, han sido objeto de un adecuado mantenimiento, probados y se encuentran encondiciones de operación.

5.7.7.3 Una vez concluida la inspección, las personas responsables de las instalaciones aludidas debenreunirse para comentar los procedimientos de trasiego y, cuando estén listos, cada uno debe notificar al otroque la instalación respectiva se encuentra preparada para iniciar las operaciones de trasiego.

5.7.7.4 Se debe verificar el correcto funcionamiento del sistema de paro de emergencia con activaciónremota. Deberá estar disponible para su uso en el muelle un detector portátil de GLP, calibrado para detectardicho gas.

5.7.7.5 Cuando se estén realizando operaciones de trasiego, y se requiera equipo portátil eléctrico que seuse a una distancia menor de 30 m de la conexión de trasiego deberá apegarse a las Normas aplicables.

5.7.7.6 El equipo eléctrico utilizado durante la operación de trasiego y después de concluida ésta, deberáapegarse a lo establecido en las Normas aplicables.

5.7.7.7 El equipo de seguridad enunciado a continuación deberá colocarse en la zona de atraque de laembarcación y estar listo para su uso inmediato por el personal que se encuentra trabajando o cuando estéuna embarcación atracada:

  1. a)Salvavidas con cuerdas suficientemente largas;
  2. b)Manta de protección, y
  3. c)Chalecos de flotación o trajes de inmersión adecuados para el personal que trabaja en esa área ypara la temperatura del agua.

5.7.7.8 Se deben definir, de acuerdo con las autoridades competentes, las condiciones límite, atmosféricasy marítimas, que determinen la interrupción de las operaciones de descarga y para la desconexión del buque.

5.7.7.9 Debe cerciorarse que hay una adecuada conexión eléctrica entre la embarcación y el atracaderoantes de iniciar las operaciones de trasiego de producto.

5.7.7.10 El cable para corrientes parásitas debe conectarse a la embarcación antes de realizar la conexióna las mangueras y brazos de descarga y permanecer conectado hasta que las mangueras y brazos dedescarga sean desconectados.

5.8 Extracción de agua

5.8.1 Los Sistemas de almacenamiento de GLP deben contar con procedimientos e instructivos operativos, de acuerdo con las instalaciones y dispositivos que dispongan, para extraer en forma segura el agua que se acumule en los Sistemas de almacenamiento, en su caso.

5.9 Toma de muestras de GLP

5.9.1 Cuando se requiera tomar muestras de GLP, se deben considerar los aspectos siguientes:

  1. a)Contar con procedimientos específicos e instructivos operativos detallados para determinar la calidaddel GLP.
  2. b)Emplear mangueras de materiales y clasificación de presión apropiadas.
  3. c)Para evitar que un tanque de muestras acumule carga electrostática durante la toma de muestras,dicho tanque debe conectarse eléctricamente a la tubería o las mangueras para toma de muestras debenser eléctricamente conductoras.
  4. d)Los tanques de muestras se deben inspeccionar cada vez que se usen para detectar daños que

pudieran causar fallas.

  1. e)Cada tubería para toma de muestras debe contar con dos válvulas, una en el punto de conexión paratoma de muestras y otra válvula separada de la primera, al menos 15 cm aguas arriba, para protegercontra escarcha por autorrefrigeración y fugas debido a conexiones inadecuadas. El operador debe tenerfácil acceso a ambas válvulas.
  2. f)El punto de conexión para los tanques de muestras no debe estar en la parte inferior del recipiente apresión o tanque de almacenamiento de GLP para evitar que las fugas y el fuego, en caso de presentarse,impacten directamente al tanque.
  3. g)Cuando se requiera descargar los tanques de muestras antes de tomar las muestras, se debe evitarque el vapor de GLP afecte al operador y que haya fuentes de ignición en el área.

5.10 Desfogue de gases no condensables

5.10.1 Los gases no condensables, inclusive el aire, pueden penetrar a los tanques o recipientes a presiónpara almacenamiento por diversas causas, entre las más probables están las siguientes:

  1. a)Gases mezclados o introducidos en procesos como el endulzado;
  2. b)Operación de dispositivos inhibidores de condiciones de vacío;
  3. c)Fugas en el sistema mientras se encuentra bajo vacío;
  4. d)Aire o gas inerte en un tanque cuando éste se pone en servicio, y
  5. e)Líneas de retorno de vapor desde los tanques que contienen aire o gas inerte antes del llenado.

5.10.2 Cuando sube el nivel del GLP líquido en el recipiente a presión o tanque de almacenamiento, secomprimen los gases no condensables en el espacio arriba del nivel del GLP y se puede operar la válvula derelevo de presión del tanque. En caso de ocurrir lo anterior, se debe implementar lo siguiente:

  1. a)Criterios para ventear el espacio arriba del nivel del líquido, por ejemplo, cuando se excedan valoresespecificados para la concentración de oxígeno o para la presión del vapor del GLP, o
  2. b)Medidas para que el venteo se dirija a un quemador.

5.11 Sistema de control.

5.11.1 Se debe evaluar la operación adecuada del sistema de control.

5.11.2 Los Permisionarios de Sistemas de almacenamiento de GLP que se encuentren operando a laentrada en vigor de esta Norma Oficial Mexicana deben evaluar la capacidad de respuesta de su sistema decontrol con relación a los riesgos existentes e identificar la necesidad de incorporar tecnologías y sistemas decontrol que permitan una operación más segura y efectiva. El sistema óptimo lo constituye un Sistema decontrol distribuido (SCD) de conformidad con la disposición 2.10.1 de esta Norma Oficial Mexicana, por lo quelos Permisionarios deben evaluar la viabilidad de la incorporación de tecnologías que les permitan incrementarla efectividad de sus sistemas de control.

5.12 Desmantelamiento y retiro de uso y operación de las instalaciones.

5.12.1 El Permisionario debe elaborar un procedimiento para el desmantelamiento, retiro de uso yoperación de las instalaciones que considere, como mínimo, lo siguiente:

  1. a)La delimitación y señalización de las instalaciones a desmantelar que incluya las interfaces o puntos deinterconexión con otros sistemas en operación.
  2. b)La separación de los puntos de interconexión con otros sistemas mediante bridas ciegas. No se permiteel uso de juntas ciegas.
  3. c)El retiro seguro del GLP remanente, para evitar la presencia de residuos que pongan en riesgo alpersonal.
  4. d)En su caso, los procedimientos y actividades de inertización.

5.13 Requisitos de operación para instalaciones de trasiego de GLP mediante boyas.

5.13.1 En caso de que el Sistema de almacenamiento de GLP cuente con boyas para el trasiego delproducto desde buque tanques, El Permisionario deberá considerar las medidas operativas correspondientes

a las que hace referencia en las Normas aplicables. En caso de desmantelamiento y retiro de uso y operación,deberán observarse, en lo conducente, las medidas establecidas en las Normas aplicables.

Capítulo 6 Mantenimiento de Sistemas de almacenamiento de GLP

6.1 Manual de mantenimiento

6.1.1 El Sistema de almacenamiento de GLP debe contar con un manual de mantenimiento que contenga,al menos, lo siguiente:

  1. a)Los planes documentados en los que se especifique para cada componente y equipo del Sistema dealmacenamiento que lo requiera, la inspección y el mantenimiento periódico que se debe realizar deacuerdo a las recomendaciones del fabricante y las prácticas reconocidas en la industria para asegurar sufuncionamiento adecuado;
  2. b)Los procedimientos e instructivos específicos para realizar los trabajos de inspección y mantenimiento especificados en los planes correspondientes;
  3. c)Los requisitos e instructivos para garantizar la seguridad de las personas y del Sistema dealmacenamiento durante las reparaciones de equipos, componentes y sistemas de soporte;
  4. d)La descripción de la capacitación y habilidades que requiere el personal de mantenimiento,relacionado con condiciones de seguridad, para reconocer las condiciones operativas que potencialmentepuedan estar relacionadas con aspectos que implican riesgo para la seguridad del Sistema dealmacenamiento y su mitigación;
  5. e)La descripción de acciones adicionales al mantenimiento preventivo necesarias para mantener elSistema de almacenamiento, de conformidad con lo establecido en esta Norma Oficial Mexicana, y
  6. f)El programa y registro anual desglosado mensualmente para controlar la realización de los trabajosde inspección y mantenimiento.

6.2 Requisitos del manual de mantenimiento

6.2.1 El manual de mantenimiento debe cumplir los requisitos siguientes:

  1. a)Estar disponible en un lugar donde pueda ser consultado por el personal que lo requiera;
  2. b)Actualizarse cuando ocurran cambios en las instalaciones y/o procesos del Sistema dealmacenamiento de GLP, y
  3. c)Aplicarse cuando se realice el mantenimiento de sistemas, componentes y equipos del Sistema dealmacenamiento.

6.3 Administración del mantenimiento

6.3.1 El Sistema de almacenamiento debe contar con un libro bitácora de la operación, mantenimiento yseguridad que debe actualizarse semanalmente. Asimismo, debe contar con un sistema para la administracióndel mantenimiento.

6.4 Mantenimiento de sistemas, componentes y equipos

6.4.1 En las actividades de mantenimiento de sistemas y componentes se debe observar lo siguiente:

  1. a)Para poner, retornar o continuar en servicio algún sistema, componente o equipo se debe verificarque ha recibido mantenimiento de conformidad con el manual correspondiente.
  2. b)Los procedimientos de mantenimiento preventivo deben tener por objeto evitar fugas de GLP detanques o recipientes para almacenamiento, tuberías o equipo del Sistema de almacenamiento de GLP.
  3. c)El mantenimiento sólo podrá ser realizado por personas que hayan recibido capacitación ydemostrado habilidad y experiencia para desempeñar las funciones que les sean asignadas.
  4. d)Las cimentaciones y los sistemas de soporte de cada componente del Sistema de almacenamientodeben inspeccionarse de conformidad con los programas de mantenimiento correspondientes paraverificar que no tengan cambios que pudieran deteriorar su funcionamiento.
  5. e)La operación de cada fuente de potencia eléctrica de emergencia se debe comprobar de acuerdo alas recomendaciones del fabricante. En la prueba de capacidad se debe considerar la potencia y carga

necesarias para arrancar y operar simultáneamente el equipo que tendría que ser accionado por elSistema de almacenamiento en una emergencia.

  1. f)Cuando un dispositivo de seguridad sea puesto fuera de servicio para darle mantenimiento, elcomponente para el cual sirve dicho dispositivo también debe ser puesto fuera de servicio, a menos que lamisma función de seguridad sea proporcionada por un medio alterno.
  2. g)Si la operación inadvertida de un componente puesto fuera de servicio puede causar una condicióninsegura, dicho componente debe tener un letrero en el lugar donde se controla su operación con laadvertencia «No Operar».
  3. h)Los cambios en el programa de mantenimiento de los equipos de seguridad deben estar justificadostécnicamente y quedar documentados.
  4. i)Se deben bloquear o fijar en posición abierta las válvulas para el aislamiento de dispositivos de relevo de vacío o presión.
  5. j)Las válvulas accionadas manualmente, sólo podrán ser manipuladas por personal autorizado.
  6. k)No se debe cerrar más de una válvula al mismo tiempo.

6.5 Mantenimiento de tanques y recipientes para almacenamiento de GLP.

6.5.1 En el mantenimiento de tanques y recipientes para almacenamiento se debe observar lo siguiente:

  1. a)La inspección y mantenimiento deben cumplir con las Normas aplicables.
  2. b)Deben inspeccionarse periódicamente para identificar, en su caso, corrosión externa e interna,deterioro y daños que puedan aumentar el riesgo de fuga o falla.
  3. c)Los intervalos entre inspecciones y las técnicas de inspección aplicadas deben ser determinadosaplicando las Normas aplicables, con base en las características corrosivas del GLP que se maneje y desu historial de corrosión.
  4. d)Se debe dar mantenimiento y probar periódicamente los instrumentos para monitorear y controlar laoperación de los tanques y recipientes para almacenamiento.
  5. e)Las válvulas para aislar instrumentos y dispositivos de seguridad de los tanques y recipientes paraalmacenamiento deben mantenerse en óptimas condiciones operativas para que sea posible realizar elmantenimiento preventivo y reparaciones sin sacarlos de servicio.

6.6 Mantenimiento de válvulas

6.6.1 En el mantenimiento de válvulas se deben tener presente los aspectos siguientes:

  1. a)Las válvulas de relevo de presión, de vacío y sistemas de despresurización de vapor, válvulas decierre de emergencia, válvulas de no retroceso y otros equipos para prevenir o controlar la emisiónaccidental de GLP, deben inspeccionarse, probarse y darles servicio de acuerdo con las recomendacionesdel fabricante. La frecuencia para realizar pruebas y dar servicio de mantenimiento dependerá del tipo dedispositivo o sistema, del riesgo asociado a la falla o mal funcionamiento, así como del historial defuncionamiento del dispositivo o sistema.
  2. b)Contar con un procedimiento para asegurarse que las válvulas de aislamiento permanezcan abiertasdurante la operación. Esto se puede hacer, entre otros, mediante dispositivos de bloqueo, listas deverificación y procedimiento de etiquetado.
  3. c)Controlar la operación de las válvulas para aislar el dispositivo de relevo de presión o de vacío concandados o sellos que las mantengan abiertas.

6.7 Mantenimiento de los sistemas de control

6.7.1 En las actividades de mantenimiento de los sistemas de control debe considerarse lo siguiente:

  1. a)Se deben inspeccionar al menos anualmente los dispositivos de paro automático.
  2. b)Los sistemas de control que normalmente están en operación deben inspeccionarse y probarse unavez cada año calendario.
  3. c)Los sistemas de control que sean utilizados por temporadas deben inspeccionarse y probarse cada

temporada antes de entrar en operación.

  1. d)Cuando un componente esté protegido por un dispositivo de seguridad único y éste sea desactivadopara mantenimiento o reparación, el componente debe ponerse fuera de servicio, a menos que seimplementen medidas de seguridad alternas.
  2. e)Cuando un sistema de control ha estado fuera de servicio por 30 días o más, antes de que se vuelvaa poner en operación debe inspeccionarse y comprobarse la aptitud de operación de dicho sistema.

6.8 Mantenimiento del sistema de protección contra incendios

6.8.1 Los equipos de control del sistema de protección contra incendios deben inspeccionarse y probarsea intervalos regulares que no excedan 6 meses.

  1. a)El mantenimiento de los equipos de control debe programarse de manera que una parte mínima delos equipos sean puestos fuera de servicio en forma simultánea y que dichos equipos se vuelvan a poneren servicio en el menor tiempo posible.
  2. b)El mantenimiento del sistema de protección contra incendios debe realizarse a todos los equipos,entre otros, los siguientes:
  3. Sistemas de comunicaciones de servicios de emergencia.
  4. Equipos de monitoreo.
  5. Sistemas de agua contra incendios.
  6. Extinguidores contra incendios portátiles o de ruedas, apropiados para incendios de gas disponiblesen ubicaciones estratégicas dentro del Sistema de almacenamiento.
  7. Extinguidores contra incendios fijos y demás equipo de control de incendios, los cuales debenmantenerse de acuerdo con su aplicación específica.
  8. Sistemas de control no incluidos en las disposiciones 1 a 5 anteriores que deben inspeccionarse yprobarse una vez cada año calendario.

6.9 Control de la corrosión

6.9.1 Con relación al control de la corrosión de las instalaciones y componentes, se debe considerar losiguiente:

  1. a)Las instalaciones superficiales que estén expuestas a la atmósfera se deben limpiar y proteger conrecubrimientos de material adecuado para prevenir la corrosión. Además, se debe contar con un programapara monitorear la corrosión exterior y llevar a cabo reparaciones donde sea necesario.
  2. b)Cada elemento del sistema de almacenamiento que presente corrosión que pueda provocar fugas sedebe reemplazar o reparar, de forma inmediata.
  3. c)Si se realiza una reparación, se debe determinar si dicho elemento debe continuar en servicioempleando un método analítico, por pruebas de presión o por un método alternativo.
  4. d)Cuando se cuente con un sistema de protección catódica, se debe verificar su adecuadofuncionamiento por medio de las mediciones de potenciales metal/suelo empleando una celda o electrodode referencia, y conservar el registro de dichas mediciones.

6.10 Superficies resistentes al fuego

6.10.1 Se deben inspeccionar periódicamente las superficies metálicas para verificar que la protecciónresistente al fuego no se haya aflojado o dañado por la corrosión subyacente.

6.10.2 Se deben reparar las aberturas y grietas que puedan ocasionar que la humedad penetre y llegue ala superficie del metal protegido para disminuir el riesgo de falla estructural por corrosión oculta o por fuego.

6.10.3 Se debe proteger el borde superior de superficies verticales a prueba de fuego para evitar quepenetre el agua entre la capa resistente al fuego y el metal protegido, por ejemplo, en las columnas que sirvende soporte estructural para recipientes esféricos.

6.10.4 Se deben realizar las reparaciones adecuadas de las áreas donde existe corrosión subyacente. Eneste supuesto, se debe retirar la capa resistente al fuego y reparar el metal, aplicar recubrimiento anticorrosivoy la protección a prueba de fuego.

 

6.11 Reparación de equipo de GLP

La reparación de tanques y recipientes, tuberías y equipos que hayan sido fabricados de conformidad conuna norma, código o estándar específico, debe cumplir con los requisitos establecidos en los documentoscorrespondientes.

6.12 Trabajo en caliente

6.12.1 Se refiere así a las actividades que requieren de fuentes de ignición para su ejecución, por ejemplo,trabajos de soldadura. Antes de realizar algún trabajo en caliente, se deben aplicar las medidas de seguridadsiguientes:

  1. a)Las fuentes de ignición se deben controlar cuando se esté preparando el equipo para realizarreparaciones y cuando se abran las bridas para su cegado, despresurización y emisión de vapor.
  2. b)El recipiente a presión o tanque de almacenamiento y los equipos se deben aislar de tuberías,fuentes de vapores y líquidos inflamables y subsecuentemente purgar dichos vapores y líquidos.
  3. c)Se debe retirar el equipo que va a ser reparado del área de almacenamiento o de maniobras parareducir los riesgos de ignición de una fuga de GLP imprevista.
  4. d)Cuando no sea posible retirar el equipo, se deben tomar otras medidas para evitar riesgos de fugas oincendios imprevistos. Dichas medidas pueden incluir aumentar la vigilancia del operador, suspender eltrasiego de GLP en los tanques o recipientes adyacentes o aplicar dispositivos de detección de vapor ydispositivos de alarma adicionales en el área donde se realizan trabajos a altas temperaturas y seencuentran fuentes potenciales de vapor.

6.13 Autorización de trabajo

6.13.1 Cuando se ha determinado que un tanque o equipo no contiene vapor y es seguro realizar trabajosen caliente, por ejemplo, soldadura o corte con antorcha, se debe expedir una autorización de trabajo que:

  1. a)Describa el tipo de actividad así como las medidas de seguridad y limitaciones requeridas, incluyendo el control de fuentes de ignición.
  2. b)Sea congruente con los procedimientos de seguridad del Sistema de Almacenamiento.

6.14 Sismo o evento meteorológico

6.14.1 Si tiene lugar un evento sísmico o meteorológico, se deberán tomar las medidas de seguridadsiguientes:

  1. a)Suspender la operación del Sistema de almacenamiento de GLP tan pronto como sea posible en elcaso de que la situación así lo amerite.
  2. b)Determinar la naturaleza y alcance de los daños causados por el evento.
  3. c)Evaluar el estado de los sistemas y componentes para determinar si es viable continuar con suoperación.
  4. d)Verificar que está restablecida la seguridad de la operación antes de volver a poner en servicio loscomponentes del Sistema de almacenamiento.

6.15 Registros de mantenimiento

6.15.1 El Permisionario debe mantener el libro de bitácora mencionado en el numeral 6.3.1 por un periodono menor de cinco años, así como el reporte de las actividades de mantenimiento realizadas en cadacomponente del Sistema de almacenamiento de GLP, incluyendo los registros en que un componente searetirado o puesto en servicio.

6.15.2 El Permisionario debe mantener durante la vida útil del Sistema de almacenamiento de GLP,registros de cada prueba, estudio o inspección requeridos por esta Norma Oficial Mexicana con detallesuficiente para demostrar la eficiencia de las medidas de control de corrosión.

6.16 Mantenimiento del predio del Sistema de almacenamiento de GLP

6.16.1 Las vías de acceso a cualquier tipo de vehículo o persona al interior del Sistema dealmacenamiento deben ser mantenidas sin obstrucciones y en condiciones de uso en todas las situacionesclimáticas.

 

6.16.2 Se debe evitar la presencia de materiales extraños, contaminantes y hielo con objeto de mantenercondiciones de operación segura de cada componente del Sistema de almacenamiento.

6.16.3 El predio del Sistema de almacenamiento se debe mantener libre de desperdicios, desechos y otrosmateriales que representen un riesgo de incendio.

6.16.4 Las áreas con pasto o hierbas se deben mantener de manera que no representen riesgo deincendio.

6.17 Requisitos de mantenimiento para instalaciones de trasiego de GLP mediante boyas.

6.17.1 En caso de que el Sistema de almacenamiento de GLP cuente con boyas para el trasiego delproducto desde buque tanques, el Permisionario deberá considerar las medidas de mantenimientocorrespondientes a las que se hace referencia en las Normas aplicables.

Capítulo 7 Seguridad en los Sistemas de almacenamiento de GLP

7.1 Aspectos generales.

El presente capítulo tiene por objeto establecer las condiciones mínimas necesarias para garantizar laseguridad en los Sistemas de almacenamiento de GLP de conformidad con la legislación vigente en lamateria.

Los rubros que abarcan dichas condiciones mínimas, en términos generales, son los siguientes:

  1. a)El plan de prevención y protección contra incendios,
  2. b)El plan de atención a emergencias;
  3. c) El plan de capacitación al personal operativo de las instalaciones;
  4. d)El plan de seguridad y protección civil;
  5. e)La vigilancia del sistema de almacenamiento y medidas contra las acciones o intromisiones porterceras personas.

7.1.1 Para dar cumplimiento puntual a los rubros de seguridad, los permisionarios deberán observar loestablecido en la normas oficiales mexicanas NOM-002-STPS-2010 Condiciones de seguridad â Prevención yprotección contra incendios en los centros de trabajo, y, en lo conducente, en la NOM-028-STPS-2012Sistema para la administración del trabajo  â Seguridad en los procesos y equipos críticos que manejensustancias químicas peligrosas, o en aquéllas que las sustituyan.

7.2 Inspección anual de seguridad del sistema de almacenamiento de GLP.

7.2.1 Para efecto de garantizar que el Sistema de almacenamiento constituye una instalación funcional yoperable de manera segura, como parte del programa anual de operación, mantenimiento y seguridad, elPermisionario debe implementar una inspección anual que considere, al menos, la identificación de las fallasen el proceso que puedan resultar en un riesgo y, en su caso, implementar las acciones correctivas paramitigar las fallas, con objeto de restaurar la operación normal del Sistema de almacenamiento.

7.3 Plan de prevención y protección contra incendios

7.3.1 El plan de prevención y protección contra incendios debe prever, específicamente, los riesgosinherentes a la operación del Sistema de almacenamiento de GLP, por lo que se deben considerar, en loconducente, los siguientes escenarios:

  1. a)Incendio y explosión de tanques y recipientes para almacenamiento;
  2. b)La exposición al fuego de las instalaciones adyacentes a los tanques y recipientes.
  3. c)Fuego ocasionado durante la extracción de muestras.
  4. d)Fuego ocasionado durante el desfogue de una válvula de relevo de presión.
  5. e)Incendio en el área de bombas.
  6. f)Incendios en auto-tanques, semirremolques o carro-tanques durante el trasiego de GLP.

7.3.2 El Permisionario debe prever en su plan de prevención y protección contra incendios la información

siguiente:

  1. a)Plano de configuración del sistema de almacenamiento que muestre la ubicación de los equipos,tanques o recipientes, rutas de acceso y evacuación, así como de las instalaciones colindantes al Sistema;
  2. b)Información que describa la ubicación de los equipos y válvulas de emergencia, interruptoreseléctricos para el aislamiento de las áreas, interruptor y alimentador principal;
  3. c)Información que describa la ubicación y operación del sistema que permita la suspensión general opor área donde se presente un evento, dentro del Sistema de almacenamiento;
  4. d)Ubicación y descripción del suministro de agua contraincendios, hidrantes, estanques, canales,válvulas principales y bombas.

7.3.3 El plan debe ser revisado y, en su caso, actualizado cada cinco años, o antes en caso depresentarse modificaciones que incrementen el riesgo en el Sistema de almacenamiento.

7.4 Capacitación.

7.4.1 El plan de capacitación del personal de combate contraincendios debe incluir los siguientes temasespecíficos relativos al sistema de almacenamiento de GLP:

  1. a)Identificación de condiciones que indiquen la inminente ruptura de un tanque o recipiente,
  2. b)Técnicas para el enfriamiento de los tanques y recipientes, y
  3. c) Evaluación de un incendio durante una condición de emergencia que considere al menos los eventossiguientes:
  4. La capacidad del sistema contra incendios,
  5. La gravedad del incendio en un tanque o recipiente,
  6. Evacuación inmediata del área ante la inminente ruptura de un tanque o recipiente,
  7. El proceso de combate contra incendios el cual debe considerar los aspectos siguientes:
  8. i)Tasas de aplicación de agua de enfriamiento.
  9. ii)Las técnicas de combate contra incendios aplicables a un tanque de almacenamiento.

7.5 Supervisión del Sistema de almacenamiento y medidas contra terceros.

7.5.1 Deben considerarse medidas para evitar acciones o intromisiones por terceras personas ajenas alSistema de almacenamiento de GLP que puedan poner en riesgo la integridad del mismo y de las personasque operan dicho sistema.

7.5.2 El Permisionario debe evaluar la seguridad del Sistema de almacenamiento que incluya el análisis depeligros, amenazas y vulnerabilidad externas, así como sus consecuencias.

7.5.3 El Permisionario debe implementar un sistema de seguridad contra amenazas externas paracontrolar el acceso e impedir la entrada de personas ajenas y vehículos no autorizados, por lo que se deberáninstalar muros, malla o rejas en el perímetro del Sistema de almacenamiento.

7.5.4 El Permisionario debe implementar prácticas y procedimientos de seguridad para proteger alpersonal operativo y a las personas de amenazas externas. El Sistema de almacenamiento debe contar almenos con lo siguiente:

  1. a)Supervisión. Las áreas alrededor de cada instalación y del muro o la reja de protección deben estarsupervisadas continuamente para evitar la presencia de personas o vehículos no autorizados. Lasupervisión puede ser visual o por sistemas de monitoreo.
  2. b)Alumbrado de seguridad. El área en la periferia interior de las instalaciones debe estar iluminada conalumbrado de servicio.

7.6 Señales y avisos para protección civil.

7.6.1 Se deben colocar señales y avisos para protección civil colocados en el Sistema de almacenamientode GLP.

 

7.7 Código de identificación para tuberías.

7.7.1 Las tuberías que forman parte del sistema de almacenamiento de GLP deberán señalizarse con elcolor y la identificación correspondiente.

7.8 Requisitos de seguridad para instalaciones de trasiego de GLP mediante boyas.

7.8.1 En caso de que el Sistema de almacenamiento de GLP cuente con boyas para el trasiego delproducto desde buque tanques, El Permisionario deberá considerar las medidas de seguridadcorrespondientes a las que se hace referencia en las Normas aplicables.

7.9 Elaboración del programa anual de operación, mantenimiento y seguridad.

7.9.1 El Permisionario deberá elaborar el programa anual de operación, mantenimiento y seguridad delSistema de almacenamiento de GLP que sea congruente con lo establecido en los capítulos 5, 6 y 7 de estaNorma Oficial Mexicana. Dicho programa deberá ser verificado por una Unidad de Verificación debidamenteacreditada y aprobada por la Comisión.

7.9.2 El Permisionario deberá presentar a la Comisión durante los primeros 90 días del año calendario encurso el dictamen emitido por una UV con relación al cumplimiento del programa anual de operación,mantenimiento y seguridad del Sistema de almacenamiento de GLP, correspondiente al año calendarioinmediato anterior, a que hace referencia la disposición 7.9.1.

Capítulo 8 Sistema de Administración de la Integridad para Sistemas de Almacenamiento de GLP

8.1 Aspectos generales

Como resultado de incidentes ocurridos en plantas industriales en diversas partes del mundo, en añosrecientes se han adoptado nuevos métodos para evaluar riesgos e implementar medidas efectivas paracontrolarlos. Entre ellos destaca el de la administración de riesgos como un medio más eficaz y adecuado,desde el punto de vista de costos, para mantener y mejorar la seguridad en instalaciones industriales. Laadministración de riesgos se entiende como una combinación de la evaluación del riesgo y su control. Laseguridad de un Sistema de almacenamiento de GLP está directamente vinculada con el diseño, apego anormas y códigos de ingeniería, mantenimiento y adecuada operación de las instalaciones; todos estos rubrosimpactan el estado físico e integridad del Sistema de almacenamiento. Un Sistema de Administración de laIntegridad combina la administración de riesgos y análisis sistemáticos de la integridad de las instalacionespara obtener una evaluación global de los riesgos e implantar, subsecuentemente, medidas sobre cómoadministrarlos.

8.2 Sistema de Administración de la Integridad

8.2.1 Los permisionarios de sistemas de almacenamiento de GLP deberán adicionar a su Sistema para laadministración del trabajo â seguridad en los procesos y equipos críticos que manejen sustancias químicaspeligrosas, previsto en la NOM-028-STPS-2012 (en lo sucesivo Sistema de Administración de la Integridad oSAI,), una evaluación del desempeño del SAI.

8.3 Evaluación del Sistema de Administración de la Integridad

8.3.1 El Permisionario debe evaluar la efectividad del SAI, para lo cual debe considerar indicadores dedesempeño, con objeto de mejorarlo, en su caso.

8.3.1.1 Medición del desempeño del SAI al interior del sistema de almacenamiento de GLP. ElPermisionario debe presentar a la Comisión, como parte de su programa anual de operación, mantenimiento yseguridad, indicadores que permitan evaluar el desempeño del SAI, entre ellos, podrán utilizarse lossiguientes:

  1. a)Índice de eventos graves de la seguridad de los procesos. Se calcula de acuerdo a la siguienteecuación:

EGSP= (NEGSP/HPER) x 106

Donde:

EGSP: Índice de eventos graves de la seguridad de los procesos,

 

NEGSP: Número de eventos graves de la seguridad de los procesos,

HPER: Horas Persona de Exposición al Riesgo;

  1. b)Índice de eventos moderados de la seguridad de los procesos. Se calcula de acuerdo a la siguienteecuación:

EMOSP= (NEMOSP/HPER) x 106

Donde:

EMOSP: Índice de eventos moderados de la seguridad de los procesos,

NEMOSP: Número de eventos moderados de la seguridad de los procesos;

  1. c)Índice de eventos menores de la seguridad de los procesos. Se calcula de acuerdo a la siguienteecuación:

EMESP= (NEMESP/HPER) x 106

Donde:

EMESP: Índice de eventos menores de la seguridad de los procesos,

NEMESP: Número de eventos menores de la seguridad de los procesos;

  1. d)Índice de frecuencia de eventos de la seguridad de los procesos. Se calcula de acuerdo a la siguiente ecuación:

IFESP = ((NEGSP+NEMOSP+NEMESP) / HPER) x 106

Donde:

IFESP: Índice de frecuencia de eventos de la seguridad de los procesos.

8.3.1.2 Mejoramiento del desempeño. Con objeto de implementar mejoras, se deben usar los resultadosde los indicadores establecidos en el numeral 8.3.1.1 y realizar evaluaciones para modificar el SAI, en sucaso, como parte del proceso de mejoramiento continuo. Se deben documentar los resultados,recomendaciones y cambios realizados al SAI.

8.4 Notificación del reporte anual de incidentes.

8.4.1 El Permisionario deberá enviar a la Comisión un reporte anual de incidentes y la manera en quefueron atendidos. En caso de haberse presentado un Accidente mayor en el Sistema de almacenamiento, elPermisionario deberá reportarlo a la Comisión dentro de las 48 horas siguientes a dicho suceso, en lostérminos de lo previsto en el Artículo 67 fracción VIII del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, o en aquélque lo sustituya.

Capítulo 9 Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad

9.1 Objetivo

El presente Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad (PEC) tiene por objeto establecer lametodología para la determinación del grado de cumplimiento con esta Norma Oficial Mexicana de losSistemas de almacenamiento de GLP mediante plantas de depósito o de suministro que se encuentrandirectamente vinculados a los sistemas de transporte o distribución por ducto de gas licuado de petróleo, oque forman parte integral de las terminales terrestres o marítimas de importación de dicho producto.

Como actividades relacionadas con la verificación de esta Norma Oficial Mexicana, las actividadesrelacionadas con la transferencia de custodia, los informes de calibración de instrumentos y aparatos paramedir deben ser emitidos por personas acreditadas en términos de la LFMN.

9.2 Definiciones

Para efectos de este PEC, se definen los siguientes términos:

9.2.1 Acta circunstanciada: Documento emitido por la UV en cada uno de los periodos de verificación enel cual se hacen constar los hechos ocurridos durante el proceso de verificación. El acta circunstanciada debe

contener, en todos los casos, al menos, los datos siguientes: nombre, denominación o razón social delPermisionario; hora, día, mes y año en que se inicie y concluya la diligencia; calle, número, población ocolonia, teléfono u otra forma de comunicación disponible, municipio o delegación, código postal y entidadfederativa en que se encuentre ubicado el domicilio del Permisionario y/o usuario, nombre y cargo de lapersona con quien se entendió la diligencia; nombre y domicilio de las personas que fungieron como testigos,y nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia. Entre los puntos que deben considerarse comohechos son las observaciones, cumplimientos y, en su caso, no conformidades con esta Norma OficialMexicana.

9.2.2 Dictamen: Documento que emite la UV mediante el cual acredita el grado de cumplimiento delSistema de almacenamiento de GLP con esta Norma Oficial Mexicana.

9.2.3 Programa de verificación: En éste se establecen las fechas en que se deben realizar lasactividades para constatar el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana, así como los recursos materiales yhumanos que se emplearán para cada actividad.

9.2.4 Reporte de verificación: El reporte técnico de la UV que sustenta el dictamen debe especificar elTítulo de Permiso del Permisionario correspondiente y describir la documentación y evidencias utilizadas en el proceso de verificación que sustente el grado de cumplimiento con esta Norma Oficial Mexicana.Adicionalmente, debe especificar cómo se solventaron las observaciones o no conformidades que, en sucaso, se hayan identificado a lo largo del proceso de verificación.

9.2.5 Verificación: La constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas delaboratorio o documentales que se realizan para evaluar la conformidad con esta Norma Oficial Mexicana enun momento determinado.

9.3 Disposiciones generales

9.3.1 Programa de verificación

La UV y el Permisionario deben definir un Programa de verificación que muestre las actividades y periodosen que se efectuará la verificación. Dicho programa debe establecer el alcance, el cual deberá incluir elcumplimiento de los requisitos establecidos en esta Norma Oficial Mexicana mediante verificación documentale inspección en campo y pruebas que, en su caso, se realizarán.

9.3.2 Inspección en campo

9.3.2.1 En cada visita de verificación la UV deberá levantar un Acta circunstanciada.

9.3.2.2 El Permisionario debe proporcionar a la UV los documentos y la información de soporte relativa acada una de las fases de desarrollo del Sistema de almacenamiento de GLP para que se evalúe laconformidad con esta Norma Oficial Mexicana.

9.3.2.3 El Permisionario puede presentar los comentarios que estime pertinentes y ofrecer pruebas a la UVdurante la visita de verificación, o dentro de los siguientes cinco días hábiles al cierre del Acta circunstanciada,con el propósito que el Permisionario subsane las no conformidades y observaciones señaladas en dichaacta.

9.3.2.4 En caso de persistir las observaciones o no conformidades, en su caso, la UV y el Permisionariopodrán acordar un programa para subsanarlas.

9.3.3 Verificación documental

9.3.3.1 La UV debe verificar que el Permisionario cuente con la documentación, según el tipo de dictamenque se vaya a emitir, con objeto de que ésta cumpla con lo establecido en esta Norma Oficial Mexicana, porejemplo:

  1. a)Los manuales, planes y procedimientos que se mencionan en esta Norma Oficial Mexicana;
  2. b)Las Ingenierías Básica y de Detalle que forman parte integral del proyecto;
  3. c)Los registros de las diferentes actividades realizadas, y
  4. d)Otra documentación complementaria como: pruebas pre-operativas, operativas, de desempeño, y

cualquier documentación requerida por esta Norma Oficial Mexicana.

9.3.3.2 En aquellos aspectos de evaluación de la conformidad con esta Norma Oficial Mexicana que serelacionen con otra u otras normas oficiales mexicanas, el Permisionario deberá presentar a la UV losdictámenes vigentes de dichas normas, a fin de conocer su estado de cumplimiento.

9.3.3.3 La documentación relativa a la integridad mecánica de la planta que se requiere en esta NormaOficial Mexicana debe ser conservada por el Permisionario durante la vida útil del Sistema de almacenamientode GLP.

9.3.4 Reporte de verificación

9.3.4.1 La UV debe elaborar un reporte de verificación que contenga, al menos, la información siguiente:

  1. a)Objetivo, alcance, descripción de la etapa del Sistema de almacenamiento o parte de éste a verificar;
  2. b)Actas circunstanciadas generadas durante las diferentes etapas de la verificación documental y encampo;
  3. c)Resultado de las inspecciones, mediciones y pruebas que se aplicaron, así como los documentos que las soporten;
  4. d)Métodos y procedimientos aplicados para inspecciones y pruebas, así como los instrumentos,equipos y dispositivos utilizados en su aplicación;
  5. e)Verificación hecha mediante inspección ocular;
  6. f)Anexos (planos y memorias técnico descriptivas, no conformidades y observaciones, así como lamanera en que fueron solventadas, pruebas, reporte fotográfico y tablas).

9.3.5 Dictamen

9.3.5.1 La UV debe elaborar el Dictamen, el cual podrá ser aprobatorio o no aprobatorio, con base en lasActas circunstanciadas y el Reporte de verificación. El Dictamen deberá contener la información siguiente:

  1. a)Los datos de la UV, del Permisionario o solicitante, periodo de verificación, tipo de dictamen, fecha de expedición, así como nombre y firma del gerente técnico o máxima autoridad o representante legal delcentro de trabajo y verificador.
  2. b)Cuando se detecte una o más no conformidades y éstas no sean solventadas después de concluidala revisión, la UV deberá expedir un dictamen no aprobatorio.
  3. c)En caso de la expedición de dictámenes no aprobatorios, la UV deberá integrar en el Reporte deverificación correspondiente el programa que implementará el Permisionario con las acciones parasolventar las no conformidades,

9.3.5.2 La UV debe entregar al Permisionario o solicitante el Dictamen y el Reporte de verificacióncorrespondiente.

9.4 Dictámenes técnicos que deberán emitirse relativos al Sistema de almacenamiento

9.4.1 La UV deberá expedir los siguientes dictámenes técnicos relativos a la verificación de un Sistema dealmacenamiento de GLP de acuerdo a las etapas en que se encuentre el sistema:

  1. a)El Dictamen Técnico del Proyecto que incluye la verificación de la Ingeniería Básica, en locorrespondiente a los requerimientos de ingeniería indicados en los capítulos 2 o 3 o 4 de esta NormaOficial Mexicana, según aplique.
  2. b)El Dictamen Técnico de Inicio de operaciones que incluye la verificación de: la Ingeniería de Detalle,la etapa de construcción, pruebas de hermeticidad, pre-operativas, operativas y de desempeño en locorrespondiente a los requerimientos indicados en esta Norma Oficial Mexicana.
  3. c)El Dictamen anual de operación, mantenimiento y seguridad, que incluye la verificación de lasdisposiciones establecidas en los capítulos 5, 6, 7 y 8 de esta Norma Oficial Mexicana, y
  4. d)El Dictamen de desmantelamiento total, y de retiro de uso y operación del Sistema dealmacenamiento, en lo correspondiente a los requerimientos indicados en esta Norma Oficial Mexicana.

 

9.4.2 Dictamen técnico del proyecto.

9.4.2.1 Para efectos de emitir el Dictamen Técnico del Proyecto, la Unidad de Verificación deberá verificar,en lo conducente, el cumplimiento con las disposiciones establecidas en los capítulos 2, y, en su caso, 3 y 4,de esta Norma Oficial Mexicana para un Sistema de almacenamiento de GLP nuevo o la modificación dealguno existente, por lo que debe verificar lo siguiente:

  1. a)La Ingeniería Básica del proyecto para instalaciones nuevas;
  2. b)Los eventos de riesgo, ya sea para un sistema de almacenamiento nuevo o la modificación técnica de alguno existente, considerados en el diseño de los sistemas de protección del Sistema de almacenamiento de GLP que administrarán dicho riesgo;

9.4.2.2 El Permisionario deberá presentar a la UV el dictamen vigente relativo al diseño de lasinstalaciones eléctricas del Sistema de almacenamiento, expedido por una Unidad de Verificación para darcumplimiento a la NOM-001-SEDE-2012, o aquélla que la sustituya.

9.4.3 Dictamen técnico de inicio de operaciones.

9.4.3.1 Para expedir el dictamen técnico de inicio de operaciones, la Unidad de Verificación deberáverificar, en lo conducente, el cumplimiento con las disposiciones establecidas en los capítulos 2 a 8 de estaNorma Oficial Mexicana; específicamente, debe verificar lo siguiente:

  1. a)La Ingeniería de Detalle, la cual debe contener como mínimo los planos de construcción de losdiferentes sistemas, diagramas de flujo y de tubería e instrumentación.
  2. b)La etapa de construcción relativa a los capítulos 2, o en su caso 3 y 4, de esta Norma OficialMexicana que incluya los reportes sobre el cumplimiento aplicable a los sistemas civil, mecánico, eléctrico,contra incendios, paro de emergencia, carga y descarga de producto. Esta etapa incluye lo siguiente:
  3. Los procedimientos que se deben aplicar en campo para la construcción, soldadura, pruebas einspecciones referidas en esta Norma Oficial Mexicana;
  4. Los registros de capacitación y, en su caso, la certificación del personal que interviene en los trabajosde construcción;
  5. La bitácora de las actividades en campo;
  6. Control de cambios de ingeniería realizados durante la construcción, en su caso, fecha en que fueronrealizados y documentación que avale su aprobación, memorias técnico descriptivas y planos deingeniería de cómo quedó construido el Sistema de almacenamiento de GLP con relación al proyectoautorizado por la Comisión;
  7. c)Lo establecido en la disposición 5.2 de esta Norma Oficial Mexicana, y
  8. d)Los programas de operación, mantenimiento y seguridad.

9.4.3.2 La UV deberá comprobar que el Permisionario que se encuentre en el supuesto establecido en ladisposición 5.2.2 de esta Norma Oficial Mexicana ha actualizado el estudio de riesgos, de conformidad con laregulación aplicable en la materia.

9.4.3.3 La UV deberá verificar que el Permisionario que se encuentre en el supuesto establecido en ladisposición 5.2.3 de esta Norma Oficial Mexicana cumple con las obligaciones correspondientes. Asimismo, la UV deberá verificar:

  1. a)Los cambios de ingeniería realizados durante la construcción y documentación que avale suaprobación, y los planos de ingeniería de cómo quedó construido el Sistema de almacenamiento, y
  2. b)Los programas de operación, mantenimiento y seguridad.

9.4.4 Dictamen anual de operación, mantenimiento y seguridad

9.4.4.1 La UV debe emitir durante los primeros 90 días de cada año calendario el dictamen de verificacióndel cumplimiento del programa anual sobre operación, mantenimiento y seguridad del Sistema dealmacenamiento de GLP del año operativo inmediato anterior, elaborado por el Permisionario. Dicho programadebe ser congruente con lo establecido en los capítulos 5, 6, 7 y 8 de esta Norma Oficial Mexicana.

 

9.4.4.2 La UV debe verificar que el Permisionario cuente con el programa anual sobre operación,mantenimiento y seguridad del Sistema de almacenamiento de GLP del año operativo en curso. Esteprograma debe ser entregado por el Permisionario a la Comisión junto con el Dictamen anual de operación,mantenimiento y seguridad del año operativo inmediato anterior, de acuerdo con lo establecido en ladisposición 9.4.4.1.

9.4.4.3 Para la expedición del Dictamen anual de operación, mantenimiento y seguridad, la UV debeverificar que la documentación y registros de operación, mantenimiento y seguridad correspondan con lascondiciones operativas del Sistema de almacenamiento de GLP al momento de la verificación, y con elprograma anual de operación, mantenimiento y seguridad del año operativo inmediato anterior. Estosdocumentos actualizados deben considerar, al menos, los aspectos siguientes:

  1. a)El estudio de riesgos vigente y actualizado en caso de haber realizado modificaciones técnicas en lasinstalaciones o haberse modificado las condiciones en las inmediaciones del Sistema de almacenamientoque afecten la seguridad de éste;
  2. b)El manual de operación del Sistema de almacenamiento con procedimientos detallados;
  3. c)La bitácora de la operación del Sistema de almacenamiento de GLP, incluyendo el registro decondiciones normales, anormales y de emergencia, en su caso, de las acciones derivadas y los resultadosde dichas acciones;
  4. d)La capacitación y, en su caso, certificaciones actualizadas del personal que desempeña los trabajosde operación, mantenimiento y seguridad;
  5. e)Los programas de mantenimiento aplicados y la bitácora de las actividades de mantenimiento;
  6. f)Los indicadores del desempeño del SAI, de conformidad con lo establecido en el capítulo 8 de estaNorma Oficial Mexicana, cuyo propósito es cuantificar su efectividad;
  7. g)Los eventos o incidentes en los cuales existió riesgo para el personal y las instalaciones, en su caso,así como las acciones que se implementaron para corregir las condiciones que las originaron.

9.4.5 Dictamen de desmantelamiento total y de retiro de uso y operación del sistema de almacenamiento.

9.4.5.1 Para la expedición del dictamen de desmantelamiento total y de retiro de uso y operación delSistema de almacenamiento, la UV debe verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en elnumeral 5.11 de esta Norma Oficial Mexicana.

Capítulo 10 Concordancia con normas internacionales

La presente Norma Oficial Mexicana no tiene concordancia alguna con normas internacionales en lamateria.

Capítulo 11 Vigencia

Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 60 (sesenta) días naturales siguientes a su publicaciónen el Diario Oficial de la Federación.

Capítulo 12 Vigilancia

La Comisión Reguladora de Energía es la autoridad competente para la supervisión, vigilancia yevaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana.

En términos de lo dispuesto por el artículo 68 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, laevaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana podrá ser realizada, conforme alProcedimiento para la Evaluación de la Conformidad aquí descrito, por la Comisión Reguladora de Energía y/opor personas acreditadas y aprobadas en términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y suReglamento.

Capítulo 13 Normas oficiales mexicanas de referencia

La siguiente es una lista de normas oficiales mexicanas relacionadas con la presente Norma OficialMexicana, o aquéllas que las sustituyan.

13.1    NOM-001-SEDG-1996, Plantas de almacenamiento para Gas LP. Diseño y Construcción,

publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de septiembre de 1997.

13.2    NOM-001-SEDE-2012, Instalaciones eléctricas (utilización), publicada en el DOF el 29 denoviembre de 2012.

13.3    NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad e higiene, publicada en el DOF el 24 de noviembre de 2008.

13.4    NOM-002-STPS-2010, Condiciones de seguridad-Prevención y protección contra incendios en loscentros de trabajo., publicada en el DOF el 9 de diciembre de 2010.

13.5    NOM-003-SEGOB-2011, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos autilizar, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2011.

13.6    NOM-003-SECRE-2011, Distribución de gas natural y gas licuado de petróleo por ductos, publicada en el DOF el 13 de mayo de 2013.

13.7    NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria yequipo que se utilice en los centros de trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 demayo de 1999.

13.8    NOM-005-STPS-1998, Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajopara el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas, publicada en el DOF el 2de febrero de 1999.

13.9    NOM-007-SESH-2010, Vehículos para el transporte y distribución de Gas LP, publicada en el DOFel 11 de julio de 2011.

13.10   NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida, publicada en el DOF el 27 denoviembre de 2002.

13.11   NOM-009-SESH-2011, Recipientes para contener Gas L.P., tipo no transportable. Especificacionesy métodos de prueba, publicada en el DOF el 8 de septiembre de 2011.

13.12   NOM-013-SEDG-2002, Evaluación de espesores mediante medición ultrasónica usando el métodode pulso-eco, para la verificación de recipientes tipo no portátil para contener Gas L.P., publicada en elDOF el 26 de abril de 2002.

13.13   NOM-014-SCFI-1997, Medidores de desplazamiento positivo tipo diafragma para gas natural o gasLP, publicada en el DOF el 23 de octubre de 1999.

13.14   NOM-017-STPS-2008, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los centros detrabajo, publicada en el DOF el 9 de diciembre de 2008.

13.15   NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos porsustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, publicada en el DOF el 27 de octubre de 2000.

13.16   NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos porfluidos conducidos en tuberías, publicada en el DOF el 25 de noviembre de 2008.

13.17   NOM-027-STPS-2008, Actividades de soldadura y corte. Condiciones de seguridad e higiene,publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2008.

13.18   NOM-028-STPS-2012, Sistema para la administración del trabajo â Seguridad en los procesos yequipos críticos que manejen sustancias químicas peligrosas.

13.19   NOM-093-SCFI-1994, Válvulas de relevo de presión.- Seguridad, seguridad-alivio y alivio,publicada en el DOF el 8 de diciembre de 1997.

Capítulo 14 Bibliografía

Conforme a lo dispuesto por el artículo 28, fracción V del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología yNormalización, el grado de concordancia para la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana esequivalente, en lo conducente, al de la American Petroleum Institute, API 2510, Design and Construction ofLiquefied Petroleum Gas Installations, 8th Edition, May 2001, National Fire Protection Association, NFPA-30,Flammable and Combustible Liquids Code, 2008 Edition y National Fire Protection Association, NFPA-58,Liquefied Petroleum Gas Code, 2008 Edition, y ha sido adecuada a las necesidades propias de los sistemas

de almacenamiento de gas licuado de petróleo mediante planta de depósito o planta de suministro que seencuentran directamente vinculados a los sistemas de transporte o distribución por ducto de GLP o queforman parte integral de las terminales terrestres o marítimas de importación que regula la presente NormaOficial Mexicana, habiéndose respetado los derechos de propiedad intelectual que existen sobre losestándares referidos.

14.1    Algunos de los conceptos normativos de los capítulos 2 y 3 de esta Norma Oficial Mexicana hansido tomados, en lo conducente, con permiso de American Petroleum Institute, API Standard 2510, Designand Construction of Liquefied Petroleum Gas Installations, 8th Edition, May 2001.

14.2    Algunas secciones del capítulo 7 de esta Norma Oficial Mexicana han sido reproducidas conpermiso de National Fire Protection Association, NFPA-30, Flammable and Combustible Liquids Code,Copyright © 2008 National Fire Protection Association, 2008 Edition. Todos los derechos están reservados.

14.3    Algunas secciones de los capítulos 4 y 5 de esta Norma Oficial Mexicana han sido reproducidascon permiso de National Fire Protection Association, NFPA-58, Liquefied Petroleum Gas Code, Copyright© 2011 National Fire Protection Association, 2011 Edition. Todos los derechos están reservados.

14.4    American Bureau of Shipping, Subsea Pipeline Systems – Guide for Building and Classing, March2008.

14.5    American Petroleum Institute, API 2510A, Fire Protection Considerations for the Design andOperation of Liquefied Petroleum Gas (LPG) Storage Facilities, 2nd Edition, December 1996.

14.6    American Petroleum Institute, API 510, Pressure Vessel Inspection Code: In-Service Inspection,Rating, Repair, and Alteration, 9th Edition, June 2006.

14.7    American Petroleum Institute, API Standard 620, Design and Construction of Large, Welded, Low-Pressure Storage Tanks, 11th Edition, 2009.

14.8    American Petroleum Institute, API 6D, Specification for Pipeline Valves, 23rd Edition, March 2008,Effective Date: October 1, 2008.

14.9    American Petroleum Institute, API 510, Pressure Vessel Inspection Code: Maintenance Inspection,Rating, Repair, and Alteration, 1997 Edition.

14.10   American Petroleum Institute, API RP 14E, Recommended Practice for Design and Installation ofOffshore Production Platform Piping Systems, 1991 Edition. Reaffirmed, March 2007.

14.11   American Petroleum Institute, API RP 14F, Recommended Practice for Design and Installation ofElectrical Systems for Fixed and Floating Offshore Petroleum Facilities, 2008 Edition.

14.12   American Petroleum Institute, API RP 14G, Recommended Practice for Fire Prevention and Controlon Open Type Offshore Production Platforms, 2007 Edition.

14.13   American Petroleum Institute, API RP 14J, Recommended Practice for Design and HazardsAnalysis for Offshore Production Facilities, 2001 Edition. Reaffirmed, March 2007.

14.14   American Petroleum Institute, API RP 500, Recommended Practice for the Classification of Areasfor Electrical Locations at Petroleum Facilities, 1997 Edition. Reaffirmed: November 2002.

14.15   American Petroleum Institute, API RP 1111, Design, Construction, Operation, and Maintenance ofOffshore Hydrocarbon Pipelines, 2011 Edition. Errata 1, May 2011.

14.16   American Petroleum Institute, API RP 520, Part I 8th Edition, December 2008 y API RP 521, 2003Edition. Reaffirmed: February 2011.

14.17   Det Norske Veritas, Offshore Standard DNV-OS-E403: Offshore Loading Buoys. Octubre, 2008

14.18   Ley Federal sobre Metrología y Normalización, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1de julio de 1992, texto vigente, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, 30 de abril de 2009.

14.19   Ley General de Asentamientos Humanos, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 dejulio de 1993, texto vigente, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 9 de abril de2012.

 

14.20   National Fire Protection Association, NFPA-70, Standard for Electrical Safety in the Workplace,2011 Edition.

14.21   National Fire Protection Association, NFPA-72, National Fire Alarm Code and Signaling Code, 2010 Edition.

14.22   National Fire Protection Association, NFPA-10, Standard for Portable Fire Extinguishers, 2010Edition.

14.23   National Fire Protection Association, NFPA-1221, Standard for the Installation, Maintenance andUse of Emergency Services Communications Systems, 2010 Edition.

14.24   National Fire Protection Association, NFPA-600, Standard on Industrial Fire Brigades, 2010 Edition.

14.25   National Fire Protection Association, NFPA-78, Safety Code for the Protection of Life and PropertyAgainst Lightning, 1997 Edition.

14.26   National Fire Protection Association, NFPA-51B, Standard for Fire Prevention During Welding,Cutting and Other Hot Work, 2009 Edition.

14.27   Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, texto vigente, publicado en elDiario Oficial de la Federación, 14 de enero de 1999.

Transitorio

Único. Las instalaciones de recepción, guarda y entrega (IRGE), deberán apegarse, en lo conducente, alo establecido en esta Norma Oficial Mexicana, hasta en tanto exista Norma Oficial Mexicana aplicable a lossistemas de transporte de GLP.

México, D.F., a 13 de noviembre de 2013.- El Presidente, Francisco J. Salazar Diez de Sollano.-Rúbrica.- El Comisionado y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Derivados delPetróleo, del Gas y Bioenergéticos, Francisco José Barnés de Castro.- Rúbrica.- Los Comisionados, RubénF. Flores GarcíaNoé Navarrete GonzálezGuillermo Zúñiga Martínez.- Rúbricas.

Fuente: Diario Oficial de la Federeación

Consulta fuente original

Deja una respuesta :

* Your email address will not be published.