
{"id":4327,"date":"2019-04-03T18:52:10","date_gmt":"2019-04-03T18:52:10","guid":{"rendered":"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/?p=4327"},"modified":"2019-04-09T16:07:53","modified_gmt":"2019-04-09T16:07:53","slug":"norma-oficial-mexicana-nom-007-asea-2016-transporte-de-gas-natural-etano-y-gas-asociado-al-carbon-mineral-por-medio-de-ductos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/?p=4327","title":{"rendered":"Norma Oficial Mexicana NOM-007-ASEA-2016"},"content":{"rendered":"<div class=\"text-justify\">\n<p><strong>Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. &#8211; Agencia Nacional de\u00a0Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.<\/strong><strong>\u00a0<\/strong>CARLOS SALVADOR DE REGULES RUIZ-FUNES, Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de\u00a0Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, y Presidente del Comit\u00e9\u00a0Consultivo Nacional de Normalizaci\u00f3n de Seguridad Industrial y Operativa y Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del\u00a0Sector Hidrocarburos, con fundamento en el art\u00edculo D\u00e9cimo Noveno Transitorio, segundo p\u00e1rrafo, del Decreto\u00a0por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos\u00a0Mexicanos, en Materia de Energ\u00eda, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda 20 de diciembre\u00a0de\u00a02013, y en lo dispuesto por los art\u00edculos 95 y 129, de la Ley de Hidrocarburos; 1o., 2o., fracci\u00f3n I, 17 y 26,\u00a0de\u00a0la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal; 1o. y 4o., de la Ley Federal de Procedimiento\u00a0Administrativo; 1o., 2o., 3o., fracci\u00f3n XI, inciso c), 5o. fracciones III, IV, XX, y XXX, 6o., fracci\u00f3n I, incisos a) y\u00a0d), y fracci\u00f3n II, incisos a), 27 y 31, fracciones II, IV y VIII y el Quinto Transitorio, de la Ley de la Agencia\u00a0Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 1o., 38,\u00a0fracciones II y IX, 40, fracciones I, III, XIII, XVII y XVIII, 41, 43, 47 fracci\u00f3n IV, 73 y 74, de la Ley Federal sobre\u00a0Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n; 1o., 2o., fracci\u00f3n XXXI, inciso d), 5o., fracci\u00f3n I, 8o., fracci\u00f3n III, 41, 42, 43,\u00a0fracci\u00f3n VIII, y 45 Bis, del Reglamento Interior de la Secretar\u00eda del Medio Ambiente y Recursos Naturales; 1o.,\u00a03o., fracciones I, V, VIII, XX y XLVII y \u00faltimo p\u00e1rrafo, del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de\u00a0Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos y 28 y 34, del Reglamento\u00a0de la Ley Federal sobre Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n, y<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>CONSIDERANDO<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Que el 20 de diciembre de 2013, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el Decreto por el que se\u00a0reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, en\u00a0Materia de Energ\u00eda; en cuyo art\u00edculo Transitorio D\u00e9cimo Noveno se establece como mandato al Congreso\u00a0de\u00a0la Uni\u00f3n realizar adecuaciones al marco jur\u00eddico para crear la Agencia Nacional de Seguridad Industrial\u00a0y de\u00a0Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, como \u00f3rgano administrativo desconcentrado de la\u00a0Secretar\u00eda del ramo en materia de Medio Ambiente, con autonom\u00eda t\u00e9cnica y de gesti\u00f3n; con atribuciones para\u00a0regular y supervisar, en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protecci\u00f3n al medio ambiente, las Instalaciones\u00a0y actividades del Sector Hidrocarburos, incluyendo las actividades de desmantelamiento y\u00a0abandono de las Instalaciones, as\u00ed como el control integral de residuos.<\/p>\n<p>Que en conformidad con lo establecido del art\u00edculo 95 de la Ley de Hidrocarburos, publicada en el Diario\u00a0Oficial de la Federaci\u00f3n el 11 de agosto de 2014, la industria del Sector Hidrocarburos es de exclusiva\u00a0jurisdicci\u00f3n federal, por lo que en consecuencia, \u00fanicamente el Gobierno Federal puede dictar las\u00a0disposiciones t\u00e9cnicas, reglamentarias y de regulaci\u00f3n en la materia, incluyendo aquellas relacionadas\u00a0con el\u00a0desarrollo sustentable, el equilibrio ecol\u00f3gico y la protecci\u00f3n al medio ambiente en el desarrollo de la referida\u00a0industria.<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 129 de la Ley de Hidrocarburos, corresponde a la\u00a0Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos,\u00a0emitir\u00a0la regulaci\u00f3n y la normatividad aplicable en materia de Seguridad Industrial y Seguridad Operativa,\u00a0as\u00ed como\u00a0de protecci\u00f3n al medio ambiente en la industria de Hidrocarburos, a fin de promover, aprovechar\u00a0y desarrollar\u00a0de manera sustentable las actividades de dicha industria y aportar los elementos t\u00e9cnicos\u00a0para el dise\u00f1o y la\u00a0definici\u00f3n de la pol\u00edtica p\u00fablica en materia energ\u00e9tica, de protecci\u00f3n al medio ambiente y recursos naturales.<\/p>\n<p>Que el 11 de agosto de 2014, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n la Ley de la Agencia\u00a0Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, en la cual se\u00a0establece que \u00e9sta tiene por objeto la protecci\u00f3n de las personas, el medio ambiente y las Instalaciones del\u00a0Sector Hidrocarburos.<\/p>\n<p>Que el 31 de octubre de 2014, se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, el Reglamento Interior de la\u00a0Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, en el\u00a0que se detalla el conjunto de facultades que \u00e9sta debe ejercer.<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 38, fracci\u00f3n II, de la Ley Federal sobre Metrolog\u00eda y\u00a0Normalizaci\u00f3n publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 1o. de julio de 1992, corresponde a las\u00a0dependencias seg\u00fan su \u00e1mbito de competencia, expedir Normas Oficiales Mexicanas en las materias\u00a0relacionadas con sus atribuciones y determinar su fecha de entrada en vigor.<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 40 fracciones I, y XIII de la Ley Federal sobre\u00a0Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n, las Normas Oficiales Mexicanas tienen entre otras las finalidades de establecer<\/p>\n<p>las caracter\u00edsticas y\/o especificaciones que deban reunir los productos y procesos, cuando \u00e9stos puedan\u00a0constituir un riesgo para la seguridad de las personas o da\u00f1ar la salud humana, animal, vegetal, el medio\u00a0ambiente general y laboral, o para la preservaci\u00f3n de recursos naturales, y las caracter\u00edsticas y\/o\u00a0especificaciones que deben reunir los equipos, materiales, dispositivos e Instalaciones\u00a0industriales,\u00a0comerciales, de servicios y dom\u00e9sticas para fines sanitarios, acu\u00edcolas, agr\u00edcolas, pecuarios, ecol\u00f3gicos, de\u00a0comunicaciones, de seguridad o de calidad y particularmente cuando sean peligrosos.<\/p>\n<p>Que el 6 de marzo de 2015, la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda, public\u00f3 en el Diario Oficial de la\u00a0Federaci\u00f3n el PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-SECRE-2015 Transporte de Gas\u00a0Natural, etano, biog\u00e1s y Gas asociado al carb\u00f3n mineral por medio de ductos (cancela y sustituye a la\u00a0NOM-007-SECRE-2010, Transporte de Gas Natural).<\/p>\n<p>Que derivado de la Reforma Constitucional en materia de Energ\u00eda y el art\u00edculo Quinto Transitorio de la Ley\u00a0de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos,\u00a0el PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-SECRE-2015 Transporte de Gas Natural, etano,\u00a0biog\u00e1s y Gas asociado al carb\u00f3n mineral por medio de ductos, fue transferida a \u00e9sta,\u00a0ya que contienen\u00a0elementos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al medio ambiente competencia de\u00a0esta\u00a0Autoridad.<\/p>\n<p>Que dicho Proyecto de Norma fue inscrito en el Programa Nacional de Normalizaci\u00f3n 2017 para su\u00a0modificaci\u00f3n a trav\u00e9s del Comit\u00e9 Consultivo Nacional de Normalizaci\u00f3n de Seguridad Industrial y Operativa y\u00a0Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.<\/p>\n<p>Que derivado de los avances tecnol\u00f3gicos y nuevas pr\u00e1cticas de ingenier\u00eda en la industria, se requiri\u00f3 la\u00a0actualizaci\u00f3n de las especificaciones t\u00e9cnicas y la incorporaci\u00f3n de criterios de Seguridad Industrial,\u00a0Seguridad Operativa y protecci\u00f3n al medio ambiente para las etapas de dise\u00f1o, construcci\u00f3n, pre-arranque,\u00a0operaci\u00f3n, mantenimiento, cierre y desmantelamiento, de los Sistemas de Transporte de Gas Natural, etano y\u00a0Gas asociado al carb\u00f3n mineral por medio de Ductos.<\/p>\n<p>Que la presente Norma Oficial Mexicana NOM-007-ASEA-2016, Transporte de Gas Natural, etano y Gas\u00a0asociado al carb\u00f3n mineral por medio de Ductos, no exime a los Regulados de cumplir con lo dispuesto en la\u00a0Regulaci\u00f3n emitida por la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda, en materia de Sistemas de Medici\u00f3n, lo anterior\u00a0con la finalidad de dar cumplimiento a lo previsto en el art\u00edculo 84 fracci\u00f3n IV de la Ley de Hidrocarburos.<\/p>\n<p>Que el Proyecto de Norma Oficial Mexicana fue aprobado por el Comit\u00e9 Consultivo Nacional de\u00a0Normalizaci\u00f3n de Seguridad Industrial y Operativa y Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos\u00a0en su Tercera Sesi\u00f3n Ordinaria celebrada el d\u00eda 11 de agosto de 2016, para su publicaci\u00f3n como Proyecto ya\u00a0que cumpli\u00f3 con todos y cada uno de los requisitos necesarios para someterse al periodo de consulta p\u00fablica.<\/p>\n<p>Que de conformidad con lo previsto por los art\u00edculos 47 fracci\u00f3n I y 51 de la Ley Federal sobre\u00a0Metrolog\u00eda\u00a0y Normalizaci\u00f3n, con fecha 21 de septiembre de 2016, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-007-ASEA-2016, Transporte de Gas Natural, etano, y Gas asociado al carb\u00f3n mineral por medio de Ductos,\u00a0se public\u00f3 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n para su consulta, misma que tuvo una duraci\u00f3n de 60 d\u00edas\u00a0naturales, los cuales empezaron a contar a partir del d\u00eda siguiente de la fecha de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Que cumplido el procedimiento establecido en los art\u00edculos 38, 44, 45, 47 y dem\u00e1s aplicables de la Ley\u00a0Federal sobre Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n y su Reglamento, para la elaboraci\u00f3n de Normas Oficiales\u00a0Mexicanas el Comit\u00e9 Consultivo Nacional de Normalizaci\u00f3n de Seguridad Industrial y Operativa y Protecci\u00f3n\u00a0al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos en su Cuarta Sesi\u00f3n Extraordinaria de fecha 25 de octubre\u00a0de\u00a02017 aprob\u00f3 la respuesta a comentarios de la consulta p\u00fablica y la presente Norma Oficial Mexicana\u00a0NOM-007-ASEA-2016 Transporte de Gas Natural, etano y Gas asociado al carb\u00f3n mineral por medio de Ductos,\u00a0cancelando y sustituyendo a la NOM-007-SECRE-2010, Transporte de Gas Natural, publicada en\u00a0el Diario\u00a0Oficial de la Federaci\u00f3n con fecha 08 de febrero de 2011.<\/p>\n<p>Ciudad de M\u00e9xico, a los veintitr\u00e9s d\u00edas del mes de enero de dos mil dieciocho.- El Director Ejecutivo de la\u00a0Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos\u00a0y\u00a0Presidente del Comit\u00e9 Consultivo Nacional de Normalizaci\u00f3n de Seguridad Industrial y Operativa y Protecci\u00f3n\u00a0al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos,\u00a0<strong>Carlos Salvador de Regules Ruiz-Funes<\/strong>.- R\u00fabrica.<\/p>\n<p>En virtud de lo antes expuesto, se tiene a bien expedir la\u00a0siguiente Norma Oficial Mexicana:<\/p>\n<p><strong>NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-007-ASEA-2016, TRANSPORTE DE GAS NATURAL,\u00a0ETANO Y GAS<\/strong><strong><br \/>\n<\/strong><strong>ASOCIADO AL CARB\u00d3N MINERAL POR MEDIO DE DUCTOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00cdNDICE DEL CONTENIDO<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Objetivo<\/strong><\/li>\n<li><strong>Alcance y Campo de aplicaci\u00f3n<\/strong><\/li>\n<li><strong>Referencias<\/strong><\/li>\n<li><strong>Definiciones<\/strong><\/li>\n<li><strong>Disposiciones generales<\/strong><\/li>\n<li><strong>Materiales<\/strong><\/li>\n<li><strong>Dise\u00f1o<\/strong><\/li>\n<li>Dise\u00f1o para Ductos de Acero<\/li>\n<li>Dise\u00f1o para Ducto de Polietileno<\/li>\n<li>Dise\u00f1o para Ductos de Poliamida<\/li>\n<li>Componentes del Sistema de Transporte<\/li>\n<li>Estaciones de Compresi\u00f3n<\/li>\n<li>V\u00e1lvulas para Ductos de Transporte<\/li>\n<li>Registros<\/li>\n<li>Protecci\u00f3n contra sobrepresi\u00f3n accidental<\/li>\n<li>Estaciones de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n y en su caso trampas de Diablos<\/li>\n<li>Control de la corrosi\u00f3n en Ductos<\/li>\n<li><strong>Soldadura<\/strong><\/li>\n<li><strong>Construcci\u00f3n y Pre-arranque<\/strong><\/li>\n<li><strong>Operaci\u00f3n y Mantenimiento<\/strong><\/li>\n<li>Patrullaje<\/li>\n<li>Se\u00f1alamientos<\/li>\n<li>Reparaciones<\/li>\n<li>Estaciones de compresi\u00f3n<\/li>\n<li>Estaciones de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n<\/li>\n<li>Instalaciones de entrega<\/li>\n<li>Reevaluaci\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP), por integridad del Ducto o\u00a0necesidades operativas<\/li>\n<li>Desactivaci\u00f3n y reactivaci\u00f3n de Ductos<\/li>\n<li><strong>Cierre y Desmantelamiento<\/strong><\/li>\n<li><strong>Evaluaci\u00f3n de la conformidad<\/strong><\/li>\n<li><strong>Vigilancia de la Norma<\/strong><\/li>\n<li><strong>Grado de concordancia con normas nacionales e internacionales<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Ap\u00e9ndice A (Normativo).\u00a0<\/strong>Control de la corrosi\u00f3n externa en Ductos de acero enterrados\u00a0y\/o\u00a0sumergidos<\/p>\n<p><strong>Ap\u00e9ndice B (Normativo).\u00a0<\/strong>Monitoreo, detecci\u00f3n y clasificaci\u00f3n de Fugas de gas en Ductos<\/p>\n<p><strong>Ap\u00e9ndice C (Normativo).\u00a0<\/strong>Requerimientos espec\u00edficos cuando se utilicen factores de dise\u00f1o<\/p>\n<p>Superiores a 0.72 en ductos de acero<\/p>\n<p><strong>Ap\u00e9ndice D<\/strong>\u00a0<strong>(Normativo).<\/strong>\u00a0Odorizaci\u00f3n del gas<\/p>\n<ol start=\"15\">\n<li><strong>Bibliograf\u00eda<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Transitorios<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>Objetivo<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La presente Norma Oficial Mexicana de Transporte de Gas Natural, Etano y Gas asociado al carb\u00f3n\u00a0mineral por medio de Ductos, establece los requisitos m\u00ednimos y especificaciones t\u00e9cnicas de Seguridad<\/p>\n<p>Industrial, Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al medio ambiente, que deben cumplir los Regulados para el\u00a0Dise\u00f1o, Construcci\u00f3n, Pre-arranque, Operaci\u00f3n, Mantenimiento, Cierre y Desmantelamiento de los Sistemas\u00a0de Transporte de Gas Natural, Etano y Gas Natural Asociado al carb\u00f3n mineral por medio de Ductos.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>Alcance y campo de aplicaci\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>2.1.<\/strong>\u00a0Esta Norma Oficial Mexicana NOM-007-ASEA-2016, Transporte de Gas Natural, Etano y Gas\u00a0asociado al carb\u00f3n mineral por medio de Ductos, aplica en todo el territorio nacional y es de observancia\u00a0general y obligatoria para los Regulados que realizan las actividades de Transporte por Ductos de Gas\u00a0Natural, Etano y Gas Natural Asociado al carb\u00f3n Mineral, as\u00ed como para el Dise\u00f1o, Construcci\u00f3n, Pre-arranque, Operaci\u00f3n, Mantenimiento, Cierre y Desmantelamiento de Ductos, incluyendo los que est\u00e1n\u00a0empacados e inertizados, y aqu\u00e9llos que ya estando construidos se modifiquen en su dise\u00f1o original. (Ver\u00a0diagrama 1: Instalaciones de un Sistema de Transporte que est\u00e1n dentro del alcance de la presente Norma\u00a0Oficial Mexicana).<\/p>\n<p><strong>2.2.<\/strong>\u00a0Los Ductos comprenden desde el (los) punto(s) de origen hasta el (los) punto (s) de destino de dicho\u00a0sistema, incluyendo el Transporte de Gas Natural Asociado a los yacimientos de carb\u00f3n mineral, a los puntos\u00a0de entrega y\/o consumo.<\/p>\n<p>Diagrama 1: Instalaciones de un Sistema de Transporte que est\u00e1n dentro del\u00a0alcance de la presente Norma<br \/>\nOficial Mexicana<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4330\" src=\"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_0-1.png\" alt=\"\" width=\"590\" height=\"480\" srcset=\"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_0-1.png 590w, https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_0-1-300x244.png 300w\" sizes=\"(max-width: 590px) 100vw, 590px\" \/><\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong>Referencias<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La aplicaci\u00f3n de la presente Norma Oficial Mexicana, se complementa con lo dispuesto en las referencias\u00a0siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>NOM-001-SECRE-2010.-\u00a0<\/strong>Especificaciones del Gas Natural. Publicada en el Diario Oficial de\u00a0la\u00a0Federaci\u00f3n el d\u00eda viernes 19 de marzo de 2010<\/li>\n<li><strong>NOM-001-SEDE-2012.-\u00a0<\/strong>Instalaciones El\u00e9ctricas (utilizaci\u00f3n). Publicada en el Diario Oficial de la\u00a0Federaci\u00f3n el d\u00eda jueves 29 de noviembre de 2012<\/li>\n<li><strong>NMX-E-043-SCFI-2002.-\u00a0<\/strong>Industria del pl\u00e1stico-Tubos de polietileno (PE) para la conducci\u00f3n del Gas\u00a0Natural (GN) y gas Licuado de Petr\u00f3leo (GLP) Especificaciones. Publicada en el Diario Oficial de la\u00a0Federaci\u00f3n el d\u00eda martes 4 de junio de 2002<\/li>\n<li><strong>NMX-X-047-SCFI-2014.-\u00a0<\/strong>Industria del gas- Tubos y conexiones de poliamida sin plastificante (PA-U)\u00a0para la conducci\u00f3n de Gas Natural (GN). Especificaciones y m\u00e9todos de prueba. Publicada en el\u00a0Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda lunes 12 de enero de 2015<\/li>\n<li><strong>Resoluci\u00f3n\u00a0<\/strong>por la que la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda expide las disposiciones administrativas\u00a0de car\u00e1cter general en materia de medici\u00f3n aplicables a la actividad de transporte por ducto de\u00a0hidrocarburos, petrol\u00edferos y petroqu\u00edmicos. Publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda\u00a0jueves 17 de diciembre de 2015<\/li>\n<li><strong>API Specification 5L.-\u00a0<\/strong>\u00abSpecification for Line Pipe\u00bb<\/li>\n<li><strong>API 6D.-\u00a0<\/strong>Specification for Pipeline and Piping Valves<\/li>\n<li><strong>ASTM A 106.-\u00a0<\/strong>Standard specification for seamless carbon steel pipe for high temperature service<\/li>\n<li><strong>ASTM A 333\/A 333M.-\u00a0<\/strong>Standard specification for seamless and welded steel pipe for low temperature\u00a0service<\/li>\n<li><strong>ASTM A 381.-\u00a0<\/strong>Standard specification for metal arc welded steel pipe for use with high pressure\u00a0transmission systems<\/li>\n<li><strong>ASTM A 672.-\u00a0<\/strong>Standard specification for electric fusion welded steel pipe for high pressure service at\u00a0moderate temperatures<\/li>\n<li><strong>ASTM A 691.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Carbon and Alloy Steel Pipe, Electric-Fusion-Welded for\u00a0High-Pressure Service at High Temperatures<\/li>\n<li><strong>ASTM A 53.-\u00a0<\/strong>Standard specification for pipe, steel, black and hot dipped, zinc coated welded\u00a0and\u00a0seamless<\/li>\n<li><strong>ASTM D2513.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Polyethylene (PE) gas Pressure Pipe, Tubing, and Fittings<\/li>\n<li><strong>ASTM F 714.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Polyethylene (PE) Plastic Pipe (DR-PR) Based on Outside\u00a0Diameter<\/li>\n<li><strong>ASTM F 1589.-\u00a0<\/strong>Standard Test method for determination of the critical pressure for rapid crack\u00a0propagation in plastic pipe<\/li>\n<li><strong>ASTM A 193.-<\/strong>Standard Specification for Alloy-Steel and Stainless Steel Bolting for High Temperature\u00a0or High Pressure Service and Other Special Purpose Applications<\/li>\n<li><strong>ASTM A 320.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Alloy-Steel and Stainless Steel Bolting for Low-Temperature\u00a0Service<\/li>\n<li><strong>ASTM A 354.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Quenched and Tempered Alloy Steel Bolts, Studs, and Other\u00a0Externally Threaded Fasteners<\/li>\n<li><strong>ASTM A 194.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Carbon Steel, Alloy Steel, and Stainless Steel Nuts for Bolts\u00a0for High Pressure or High Temperature Service, or Both<\/li>\n<li><strong>ASTM A 307.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Carbon Steel Bolts, Studs, and Threaded Rod 60000 PSI\u00a0Tensile Strength<\/li>\n<li><strong>ASTM F2785.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Polyamide 12 gas Pressure Pipe, Tubing, and Fittings<\/li>\n<li><strong>ASTM F2945.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Polyamide 11 gas Pressure Pipe, Tubing, and Fittings<\/li>\n<li><strong>ASME B16.33.-\u00a0<\/strong>Manually Operated Metallic gas Valves for Use in gas Piping Systems Up to 175 psi\u00a0(Sizes NPS \u00bd Through NPS 2)<\/li>\n<li><strong>ASME B16.34.-\u00a0<\/strong>Valves-Flanged, Threaded, and Welded End<\/li>\n<li><strong>ASME B16.38.-\u00a0<\/strong>Large Metallic Valves for gas Distribution (Manually Operated, NPS 21\/2 to 12<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>ASME B16.9.-\u00a0<\/strong>Factory made wrought steel butt welding fittings<\/li>\n<li><strong>DISPOSICIONES<\/strong>administrativas de car\u00e1cter general que establecen los lineamientos para que los\u00a0Regulados lleven a cabo las Investigaciones Causa Ra\u00edz de Incidentes y Accidentes ocurridos en sus\u00a0Instalaciones. Publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda martes 24 de enero de 2017<\/li>\n<li><strong>DISPOSICIONES<\/strong>administrativas de car\u00e1cter general que establecen los Lineamientos para la\u00a0conformaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y autorizaci\u00f3n de los Sistemas de Administraci\u00f3n de Seguridad\u00a0Industrial, Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector\u00a0Hidrocarburos que se indican. Publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda viernes 13 de\u00a0mayo de 2016<\/li>\n<li><strong>ISO 14313.-\u00a0<\/strong>Petroleum and natural gas industries-Pipeline transportation systems-Pipeline valves<\/li>\n<li><strong>ISO 14723.-\u00a0<\/strong>Petroleum and natural gas industries-Pipeline transportation systems\u00e2Subsea\u00a0pipeline\u00a0valves<\/li>\n<li><strong>ISO 15590-2.-\u00a0<\/strong>Petroleum and natural gas industries-Induction bends, fittings and flanges for pipeline\u00a0transportation systems<\/li>\n<li><strong>ISO 3183.-\u00a0<\/strong>Petroleum and natural gas industries.-Steel pipe for pipeline transportation systems<\/li>\n<li><strong>ISO 15590-3.-\u00a0<\/strong>Petroleum and natural gas industries Induction bends, fittings and flanges for pipeline\u00a0transportation systems Part 3: Flanges<\/li>\n<li><strong>ISO 7005-1.-\u00a0<\/strong>Steel flanges for industrial and general service piping systems<\/li>\n<li><strong>ISO 13949.-\u00a0<\/strong>Method for the assessment of the degree of pigment dispersion in polyolefin pipes, fittings\u00a0and compounds<\/li>\n<li><strong>ISO 16486.-\u00a0<\/strong>Plastics piping systems for the supply of gaseous fuels-Unplasticized polyamide (PA-U)\u00a0piping systems with fusion jointing and mechanical jointing<\/li>\n<li><strong>ISO 4437.-\u00a0<\/strong>Buried polyethylene (PE) pipes for the supply of gaseous fuel\u00e2Metric series\u00e2Specification<\/li>\n<li><strong>MSS SP-44.-\u00a0<\/strong>Steel pipeline flanges<\/li>\n<li><strong>MSS SP-75.-\u00a0<\/strong>Specification For High-Test, Wrought, Butt Welding Fittings<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong>Definiciones<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para efectos de aplicaci\u00f3n e interpretaci\u00f3n de la presente Norma Oficial Mexicana, se aplicar\u00e1n en singular\u00a0o plural los conceptos y definiciones previstas en la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de\u00a0Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de\u00a0Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, la Ley de Hidrocarburos, el\u00a0Reglamento de las Actividades a que se refiere el T\u00edtulo Tercero de la Ley de Hidrocarburos, la Ley Federal\u00a0sobre Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n, el Reglamento de la Ley Federal sobre Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n y a las\u00a0Disposiciones administrativas de car\u00e1cter general emitidas por la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y\u00a0de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos aplicables y a las definiciones siguientes:<\/p>\n<p><strong>4.1.<\/strong>\u00a0<strong>Abolladura o Hendidura:<\/strong>\u00a0Es una depresi\u00f3n que provoca una deformaci\u00f3n o perturbaci\u00f3n en la\u00a0curvatura de la pared del Ducto sin reducir el espesor de pared del mismo.<\/p>\n<p><strong>4.2.<\/strong>\u00a0<strong>Agencia:<\/strong>\u00a0Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector\u00a0Hidrocarburos.<\/p>\n<p><strong>4.3.<\/strong>\u00a0<strong>\u00c1rea unitaria:\u00a0<\/strong>Porci\u00f3n de terreno que teniendo como eje longitudinal la tuber\u00eda de gas, mide\u00a01600\u00a0metros de largo por 400 metros de ancho.<\/p>\n<p><strong>4.4.<\/strong>\u00a0<strong>Componente:<\/strong>\u00a0Los elementos de un sistema de Ductos conectados entre s\u00ed para el Transporte de\u00a0fluidos gases entre estaciones y\/o plantas, incluyendo Ductos, trampas de diablos, aditamentos, v\u00e1lvulas\u00a0de\u00a0corte y v\u00e1lvulas seccionadoras.<\/p>\n<p><strong>4.5.<\/strong>\u00a0<strong>Diablo:<\/strong>\u00a0Dispositivo con libertad de movimiento que es insertado en el ducto para fines de inspecci\u00f3n\u00a0y\/o limpieza del mismo.<\/p>\n<p><strong>4.6.<\/strong>\u00a0<strong>Esfuerzo tangencial:<\/strong>\u00a0Esfuerzo producido por la presi\u00f3n de un fluido en la pared de un Ducto que\u00a0act\u00faa circunferencialmente en un plano perpendicular al eje longitudinal del Ducto.<\/p>\n<p><strong>4.7.<\/strong>\u00a0<strong>Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n:\u00a0<\/strong>Instalaci\u00f3n destinada a cuantificar el flujo de gas y controlar la\u00a0presi\u00f3n de \u00e9ste dentro de l\u00edmites previamente definidos.<\/p>\n<p><strong>4.8.<\/strong>\u00a0<strong>Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda:<\/strong>\u00a0An\u00e1lisis derivado del comportamiento de las variables f\u00edsicas o<\/p>\n<p>propiedades del objeto o sistema, bajo estudio usando principios de ingenier\u00eda con la finalidad de resolver un\u00a0problema espec\u00edfico de dise\u00f1o, operativo o de integridad de las Instalaciones , entre otros.<\/p>\n<p><strong>4.9.<\/strong>\u00a0<strong>Gas asociado al carb\u00f3n mineral:<\/strong>\u00a0Gas formado principalmente por metano, asociado al proceso de\u00a0formaci\u00f3n de carb\u00f3n mineral, y que se encuentra atrapado dentro de los yacimientos del mismo.<\/p>\n<p><strong>4.10.<\/strong>\u00a0<strong>Gas Natural:<\/strong>\u00a0La mezcla de gases que se obtiene de la Extracci\u00f3n\u00a0o del procesamiento industrial\u00a0y\u00a0que es constituida principalmente por metano. Usualmente esta mezcla contiene etano, propano, butanos y\u00a0pentanos. Asimismo, puede contener di\u00f3xido de carbono, nitr\u00f3geno y \u00e1cido sulfh\u00eddrico, entre otros. Puede ser\u00a0Gas Natural Asociado, Gas Natural No Asociado o Gas asociado al carb\u00f3n mineral.<\/p>\n<p><strong>4.11.<\/strong>\u00a0<strong>Norma:\u00a0<\/strong>Norma Oficial Mexicana NOM-007-ASEA-2016, Transporte de Gas Natural, Etano y Gas\u00a0Asociado al Carb\u00f3n Mineral por medio de Ductos.<\/p>\n<p><strong>4.12.<\/strong>\u00a0<strong>Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP):<\/strong>\u00a0Es la m\u00e1xima presi\u00f3n a la cual se puede\u00a0permitir la operaci\u00f3n de un Ducto o segmento del Sistema de Transporte.<\/p>\n<p><strong>4.13.<\/strong>\u00a0<strong>Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n (PMO):<\/strong>\u00a0Presi\u00f3n M\u00e1xima de funcionamiento real, es la presi\u00f3n m\u00e1s\u00a0alta a la que opera un Sistema de Transporte por Ducto durante un ciclo normal de operaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>4.14.<\/strong>\u00a0<strong>Sistema de Transporte:<\/strong>\u00a0Todos los Ductos, equipos, instrumentos, Componentes o dispositivos por\u00a0los que el Gas Natural, etano y Gas asociado al carb\u00f3n mineral fluye y que incluyen, entre otros, v\u00e1lvulas,\u00a0accesorios unidos al Ducto, estaciones de compresi\u00f3n, medici\u00f3n y regulaci\u00f3n, trampas de env\u00edo y recibo de\u00a0diablos, en su caso.<\/p>\n<p><strong>4.15.<\/strong>\u00a0<strong>Trampa para dispositivos de limpieza e inspecci\u00f3n interna (Trampa de diablos):\u00a0<\/strong>Es la\u00a0instalaci\u00f3n interconectada al Ducto, que se utiliza para fines\u00a0de env\u00edo\u00a0y recibo de dispositivos de inspecci\u00f3n o\u00a0limpieza interna del Ducto (Diablos).<\/p>\n<p><strong>4.16.<\/strong>\u00a0<strong>V\u00e1lvula de seccionamiento:<\/strong>\u00a0Dispositivo instalado en la tuber\u00eda para controlar o bloquear el flujo de\u00a0gas hacia cualquier secci\u00f3n del Sistema de Transporte.<\/p>\n<p><strong>4.17.<\/strong>\u00a0<strong>Venteo:\u00a0<\/strong>Acci\u00f3n de liberar a la atm\u00f3sfera los gases y vapores de forma controlada que se realiza\u00a0\u00fanicamente con el objeto de mantener las condiciones de seguridad operativa.<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li><strong>Disposiciones generales<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Los Regulados est\u00e1n obligados a cumplir en todo momento con los requisitos establecidos en la presente\u00a0Norma, por lo que la Agencia podr\u00e1 realizar visitas de inspecci\u00f3n y verificaci\u00f3n, mismas que pueden cubrir\u00a0cualquier punto de los requerimientos de la presente Norma.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong>Materiales<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Este cap\u00edtulo establece los requisitos m\u00ednimos para la selecci\u00f3n y calificaci\u00f3n de los materiales tales como:\u00a0Ductos, accesorios y equipos incluye v\u00e1lvulas que forman parte de los Sistemas de Transporte por Ducto. Los\u00a0Regulados ser\u00e1n los responsables del dise\u00f1o y la selecci\u00f3n de los materiales, tales como: Ducto, accesorios,\u00a0Componentes y equipos que deben conformar el Sistema de Transporte y \u00e9stos deben ser capaces de\u00a0soportar las condiciones de operaci\u00f3n del Sistema de Transporte, as\u00ed como, las caracter\u00edsticas del fluido\u00a0transportado sin demeritar la Seguridad Industrial y la Seguridad Operativa. Los materiales debenseleccionarse de acuerdo con lo establecido en la presente Norma, y con lo indicado en aquellas a las que se\u00a0haga referencia. Asimismo, los materiales deben utilizarse de acuerdo a las recomendaciones del fabricante\u00a0o\u00a0proveedor.<\/p>\n<p><strong>6.1. Requisitos generales<\/strong><\/p>\n<p>Los materiales de los Ductos y sus Componentes deben cumplir con los requisitos del Dise\u00f1o, as\u00ed como:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Mantener su integridad estructural y propiedades mec\u00e1nicas de acuerdo con las condiciones\u00a0previstas de temperatura y otras condiciones del medio ambiente;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Ser qu\u00edmicamente compatibles con el gas que se Transporte, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Ser compatibles con cualquier otro material que est\u00e9 en contacto con el Ducto.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>6.2. Tuber\u00eda de acero al carbono<\/strong><\/p>\n<p>Las Tuber\u00edas de acero deben cumplir con los requisitos de la presente Norma y estar fabricados de\u00a0acuerdo con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o\u00a0est\u00e1ndares internacionales vigentes, por ejemplo alguna de las siguientes, equivalentes o superiores:<\/p>\n<p><strong>ISO 3183 Petroleum and natural gas industries.-\u00a0<\/strong>Steel pipe for pipeline transportation systems, la\u00a0versi\u00f3n\u00a0vigente para la etapa en la que se encuentre.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>API 5L.-<\/strong>\u00a0Specification for line pipe, la versi\u00f3n vigente para la etapa en la que se encuentre.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 106.-<\/strong>\u00a0Standard Specification for Seamless Carb\u00f3n Steel Pipe for High-Temperature Service, la\u00a0versi\u00f3n vigente para la etapa en la que se encuentre.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 333\/A 333M.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Seamless and Welded Steel Pipe for Low-Temperature\u00a0Service, la versi\u00f3n vigente para la etapa en la que se encuentre.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 381.-<\/strong>\u00a0Standard Specification for Metal-Arc-Welded Steel Pipe for Use With High-Pressure\u00a0Transmission Systems, la versi\u00f3n vigente para la etapa en la que se encuentre.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 672.-<\/strong>\u00a0Standard Specification for Electric-Fusion-Welded Steel Pipe for High-Pressure Service at\u00a0Moderate Temperatures, la versi\u00f3n vigente para la etapa en la que se encuentre.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 691.-<\/strong>\u00a0Standard Specification for Carb\u00f3n and Alloy Steel Pipe, Electric-Fusion-Welded for\u00a0High-Pressure Service at High Temperatures, la versi\u00f3n vigente para la etapa en la que se encuentre.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 53.-<\/strong>\u00a0Standard specification for pipe, steel, black and hot dipped, zinc coated welded and\u00a0seamless, la versi\u00f3n vigente para la etapa en la que se encuentre.<\/p>\n<p><strong>6.3. Las v\u00e1lvulas<\/strong><\/p>\n<p>Deben cumplir con los requisitos especificados en cualquiera de las siguientes normas, c\u00f3digos o\u00a0est\u00e1ndares, por ejemplo cualquiera de las siguientes, equivalentes o superiores:<\/p>\n<p><strong>API 6D.-<\/strong>\u00a0Specification for Pipeline and Piping valves.<\/p>\n<p><strong>ISO 14313.-<\/strong>\u00a0Petroleum and natural gas industries-Pipeline transportation systems-Pipeline valves.<\/p>\n<p><strong>ISO 14723.-<\/strong>\u00a0Petroleum and natural gas industries-Pipeline transportation systems-Subsea pipeline valves.<\/p>\n<p><strong>ASME B16.33.-<\/strong>\u00a0Manually Operated Metallic gas Valves for Use in gas Piping Systems up to 125 psi\u00a0(Sizes\u00a0NPS 1\/2 Through NPS 2).<\/p>\n<p><strong>ASME B16.34.-<\/strong>\u00a0Valves-Flanged, Threaded, and Welded End.<\/p>\n<p><strong>ASME B16.38.-<\/strong>\u00a0Large Metallic Valves for gas Distribution (Manually Operated, NPS 21\/2 to 12, 125 psig\u00a0Maximum).<\/p>\n<p><strong>6.4.\u00a0Las bridas<\/strong><\/p>\n<p>Deben cumplir con los requisitos especificados en cualquiera de las siguientes normas, c\u00f3digos o\u00a0est\u00e1ndares, que resulten aplicables, equivalentes o superiores.<\/p>\n<p><strong>ISO 15590-3.-<\/strong>\u00a0Petroleum and natural gas Industries Induction bends, fittings and flanges for pipeline\u00a0transportation systems Part 3: Flanges.<\/p>\n<p><strong>ISO 7005-1.-<\/strong>\u00a0Steel flanges for industrial and general service piping systems.<\/p>\n<p><strong>MSS SP-44.-\u00a0<\/strong>Steel pipe flanges.<\/p>\n<p><strong>6.5.\u00a0Componentes de los Ductos<\/strong><\/p>\n<p>Deben cumplir con los requisitos especificados en cualquiera de las siguientes normas, c\u00f3digos o\u00a0est\u00e1ndares, que resulten aplicables, equivalentes o superiores.<\/p>\n<p><strong>ISO 15590-2.-\u00a0<\/strong>Petroleum and natural gas industries-Induction bends, fittings and flanges for pipeline\u00a0transportation systems.<\/p>\n<p><strong>ASME B16.9.-<\/strong>\u00a0Factory made wrought steel butt-welding fittings.<\/p>\n<p><strong>MSS SP-75.-<\/strong>\u00a0Specification for high test wrought but welding fitting.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 193.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Alloy-Steel and Stainless Steel Bolting for High Temperature or\u00a0High Pressure Service and Other Special Purpose Applications.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 320.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Alloy-Steel and Stainless Steel Bolting for Low-Temperature\u00a0Service.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 354.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Quenched and Tempered Alloy Steel Bolts, Studs, and Other\u00a0Externally Threaded Fasteners.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 194.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Carbon Steel, Alloy Steel, and Stainless Steel Nuts for Bolts for\u00a0High Pressure or High Temperature Service, or Both.<\/p>\n<p><strong>ASTM A 307.-\u00a0<\/strong>Standard Specification for Carbon Steel Bolts, Studs, and Threaded Rod 60000 PSI\u00a0Tensile\u00a0Strength.<\/p>\n<p><strong>6.6.\u00a0Tuber\u00eda no met\u00e1lica<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Las Tuber\u00edas y accesorios de Polietileno, Tuber\u00edas y accesorios de poliamida sin plastificante,\u00a0Componentes de Ducto.<\/p>\n<p>Las conexiones y\/o accesorios empleados en la construcci\u00f3n de un Sistema de Transporte con poliamida\u00a0deben ser fabricadas de acuerdo a las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos\u00a0o est\u00e1ndares internacionales vigentes, por ejemplo: ISO 16486-3.<\/p>\n<p><strong>6.7.\u00a0Tuber\u00eda y accesorios de polietileno<\/strong><\/p>\n<p>Las Tuber\u00edas y accesorios de polietileno deben cumplir con los requisitos especificados en cualquiera de\u00a0las siguientes normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares, equivalentes o superiores, que resulten aplicables, equivalentes\u00a0o superiores.<\/p>\n<p><strong>NMX-E-043-SCFI-2002.-<\/strong>\u00a0Industria del pl\u00e1stico-Tubos de polietileno (PE) para la conducci\u00f3n de Gas\u00a0Natural (GN) y gas licuado de petr\u00f3leo (GLP)\u00e2especificaciones.<\/p>\n<p><strong>ISO 4437: 2007.-<\/strong>\u00a0Buried polyethylene (PE) pipes for the supply of gaseous fuel\u00e2Metric series\u00e2Specification.<\/p>\n<p><strong>ISO 13949-97.-<\/strong>\u00a0Method for the assessment of the degree of pigment dispersion in polyolefin pipes, fittings\u00a0and compounds.<\/p>\n<p><strong>ASTM D2513 &#8211; 12ae1.-<\/strong>\u00a0Standard Specification for Polyethylene (PE) gas Pressure Pipe, Tubing, and\u00a0Fittings.<\/p>\n<p><strong>ASTM F 714-00.-<\/strong>\u00a0Standard Specification for Polyethylene (PE) Plastic Pipe (SDR-PR) Based on Outside\u00a0Diameter.<\/p>\n<p><strong>ASTM F 1589-95.-<\/strong>\u00a0Test method for determination of the critical pressure for rapid crack propagation in\u00a0plastic pipe.<\/p>\n<p><strong>6.8.\u00a0Poliamida sin plastificante<\/strong><\/p>\n<p>Las Tuber\u00edas y accesorios de poliamida sin plastificante deben cumplir con los requisitos especificados en\u00a0cualquiera de las siguientes normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares, equivalentes o superiores que resulten aplicables,\u00a0equivalentes o superiores.<\/p>\n<p><strong>NMX-X-047-SCFI-2014.-<\/strong>\u00a0Industria del gas-Ductos y conexiones de poliamida sin plastificante (PA-U) para\u00a0la conducci\u00f3n de Gas Natural (GN).\u00a0Especificaciones y m\u00e9todos de prueba.<\/p>\n<p><strong>ISO 16486.-<\/strong>\u00a0Plastics piping systems for the supply of gaseous fuels-Unplasticized polyamide (PA-U) piping\u00a0systems with fusion jointing and mechanical jointing.<\/p>\n<p><strong>ASTM F2785\u00a0&#8211;\u00a012.-<\/strong>\u00a0Standard Specification for Polyamide 12 gas Pressure Pipe, Tubing, and Fittings.<\/p>\n<p><strong>ASTM F2945\u00a0&#8211;\u00a012a.-<\/strong>\u00a0Standard Specification for Polyamide 11 gas Pressure Pipe, Tubing, and Fittings.<\/p>\n<p><strong>6.9.\u00a0Componentes de los Ductos<\/strong><\/p>\n<p>Las conexiones y\/o accesorios empleados en la construcci\u00f3n de un Sistema de Transporte con poliamida\u00a0deber\u00e1n ser fabricadas de acuerdo a las Normas Oficiales Mexicanas, y a falta de \u00e9stas con las normas,\u00a0c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes aplicables, por ejemplo: ISO 16486-3:2012.<\/p>\n<p><strong>6.10.\u00a0Registro de materiales<\/strong><\/p>\n<p>Todos los materiales deben tener su reporte de pruebas de materiales y deben ser rastreables con\u00a0respecto a \u00e9ste durante toda el Ciclo de vida de la Instalaci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li><strong>Dise\u00f1o<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.1.\u00a0Requisitos generales<\/strong><\/p>\n<p>El Dise\u00f1o de un Sistema de Transporte debe incluir como m\u00ednimo: El diagrama de flujo, los planos del\u00a0proyecto, las normas y especificaciones t\u00e9cnicas, la memoria de c\u00e1lculo y la informaci\u00f3n b\u00e1sica de los\u00a0diferentes aspectos considerados en el Dise\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>7.1.1.\u00a0<\/strong>Los Ductos se deben dise\u00f1ar con un espesor de pared suficiente, para soportar la presi\u00f3n interna y\u00a0los esfuerzos a los cuales estar\u00e1n expuestos durante y despu\u00e9s de su instalaci\u00f3n, en conformidad con los\u00a0numerales 7.8, 7.14 y 7.20 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>7.1.2.\u00a0<\/strong>En el Dise\u00f1o de los Ductos se deben considerar, como m\u00ednimo, aspectos como:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Caracter\u00edsticas f\u00edsicas y qu\u00edmicas del gas. Para el caso de Gas Natural, se debe considerar lo\u00a0establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SECRE-2010, Especificaciones del Gas Natural,\u00a0o la que la modifique o sustituya;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>b)<\/strong>Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n (PMO), y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>M\u00e1xima temperatura de operaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.2.\u00a0Cargas adicionales<\/strong><\/p>\n<p>En el Dise\u00f1o de los Ductos se deben considerar las cargas externas relacionadas con el medio ambiente y\u00a0condiciones operativas, tales como:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cargas vivas, como son el peso del gas (considerar el peso del agua para efecto del c\u00e1lculo), nieve,\u00a0hielo y viento, entre otros;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cargas por tr\u00e1fico c\u00edclico de veh\u00edculos;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Cargas muertas como: El peso de los Ductos, recubrimientos, rellenos, v\u00e1lvulas y otros accesorios\u00a0no soportados;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Esfuerzos provocados por sismos;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Vibraci\u00f3n y\/o resonancia;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Esfuerzos provocados por asentamientos o derrumbes en regiones de suelos inestables;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>Efectos de contracci\u00f3n y expansi\u00f3n t\u00e9rmica;<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>Movimiento de los equipos conectados al Ducto;<\/li>\n<li><strong>i)<\/strong>Esfuerzos provocados por corrientes fluviales o pluviales;<\/li>\n<li><strong>j)<\/strong>Esfuerzos provocados en los cruces con v\u00edas de comunicaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>k)<\/strong>Factor de seguridad por densidad de poblaci\u00f3n (F), para Ductos de acero, en conformidad con el\u00a0numeral 7.11 de la presente Norma;<\/li>\n<li><strong>l)<\/strong>Factor por eficiencia de junta longitudinal soldada (E), en conformidad con el numeral 7.12 de la\u00a0presente Norma, y<\/li>\n<li><strong>m)<\/strong>Espesor adicional por desgaste natural o margen de corrosi\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.3.\u00a0Selecci\u00f3n de la ruta de los Ductos<\/strong><\/p>\n<p>Para la selecci\u00f3n del Dise\u00f1o del trazo de la ruta de los Ductos, la zona m\u00ednima que debe tomarse en\u00a0consideraci\u00f3n, es una franja de 500 metros a cada lado del trazo, para las caracter\u00edsticas y requerimientos del\u00a0dise\u00f1o, construcci\u00f3n, pre-arranque, operaci\u00f3n, mantenimiento, cierre y desmantelamiento del Sistema\u00a0de\u00a0Transporte; se debe tomar en consideraci\u00f3n la presencia de las \u00e1reas urbanas e industriales existentes\u00a0en la\u00a0ruta.<\/p>\n<p><strong>7.3.1.\u00a0<\/strong>Los factores a considerar dentro de la franja de 500 metros a cada lado, para la selecci\u00f3n de la ruta\u00a0y sus posibles modificaciones deber\u00e1n ser como m\u00ednimo los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Seguridad al p\u00fablico en general y al personal que se ubique dentro o cerca a las Instalaciones del\u00a0Sistema de Transporte;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Protecci\u00f3n al medio ambiente y de las \u00c1reas Naturales Protegidas;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Cruces con v\u00edas de comunicaci\u00f3n, cruces con cuerpos de agua, entre otros cruces como una obra\u00a0especial, debido a que requieren de consideraciones espec\u00edficas para su dise\u00f1o y construcci\u00f3n dado\u00a0que interrumpen la instalaci\u00f3n de la l\u00ednea regular;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Condiciones geot\u00e9cnicas, hidrogr\u00e1ficas y corrosividad del suelo;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Requerimientos espec\u00edficos para las etapas de dise\u00f1o, construcci\u00f3n, pre-arranque, operaci\u00f3n,\u00a0mantenimiento, cierre y desmantelamiento del Sistema de Transporte;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Normatividad aplicable, requerimientos del orden municipal, estatal o federal, e<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>Instalaciones futuras, incluidas Instalaciones propias o de otros Sistemas de Transporte.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.3.2.\u00a0<\/strong>Todos los levantamientos realizados durante la etapa de dise\u00f1o, para la selecci\u00f3n y trazo de la ruta,\u00a0deben estar referenciados y apoyados en herramientas para Sistemas de Informaci\u00f3n Geogr\u00e1fica, lo anterior\u00a0conforme a la Norma T\u00e9cnica para el Sistema Geod\u00e9sico Nacional, emitida por el Instituto Nacional de\u00a0Estad\u00edstica y Geograf\u00eda, publicada el jueves 23 de diciembre de 2010 en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n o\u00a0aquella que la modifique o sustituya.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>7.4.\u00a0Determinaci\u00f3n de la clase de localizaci\u00f3n y Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)<\/strong><\/p>\n<p>La determinaci\u00f3n de la Clase de Localizaci\u00f3n debe estar en conformidad con el \u00c1rea unitaria del Sistema\u00a0de Transporte y de acuerdo con el numeral 7.5 de la presente Norma; la determinaci\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima\u00a0de operaci\u00f3n permisible (PMOP) debe efectuarse de acuerdo con el numeral 10.18.1 de la presente Norma.\u00a0Para cada Ducto se debe realizar un estudio de campo y gabinete para establecer:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La Clase de Localizaci\u00f3n real de todo el Sistema de Transporte, y la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n\u00a0permisible (PMOP);<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Que el Esfuerzo tangencial producido por la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP),\u00a0determinado de acuerdo con el numeral 7.14 de la presente Norma, corresponda a la Clase de\u00a0Localizaci\u00f3n, conforme a lo indicado en la Tabla 9 de la presente Norma, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>En caso de que un Ducto tenga una Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) que produzca\u00a0un Esfuerzo tangencial que no corresponda a su clase de localizaci\u00f3n, se deben adecuar las\u00a0condiciones de operaci\u00f3n consideradas en el Dise\u00f1o, de conformidad con lo establecido en el\u00a0numeral 10.19.1 de la presente Norma.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.5.<\/strong>\u00a0\u00a0<strong>Clases de localizaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Las clases de localizaci\u00f3n por donde pasar\u00e1 un Ducto deben ser en conformidad con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Clase de localizaci\u00f3n 1. Lugares expuestos a la actividad humana poco frecuente sin presencia\u00a0humana permanente. Esta Clase de Localizaci\u00f3n refleja \u00e1reas de dif\u00edcil acceso, como los desiertos y\u00a0regiones de la tundra;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Clase de localizaci\u00f3n 2. El \u00c1rea unitaria que cuenta con diez o menos construcciones ocupadas por\u00a0personas y\/o lugares con una densidad de poblaci\u00f3n inferior a 50 habitantes por kil\u00f3metro cuadrado.\u00a0Esta Clase de Localizaci\u00f3n refleja \u00e1reas como tierras bald\u00edas, tierras de pastoreo, tierras agr\u00edcolas y\u00a0otras zonas escasamente pobladas;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Clase de Localizaci\u00f3n 3. El \u00c1rea unitaria con m\u00e1s de diez y hasta cuarenta y cinco construcciones\u00a0ocupadas por personas y\/o lugares con una densidad de poblaci\u00f3n de 50 personas o m\u00e1s, pero\u00a0menos de 250 personas por kil\u00f3metro cuadrado, con m\u00faltiples viviendas, con hoteles o edificios de\u00a0oficinas donde no m\u00e1s de 50 personas pueden reunirse regularmente y con industrias dispersas.\u00a0Esta Clase de Localizaci\u00f3n refleja \u00e1reas donde la densidad de poblaci\u00f3n es intermedia entre la Clase\u00a0de Localizaci\u00f3n 2 y la Clase de Localizaci\u00f3n 4, tales como las zonas marginales ubicadas alrededor\u00a0de las ciudades y pueblos, ranchos y fincas;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Clase de Localizaci\u00f3n 4. El \u00c1rea unitaria que cuenta con cuarenta y seis construcciones o m\u00e1s\u00a0ocupadas por personas y\/o lugares con una densidad poblacional de 250 personas o m\u00e1s por\u00a0kil\u00f3metro cuadrado, excepto donde prevalezca una Clase de Localizaci\u00f3n 5. Esta Clase de\u00a0Localizaci\u00f3n refleja zonas donde existan desarrollos urbanos, zonas residenciales, zonas industriales\u00a0y otras \u00e1reas pobladas que no est\u00e9n incluidas en la Clase de Localizaci\u00f3n 5;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Clase de localizaci\u00f3n 5. Cuando adem\u00e1s de las condiciones presentadas en una Clase de\u00a0Localizaci\u00f3n 4, prevalece alguna de las caracter\u00edsticas siguientes:<\/li>\n<li>Construcciones de cuatro o m\u00e1s niveles incluyendo la planta baja;<\/li>\n<li>V\u00edas de comunicaci\u00f3n con tr\u00e1nsito intenso o masivo, e<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Instalaciones subterr\u00e1neas de servicios prioritarios o estrat\u00e9gicas para la zona urbana.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>f)<\/strong>La determinaci\u00f3n de las clases de localizaci\u00f3n basada en la actividad humana consiste en evaluar el\u00a0grado de exposici\u00f3n del Ducto a da\u00f1os y por consiguiente a la seguridad y protecci\u00f3n de las\u00a0personas, el medio ambiente y las Instalaciones. Los Regulados deben determinar la densidad de\u00a0poblaci\u00f3n por kil\u00f3metro cuadrado a lo largo de la trayectoria del Sistema de Transporte por Ducto,\u00a0tomando como referencia el censo de poblaci\u00f3n y vivienda actual emitido por el Instituto Nacional\u00a0de\u00a0Estad\u00edstica y Geograf\u00eda y\/o en su caso en los diversos programas existentes en materia deordenamiento territorial, as\u00ed como herramientas para SIG (Sistema de Informaci\u00f3n Geogr\u00e1fica);<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>La zona se debe dividir en \u00e1reas unitarias continuas para determinar la clasificaci\u00f3n por Clase de\u00a0Localizaci\u00f3n, la cual comprende una secci\u00f3n de 1600 metros de longitud en la ruta del Ducto y 200\u00a0metros a cada lado del eje del Ducto; las \u00e1reas unitarias deben incluir el m\u00e1ximo n\u00famero de\u00a0edificaciones destinados a la ocupaci\u00f3n humana acorde a la Clase de Localizaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>La longitud del \u00c1rea unitaria podr\u00e1 reducirse cuando se justifique la existencia de barreras f\u00edsicas o\u00a0de otros factores que limitar\u00e1n la extensi\u00f3n de las zonas m\u00e1s densamente pobladas de una distancia\u00a0total menor de 1600 metros, y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>i)<\/strong>Los requisitos de la Clase de Localizaci\u00f3n 5 se aplicar\u00e1n tambi\u00e9n a los Ductos de clases de\u00a0localizaci\u00f3n 3 y 4, cuando est\u00e9n cerca lugares de reuni\u00f3n p\u00fablica con concentraci\u00f3n de personas\u00a0como iglesias, escuelas, edificios de vivienda, hospitales o \u00e1reas recreativas. La concentraci\u00f3n de las\u00a0personas antes mencionadas, est\u00e1 destinada a los grupos de 20 o m\u00e1s personas en un \u00e1rea exterior,\u00a0as\u00ed como en un edificio.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.6.\u00a0Separaci\u00f3n de Ductos con otras Instalaciones subterr\u00e1neas<\/strong><\/p>\n<p>La separaci\u00f3n entre Ductos dentro de la misma zanja debe ser de 1 m como m\u00ednimo y la separaci\u00f3n entre\u00a0Ductos en diferente zanja debe ser de 2 m como m\u00ednimo de pa\u00f1o a pa\u00f1o. Cuando no sea posible lograr las\u00a0distancias m\u00ednimas indicadas entre Ductos, la distancia debe ser determinada de acuerdo a un estudio\u00a0espec\u00edfico considerando, cargas, identificaci\u00f3n de la localizaci\u00f3n del Ducto, estabilidad del terreno,\u00a0canalizaciones de l\u00edneas el\u00e9ctricas y que no se afecten los sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica de los Ductos\u00a0entre otros.<\/p>\n<p>En el caso de que, durante el proceso de Construcci\u00f3n del Ducto, no sea posible mantener la separaci\u00f3n\u00a0mencionada en el p\u00e1rrafo anterior debido a una infraestructura existente (energ\u00e9tica, hidr\u00e1ulica,\u00a0telecomunicaciones, Ductos de servicios, entre otros), se deben tomar medidas para proteger a los Ductos de\u00a0agentes externos y asegurar el acceso a los mismos para fines de mantenimiento, para lo cual deben\u00a0instalarse registros, divisiones o protecciones constituidas por materiales con caracter\u00edsticas t\u00e9rmicas,\u00a0diel\u00e9ctricas y aislantes adecuadas que brinden la protecci\u00f3n m\u00e1s segura de conformidad con lo establecido en\u00a0las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales\u00a0vigentes aplicables.<\/p>\n<p><strong>7.6.1.\u00a0<\/strong>Distancias m\u00ednimas del Ducto a otras construcciones<\/p>\n<p>El tendido de los Ductos del Sistema de Transporte debe realizarse de forma que:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Se tenga f\u00e1cil acceso a todos sus Componentes, por ejemplo, v\u00e1lvulas, estaciones de regulaci\u00f3n y\u00a0medici\u00f3n, trampas de env\u00edo de diablos y registros, entre otros, con el objeto de dar una adecuada\u00a0operaci\u00f3n y mantenimiento, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Se observen distancias m\u00ednimas respecto de otras Instalaciones, \u00e1reas de Almacenamiento de\u00a0sustancias inflamables o peligrosas, derechos de v\u00eda de otros servicios, edificaciones y zonas\u00a0urbanas, con objeto de minimizar el Riesgo de Incidentes y Accidentes e impacto a la poblaci\u00f3n, al\u00a0medio ambiente y a las Instalaciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Por lo anterior, con relaci\u00f3n a la franja de seguridad del Ducto, se deben tomar las medidas siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>No se debe invadir derechos de v\u00eda de otros servicios como por ejemplo una carretera o ferrocarril,\u00a0salvo cuando la franja de seguridad del Ducto lo comparta con otros Ductos, o dado el caso en el que\u00a0por la ubicaci\u00f3n del usuario final del Sistema de Transporte se ubique en zona urbana y\/o parques\u00a0industriales en cuyo caso se deben solicitar las autorizaciones correspondientes a las dependencias\u00a0competentes y concesionarias, seg\u00fan sea el caso;<\/li>\n<li>Debe guardar una distancia m\u00ednima de 10 metros de cualquier edificaci\u00f3n, con objeto de\u00a0proporcionar una zona de amortiguamiento y de maniobras de Emergencia en caso de presentarse\u00a0un Incidente o Accidente;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Debe situarse a no menos de 15 metros de cualquier Instalaci\u00f3n donde se almacenen sustancias\u00a0peligrosas o inflamables, y<\/p>\n<ol>\n<li>Debe situarse a m\u00e1s de 50 metros de centros de reuni\u00f3n como hospitales, escuelas, guarder\u00edas\u00a0infantiles, salas de concierto, iglesias, centros de convenci\u00f3n y parques recreativos, entre otros\u00a0lugares de concentraci\u00f3n de personas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.6.2.\u00a0<\/strong>Requisitos para Ductos en la proximidad de l\u00edneas de conducci\u00f3n el\u00e9ctrica<\/p>\n<p>Se deben considerar como m\u00ednimo, los siguientes criterios de dise\u00f1o para Ductos ubicados cerca de l\u00edneas\u00a0de conducci\u00f3n el\u00e9ctricas:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Incorporar los criterios de dise\u00f1o establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas\u00a0con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes en la materia;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Implementar medidas para evitar que las corrientes de falla que resulten de descargas el\u00e9ctricas o\u00a0anomal\u00edas de equipo el\u00e9ctrico resulten en condiciones de peligro al personal o da\u00f1o al recubrimiento\u00a0y Ducto. Estos efectos adversos pueden ocurrir cuando un Ducto se encuentra cerca de\u00a0Instalaciones de aterrizado de las estructuras de l\u00edneas de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica, subestaciones,\u00a0centrales de generaci\u00f3n el\u00e9ctrica, y otras Instalaciones que tienen redes de tierras con elevadas\u00a0corrientes de falla;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>c)<\/strong>Implementar medidas para proteger a los Ductos de gradientes de voltaje que se encuentren cerca\u00a0de redes de tierra cercanas a los Ductos;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Implementar medidas para reducir a niveles aceptables mediante dispositivos, los potenciales\u00a0el\u00e9ctricos a que est\u00e1n sujetos los Ductos que corren paralelos a l\u00edneas de transmisi\u00f3n de corriente\u00a0alterna;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Implementar medidas para reducir y mitigar los efectos el\u00e9ctricos en Ductos instalados en la\u00a0proximidad de l\u00edneas de transmisi\u00f3n de corriente directa y equipo auxiliar, e<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Implementar medidas para mitigar aspectos sobre corrosi\u00f3n, descargas el\u00e9ctricas, interferencia\u00a0el\u00e9ctrica y seguridad del personal.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.6.2.1.<\/strong>\u00a0La separaci\u00f3n entre un Ducto de Transporte y la pata o sistema de tierras de la estructura de una\u00a0l\u00ednea de transmisi\u00f3n, debe ser como m\u00ednimo de 15 metros para l\u00edneas de transmisi\u00f3n de 400 kV y 10 metros\u00a0para l\u00edneas de transmisi\u00f3n de 230 kV o menores.<\/p>\n<p><strong>7.6.2.2.<\/strong>\u00a0Cuando no sea posible lograr las distancias m\u00ednimas indicadas se debe realizar un estudio\u00a0espec\u00edfico de manera previa como posterior a la instalaci\u00f3n del Ducto para reforzar el recubrimiento diel\u00e9ctrico\u00a0del Ducto donde sea necesario y mantener la seguridad del personal operativo del Sistema de Transporte por\u00a0Ducto, as\u00ed como la integridad mec\u00e1nica del propio Sistema.\u00a0Por ning\u00fan motivo la distancia debe ser menor de\u00a03 metros.<\/p>\n<p><strong>7.7.\u00a0Profundidad m\u00ednima<\/strong><\/p>\n<p>Para Ductos enterrados, la profundidad m\u00ednima medida del lomo del Ducto hasta la superficie debe cumplir\u00a0con lo que indica la Tabla 1 siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 1.- Profundidad m\u00ednima<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">Localizaci\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Suelo normal<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Roca<br \/>\nconsolidada<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">Cent\u00edmetros (al lomo del Ducto)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Clase de localizaci\u00f3n 1, 2 y 3<\/div>\n<div class=\"Texto\">Clase de localizaci\u00f3n 4 y 5<\/div>\n<div class=\"Texto\">Cruzamiento con carreteras y zanjas de drenaje en caminos\u00a0p\u00fablicos<\/div>\n<div class=\"Texto\">Cruces de ferrocarril<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">60<\/div>\n<div class=\"Texto\">75<\/div>\n<div class=\"Texto\">90<\/div>\n<div class=\"Texto\">120<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">45<\/div>\n<div class=\"Texto\">60<\/div>\n<div class=\"Texto\">60<\/div>\n<div class=\"Texto\">120<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>7.7.1.\u00a0<\/strong>Cuando los requerimientos de profundidad m\u00ednima no puedan ser cumplidos o donde las cargas\u00a0externas sean excesivas, el Ducto debe ser encamisado o dise\u00f1ado para soportar la carga externa.<\/p>\n<p>En las \u00e1reas donde se puedan llevar a cabo actividades agr\u00edcolas que requieran de arado profundo, en\u00a0\u00e1reas sujetas a erosi\u00f3n, o en \u00e1reas donde se planea la construcci\u00f3n de carreteras, v\u00edas de ferrocarril, entre\u00a0otras, se deber\u00e1 considerar protecci\u00f3n adicional o enterrar el Ducto a una mayor profundidad.<\/p>\n<p><strong>7.7.2.\u00a0<\/strong>Los Ductos que se instalen en un r\u00edo navegable, cuerpo de agua o en puerto mar\u00edtimo deben tener\u00a0una profundidad cubierta m\u00ednima de 180 cm en suelo normal o 60 cm en roca consolidada.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Dise\u00f1o para Ductos de Acero<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.8.\u00a0Espesores de los Ductos<\/strong><\/p>\n<p>El c\u00e1lculo de los espesores de los Ductos de acero que transportan gas se determina de conformidad con\u00a0la f\u00f3rmula siguiente:<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4331\" src=\"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_61029.png\" alt=\"\" width=\"174\" height=\"33\" \/><\/p>\n<p><strong>Donde:<\/strong><\/p>\n<p>t =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Espesor de pared m\u00ednimo requerido, en mm (pulg). El espesor de pared adicional requerido\u00a0para\u00a0cargas adicionales ser\u00e1 determinado tomando lo establecido en el numeral 7.2 de la\u00a0presente\u00a0Norma.<\/p>\n<p>P =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Presi\u00f3n de dise\u00f1o, en kPa (lb\/pulg2).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>S =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Resistencia m\u00ednima a la cedencia en kPa (lb\/pulg2).<\/p>\n<p>D =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Di\u00e1metro exterior especificado para el Ducto, en mm (pulg).<\/p>\n<p>F =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Factor de dise\u00f1o determinado conforme con lo establecido en el numeral 7.11 (Tabla 2) de la\u00a0presente Norma.<\/p>\n<p>E =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Factor de eficiencia de junta longitudinal determinado conforme con lo establecido el numeral 7.12\u00a0(Tabla 3) de\u00a0la presente Norma.<\/p>\n<p>T =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Factor de correcci\u00f3n por temperatura determinado conforme con lo establecido en el numeral 7.13\u00a0(Tabla 4) de\u00a0la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>7.8.1.\u00a0<\/strong>Limitaci\u00f3n de valores en el dise\u00f1o de Ductos<\/p>\n<p>La presi\u00f3n de dise\u00f1o de un Ducto de acero se limita al 75% del valor determinado conforme lo establecido\u00a0en el numeral 7.8.1, si ha estado sujeto a expansi\u00f3n en fr\u00edo para alcanzar la (RMC) y ha sido calentada\u00a0posteriormente a una temperatura que exceda en alg\u00fan momento los 482 \u00b0 C o si el Ducto ha sido mantenido\u00a0por m\u00e1s de una hora a una temperatura superior a los 316 \u00b0 C, salvo que este calentamiento sea por soldadura\u00a0o relevado de esfuerzos.<\/p>\n<p><strong>7.9.\u00a0Resistencia m\u00ednima de cedencia o (RMC) para Ductos de acero<\/strong><\/p>\n<p>La (RMC) ser\u00e1 la establecida en la especificaci\u00f3n del Ducto.<\/p>\n<p><strong>7.10.\u00a0Espesor especificado<\/strong><\/p>\n<p>El espesor de los Ductos instalados no debe ser menor al espesor requerido por dise\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>7.11.\u00a0Factor de seguridad por densidad de poblaci\u00f3n (F), para Ductos de acero<\/strong><\/p>\n<p>El factor a utilizar en la f\u00f3rmula de Dise\u00f1o en el numeral 7.8 de la presente Norma, se determina de\u00a0acuerdo con lo indicado en la Tabla 2:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 2.- Factor de dise\u00f1o por densidad de poblaci\u00f3n<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Clase de Localizaci\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">2<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">3<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">4<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Ruta general<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.77<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.77<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.55<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.45<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Cruces e invasiones paralelas. Caminos\u00a0secundarios<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.77<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.77<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.55<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.45<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Cruces e invasiones paralelas. Caminos principales,v\u00edas de ferrocarril, canales, r\u00edos y lagos<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.55<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.45<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Trampas de diablos<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.55<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.45<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Ducto principal en estaciones y terminales<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.55<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.45<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Construcciones especiales, como ensamblesfabricados y Ducto en puentes<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.67<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.55<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.45<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El factor de 0.77 aplica s\u00f3lo para Ductos que Transporten Gas Natural seco, y debe atender a lo dispuesto\u00a0en el Ap\u00e9ndice C (Normativo) de la presente Norma.<\/p>\n<p>Para gases diferentes al Gas Natural considerados en la presente Norma, el Factor de Dise\u00f1o no debe ser\u00a0mayor a 0.77 de acuerdo a lo establecido en la Tabla 2 Factor de dise\u00f1o por densidad de poblaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>7.12.\u00a0Factor de eficiencia de junta longitudinal (E) para Ductos de acero<\/strong><\/p>\n<p>El factor de junta longitudinal que se utiliza en la f\u00f3rmula del numeral 7.8 de la presente Norma, se\u00a0determina de acuerdo con la Tabla 3 siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 3.- Factor de eficiencia de junta longitudinal soldada (E)<\/p>\n<div>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Especificaci\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Clase de Ducto<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Factor de junta<br \/>\nlongitudinal (E)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A53<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Sin costura<\/div>\n<div class=\"Texto\">Soldado por resistencia el\u00e9ctrica<\/div>\n<div class=\"Texto\">Soldado a tope en horno: Soldadura continua<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<div class=\"Texto\">0.60<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A106<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Sin costura<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<div>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A135<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Soldado por resistencia el\u00e9ctrica<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A139<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Soldado por fusi\u00f3n el\u00e9ctrica<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.80<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A211<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Ducto de acero soldado en espiral<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.80<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A333<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Sin costura<\/div>\n<div class=\"Texto\">Soldado por resistencia el\u00e9ctrica<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A381<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Soldado con doble arco sumergido<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A671<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Soldadura por fusi\u00f3n el\u00e9ctrica<\/div>\n<div class=\"Texto\">Clases 13, 23, 33, 43 y 53<\/div>\n<div class=\"Texto\">Clases 12, 22, 32, 42 y 52<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<div class=\"Texto\">0.80<\/div>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ASTM A672<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Soldadura por fusi\u00f3n el\u00e9ctrica<\/div>\n<div class=\"Texto\">Clases 13, 23, 33, 43 y 53<\/div>\n<div class=\"Texto\">Clases 12, 22, 32, 42 y 52<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<div class=\"Texto\">0.80<\/div>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ISO 3183\/API 5L<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Sin costura<\/div>\n<div class=\"Texto\">Soldado por resistencia el\u00e9ctrica<\/div>\n<div class=\"Texto\">Soldado por\u00a0\u00abflasheo\u00bb\u00a0el\u00e9ctrico<\/div>\n<div class=\"Texto\">Soldado con arco sumergido<\/div>\n<div class=\"Texto\">Soldado a tope en horno<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<div class=\"Texto\">1.00<\/div>\n<div class=\"Texto\">0.60<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Otra especificaci\u00f3n oespecificaci\u00f3n desconocida<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Ducto con di\u00e1metro nominal igual o mayor de 101.6 mm(4&#8243;)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.80<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Otra especificaci\u00f3n oespecificaci\u00f3n desconocida<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Ductos con di\u00e1metro nominal menor de 101.6 mm (4&#8243;)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.60<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>7.13.\u00a0Factor de correcci\u00f3n por temperatura (T) para Ductos de acero<\/strong><\/p>\n<p>El factor de correcci\u00f3n por temperatura que se debe usar en la f\u00f3rmula de dise\u00f1o del numeral 7.8 de la\u00a0presente Norma, se determina de acuerdo con la Tabla 4 siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 4.- Factor de correcci\u00f3n por temperatura (T)<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Temperatura del gas<\/div>\n<div class=\"Texto\">K ( \u00b0C)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">T<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">394.26 o menor (121.11 \u00b0C)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.000<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">* 422.03 (148.88 \u00b0C)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.967<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">* 449.81 (176.66 \u00b0C)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.933<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">* 477.59 (204.44 \u00b0C)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.900<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">* 505.37 (232.22 \u00b0C)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.867<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>(*) Para temperaturas intermedias del gas, el factor de correcci\u00f3n por temperatura se determina por\u00a0interpolaci\u00f3n directa.<\/p>\n<p><strong>7.14.\u00a0Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo permitido<\/strong><\/p>\n<p>El Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo permitido se determina por medio de la siguiente f\u00f3rmula:<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4332\" src=\"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_67545.png\" alt=\"\" width=\"101\" height=\"37\" \/><\/p>\n<p><strong>Donde:<\/strong><\/p>\n<p>ST = Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo permisible en MPa (lb\/pulg2).<\/p>\n<p>P = Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n (PMO) en MPa (lb\/pulg2).<\/p>\n<p>D = Di\u00e1metro exterior del Ducto en mm (pulg).<\/p>\n<p>t = Espesor de pared en mm (pulg).<\/p>\n<p>Generalmente, el Esfuerzo tangencial, m\u00e1ximo permitido se establece como un porcentaje de la (RMC) de\u00a0acuerdo a lo siguiente:<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4333\" src=\"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_69452.png\" alt=\"\" width=\"187\" height=\"38\" \/><\/p>\n<ol>\n<li><strong>Dise\u00f1o para Ducto de Polietileno<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.15.\u00a0Dise\u00f1o para Ducto de Polietileno<\/strong><\/p>\n<p>Para los Ductos de polietileno se deben observar las especificaciones de la Norma Mexicana\u00a0NMX-E-043-SCFI-2002 o la que la modifique o sustituya.<\/p>\n<p><strong>7.16.\u00a0<\/strong>Cuando se utilice Ducto de polietileno para la conducci\u00f3n de gas, la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n\u00a0(PMO) del Ducto debe ser igual o menor a la presi\u00f3n de dise\u00f1o, la cual se determina con alguna de las\u00a0f\u00f3rmulas siguientes:<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4334\" src=\"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_72745.png\" alt=\"\" width=\"191\" height=\"94\" \/><\/p>\n<p><strong>Donde:<\/strong><\/p>\n<p>P =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0presi\u00f3n de dise\u00f1o en kPa (lb\/pulg2).<\/p>\n<p>Sh =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0resistencia hidrost\u00e1tica a largo plazo en kPa (lb\/pulg2), determinada a una de las siguientes\u00a0temperaturas: 296. K; 311 K; 322 K o 333 K, la cual debe ser la inmediata superior a la\u00a0temperatura de operaci\u00f3n del Ducto.<\/p>\n<p>t =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0espesor del Ducto en mm (pulg).<\/p>\n<p>D =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0di\u00e1metro exterior del Ducto en mm (pulg).<\/p>\n<p>SDR =\u00a0\u00a0\u00a0relaci\u00f3n del di\u00e1metro exterior promedio especificado entre el espesor de pared m\u00ednimo\u00a0especificado.<\/p>\n<p><strong>7.16.1.\u00a0<\/strong>Limitaciones de dise\u00f1o del Ducto de polietileno:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La presi\u00f3n de dise\u00f1o no debe exceder la presi\u00f3n manom\u00e9trica de 689 kPa (lb\/pulg2).<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>No se debe usar Ducto de polietileno cuando la temperatura de operaci\u00f3n del material sea menor de\u00a0244 K, o mayor que la temperatura a la cual se determin\u00f3 la resistencia hidrost\u00e1tica a largo plazo\u00a0(Sh) que se aplic\u00f3 en la f\u00f3rmula del inciso 7.16 para calcular la presi\u00f3n de dise\u00f1o. En ning\u00fan caso\u00a0puede exceder 353 K.<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>El espesor de pared del Ducto de polietileno no debe ser, bajo ninguna circunstancia menor a lo\u00a0establecido en la NMX-E-043-SCFI-2002 o la que la sustituya, para cada uno de los di\u00e1metros\u00a0establecidos en la misma norma.<\/li>\n<li><strong>Dise\u00f1o para Ductos de Poliamida<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.17.\u00a0<\/strong>Los Ductos\u00a0de poliamida sin plastificante deben\u00a0cumplir con los requisitos de la\u00a0presente Norma y\u00a0estar fabricados\u00a0de acuerdo con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas por\u00a0ejemplo: NMX-X-047-SCFI-2014,\u00a0Industria del gas-Tubos y conexiones de poliamida sin plastificante (PA-U)\u00a0para la conducci\u00f3n de Gas Natural (GN). Especificaciones y m\u00e9todos de prueba, o la que la modifique o\u00a0sustituya, y a falta de \u00e9stas con los est\u00e1ndares o c\u00f3digos internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>7.18.<\/strong>\u00a0Cuando se utilicen Ductos de poliamida sin plastificante para la conducci\u00f3n de gas, la Presi\u00f3n\u00a0m\u00e1xima de operaci\u00f3n (PMO) del Ducto debe ser igual o menor a la presi\u00f3n de dise\u00f1o que se determina con la\u00a0f\u00f3rmula siguiente:<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4335\" src=\"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_77046.png\" alt=\"\" width=\"115\" height=\"35\" \/><\/p>\n<p><strong>Donde:<\/strong><\/p>\n<p>P =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Presi\u00f3n de dise\u00f1o en MPa (lb\/pulg2).<\/p>\n<p>MRS =\u00a0\u00a0\u00a0esfuerzo m\u00ednimo requerido en MPa (lb\/pulg2).<\/p>\n<p>SDR =\u00a0\u00a0\u00a0relaci\u00f3n del di\u00e1metro exterior promedio especificado entre el espesor de pared m\u00ednimo\u00a0especificado.<\/p>\n<p>C =\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0factor de seguridad (2 o\u00a0mayor).<\/p>\n<p><strong>7.19.\u00a0Limitaciones de dise\u00f1o del Ducto de poliamida:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n (PMO) no debe exceder la presi\u00f3n manom\u00e9trica de 1,800 kPa (lb\/pul2) cuando el Ducto de poliamida se fabrique con una poliamida sin plastificante cuyo esfuerzo\u00a0m\u00ednimo requerido (MRS) sea igual a 18 y de 1,600 kPa (lb\/pul2) cuando el esfuerzo m\u00ednimo requerido\u00a0(MRS) sea igual a 16;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>No se deben utilizar Ductos de poliamida cuando la temperatura de operaci\u00f3n del material sea\u00a0inferior a 233 K, o mayor que la temperatura de 353 K, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>El espesor de pared del Ducto de poliamida sin plastificante no puede ser, bajo ninguna\u00a0circunstancia, menor a lo establecido en la NMX-X-047-SCFI-2014,\u00a0Industria del gas-Tubos y\u00a0conexiones de poliamida sin plastificante (PA-U) para la conducci\u00f3n de Gas Natural (GN).\u00a0Especificaciones y m\u00e9todos de prueba, o la que la modifique o sustituya, para cada uno de los\u00a0di\u00e1metros establecidos en la misma norma.<\/li>\n<li><strong>Componentes del Sistema de Transporte<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.20.\u00a0Especificaciones t\u00e9cnicas y requerimientos de seguridad<\/strong><\/p>\n<p>Esta secci\u00f3n establece las especificaciones t\u00e9cnicas y los requerimientos m\u00ednimos sobre seguridad que\u00a0deben satisfacer los Componentes del Sistema de Transporte, as\u00ed como los requerimientos para la protecci\u00f3n\u00a0contra sobrepresiones accidentales y proporciona:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Especificaciones y selecci\u00f3n de las partes y accesorios de los Ductos de Transporte;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>M\u00e9todos adecuados para hacer las conexiones de los ramales;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Consideraciones relativas a los efectos por cambios de temperatura, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>M\u00e9todos adecuados para soportar y dar anclaje a los Ductos, ya sean expuestos o enterrados.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.21.\u00a0Requisitos generales<\/strong><\/p>\n<p>Cada Componente de un Ducto debe resistir la presi\u00f3n de operaci\u00f3n y otras cargas previsibles, sin afectar\u00a0su capacidad de servicio.<\/p>\n<p>Los Componentes deben contar con sus correspondientes reportes de pruebas de materiales y sus\u00a0respectivos informes de resultados de pruebas emitidos en t\u00e9rminos de la Ley Federal sobre Metrolog\u00eda y\u00a0Normalizaci\u00f3n y su Reglamento.<\/p>\n<p><strong>7.22.\u00a0V\u00e1lvulas<\/strong><\/p>\n<p>Todas las v\u00e1lvulas deben satisfacer los requerimientos establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas y\u00a0a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes. Las v\u00e1lvulas deben utilizarse\u00a0bajo las especificaciones correspondientes de fabricaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>7.23.\u00a0Bridas y sus accesorios<\/strong><\/p>\n<p>Las bridas y sus accesorios deben cumplir con los requerimientos establecidos en las Normas Oficiales\u00a0Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>7.23.1.\u00a0<\/strong>Los ensambles bridados deben resistir la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) del\u00a0Sistema de Transporte y mantener sus propiedades f\u00edsicas y qu\u00edmicas a cualquier temperatura a la que se\u00a0prev\u00e9 puedan llegar a estar sujetos en servicio.<\/p>\n<p><strong>7.24.\u00a0Accesorios est\u00e1ndar<\/strong><\/p>\n<p>El espesor m\u00ednimo de pared de los accesorios roscados debe ser igual o mayor al especificado para las\u00a0presiones y temperaturas se\u00f1aladas en las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas,\u00a0c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>7.24.1.\u00a0<\/strong>Cada accesorio de acero soldable a tope, debe soportar rangos de resistencias a presi\u00f3n y<\/p>\n<p>temperatura iguales a las que tendr\u00eda un Ducto del mismo material o equivalente. En caso de que se tenga\u00a0que dise\u00f1ar un accesorio, la resistencia a la ruptura de \u00e9ste debe ser, al menos, igual a la resistencia a la\u00a0ruptura del material y espesor del Ducto seleccionada para crear dicho accesorio. Antes de incorporar el\u00a0accesorio, se debe probar un prototipo a la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) del Sistema\u00a0de\u00a0Transporte.<\/p>\n<p><strong>7.25.\u00a0Instalaciones para corridas de diablos<\/strong><\/p>\n<p>Los Ductos se deben dise\u00f1ar y construir para permitir el paso de dispositivos de inspecci\u00f3n interna y de\u00a0limpieza. Lo anterior no es aplicable a:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Ductos de proceso en estaciones de compresi\u00f3n, medici\u00f3n y\/o regulaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Ductos asociados con las Instalaciones de recepci\u00f3n o entrega;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Di\u00e1metros de Ducto para los cuales no existe un dispositivo instrumentado de inspecci\u00f3n interna, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Ductos interconectados a un Sistema de Distribuci\u00f3n cuya operaci\u00f3n est\u00e9 ligada a la de dicho\u00a0Sistema, que est\u00e9n instaladas en clases de localizaci\u00f3n 5.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los Ductos de acero al carb\u00f3n deben considerar en su dise\u00f1o y construcci\u00f3n la Instalaci\u00f3n de trampas de\u00a0env\u00edo y recibo de dispositivos de limpieza e inspecci\u00f3n interna para la evaluaci\u00f3n de la integridad del sistema.\u00a0Las trampas deben tener las dimensiones requeridas para la introducci\u00f3n de las partes o Componentes de\u00a0dichos dispositivos, en la secci\u00f3n de env\u00edo, y para la recepci\u00f3n y alojamiento, en las de recibo. Los equipos\u00a0de\u00a0inspecci\u00f3n interna deben ser elegidos de tal forma que sean capaces de detectar la mayor cantidad de\u00a0amenazas posibles al sistema y con los resultados obtenidos y las indicaciones detectadas se deben evaluar\u00a0la integridad mec\u00e1nica del Sistema de Transporte, aplicando las metodolog\u00edas de evaluaci\u00f3n existentes.\u00a0Eloperador debe mantener el historial y resultados de todas las corridas de inspecci\u00f3n interna durante la vida \u00fatil\u00a0del Sistema de Transporte.<\/p>\n<p>Cuando por razones t\u00e9cnicas se dise\u00f1en Ductos que no cuenten con Instalaciones de env\u00edo y recibo de\u00a0diablos, se deben establecer los m\u00e9todos de evaluaci\u00f3n de la integridad mec\u00e1nica de los Ductos de acuerdo a\u00a0la normatividad aplicable vigente, NOM-027-SESH-2010, Administraci\u00f3n de la integridad de ductos de\u00a0recolecci\u00f3n y Transporte de Hidrocarburos, o aquella que la modifique o sustituya.<\/p>\n<p><strong>7.26.\u00a0Perforaciones al Ducto<\/strong><\/p>\n<p>Cada accesorio mec\u00e1nico utilizado para realizar una perforaci\u00f3n a un Ducto en servicio, se debe\u00a0seleccionar, como m\u00ednimo, para soportar la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) del Sistema\u00a0de\u00a0Transporte de acuerdo a lo establecido en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>7.27.\u00a0Componentes prefabricados<\/strong><\/p>\n<p>Todo Componente debe cumplir con lo establecido en la presente Norma, as\u00ed como con las Normas\u00a0Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>7.27.1.\u00a0<\/strong>Los Ductos que van a operar a un esfuerzo equivalente mayor al 30% de la (RMC) no se deben\u00a0utilizar Componentes fuera de lo establecido en la presente Norma conocidos com\u00fanmente como, tapones,\u00a0punta de l\u00e1piz, c\u00e1scara de naranja, codos mitrados,\u00a0\u00abtee\u00bb\u00a0de inserto,\u00a0tapas a gajos y tapas de placa,\u00a0entre\u00a0otros.<\/p>\n<p><strong>7.28.\u00a0Conexiones para ramales<\/strong><\/p>\n<p>La conexi\u00f3n para un ramal, ya sea en forma de una conexi\u00f3n sencilla, o de un cabezal aislado o m\u00faltiple\u00a0como una serie de conexiones, se debe dise\u00f1ar de tal forma que la resistencia del Ducto no se vea\u00a0disminuida. Se deben aplicar los esfuerzos remanentes en la pared del Ducto debidos a las aberturas en \u00e9l o\u00a0en el cabezal, los esfuerzos de corte producidos por la presi\u00f3n que act\u00faa sobre el \u00e1rea del ramal abierto y\u00a0cualquier carga externa ocasionada por efectos t\u00e9rmicos, peso y vibraci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>7.29.\u00a0Salidas extruidas<\/strong><\/p>\n<p>Las salidas extruidas se deben dise\u00f1ar para las condiciones de servicio previstas y tener, cuando menos,\u00a0una resistencia igual a la de fabricaci\u00f3n del Ducto y de otros accesorios en el Ducto a la cual est\u00e1n integradas.<\/p>\n<p><strong>7.30.\u00a0Flexibilidad<\/strong><\/p>\n<p>El Sistema de Transporte se debe dise\u00f1ar con flexibilidad para evitar que la expansi\u00f3n o contracci\u00f3n\u00a0causen esfuerzos excesivos del Ducto o sus Componentes, como deformaciones, dobleces muy\u00a0pronunciados, cargas anormales en las uniones, fuerzas indeseables, momentos de palanca en puntos de\u00a0conexi\u00f3n al equipo o en los puntos de anclaje o gu\u00eda.<\/p>\n<p><strong>7.31.\u00a0Soportes y anclajes<\/strong><\/p>\n<p>El Ducto y su equipo asociado debe tener anclajes y soportes para:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Evitar esfuerzos excesivos al conectarla con equipos en operaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Resistir las fuerzas longitudinales causadas por una flexi\u00f3n o desviaci\u00f3n del Ducto;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Evitar o amortiguar la vibraci\u00f3n excesiva, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Resistir el impacto de transitorios en la operaci\u00f3n del Sistema de Transporte, tales como cambios\u00a0s\u00fabitos de presi\u00f3n, entre otros.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.31.1.\u00a0<\/strong>El Ducto superficial debe tener soportes o anclajes para proteger las uniones de los Ductos\u00a0sometidos a fuerzas causadas por presi\u00f3n interna o por cualquier otra fuerza adicional debida a la expansi\u00f3n,\u00a0contracci\u00f3n o por el peso del Ducto, los Componentes y sus contenidos.<\/p>\n<p><strong>7.31.2.\u00a0<\/strong>Los soportes o anclajes en un Ducto superficial se deben construir con material no combustible\u00a0resistente a las condiciones f\u00edsicas, qu\u00edmicas, biol\u00f3gicas y geomorfol\u00f3gicas del entorno y ser dise\u00f1ados e\u00a0instalados considerando lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Una libre expansi\u00f3n y contracci\u00f3n del Ducto entre soportes o anclajes;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Las condiciones de servicio involucradas, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Movimiento del Ducto que pudiera provocar desacoplamiento del equipo y del soporte.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.31.3.\u00a0<\/strong>Los soportes de un Ducto superficial, operado a un nivel de esfuerzo equivalente a 30% o m\u00e1s de\u00a0la (RMC) deben cumplir con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Evitar ser soldados directamente al Ducto;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Estar construidos con un elemento que circunde completamente al Ducto, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Cuando un elemento circundante se suelde al Ducto, la soldadura debe ser continua y cubrir la\u00a0totalidad de la circunferencia.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.31.4.\u00a0<\/strong>El Ducto subterr\u00e1neo que est\u00e9 conectado a otro Ducto de mayor rigidez u otro objeto fijo debe\u00a0tener flexibilidad para amortiguar posibles movimientos, expansiones, contracciones o vibraciones, y en su\u00a0caso tener el anclaje suficiente que limite el movimiento del Ducto. Asimismo, los Ductos subterr\u00e1neos donde\u00a0se conecten ramales nuevos deben tener cimientos firmes para el cabezal a fin de evitar movimientos\u00a0laterales y verticales que da\u00f1en los Ductos.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Estaciones de compresi\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.32.\u00a0Localizaci\u00f3n del \u00e1rea de compresi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Las estaciones de compresi\u00f3n se deben localizar en terrenos que est\u00e9n bajo el control del operador del\u00a0Sistema de Transporte. La estaci\u00f3n debe estar en un \u00e1rea libre, con el objeto de prevenir, en la eventualidad\u00a0de un incendio, que \u00e9ste traspase los l\u00edmites de propiedad o se extienda hacia otras propiedades colindantes.\u00a0El espacio libre alrededor del \u00e1rea principal de compresi\u00f3n debe permitir la libertad de movimiento del equipo\u00a0contra incendio m\u00f3vil, ya sea autopropulsado o manual. Estando cuando menos 3 de los 4 lados de la\u00a0superficie de rodamiento de 3 m de ancho m\u00ednimo libre de obst\u00e1culos y maleza que impidan el paso del\u00a0equipo o propaguen el incendio.<\/p>\n<p><strong>7.33.\u00a0Construcci\u00f3n de la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El edificio de la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n se debe construir con materiales no combustibles.<\/p>\n<p><strong>7.34.\u00a0Salidas<\/strong><\/p>\n<p>El piso de operaci\u00f3n de una Instalaci\u00f3n de compresi\u00f3n debe tener, al menos, dos salidas separadas y no\u00a0obstaculizadas, ubicadas de tal manera que proporcionen posibilidad de escape y paso sin obstrucci\u00f3n a un\u00a0lugar seguro. El cerrojo de las puertas de salida de Emergencia debe accionar r\u00e1pidamente desde el interior\u00a0sin necesidad de una llave. Las puertas oscilatorias localizadas en una pared exterior deben abrir hacia afuera\u00a0del recinto correspondiente y contar con barras de p\u00e1nico.<\/p>\n<p><strong>7.35.\u00a0\u00c1reas cercadas<\/strong><\/p>\n<p>La cerca perimetral de la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n debe tener, al menos, dos puertas localizadas de\u00a0manera que faciliten la salida a un lugar seguro o contar con otras v\u00edas de escape que permitan evacuar\u00a0r\u00e1pidamente el \u00e1rea. Las puertas se deben localizar en un radio de 30 m de cualquier edificio de la estaci\u00f3n\u00a0de compresi\u00f3n y deben abrir hacia afuera libremente y desde el interior sin llave.<\/p>\n<p><strong>7.36.\u00a0Instalaciones el\u00e9ctricas<\/strong><\/p>\n<p>El equipo el\u00e9ctrico y la instalaci\u00f3n del alumbrado en las estaciones de compresi\u00f3n deben cumplir con los<\/p>\n<p>requerimientos m\u00ednimos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones\u00a0El\u00e9ctricas (utilizaci\u00f3n), o la que la modifique o sustituya.<\/p>\n<p><strong>7.37.\u00a0Remoci\u00f3n de l\u00edquidos<\/strong><\/p>\n<p>Se debe instalar un tanque separador para evitar la entrada de l\u00edquidos al compresor debido a la posible\u00a0condensaci\u00f3n de vapores contenidos en el gas bajo condiciones previstas de presi\u00f3n y temperatura o al arribo\u00a0accidental de l\u00edquidos con la corriente de gas.<\/p>\n<p><strong>7.37.1.\u00a0<\/strong>Los tanques separadores usados para remover l\u00edquidos entrampados en una estaci\u00f3n de\u00a0compresi\u00f3n deben:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Contar con medios de operaci\u00f3n manual para remover los l\u00edquidos;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Disponer de Instalaciones autom\u00e1ticas de remoci\u00f3n de l\u00edquidos, dispositivos de paro autom\u00e1tico del\u00a0compresor, y como m\u00ednimo una alarma de alto nivel de l\u00edquido, cuando exista la posibilidad de que el\u00a0l\u00edquido pueda introducirse al compresor, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Fabricarse de conformidad con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas\u00a0con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes. Para calentadores y recipientes a\u00a0presi\u00f3n, excepto para aquellos separadores de l\u00edquido construidos de Ducto y accesorios sin costura\u00a0interna, a los cuales se les aplicar\u00e1 un factor de dise\u00f1o m\u00e1ximo de 0.4.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.38.\u00a0Paro por Emergencia y sistemas de seguridad<\/strong><\/p>\n<p>Las estaciones de compresi\u00f3n deben contar con dispositivos para efectuar el Paro por Emergencia de la\u00a0estaci\u00f3n, as\u00ed como con v\u00e1lvulas de corte de activaci\u00f3n remota para la protecci\u00f3n del Sistema de Transporte.<\/p>\n<p>Las v\u00e1lvulas de corte deben actuar al cierre autom\u00e1ticamente en presencia de fuego, estar protegidas\u00a0contra incendio, ya sea mediante aislante t\u00e9rmico o pintura intumescente y contar con sistema de enfriamiento\u00a0tipo diluvio base de agua o espuma dependiendo de la disponibilidad de agua, previsto en el dise\u00f1o del\u00a0sistema contra incendio.<\/p>\n<p>La operaci\u00f3n del sistema de Paro por Emergencia debe tomar en cuenta, como m\u00ednimo las siguientes\u00a0acciones:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Bloqueo del gas que entra o sale de la estaci\u00f3n dependiendo de la filosof\u00eda de operaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Descarga del gas por medio del Ducto de desfogue localmente a un cabezal de Venteo o a un\u00a0quemador, en cualquier caso, bajo condiciones seguras;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Proporcionar los medios para el paro del equipo de compresi\u00f3n en forma segura, y evitar el bloqueo\u00a0de los circuitos el\u00e9ctricos que abastecen el alumbrado de Emergencia necesario para apoyar al\u00a0personal de la estaci\u00f3n en la evacuaci\u00f3n del \u00e1rea de compresi\u00f3n y los circuitos el\u00e9ctricos necesarios\u00a0para proteger al equipo en caso de permanecer energizado, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Operar desde por lo menos dos localizaciones, cada una de las cuales debe estar:<\/li>\n<li>Fuera del cuarto de compresores;<\/li>\n<li>Cerca de las puertas de salida, si la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n est\u00e1 cercada, o cercano a las\u00a0salidas de Emergencia si la estaci\u00f3n no est\u00e1 cercada, y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0A no m\u00e1s de 150 m de los l\u00edmites de la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>7.38.1.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben evaluar mediante un An\u00e1lisis de Riesgos de\u00a0conformidad con lo establecido\u00a0en las DISPOSICIONES administrativas de car\u00e1cter general que establecen los Lineamientos para la\u00a0conformaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y autorizaci\u00f3n de los Sistemas de Administraci\u00f3n de Seguridad Industrial,\u00a0Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al Medio Ambiente aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos\u00a0que se indican, o aquella que la modifique o sustituya, la necesidad de incorporar sistemas instrumentados de\u00a0seguridad como sistemas de control distribuido (SCD), o Sistemas de Control y Adquisici\u00f3n de Datos a\u00a0Distancia (SCADA) de prevenci\u00f3n en cada estaci\u00f3n de compresi\u00f3n, en cuyo caso el cuarto de control debe\u00a0estar ubicado en un bunker protegido por sistema autom\u00e1tico de agente contra el fuego clase C para el\u00a0combate de incendios.<\/p>\n<p><strong>7.38.2.\u00a0<\/strong>Si la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n suministra gas directamente a un sistema de distribuci\u00f3n que no tiene\u00a0ninguna otra fuente de gas disponible, el sistema de Paro por Emergencia debe ser dise\u00f1ado para evitar que\u00a0opere de manera equivocada y deje sin servicio al sistema de distribuci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>7.38.3.\u00a0<\/strong>Si la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n est\u00e1 ubicada en una plataforma costa fuera o en cuerpos de aguas\u00a0navegables, la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n debe estar dise\u00f1ada de tal forma que el sistema de Paro por<\/p>\n<p>Emergencia pueda accionarse autom\u00e1ticamente en los casos siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cuando la presi\u00f3n de gas exceda el 15% de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP), o<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cuando la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n se encuentre dentro de un edificio:<\/li>\n<li>En caso de incendio del edificio, o<\/li>\n<li>Cuando la concentraci\u00f3n de gas en el aire alcance el 50% del l\u00edmite inferior de inflamabilidad\u00a0dentro del edificio.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.39.\u00a0Dispositivos de limitaci\u00f3n de presi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Las estaciones de compresi\u00f3n deben contar con dispositivos de relevo de presi\u00f3n u otros dispositivos de\u00a0protecci\u00f3n con la capacidad y sensibilidad adecuada para que la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible\u00a0(PMOP) del Ducto y equipo de la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n no exceda el 10%.<\/p>\n<p><strong>7.39.1.\u00a0<\/strong>Las l\u00edneas de Venteo que liberen el gas de las v\u00e1lvulas de relevo de presi\u00f3n de una estaci\u00f3n de\u00a0compresi\u00f3n deben soportarse con base en el dise\u00f1o y extenderse hasta un lugar donde el gas pueda ser\u00a0descargado sin peligro.<\/p>\n<p><strong>7.40.\u00a0Equipo de seguridad adicional<\/strong><\/p>\n<p>El equipo de seguridad de una estaci\u00f3n de compresi\u00f3n debe tener lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Instalaciones de protecci\u00f3n contra incendio port\u00e1til, m\u00f3vil o fijo. Las bombas de agua contra incendio,\u00a0que en su caso, est\u00e9n previstas en el dise\u00f1o del sistema contra incendio o los tanques presurizados\u00a0de espuma y formen parte de las Instalaciones del mismo, no deben interrumpir su operaci\u00f3n al\u00a0accionarse el sistema de Paro por Emergencia;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Adem\u00e1s del Paro por Emergencia, los compresores deben incluir sistemas de paro por\u00a0sobre-velocidad (excepto en motores de inducci\u00f3n el\u00e9ctrica o sincr\u00f3nicos), baja o alta presi\u00f3n del\u00a0combustible, falla de lubricaci\u00f3n, adicionalmente a las que el fabricante especifique;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Un dispositivo de paro o alarma que opere en caso de enfriamiento deficiente de la unidad;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Los motores que operen con inyecci\u00f3n de gas deben contar con un dispositivo que cierre\u00a0autom\u00e1ticamente la alimentaci\u00f3n del gas y ventile el m\u00faltiple de distribuci\u00f3n al paro del motor, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Los silenciadores de los motores de gas deben tener ranuras u orificios de ventilaci\u00f3n en los\u00a0difusores de cada compartimento para evitar que el gas quede atrapado en el silenciador.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.41.\u00a0Ventilaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Los edificios de las estaciones de compresi\u00f3n deben estar suficientemente ventilados para asegurar\u00a0que el\u00a0personal no est\u00e9 en peligro por la acumulaci\u00f3n de gas en los cuartos, s\u00f3tanos, \u00e1ticos, fosas u otros lugares\u00a0cerrados.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>V\u00e1lvulas para Ductos de Transporte<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.42.\u00a0V\u00e1lvulas de seccionamiento<\/strong><\/p>\n<p>Los Ductos deben contar con v\u00e1lvulas de seccionamiento a lo largo de su trayectoria, e instalarse como a\u00a0continuaci\u00f3n se menciona, pero sin exceder la distancia marcada de acuerdo con su clase de localizaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cualquier punto de un Ducto ubicado en una Clase de Localizaci\u00f3n 1 y 2 debe estar a 32 Km. de una\u00a0v\u00e1lvula como m\u00e1ximo;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cualquier punto de un Ducto ubicado en una clase de localizaci\u00f3n 3 debe estar a 24 Km. De\u00a0una\u00a0v\u00e1lvula como m\u00e1ximo;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Cualquier punto en un Ducto ubicado en una clase de localizaci\u00f3n 4 debe estar a 16 Km. de una\u00a0v\u00e1lvula como m\u00e1ximo, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Cualquier punto en un Ducto ubicado en una clase de localizaci\u00f3n 5 debe estar a 8 Km. de una\u00a0v\u00e1lvula como m\u00e1ximo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.42.1.\u00a0<\/strong>En caso de restricciones f\u00edsicas o de accesibilidad, el espaciamiento entre v\u00e1lvulas de\u00a0seccionamiento puede ser modificado para permitir que la v\u00e1lvula sea instalada en un lugar accesible.<\/p>\n<p><strong>7.42.2.\u00a0<\/strong>Se deben instalar v\u00e1lvulas de seccionamiento, conforme a las recomendaciones del An\u00e1lisis\u00a0de\u00a0Riesgo y an\u00e1lisis de consecuencias, pudiendo ser entre otras:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>En las entradas y salidas de las estaciones de compresi\u00f3n, se deben instalar v\u00e1lvulas\u00a0de\u00a0seccionamiento.<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>En cada conexi\u00f3n de un ramal (lateral) al Ducto principal, de manera que su ubicaci\u00f3n sea lo\u00a0m\u00e1s cercana al Ducto principal;<\/li>\n<li>En aquellas zonas donde la mancha urbana o la edificaci\u00f3n habitacional, comercial o industrial\u00a0se desarrollen a distancias menores de la franja de seguridad del Ducto a las establecidas en\u00a0el\u00a0numeral 9.3 de la presente Norma, o en caso extremo, invadiendo la franja de seguridad, el\u00a0espaciamiento entre v\u00e1lvulas resultar\u00e1 de la evaluaci\u00f3n de un An\u00e1lisis de Riesgos, as\u00ed como\u00a0del\u00a0an\u00e1lisis de las consecuencias a la poblaci\u00f3n y sus bienes, con el objeto de minimizar el da\u00f1o a\u00a0\u00e9stas, y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0En zonas de acceso limitado al Sistema de Transporte, se deben instalar v\u00e1lvulas de\u00a0seccionamiento autom\u00e1ticas, por la necesidad de restringir el flujo en el menor tiempo posible,\u00a0en caso de presentarse una Fuga.<\/p>\n<p><strong>7.43.\u00a0V\u00e1lvulas de seccionamiento y sus dispositivos<\/strong><\/p>\n<p>Las v\u00e1lvulas de seccionamiento y sus dispositivos operativos en el Ducto deben cumplir con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Localizarse en lugares accesibles, protegidas contra da\u00f1os o manipulaciones externas, y soportadas\u00a0con base en el Dise\u00f1o, para evitar movimientos en los Ductos a los que est\u00e1n conectados;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Ubicarse fuera de derechos de v\u00eda de terceros;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Se debe considerar la ubicaci\u00f3n estrat\u00e9gica y espaciamiento de las v\u00e1lvulas de seccionamiento en\u00a0\u00e1reas industriales, comerciales y residenciales donde las actividades cotidianas o de construcci\u00f3n\u00a0puedan representar un riesgo particular de da\u00f1o externo al Ducto o de acceso a dichas v\u00e1lvulas;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Los tramos del Ducto que se encuentren entre v\u00e1lvulas deben tener una v\u00e1lvula con una\u00a0capacidad\u00a0de desfogue que permita que el Ducto opere de acuerdo con las necesidades del Sistema de\u00a0Transporte;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>El desfogue de la v\u00e1lvula se debe dirigir de tal manera que el gas pueda ser liberado a la atm\u00f3sfera\u00a0sin peligro, y<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Si el Ducto se encuentra adyacente a una l\u00ednea de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica, el desfogue se debe situar a\u00a0una distancia igual o superior a la distancia m\u00ednima de seguridad de acuerdo con lo establecido en\u00a0las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares\u00a0internacionales vigentes.<\/li>\n<li><strong>Registros<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.44.\u00a0Requisitos de dise\u00f1o<\/strong><\/p>\n<p>Los registros subterr\u00e1neos para v\u00e1lvulas, estaciones de relevo de presi\u00f3n o de regulaci\u00f3n de presi\u00f3n,\u00a0deben cumplir como m\u00ednimo con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Resistir las cargas externas a las que se pueden ver sometidos y proteger el equipo instalado;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Contar con un espacio de trabajo que permita que el equipo requerido en el registro se pueda\u00a0instalar, operar y mantener;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Construirse de manera que los Ductos que crucen las paredes o que se encuentren dentro de un\u00a0registro sean de acero, exceptuando la tuber\u00eda de control e instrumentaci\u00f3n que puede ser de cobre.\u00a0Cuando un Ducto cruce la estructura del registro, se debe evitar el paso de gases o l\u00edquidos a trav\u00e9s\u00a0de la abertura y evitar deformaciones en el Ducto, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>En caso de contar con equipo el\u00e9ctrico, \u00e9ste debe cumplir con los requerimientos m\u00ednimos\u00a0establecidos en Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares\u00a0internacionales vigentes.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.45.\u00a0Accesibilidad<\/strong><\/p>\n<p>Los registros subterr\u00e1neos para v\u00e1lvulas, estaciones de relevo de presi\u00f3n o de regulaci\u00f3n de presi\u00f3n\u00a0deben estar localizados en lugares accesibles, fuera de derechos de v\u00eda de terceros y lo m\u00e1s alejado\u00a0posible\u00a0de:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cruzamientos de calles o puntos donde el tr\u00e1fico sea pesado o intenso;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Puntos de elevaci\u00f3n m\u00ednima, cuencas de recolecci\u00f3n, o lugares donde la cubierta de acceso\u00a0estuviera en el cauce de aguas superficiales, e<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Instalaciones de agua, el\u00e9ctricas, telef\u00f3nicas, Ductos de vapor, entre otras.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.46.\u00a0Sellado, Venteo y ventilaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Los registros subterr\u00e1neos o fosa de techo cerrado para Ductos, v\u00e1lvulas, estaciones de relevo de presi\u00f3n\u00a0o de regulaci\u00f3n de presi\u00f3n deben estar sellados, venteados o ventilados como se indica a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cuando el volumen interno exceda 6 m3:<\/li>\n<li>Contar con dos Ductos de ventilaci\u00f3n que tengan al menos el efecto de ventilaci\u00f3n de una\u00a0tuber\u00eda de 10 cm de di\u00e1metro. Los Ductos deben contar con una altura que permita la descarga\u00a0y dispersi\u00f3n del gas y evitar la formaci\u00f3n de una mezcla explosiva, y<\/li>\n<li>Disponer de ventilaci\u00f3n suficiente para minimizar la formaci\u00f3n de una atm\u00f3sfera explosiva\u00a0en el\u00a0interior.<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cuando el volumen interno sea mayor de 2 m3\u00a0pero menor de 6 m3:<\/li>\n<li>Si el registro o fosa est\u00e1 sellado, la cubierta de ajuste herm\u00e9tico debe tener orificios que puedan\u00a0abrirse con el objeto de detectar una mezcla explosiva. Se debe contar con los medios para\u00a0probar la atm\u00f3sfera interna antes de retirar la cubierta;<\/li>\n<li>Si el registro o fosa cuenta con ventilaci\u00f3n, debe existir un medio para evitar que fuentes\u00a0externas de ignici\u00f3n alcancen la atm\u00f3sfera del registro, o<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Si el registro o fosa est\u00e1 ventilado deben aplicarse los incisos a) o c) de este numeral.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong>c)<\/strong>Si un registro o fosa considerado en el inciso (b) anterior, est\u00e1 ventilado por las aberturas en las\u00a0cubiertas o por rejillas y la relaci\u00f3n entre el volumen interno (en metros c\u00fabicos) y el \u00e1rea efectiva de\u00a0ventilaci\u00f3n de la cubierta o rejilla (en metros c\u00fabicos), es igual o menor a 6.0, no se requiere de una\u00a0ventilaci\u00f3n adicional.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.47.\u00a0Drenaje<\/strong><\/p>\n<p>Los registros subterr\u00e1neos para v\u00e1lvulas, estaciones de relevo de presi\u00f3n o de regulaci\u00f3n de presi\u00f3n\u00a0deben dise\u00f1arse para reducir al m\u00ednimo la entrada de agua a los mismos.<\/p>\n<p><strong>7.47.1.\u00a0<\/strong>Un registro que contenga un Ducto de gas no debe estar conectado al drenaje municipal o a\u00a0ninguna otra estructura subterr\u00e1nea.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Protecci\u00f3n contra sobrepresi\u00f3n accidental<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.48.\u00a0Requerimientos generales<\/strong><\/p>\n<p>El Ducto que est\u00e9 conectado a un compresor o a una fuente de gas donde la falla del control de presi\u00f3n o\u00a0de alg\u00fan otro tipo de falla, puedan resultar en una presi\u00f3n que exceda a su Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n\u00a0permisible (PMOP) debe tener dispositivos de relevo o de limitaci\u00f3n de presi\u00f3n que cumplan con los\u00a0requerimientos de los numerales 7.51 y 7.52 de la presente Norma, y adicionalmente, ser un sistema\u00a0redundante. Se debe instalar un sistema para prevenir una sobrepresi\u00f3n accidental tal como: V\u00e1lvula de\u00a0relevo, un regulador en monitor instalado en serie con el regulador primario o una serie de reguladores\u00a0instalados corriente arriba del regulador primario.<\/p>\n<p><strong>7.49.\u00a0Requerimientos para el dise\u00f1o<\/strong><\/p>\n<p>A excepci\u00f3n de los discos de ruptura, cada dispositivo de relevo y de limitaci\u00f3n de presi\u00f3n, debe cumplir\u00a0con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Estar construido con materiales que no se da\u00f1en por la corrosi\u00f3n durante la operaci\u00f3n\u00a0del\u00a0dispositivo;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>El dimensionamiento, selecci\u00f3n e instalaci\u00f3n debe estar de acuerdo con lo establecido en las\u00a0Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales\u00a0vigentes. Las v\u00e1lvulas y los asientos de v\u00e1lvulas deben estar dise\u00f1ados de tal forma que eviten\u00a0trabarse en una posici\u00f3n que haga inoperante al dispositivo;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Estar instalados de tal manera que sea posible determinar:<\/li>\n<li>Que el dispositivo est\u00e9 libre;<\/li>\n<li>La presi\u00f3n a la cual est\u00e1n operando, y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0La ausencia de Fugas cuando est\u00e1n en posici\u00f3n cerrada.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>d)<\/strong>Estar sostenido con soportes de material que no sea combustible;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Tener tiros, ventilas o puertos de salida dise\u00f1ados para prevenir la acumulaci\u00f3n de agua, hielo o\u00a0nieve, localizados donde el gas pueda descargarse a la atm\u00f3sfera sin riesgos innecesarios;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Estar dise\u00f1ado e instalado de tal manera que el tama\u00f1o de las aberturas del Ducto, los accesorios<\/li>\n<\/ol>\n<p>localizados entre el Sistema y el dispositivo de relevo de presi\u00f3n y el tama\u00f1o de la l\u00ednea de Venteo,\u00a0sean adecuados para evitar la vibraci\u00f3n del dispositivo y prevenir la disminuci\u00f3n de su capacidad\u00a0de\u00a0desfogue;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>g)<\/strong>Cuando se instale un dispositivo para proteger de sobrepresi\u00f3n al Sistema de Transporte, dicho\u00a0dispositivo se debe dise\u00f1ar e instalar previendo a cualquier incidente aislado, tal como una explosi\u00f3n\u00a0por acumulaci\u00f3n de gas o ser da\u00f1ado por un veh\u00edculo;<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>A excepci\u00f3n de la v\u00e1lvula que a\u00edsla el sistema de su fuente de presi\u00f3n, el dispositivo se debe dise\u00f1ar\u00a0para impedir la operaci\u00f3n no autorizada, que provoque la inoperancia del dispositivo regulador de\u00a0presi\u00f3n o la de la v\u00e1lvula de desfogue;<\/li>\n<li><strong>i)<\/strong>Tener la capacidad para liberar el gas localmente o a un sistema de desfogue bajo condiciones\u00a0seguras, y<\/li>\n<li><strong>j)<\/strong>Deben ser instalados con una v\u00e1lvula de bloqueo a manera de facilitar su reemplazo durante la\u00a0operaci\u00f3n de las Instalaciones, para realizarle pruebas o mantenimiento al dispositivo desmontado.\u00a0Dichas v\u00e1lvulas de bloqueo deben permanecer con candado en posici\u00f3n abierta durante la operaci\u00f3n\u00a0de las Instalaciones y s\u00f3lo se retirar\u00e1 el candado para maniobras de reemplazo de dispositivos de\u00a0relevo de presi\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.50.\u00a0Capacidad requerida<\/strong><\/p>\n<p>Los dispositivos de desfogue, de limitaci\u00f3n de presi\u00f3n o grupo de dispositivos instalados para proteger un\u00a0Sistema de Transporte deben contar con la capacidad que requiera el Sistema e instalarse para operar\u00a0conforme a las especificaciones de dise\u00f1o.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Estaciones de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n y en su caso trampas de diablos<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.51.\u00a0Ubicaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>La localizaci\u00f3n de estas Instalaciones de Ductos debe cumplir como m\u00ednimo, con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Tener las distancias m\u00ednimas perimetrales de protecci\u00f3n de acuerdo con la Tabla 5 siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 5.- Distancias m\u00ednimas de protecci\u00f3n<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Concepto<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">(en metros)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Concentraci\u00f3n de personas<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Fuentes de ignici\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Motores el\u00e9ctricos<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Subestaciones el\u00e9ctricas<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Torres de alta tensi\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">V\u00edas de ferrocarril<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Caminos o calles con paso de veh\u00edculos<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Almacenamiento de materiales peligrosos<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">15<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>b)<\/strong>Estar fuera de las zonas f\u00e1cilmente inundables o aquellas en las que pudiera haber acumulamiento\u00a0de gases en caso de Fuga;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Estar en lugares de f\u00e1cil acceso;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Ubicarse fuera de derechos de v\u00eda de terceros, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>En caso de no cumplir las distancias indicadas en la Tabla 5, los Regulados deben contar con la\u00a0evidencia para justificar las medidas adicionales de protecci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.52.\u00a0Obra civil<\/strong><\/p>\n<p>La estaci\u00f3n de medici\u00f3n y regulaci\u00f3n debe cumplir con los requisitos siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Dise\u00f1arse con materiales no combustibles;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Construirse en funci\u00f3n de las dimensiones del Ducto y prever el espacio necesario para la protecci\u00f3n\u00a0de los equipos e instrumentos que permita las actividades de operaci\u00f3n y mantenimiento;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Tener una ventilaci\u00f3n cruzada a favor de los vientos dominantes para garantizar que el personal que<\/li>\n<\/ol>\n<p>opera, mantiene, inspecciona y supervisa la Instalaci\u00f3n no corra riesgos por acumulaci\u00f3n de gases;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>d)<\/strong>Estar cercada y tener puertas que permitan el acceso al personal y al equipo para que se realicen los\u00a0trabajos de operaci\u00f3n, mantenimiento e inspecci\u00f3n. El acceso debe ser restringido y las puertas\u00a0contar con candado, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Contar con accesos para atenci\u00f3n a Emergencias.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.53.\u00a0Obra el\u00e9ctrica<\/strong><\/p>\n<p>La instalaci\u00f3n el\u00e9ctrica de una Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n debe cumplir con Normas Oficiales\u00a0Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>7.54.<\/strong>\u00a0<strong>Obra mec\u00e1nica<\/strong><\/p>\n<p>La Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n debe cumplir con los requisitos siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Contar con una V\u00e1lvula de seccionamiento en el Ducto de alimentaci\u00f3n a la Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n que cumpla con las caracter\u00edsticas siguientes:<\/li>\n<li>Estar ubicada en un lugar accesible y protegida contra da\u00f1os que pudieran ocasionar terceras\u00a0personas y a una distancia segura de la Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n;<\/li>\n<li>Contar con mecanismos para accionarla de acuerdo con sus especificaciones;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Estar bien soportada mec\u00e1nicamente para prevenir esfuerzos en el Ducto, y<\/p>\n<ol>\n<li>Estar dise\u00f1ada para que la presi\u00f3n de dise\u00f1o sea igual o mayor a la presi\u00f3n de operaci\u00f3n\u00a0del\u00a0Ducto.<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Tener instalado un separador de l\u00edquidos antes de la medici\u00f3n y regulaci\u00f3n en caso de\u00a0considerarse\u00a0necesario;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>En su caso contar con l\u00edneas de desv\u00edo (bypass) para mantenimiento, sin necesidad de interrumpir el\u00a0suministro de gas;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Contar con dispositivos de seguridad para protegerla de cualquier sobrepresi\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>En caso de contar con v\u00e1lvulas de seguridad que desfoguen a la atm\u00f3sfera, el Venteo debe\u00a0prolongarse hasta una altura que permita dispersar el gas sin que presente riesgos al personal o a\u00a0las Instalaciones;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Los procedimientos de soldadura empleada para la Instalaci\u00f3n de la estaci\u00f3n se deben calificar de\u00a0acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares\u00a0internacionales vigentes;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>El Ducto superficial que requiera de acceso para mantenimiento, la parte inferior de \u00e9ste debe tener\u00a0una altura m\u00ednima de 0.65 metros sobre el nivel del piso y, de acuerdo con esta altura, construir\u00a0los\u00a0soportes;<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>Para el caso de estaciones de regulaci\u00f3n y medici\u00f3n compactas en gabinete, la parte inferior de los\u00a0Ductos deben tener una altura m\u00ednima de 0.25 m sobre el nivel del piso;<\/li>\n<li><strong>i)<\/strong>Se deben considerar los esfuerzos previsibles en los soportes del Ducto y accesorios;<\/li>\n<li><strong>j)<\/strong>Los Ductos y accesorios que van enterrados se deben proteger contra la corrosi\u00f3n, de acuerdo con\u00a0lo establecido en el Ap\u00e9ndice A (Normativo) de la presente Norma;<\/li>\n<li><strong>k)<\/strong>Los Ductos y accesorios superficiales se deben proteger contra la corrosi\u00f3n de acuerdo con lo\u00a0establecido en la presente Norma;<\/li>\n<li><strong>l)<\/strong>Se deben instalar v\u00e1lvulas de bloqueo en las conexiones para la instalaci\u00f3n de instrumentos, y<\/li>\n<li><strong>m)<\/strong>Contar con los Diagramas de Arreglo de Tuber\u00eda (DAT) y Diagramas de Tuber\u00eda e\u00a0Instrumentaci\u00f3n\u00a0(DTI).<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.55.\u00a0Reguladores<\/strong><\/p>\n<p>Los reguladores deben cumplir con los requisitos siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La capacidad nominal debe ser superior al consumo estimado para la hora pico de la demanda;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>La presi\u00f3n de dise\u00f1o debe ser superior a la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n (PMO) esperada en la\u00a0Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>c)<\/strong>El di\u00e1metro del Ducto que se conecta al regulador no debe ser menor al di\u00e1metro de las conexiones\u00a0de \u00e9ste;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>En la instalaci\u00f3n del regulador se deben tomar en cuenta las recomendaciones del fabricante;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Cuando el dise\u00f1ador lo considere conveniente, se puede dise\u00f1ar la Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o\u00a0medici\u00f3n con uno o m\u00e1s pasos de regulaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Prevenir un fallo en el regulador para lo cual se deben contar con un dispositivo de seguridad que\u00a0proteja de sobrepresi\u00f3n a la Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n y a las Instalaciones aguas arriba\u00a0que se les suministra gas;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>En caso de que la reducci\u00f3n de presi\u00f3n ocasione congelamiento en los reguladores, \u00e9stos deben\u00a0contar con los elementos necesarios para evitarlo, y<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>En caso de considerarse necesario, adem\u00e1s de los separadores de l\u00edquidos, se pueden instalar filtros\u00a0para retener part\u00edculas s\u00f3lidas que pueda arrastrar el gas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.56.\u00a0Medidores<\/strong><\/p>\n<p>En la Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n se deben instalar medidores, a fin de mantener un monitoreo y\u00a0control sobre las, variables de flujo, presi\u00f3n y temperatura del fluido, para garantizar las condiciones de\u00a0Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al medio ambiente.<\/p>\n<p>La instalaci\u00f3n de medidores debe considerar como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Se debe realizar de acuerdo con las Normas Oficiales Mexicanas, Disposiciones Administrativas de\u00a0Car\u00e1cter General, Normas Mexicanas, y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares\u00a0internacionales y\/o extranjeras vigentes;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>En todos los casos se deben observar las recomendaciones de los fabricantes de los medidores,\u00a0con\u00a0relaci\u00f3n a di\u00e1metros de los Ductos, conexiones y distancia a otros aparatos o accesorios en\u00a0la\u00a0instalaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Los medidores instalados en las estaciones de regulaci\u00f3n y medici\u00f3n deben ser del tipo\u00a0generalmente utilizado en la industria del gas, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>El medidor de presi\u00f3n debe ser especificado o seleccionado, de acuerdo a la Presi\u00f3n m\u00e1xima de\u00a0Operaci\u00f3n (PMO) de la Estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>Control de la corrosi\u00f3n en Ductos<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para la protecci\u00f3n y\/o control de la corrosi\u00f3n de los Sistemas de Transporte de gas por Ducto que\u00a0se\u00a0encuentren enterrados o sumergidos ser\u00e1 aplicable lo dispuesto en el Ap\u00e9ndice A (Normativo) de la presente\u00a0Norma.<\/p>\n<p>Esta secci\u00f3n establece los requerimientos m\u00ednimos para la protecci\u00f3n de los Sistemas de Transporte por\u00a0Ducto existentes y nuevos, y sus Componentes met\u00e1licos contra la corrosi\u00f3n interna y externa.<\/p>\n<p><strong>7.57.\u00a0Corrosi\u00f3n externa<\/strong><\/p>\n<p>Los Ductos se deben proteger contra la corrosi\u00f3n utilizando un sistema de recubrimiento anticorrosivo y de\u00a0protecci\u00f3n cat\u00f3dica, salvo lo permitido por el numeral 3.2 del Ap\u00e9ndice A (Normativo) de la presente Norma.\u00a0Se deber\u00e1n tomar las medidas adecuadas para la selecci\u00f3n, instalaci\u00f3n, inspecci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los\u00a0sistemas de protecci\u00f3n contra la corrosi\u00f3n. La protecci\u00f3n debe cumplir de acuerdo con las Normas Oficiales\u00a0Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>7.57.1.\u00a0<\/strong>Recubrimiento anticorrosivo aplicado en planta<\/p>\n<p>La preparaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y pruebas del recubrimiento deben cumplir, como m\u00ednimo, con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Ser aplicado a la superficie del Ducto previamente preparada y limpia;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Tener la suficiente adhesi\u00f3n a la superficie met\u00e1lica del Ducto para evitar la introducci\u00f3n de la\u00a0humedad entre el recubrimiento y el Ducto;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Ser d\u00factil para evitar agrietamientos;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Ser suficientemente resistente contra da\u00f1os por el manejo del Ducto y por esfuerzos ocasionados por\u00a0el suelo;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Ser de una resistencia diel\u00e9ctrica que permita cumplir con los criterios de protecci\u00f3n cat\u00f3dica\u00a0establecidos en la presente Norma, considerando las condiciones de campo y de baja capacidad de\u00a0absorci\u00f3n de humedad, y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>f)<\/strong>Contar con el reporte de pruebas de materiales del recubrimiento, proporcionado por el fabricante.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.57.2.\u00a0<\/strong>Recubrimiento anticorrosivo aplicado en campo<\/p>\n<p>Cuando sea necesario realizar la aplicaci\u00f3n del recubrimiento en campo, incluyendo reparaciones, deben\u00a0llevarse a cabo de acuerdo al procedimiento desarrollado por los Regulados con base en las\u00a0recomendaciones del fabricante, utilizando un material de las mismas caracter\u00edsticas o compatible con el\u00a0recubrimiento del sistema, as\u00ed como con el sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica existente, con objeto de minimizar\u00a0que se presente apantallamiento. El proceso de aplicaci\u00f3n debe minimizar el riesgo de da\u00f1os al personal que\u00a0lo aplica y al medio ambiente con las medidas pertinentes dentro del procedimiento con el fin de no afectar el\u00a0suelo expuesto y manejo de los residuos del mantenimiento.<\/p>\n<p><strong>7.57.3.\u00a0<\/strong>Asimismo, durante la construcci\u00f3n del Ducto deben tomarse las medidas siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>El recubrimiento debe ser revisado y reparado de cualquier da\u00f1o que tenga inmediatamente antes de\u00a0bajar el Ducto y tapar la zanja;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>El recubrimiento debe protegerse para evitar cualquier da\u00f1o causado por los soportes del Ducto,\u00a0irregularidades que se encuentren en la zanja o relleno de la misma, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Si el Ducto recubierto va a ser introducido por perforaci\u00f3n horizontal en cualquiera de sus\u00a0modalidades (direccional, rompimiento, hincado o por topo) o por alg\u00fan m\u00e9todo similar, se debe\u00a0instalar un recubrimiento de material compatible con el proceso constructivo a utilizar y poner\u00a0especial atenci\u00f3n para minimizar da\u00f1os al recubrimiento.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.58.\u00a0Control de corrosi\u00f3n interna<\/strong><\/p>\n<p>Cuando se retire un tramo de Ducto, se debe inspeccionar su superficie interna en busca de evidencias de\u00a0corrosi\u00f3n y documentar los hallazgos en los registros,\u00a0inspecci\u00f3n y\/o mantenimiento, en cuyo caso se debe:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Investigar los tramos adyacentes (posterior y anterior) del Ducto para determinar si existe extensi\u00f3n\u00a0de la corrosi\u00f3n interna;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Realizar el reemplazo de la extensi\u00f3n requerida con un espesor de pared previamente establecido de\u00a0acuerdo a la presi\u00f3n de Operaci\u00f3n y las condiciones descritas en el cap\u00edtulo 7. Dise\u00f1o de la presente\u00a0Norma, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Tomar las medidas necesarias para mitigar la corrosi\u00f3n interna.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.59.\u00a0Monitoreo de la corrosi\u00f3n interna<\/strong><\/p>\n<p>En caso de que exista la presencia de gas corrosivo en el Sistema de Transporte, se deben utilizar\u00a0probetas con p\u00e9rdida de peso u otro dispositivo adecuado para determinar la efectividad de las medidas\u00a0adoptadas para minimizar la corrosi\u00f3n interna. Cada probeta con p\u00e9rdida de peso u otro medio de monitoreo\u00a0de corrosi\u00f3n interna se debe implementar dos veces cada a\u00f1o calendario, pero con intervalos que no excedan\u00a0siete meses y medio.<\/p>\n<p><strong>7.59.1.\u00a0<\/strong>Algunos de los dispositivos que se deben emplear para medir la corrosi\u00f3n interna o la eficiencia de\u00a0los inhibidores incluyen sondas de hidr\u00f3geno, sondas de corrosi\u00f3n, probetas con p\u00e9rdida de peso,\u00a0embobinadoras de ensayo y equipo para ensayos no destructivos capaces de indicar p\u00e9rdida del espesor de\u00a0pared. Si los Regulados encuentran velocidades de corrosi\u00f3n que afecten la integridad del Ducto deben\u00a0de\u00a0inyectar inhibidores de corrosi\u00f3n para control de la misma.<\/p>\n<p><strong>7.60.\u00a0Control de la corrosi\u00f3n atmosf\u00e9rica en Ductos e Instalaciones superficiales<\/strong><\/p>\n<p>Los Ductos e Instalaciones superficiales que est\u00e9n expuestos a la atm\u00f3sfera se deben limpiar y proteger\u00a0con recubrimientos de material adecuado para prevenir la corrosi\u00f3n atmosf\u00e9rica, siguiendo el procedimiento\u00a0recomendado por el fabricante. Adem\u00e1s, se debe contar con un programa para monitorear la corrosi\u00f3n\u00a0exterior y llevar a cabo reparaciones donde sea necesario.<\/p>\n<p><strong>7.60.1.\u00a0<\/strong>Despu\u00e9s de cumplir con los requerimientos del numeral 7.60 de la presente Norma, se debe\u00a0evaluar cada Ducto e Instalaciones superficiales que est\u00e9n expuestas a la atm\u00f3sfera y tomar las medidas\u00a0correspondientes de protecci\u00f3n a intervalos que no excedan de tres a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>7.61.\u00a0Medidas correctivas cuando se presente corrosi\u00f3n en los Ductos<\/strong><\/p>\n<p>Se debe realizar como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Proteger mediante un sistema de recubrimiento anticorrosivo el tramo del Ducto que reemplace a uno\u00a0o varios Ductos da\u00f1ados por corrosi\u00f3n externa;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>b)<\/strong>Reemplazar la secci\u00f3n del Ducto da\u00f1ado o reducir la presi\u00f3n de operaci\u00f3n del Sistema de Transporte\u00a0de acuerdo con la resistencia calculada del Ducto, bas\u00e1ndose en el espesor de pared real\u00a0remanente\u00a0de cada tramo con corrosi\u00f3n generalizada y con un espesor de pared remanente menor que el\u00a0requerido para la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) del Ducto. Si el \u00e1rea con\u00a0corrosi\u00f3n generalizada es reducida, el Ducto corro\u00eddo se debe reparar. La corrosi\u00f3n por picadura que\u00a0est\u00e9 agrupada puede afectar la resistencia total del Ducto, por lo que se considerar\u00e1 como corrosi\u00f3n\u00a0generalizada para el prop\u00f3sito de este inciso;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Reemplazar la secci\u00f3n de Ducto da\u00f1ado, reparar o reducir la presi\u00f3n de operaci\u00f3n, de acuerdo con\u00a0la resistencia del Ducto basada en el espesor real de pared remanente en las picaduras que pudieran\u00a0provocar Fugas;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>A fin de determinar las posibilidades de continuar en servicio y evaluar la resistencia remanente en\u00a0Ductos de una zona que sufri\u00f3 corrosi\u00f3n, se deben\u00a0utilizar m\u00e9todos anal\u00edticos, pruebas de presi\u00f3n o\u00a0m\u00e9todos alternativos, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Reparar las secciones del Ducto y juntas mediante el m\u00e9todo que resulte adecuado bas\u00e1ndose en\u00a0una Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.62.\u00a0Reportes escritos de control de la corrosi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Se deben conservar en las Instalaciones, los reportes escritos o mapas que muestren la localizaci\u00f3n de los\u00a0Ductos e Instalaciones cat\u00f3dicamente protegidas, as\u00ed como otras Instalaciones y estructuras vecinas\u00a0protegidas cat\u00f3dicamente.<\/p>\n<p><strong>7.62.1.\u00a0<\/strong>Los mapas, reportes de cada prueba, investigaci\u00f3n o inspecci\u00f3n requeridos en el numeral\u00a0anterior\u00a0que contengan informaci\u00f3n relativa a un adecuado control de la corrosi\u00f3n deben conservarse por el tiempo\u00a0que los Ductos permanezcan en servicio.<\/p>\n<p><strong>7.63.\u00a0Recubrimiento externo<\/strong><\/p>\n<p>Los procedimientos de mantenimiento y operaci\u00f3n deben incluir la metodolog\u00eda para la aplicaci\u00f3n, manejo\u00a0e inspecci\u00f3n del recubrimiento. \u00c9ste debe ser inspeccionado antes, durante y despu\u00e9s de la instalaci\u00f3n de los\u00a0Ductos para detectar imperfecciones o fallas.<\/p>\n<p><strong>7.64.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben obtener un Dictamen de Dise\u00f1o de una Unidad de Verificaci\u00f3n, en el que\u00a0conste que la ingenier\u00eda de detalle de las Instalaciones nuevas, ampliadas o con modificaciones al proceso, se\u00a0realiz\u00f3 conforme a lo establecido en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>7.65.\u00a0<\/strong>El Dictamen de Dise\u00f1o debe ser conservado por los Regulados durante el ciclo de vida de la\u00a0Instalaci\u00f3n; y podr\u00e1 ser presentado, en su oportunidad, a las autoridades correspondientes, para acreditar que\u00a0el dise\u00f1o de las Instalaciones o equipos son acordes con la normativa aplicable.<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li><strong>Soldadura<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>8.1.\u00a0Soldadura en Ductos de acero<\/strong><\/p>\n<p>Esta secci\u00f3n establece los requisitos m\u00ednimos para soldar Ductos de acero en un Sistema de Transporte.\u00a0No es aplicable a la soldadura que se realiza en la fabricaci\u00f3n de los Ductos y Componentes de los Ductos\u00a0de\u00a0acero.<\/p>\n<p><strong>8.2.\u00a0Requisitos generales<\/strong><\/p>\n<p>La soldadura debe ser realizada por un soldador calificado, utilizando procedimientos aprobado por un\u00a0inspector de soldadura calificado por los Regulados, as\u00ed mismo deben asegurarse que los soldadores cumplen\u00a0con los requerimientos y procedimientos de esta secci\u00f3n. La calificaci\u00f3n del procedimiento y la calidad de la\u00a0soldadura, se deber\u00e1 determinar por pruebas destructivas.<\/p>\n<p><strong>8.2.1.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben conservar los procedimientos de soldadura aplicados a un Sistema de\u00a0Transporte por Ducto, incluyendo los resultados de las pruebas de calificaci\u00f3n realizadas a las soldaduras.<\/p>\n<p><strong>8.3.\u00a0Calificaci\u00f3n del procedimiento de soldadura<\/strong><\/p>\n<p>Antes de que se realicen las soldaduras en un Ducto de acero se debe contar con un procedimiento de\u00a0soldadura calificado por los Regulados, de acuerdo con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y a\u00a0falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes. El procedimiento debe de estar\u00a0disponible para su utilizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>8.4.\u00a0Procedimiento de soldadura<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El procedimiento debe establecer el alcance y limitaciones para cada aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>8.5.\u00a0Calificaci\u00f3n de soldadores<\/strong><\/p>\n<p>Los soldadores ser\u00e1n calificados de acuerdo con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas\u00a0y a\u00a0falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>8.6.\u00a0Limitaciones de los soldadores<\/strong><\/p>\n<p>Los Regulados deben asegurarse que el personal a cargo de los trabajos de soldadura, deben cumplir\u00a0como m\u00ednimo con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Para soldar Ductos en una estaci\u00f3n de compresi\u00f3n, el soldador debe estar calificado, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Despu\u00e9s de la calificaci\u00f3n inicial, un soldador debe ser recalificado:<\/li>\n<li>Cuando exista una raz\u00f3n espec\u00edfica para cuestionar su habilidad o si no ha empleado el\u00a0proceso espec\u00edfico en un periodo de 6 meses o mayor, y<\/li>\n<li>Anualmente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>8.7.\u00a0Protecci\u00f3n de las soldaduras<\/strong><\/p>\n<p>Durante el proceso de soldadura en Ductos, se deben proteger de condiciones ambientales adversas tales\u00a0como lluvia, viento, polvo, humedad, entre otros que pudieran perjudicar la calidad de la soldadura. Las\u00a0soldaduras terminadas en Ductos enterrados y\/o sumergidos deben ser protegidos contra la corrosi\u00f3n, de\u00a0acuerdo con lo establecido en el Ap\u00e9ndice A (Normativo) y en Instalaciones superficiales de acuerdo a lo\u00a0establecido en el numeral 7.60 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>8.8.\u00a0Juntas a inglete<\/strong><\/p>\n<p>Las juntas a inglete deben presentar las caracter\u00edsticas siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>No se permiten juntas a inglete en Ductos que operen al 30% de la (RMC) o m\u00e1s con un \u00e1ngulo\u00a0mayor de 3 \u00b0;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>En Ductos de acero que van a ser operados a presiones que provocan esfuerzos tangenciales\u00a0menores de 30%, pero mayores de 10% de la (RMC), no se debe desviar o deflexionar el Ducto m\u00e1s\u00a0de 12.5 \u00ba. La distancia entre soldaduras de inglete debe ser igual o mayor a un di\u00e1metro del Ducto\u00a0que se va a soldar, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>No se debe desviar o deflexionar el Ducto m\u00e1s de 90 \u00b0 en una uni\u00f3n a inglete en un Ducto de acero\u00a0que va a operar a presiones que provocan esfuerzos tangenciales iguales o menores al 10% de\u00a0la\u00a0(RMC).<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>8.9.\u00a0Preparaci\u00f3n para soldar<\/strong><\/p>\n<p>Antes de iniciar cualquier proceso de soldadura, las superficies a soldar deben estar limpias y libres de\u00a0cualquier material que pueda afectar la calidad de la soldadura. El Ducto y sus Componentes deben estar\u00a0alineados para proporcionar las condiciones m\u00e1s favorables para la deposici\u00f3n de la soldadura en la ra\u00edz del\u00a0\u00e1rea a soldar. Dicha alineaci\u00f3n se debe conservar mientras la soldadura de fondeo est\u00e1 siendo depositada.<\/p>\n<p>La conexi\u00f3n el\u00e9ctrica de tierra no se debe soldar al Ducto, as\u00ed como tampoco sobre equipos de proceso\u00a0instalados, para producir la continuidad el\u00e9ctrica entre la m\u00e1quina de soldar y la tuber\u00eda que se va a soldar.<\/p>\n<p><strong>8.9.1.\u00a0<\/strong>Los requerimientos de pre y post-calentamiento del Ducto se deben establecer con base a sus\u00a0propiedades mec\u00e1nicas y metal\u00fargicas, los cuales deben estar incluidos en el procedimiento de soldadura\u00a0correspondiente.<\/p>\n<p><strong>8.10.\u00a0Inspecci\u00f3n y prueba de soldaduras<\/strong><\/p>\n<p>Las uniones soldadas circunferenciales tanto en l\u00ednea regular como en obras especiales, empates y doble\u00a0junta, incluyendo conexiones e interconexiones soldadas se deben inspeccionar radiogr\u00e1ficamente al 100%\u00a0mediante rayos X, rayos Gamma o ultrasonido por haz angular. Se debe realizar una inspecci\u00f3n visual al\u00a0100% de las soldaduras para asegurar la aplicaci\u00f3n del procedimiento mencionado en el numeral 8.4 y que\u00a0sea aceptable de acuerdo con el numeral 8.1 de la presente Norma.<\/p>\n<p>Los Regulados deben asegurarse que el personal que realice las pruebas no destructivas en las uniones\u00a0soldadas cuenten con una certificaci\u00f3n seg\u00fan la especialidad, de acuerdo a la ASNT SNT-TC-1A, equivalente\u00a0o superior, y que se empleen equipos con informes de calibraci\u00f3n vigente, emitidos por un laboratorio de\u00a0calibraci\u00f3n acreditado en t\u00e9rminos de la Ley Federal de Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n y su Reglamento.<\/p>\n<p>Para otras soldaduras del sistema que no sean circunferenciales, en las que no sea factible realizar\u00a0pruebas radiogr\u00e1ficas, se deben inspeccionar mediante pruebas no destructivas de acuerdo con lo establecido\u00a0en el numeral 8.11 de la presente Norma.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>8.10.1.\u00a0<\/strong>Criterios de aceptaci\u00f3n o rechazo de una soldadura. Los criterios de aceptaci\u00f3n o rechazo de una\u00a0soldadura visualmente inspeccionada o inspeccionada con cualquier m\u00e9todo de prueba no destructiva se\u00a0determinar\u00e1n de acuerdo a lo establecido en el c\u00f3digo API-1104 o equivalente o superior.<\/p>\n<p><strong>8.11.\u00a0Pruebas no destructivas<\/strong><\/p>\n<p>Las Pruebas no destructivas a soldaduras se deben realizar por m\u00e9todos que indiquen con precisi\u00f3n y\u00a0claridad las discontinuidades y\/o los defectos en la soldadura, que pueden afectar la integridad de la misma de\u00a0acuerdo a lo establecido en el c\u00f3digo API-1104, equivalente o superior.<\/p>\n<p><strong>8.11.1.\u00a0<\/strong>Los procedimientos para pruebas no destructivas se deben establecer con el objeto de obtener los\u00a0defectos, para asegurar la aceptabilidad de la misma, de acuerdo con el c\u00f3digo API-1104, equivalente\u00a0o\u00a0superior.<\/p>\n<p><strong>8.12.\u00a0Archivo de las pruebas<\/strong><\/p>\n<p>Se debe conservar en archivo, durante un periodo de cinco a\u00f1os, un registro hist\u00f3rico de las pruebas no\u00a0destructivas de todas las soldaduras que incluya, entre otros, la calificaci\u00f3n de los procedimientos y probetas\u00a0de soldadura, la calificaci\u00f3n de los soldadores y los reportes de las pruebas no destructivas realizadas.<\/p>\n<p><strong>8.13.\u00a0Reparaci\u00f3n o remoci\u00f3n de defectos<\/strong><\/p>\n<p>Las soldaduras que sean rechazadas de acuerdo con el numeral 8.10.1 de la presente Norma, se deben\u00a0reparar o remover.<\/p>\n<p><strong>8.13.1.\u00a0<\/strong>En la soldadura reparada se debe remover el defecto de ra\u00edz. Despu\u00e9s de repararse una\u00a0soldadura, los Regulados deben inspeccionar no destructivamente utilizando el mismo m\u00e9todo que la\u00a0inspecci\u00f3n original para asegurar su aceptabilidad y adicionalmente se deben efectuar otras pruebas\u00a0no\u00a0destructivas.<\/p>\n<p><strong>8.13.2.<\/strong>\u00a0Una soldadura rechazada se debe corregir, de acuerdo con los procedimientos de reparaci\u00f3n de\u00a0soldadura calificados.<\/p>\n<p><strong>8.13.3.\u00a0<\/strong>Las laminaciones y otros defectos en los Ductos deben ser reparados o retirados de acuerdo al\u00a0procedimiento respectivo, de acuerdo con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas\u00a0con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>8.14.\u00a0Quemaduras por arco<\/strong><\/p>\n<p>Las quemaduras por arco pueden causar concentraciones de esfuerzos en los Ductos y deben ser\u00a0evitadas, retiradas o reparadas. Las muescas en el metal causadas por quemaduras de arco deben\u00a0ser\u00a0retiradas por esmerilado siempre que el esmerilado no reduzca el espesor de pared a menos del m\u00ednimo\u00a0permitido por las especificaciones del material. La remoci\u00f3n completa de las muescas en el metal creadas por\u00a0estas quemaduras debe realizarse de acuerdo al procedimiento respectivo. El espesor de pared del Ducto\u00a0despu\u00e9s del esmerilado es menor al permitido por las especificaciones del material, la zona del Ducto que\u00a0contenga la quemadura por arco debe ser retirada o reparada. Los parches por injerto no est\u00e1n permitidos.<\/p>\n<ol start=\"9\">\n<li><strong>Construcci\u00f3n y pre-arranque<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.1.\u00a0Requisitos generales<\/strong><\/p>\n<p>Los Ductos de Transporte de gas se deben construir de acuerdo con las especificaciones indicadas en el\u00a0cap\u00edtulo 7 Dise\u00f1o, de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>9.2.\u00a0Inspecci\u00f3n de materiales<\/strong><\/p>\n<p>Cada tramo de los Ductos y sus Componentes deben inspeccionarse visualmente por los Regulados, en el\u00a0sitio de la Instalaci\u00f3n (franja de seguridad) por personal calificado para asegurar que cualquier da\u00f1o\u00a0identificado sea corregido y no afecte la operaci\u00f3n y seguridad del sistema.<\/p>\n<p><strong>9.3.\u00a0Ancho m\u00ednimo de la franja de seguridad<\/strong><\/p>\n<p>El ancho m\u00ednimo de la franja de seguridad, del sistema para la protecci\u00f3n, operaci\u00f3n, mantenimiento e\u00a0inspecci\u00f3n de los Ductos para el Transporte de gas se indica en las siguientes Tablas 6 y 7:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 6.- Ancho m\u00ednimo de franja de seguridad del sistema para alojar los Ductos de Transporte<\/p>\n<div>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">Di\u00e1metro Nominal\u00a0mil\u00edmetros (pulgadas)<\/div>\n<\/td>\n<td colspan=\"3\">\n<div class=\"Texto\">Ancho m\u00ednimo de la franja de seguridad<br \/>\n(metros)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">A<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">B<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">C<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Hasta 203.2 (8)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">7<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">2<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<div>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">De 254 (10) a 457.2 (18)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">10<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">De 508 (20) y mayores<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">14<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">9<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<div class=\"Texto\">\n<p><strong>Notas:<\/strong><\/p>\n<p><strong>(1)<\/strong>\u00a0Se debe conservar una distancia m\u00ednima de 5 m del eje longitudinal del Ducto al hombro de la\u00a0superficie de rodamiento de caminos menores y de 10 m con caminos mayores o v\u00edas de ferrocarril.<\/p>\n<p>Para Ductos menores a 508 mm (20 pulg.) de di\u00e1metro \u00e9stos se pueden calcular para cargas bajo\u00a0condiciones de aplastamiento con profundidad m\u00ednima de 1.2 m y un factor de dise\u00f1o (F) no mayor de 0.4 a\u00a0efecto de evitar las distancias m\u00ednimas de separaci\u00f3n con caminos y v\u00edas de ferrocarril.<\/p>\n<p><strong>(2)<\/strong>\u00a0Para el caso en que dentro de una misma franja de seguridad se aloje m\u00e1s de un Ducto, el ancho de\u00a0\u00e9sta se debe aumentar en proporci\u00f3n del di\u00e1metro de cada Ducto adicional m\u00e1s la separaci\u00f3n que haya entre\u00a0ellos de acuerdo con el numeral 7.6 de la presente Norma.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4336\" src=\"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_81958.png\" alt=\"\" width=\"550\" height=\"304\" srcset=\"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_81958.png 550w, https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_81958-300x166.png 300w\" sizes=\"(max-width: 550px) 100vw, 550px\" \/><\/p>\n<p>Figura 1.- Ancho m\u00ednimo de franja de seguridad<\/p>\n<p>Tabla 7.- Ancho m\u00ednimo de franja de seguridad del Sistema de Transporte para\u00a0alojar el Ducto dentro de<br \/>\nzonas urbanas<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td colspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">Dentro de zonas urbanas<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Hasta 101.6 mm (4 pulg.)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Di\u00e1metro exterior de los Ductos + 101.6 mm (4 pulg.) acada lado de los Ductos<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">De 152.4 mm a 203.2 mm (6 a 8 pulg.)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Di\u00e1metro exterior de los Ductos + 152.4 mm (6 pulg.) acada lado de los Ductos<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">De 254 mm a 304.8 mm (10 a 12 pulg.)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Di\u00e1metro exterior de los Ductos + 203.2 mm (8 pulg.) acada lado de los Ductos<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Mayores a 304.8 mm (12 pulg.)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Di\u00e1metro exterior de los Ductos + 254 mm (10 pulg.) a\u00a0cada lado de los Ductos<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Nota:<\/strong>\u00a0La Tabla 7 es aplicable a los Ductos localizados dentro de zonas urbanas existentes y en las que\u00a0est\u00e9n previstas como tales en los planes de desarrollo urbano municipales.<\/p>\n<p><strong>9.3.1.\u00a0<\/strong>Para el alojamiento de un Ducto en una franja de seguridad existente, los Regulados deben\u00a0sujetarse a lo dispuesto por el titular de dicha franja.<\/p>\n<p>En el caso que los Regulados requieran instalar otro Ducto en la misma franja de seguridad de un Ducto<\/p>\n<p>existente, el ancho m\u00ednimo de la franja de seguridad debe ser el correspondiente al Ducto que tenga el\u00a0di\u00e1metro mayor indicado en las\u00a0Tablas\u00a06 y 7, y a \u00e9ste se le debe adicionar la separaci\u00f3n entre pa\u00f1os de los\u00a0Ductos, misma que debe cumplir con el numeral 7.6.1 de la presente Norma. Cuando por limitantes f\u00edsicas no\u00a0sea posible aumentar el ancho de la franja de seguridad asociado a la separaci\u00f3n de Ductos, el o los nuevos\u00a0Ductos se deben calcular para cargas bajo condiciones de aplastamiento con profundidad m\u00ednima de 1.2 m y\u00a0un factor de dise\u00f1o (F) no mayor de 0.4, en cualquier caso, la separaci\u00f3n entre Ductos debe permitir efectuar\u00a0las actividades de mantenimiento en cualquiera de ellos sin afectar a los otros Ductos.<\/p>\n<p><strong>9.3.2.\u00a0<\/strong>Cuando no se pueda establecer una franja de seguridad del Sistema de Transporte de Ductos como\u00a0lo indica la Tabla 6 y 7 se tenga que alojar el Ducto en una franja de servicios urbanos, se debe cumplir con\u00a0los requerimientos del numeral 7.6.1 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>9.3.3.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben mantener libre la franja de seguridad del Ducto.<\/p>\n<p><strong>9.4.\u00a0Cambio de direcci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Los cambios de direcci\u00f3n durante la construcci\u00f3n pueden llevarse a cabo por medio del doblado de los\u00a0Ductos o codos. El doblado no debe afectar la capacidad de servicio de los Ductos. Los dobleces realizados\u00a0en campo deben cumplir con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>El radio m\u00ednimo de doblado se establece en la siguiente Tabla 8:<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 8.- Radio m\u00ednimo de doblado<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Di\u00e1metro nominal mil\u00edmetros (pulgadas)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Radio m\u00ednimo<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">304.8 (12) y menores<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">18D<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">355.6 (14)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">21D<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">406.4 (16)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">24D<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">457.2 (18)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">27D<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">508 (20) y mayores<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">30D<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>D: di\u00e1metro nominal del Ducto.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>b)<\/strong>Los Ductos de soldadura longitudinal, deben cuidarse que la soldadura longitudinal est\u00e9 tan cerca\u00a0como sea posible del eje neutral del doblez, excepto cuando:<\/li>\n<li>El doblez se realice con un mandril curvador interno; o<\/li>\n<li>El Ducto sea de un di\u00e1metro externo de 305 mm o menor, o<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Tenga una relaci\u00f3n di\u00e1metro a espesor de la pared menor a 70.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>c)<\/strong>Los dobleces deben estar libres de abolladuras, fracturas, ovalamiento y otros da\u00f1os mec\u00e1nicos\u00a0evidentes. Los dobleces se deben controlar de tal forma que no se perjudique la integridad\u00a0estructural y operacional de los Ductos;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Todas las soldaduras que est\u00e9n sujetas a esfuerzos durante el doblado deben ser calificadas por\u00a0pruebas no destructivas;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>La soldadura circunferencial en los Ductos de acero que se localice en un \u00e1rea que se vaya a\u00a0someter a un proceso de doblado, se debe probar por m\u00e9todos no destructivos antes y despu\u00e9s de\u00a0dicho proceso, y<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Los codos de acero forjado para soldar y los segmentos transversales de los mismos, no se deben\u00a0usar para cambios de direcci\u00f3n en el Ducto de acero de 50 mm (2&#8243;) de di\u00e1metro o mayor, a menos\u00a0que la longitud del arco, medido sobre la curva interna, sea de 25.4 mm, como m\u00ednimo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.5.\u00a0Protecci\u00f3n contra factores externos<\/strong><\/p>\n<p>Los Ductos deben estar protegidos contra deslaves, inundaciones, suelos inestables, deslizamientos de\u00a0tierra u otros riesgos que puedan provocar que los Ductos se muevan o que est\u00e9n\u00a0sometidos a cargas\u00a0anormales. Para obtener una adecuada protecci\u00f3n de los Ductos, se debe considerar lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Las Instalaciones superficiales o a\u00e9reas (Ductos de Transporte o cabezal principal) deben estar\u00a0protegidas de da\u00f1o accidental ocasionado por tr\u00e1fico vehicular u otras causas similares y colocarse a\u00a0una distancia segura del tr\u00e1fico o en su defecto colocar barricadas;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>b)<\/strong>Cuando los Ductos crucen \u00e1reas que normalmente se hallan bajo agua o instaladas en \u00e1reas que\u00a0tienen la probabilidad de inundarse, como niveles fre\u00e1ticos altos, lagos, bah\u00edas, pantanos y cruces de\u00a0r\u00edos, se debe aplicar al Ducto un peso o anclaje (lastre) cuando sea requerido, suficiente para impedir\u00a0que flote. El cruce de Ductos en un cuerpo de agua se ubicar\u00e1 en el margen y lecho m\u00e1s estable. La\u00a0profundidad, la ubicaci\u00f3n de los dobleces localizados en los m\u00e1rgenes y el espesor de pared de los\u00a0Ductos se deben seleccionar con base en las caracter\u00edsticas del cruce, siguiendo las pr\u00e1cticas de la\u00a0industria y t\u00e9cnicas de ingenier\u00eda correspondientes, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Se deben tomar las medidas necesarias para proteger a los Ductos de Transporte, de los peligros\u00a0naturales y considerar lo siguiente: Aumentos de espesor de pared, construcci\u00f3n de muros de\u00a0contenci\u00f3n de tierras, medidas preventivas contra la erosi\u00f3n, instalaci\u00f3n de anclajes e incorporaci\u00f3n\u00a0de medidas que aumenten la flexibilidad, recubrimientos especiales, etc.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.6.\u00a0Instalaci\u00f3n de Ductos en zanja<\/strong><\/p>\n<p>Los Ductos de Transporte que van a operar a presiones que provocan esfuerzos tangenciales iguales o\u00a0mayores al 30% de la (RMC), se deben instalar en una zanja de tal manera que los Ductos se adapten y se\u00a0ajusten al fondo de \u00e9sta con objeto de minimizar los esfuerzos y proteger el recubrimiento de los Ductos\u00a0contra da\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>9.6.1.\u00a0<\/strong>Cuando se cubre la zanja donde se aloja un Ducto, \u00e9sta se debe rellenar de manera que:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Se proporcione un soporte firme bajo el Ducto, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Se eviten da\u00f1os al Ducto y a su recubrimiento provocados por el\u00a0equipo de maniobras o material\u00a0de\u00a0relleno.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.7.\u00a0Encamisado<\/strong><\/p>\n<p>El encamisado que se instale a un Ducto de Transporte que cruce una v\u00eda de ferrocarril o carretera debe\u00a0cumplir con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Estar dise\u00f1ado para resistir las cargas impuestas;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Se deben sellar los extremos del encamisado si existe la posibilidad de que pudiera penetrar agua en\u00a0el \u00e1nulo que forma el Ducto con el encamisado;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Si se sellan los extremos de un encamisado sin ventilaci\u00f3n y el sello es lo suficientemente resistente\u00a0para mantener la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) del Ducto, el encamisado debe\u00a0estar dise\u00f1ado para soportar esta presi\u00f3n a un nivel de esfuerzo no mayor al 72% de la (RMC);<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>En cruzamientos, se permite instalar Ductos sin encamisar, siempre y cuando en el dise\u00f1o se haya\u00a0tomado en cuenta las cargas externas de la misma, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Si se instalan venteos se deben proteger contra agentes atmosf\u00e9ricos para evitar que, entre agua\u00a0al\u00a0encamisado.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.8.\u00a0Perforaci\u00f3n horizontal direccional<\/strong><\/p>\n<p><strong>9.8.1.\u00a0<\/strong>El personal que implemente y ejecute la perforaci\u00f3n horizontal debe estar capacitado y tener la\u00a0experiencia para realizar los trabajos requeridos.<\/p>\n<p><strong>9.8.2.\u00a0<\/strong>Antes de comenzar los trabajos sobre perforaci\u00f3n horizontal, se debe tener un plan que incluya\u00a0procedimientos sobre las acciones que deben implementarse para llevar a cabo la perforaci\u00f3n exitosamente.\u00a0El plan debe considerar como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Uso de la herramienta perforadora y equipo de rastreo para verificar la ruta;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Requisitos de espacio para el equipo en los puntos de entrada y salida;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Requisitos de espacio para construir el \u00e1rea para jalar el Ducto;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Protecci\u00f3n al Ducto contra la abrasi\u00f3n durante el proceso de colocaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Requerimientos de agua y l\u00edquido de perforaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Plan de protecci\u00f3n al ambiente y monitoreo de las actividades;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>Plan sobre el manejo del l\u00edquido de perforaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>Planes de contingencia sobre derrame o p\u00e9rdida de fluido, respuesta, limpieza y mitigaci\u00f3n, y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>i)<\/strong>Especificaciones del equipo a utilizar e integridad de los mismos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.8.3.\u00a0<\/strong>Los procedimientos para el manejo e instalaci\u00f3n deben desarrollarse para que los Ductos reciban el\u00a0menor da\u00f1o posible al recubrimiento y se eviten esfuerzos excesivos durante su instalaci\u00f3n. Se debe\u00a0utilizar\u00a0equipo de tama\u00f1o adecuado para levantar y colocar los Ductos en el punto de salida de la broca\u00a0de\u00a0perforaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>9.8.4.\u00a0<\/strong>La evaluaci\u00f3n de la integridad de los Ductos y su recubrimiento deben considerar:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Inspecci\u00f3n visual y no destructiva de los Ductos y cordones de soldadura, antes de jalar los Ductos;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Inspecci\u00f3n visual de los Ductos y recubrimiento en el \u00e1rea donde sale del punto de perforaci\u00f3n, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Prueba de presi\u00f3n despu\u00e9s de la instalaci\u00f3n de la secci\u00f3n que fue colocada mediante\u00a0perforaci\u00f3n\u00a0horizontal.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.9.\u00a0Reparaciones de rasgaduras y estr\u00edas en campo<\/strong><\/p>\n<p>Los defectos en forma de rasgaduras y estr\u00edas deben ser:<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li><strong>a)<\/strong>Removidos por esmerilado, siempre que el espesor de pared remanente est\u00e9 de acuerdo con los\u00a0requerimientos establecidos en el numeral 10.34 de la presente Norma, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Eliminar la parte da\u00f1ada de los Ductos cortando un carrete donde se encuentra el defecto y\u00a0sustituirse por otro de las mismas especificaciones, cuando las condiciones del numeral 10.34 de la\u00a0presente Norma no puedan cumplirse.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.10.\u00a0Abolladuras y Hendiduras<\/strong><\/p>\n<p>La profundidad de una Hendidura se debe medir entre el punto m\u00e1s bajo de la Hendidura y el contorno\u00a0original del Ducto.<\/p>\n<p>Los Ductos con Abolladuras deben ser retirados o reparados cuando re\u00fanan cualquiera de las\u00a0siguientes\u00a0condiciones:<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong>a)<\/strong>Todas las Abolladuras que excedan una profundidad de 6.4 mm ( \u00bc Pulg) en Ductos de 304.8 mm\u00a0(12\u00a0Pulg) y menores, o el 2% del di\u00e1metro nominal de los Ductos mayores a 304.8 mm (12 Pulg);<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cuando afecten la curvatura del Ducto en la soldadura longitudinal o en cualquier soldadura\u00a0circunferencial, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Las que contengan alg\u00fan concentrador de esfuerzos tales como arrancadura o ranura.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.11.\u00a0Reparaciones por parche<\/strong><\/p>\n<p>No se permite reparar los defectos de los Ductos por medio de parches.<\/p>\n<p><strong>9.12.\u00a0Precauciones para evitar explosiones y fuegos no controlados durante la instalaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Las actividades de construcci\u00f3n, tales como soldadura con gas, soldadura el\u00e9ctrica y corte con soplete se\u00a0deben realizar en forma segura. Siempre que los Ductos contengan gas, se debe evitar la mezcla gas-aire\u00a0midiendo los l\u00edmites de inflamabilidad.<\/p>\n<p><strong>9.13.\u00a0Transporte de los Ductos de acero<\/strong><\/p>\n<p>La transportaci\u00f3n de Ductos por ferrocarril, r\u00edos o v\u00edas marinas que tenga una relaci\u00f3n de di\u00e1metro\u00a0externo-espesor de pared de 70 a 1 o mayor y que va a operar a esfuerzos del 30% o mayores de la (RMC),\u00a0debe apegarse a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos\u00a0o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p>Los Ductos deben ser probados hidrost\u00e1ticamente por un periodo de cuando menos 8 horas, conforme\u00a0a\u00a0lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>A 1.25 veces la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) para clases\u00a0de localizaci\u00f3n 1, 2, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>A 1.5 veces la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) para clases de localizaci\u00f3n 3, 4 y 5.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.14.\u00a0Imperfecciones superficiales en Ductos de acero<\/strong><\/p>\n<p>Las imperfecciones superficiales como rasgaduras, muescas, Hendiduras, entre otras, se deben reparar\u00a0de acuerdo con lo establecido en los numerales 9.8 y 9.9 de la presente Norma cuando los Ductos operen a\u00a0presiones que produzcan un Esfuerzo tangencial igual o mayor que el 20% de la (RMC), o en Ductos\u00a0mayores\u00a0a 114.3 mm de di\u00e1metro exterior con un espesor de pared nominal de 6.0 mm. Estos Ductos se deben probar\u00a0a una presi\u00f3n igual a su presi\u00f3n de dise\u00f1o antes de ser usadas para el Transporte de gas.<\/p>\n<p><strong>9.15.\u00a0Trampas para dispositivos de limpieza e inspecci\u00f3n interior<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>9.15.1.\u00a0<\/strong>Las trampas de diablos deben instalarse para enviar y recibir dispositivos de limpieza e inspecci\u00f3n\u00a0interior para mantener la eficiencia del Transporte por Ducto. Todos los Ductos, v\u00e1lvulas, tapas y accesorios\u00a0de las trampas deben cumplir con las secciones correspondientes establecidas en las Normas vigentes.<\/p>\n<p><strong>9.15.2.\u00a0<\/strong>Las trampas de diablos ubicadas en los extremos terminales de los Ductos y sus conexiones\u00a0asociadas, deben sujetarse al piso con anclas adecuadas, y concreto; as\u00ed mismo, deben contar con los\u00a0soportes superficiales adecuados para prevenir la transmisi\u00f3n de esfuerzos al Ducto debido a expansi\u00f3n\u00a0y\u00a0contracci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>9.16.\u00a0Pre-arranque<\/strong><\/p>\n<p>Antes de la puesta en operaci\u00f3n del Sistema de Transporte nuevo, rehabilitado o modificado, los\u00a0Regulados deben realizar la revisi\u00f3n de seguridad pre-arranque, para confirmar que los elementos de\u00a0Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al medio ambiente del Sistema de Transporte han sido\u00a0construidos o instalados conforme al dise\u00f1o, y proporciona la certeza de que la Instalaci\u00f3n es segura para el\u00a0inicio de operaci\u00f3n. La revisi\u00f3n de seguridad de pre-arranque consta de dos etapas: Documental y f\u00edsica.<\/p>\n<p>Se debe contar con un plan de pre-arranque, que cuente como m\u00ednimo con lo siguiente:<\/p>\n<p><strong>9.16.1.\u00a0<\/strong>Revisi\u00f3n documental:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>An\u00e1lisis de Riesgo actualizado;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Atenci\u00f3n y cumplimiento a las recomendaciones derivadas del An\u00e1lisis de Riesgo;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Procedimiento de la administraci\u00f3n de cambios y de personal y su aplicaci\u00f3n conforme a lo\u00a0establecido en las DISPOSICIONES administrativas de car\u00e1cter general que establecen los\u00a0Lineamientos para la conformaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y autorizaci\u00f3n de los Sistemas de\u00a0Administraci\u00f3n de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al Medio Ambiente\u00a0aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos que se indican, o la que la modifiqueo\u00a0sustituya;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Pruebas destructivas y no destructivas realizadas a todos los equipos y sus Componentes;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Manual de Operaci\u00f3n, el cual debe contar con la informaci\u00f3n requerida en el numeral 10.14\u00a0de la\u00a0presente Norma;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Certificados de los equipos e instrumentos, que demuestren que \u00e9stos fueron calibrados;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>Procedimientos de Pre-arranque, Operaci\u00f3n y Mantenimiento, que integren las medidas de\u00a0seguridad\u00a0para cada actividad. Estos procedimientos deben estar actualizados y disponibles en\u00a0el sitio de\u00a0trabajo;<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>Plan de Respuesta a Emergencias (PRE);<\/li>\n<li><strong>i)<\/strong>El cumplimiento a los requerimientos en materia Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y\u00a0Protecci\u00f3n al medio ambiente que los Regulados establecen a los contratistas;<\/li>\n<li><strong>j)<\/strong>Documentos que avalen las pruebas de hermeticidad, realizadas de acuerdo al numeral 10.12\u00a0de la\u00a0presente Norma;<\/li>\n<li><strong>k)<\/strong>Reportes de la integridad mec\u00e1nica de los equipos que incluya al menos, los elementos siguientes:<\/li>\n<li>Equipo el\u00e9ctrico;<\/li>\n<li>Equipo est\u00e1tico y tuber\u00edas;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Equipo mec\u00e1nico, e<\/p>\n<ol>\n<li>Instrumentaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>l)<\/strong>Cumplimiento de los t\u00e9rminos y condicionantes establecidos en su autorizaci\u00f3n de impacto ambiental\u00a0para la etapa de construcci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>m)<\/strong>Aseguramiento de la calidad de los materiales conforme a especificaciones, y<\/li>\n<li><strong>n)<\/strong>Contar con las especificaciones y el censo de equipos, materiales y accesorios de la Instalaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>9.16.2.\u00a0<\/strong>Revisi\u00f3n f\u00edsica<\/p>\n<p>Un equipo conformado por las diferentes disciplinas debe realizar un recorrido para verificar que la\u00a0Instalaci\u00f3n, cumple como m\u00ednimo con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Especificaciones de dise\u00f1o establecidas en\u00a0la presente Norma, recomendaciones de los fabricantes\u00a0y las mejores pr\u00e1cticas internacionales;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>b)<\/strong>Modificaciones realizadas en la administraci\u00f3n del cambio que coincidan en la revisi\u00f3n f\u00edsica, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Que los dispositivos de seguridad funcionen de acuerdo al dise\u00f1o.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Una vez realizada la revisi\u00f3n de seguridad del Pre-arranque, si se identifica que alguno de los elementos\u00a0de la revisi\u00f3n f\u00edsica o documental no se ha\u00a0cumplido, \u00e9ste debe ser atendido para poder iniciar operaciones.<\/p>\n<p><strong>9.17.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben obtener un Dictamen de Pre-arranque de una Unidad de Verificaci\u00f3n, en el\u00a0que conste que las Instalaciones y los equipos cumplen con lo previsto en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>9.18.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben dar aviso a la Agencia del inicio de operaciones, en un plazo m\u00e1ximo de 10\u00a0d\u00edas posterior a \u00e9ste, mediante declaraci\u00f3n, bajo protesta de decir verdad de que la Construcci\u00f3n y los\u00a0equipos son acordes con lo dispuesto en la presente Norma, as\u00ed como la ingenier\u00eda de detalle\u00a0y las\u00a0modificaciones que se hayan incorporado a dicha ingenier\u00eda durante la etapa de Construcci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>9.19.\u00a0<\/strong>El aviso al que se refiere el p\u00e1rrafo anterior, debe acompa\u00f1arse del Dictamen de Dise\u00f1o y de\u00a0Pre-arranque, emitidos por la Unidad de Verificaci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li><strong>Operaci\u00f3n y mantenimiento<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.1.\u00a0Requisitos generales de inspecci\u00f3n y pruebas de hermeticidad<\/strong><\/p>\n<p>Todo Ducto que conduzca gas, de acuerdo con el campo de aplicaci\u00f3n de la presente Norma, debe\u00a0someterse a una prueba de hermeticidad despu\u00e9s de su construcci\u00f3n y antes de ser puesto en servicio,\u00a0incluyendo ampliaciones, reparaciones y modificaciones.<\/p>\n<p><strong>10.1.1.\u00a0<\/strong>La prueba de hermeticidad debe realizarse s\u00f3lo con agua, aire o gas inerte conforme a la Tabla 9,\u00a0cuando se use agua \u00e9sta debe ser de calidad satisfactoria al estar libre de materiales que sedimenten y, en\u00a0caso de usarse aire, el equipo de compresi\u00f3n que se utilice debe contar con filtros para polvo y l\u00edquidos.<\/p>\n<p><strong>10.1.2.\u00a0<\/strong>Debe realizarse una prueba hidrost\u00e1tica a aquellos Ductos que tengan m\u00e1s de 20 a\u00f1os de\u00a0operaci\u00f3n y que:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>No se haya realizado una corrida de Diablo instrumentado, o<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>No cuenten con los documentos relativos a los materiales de construcci\u00f3n e historial sobre su\u00a0operaci\u00f3n y mantenimiento, o<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>No pueda evidenciarse, mediante un estudio de integridad del Ducto, el estado f\u00edsico en que\u00a0se\u00a0encuentran.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.1.3.\u00a0<\/strong>Siempre que se aplique una prueba hidrost\u00e1tica o neum\u00e1tica, se debe evaluar la capacidad de\u00a0resistencia del Sistema de Transporte contra fracturas cuando se encuentra en el nivel m\u00e1ximo de tensi\u00f3n\u00a0durante la prueba.<\/p>\n<p><strong>10.2.\u00a0Requisitos de seguridad y protecci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Al realizar las pruebas establecidas en este numeral, se deben tomar las medidas necesarias, conforme al\u00a0procedimiento de prueba, para proteger a los operadores y t\u00e9cnicos del Sistema de Transporte y a las\u00a0personas en general durante la realizaci\u00f3n de las mismas.<\/p>\n<p><strong>10.2.1.\u00a0<\/strong>Durante el desarrollo de las pruebas, las personas que no participan en ellas deben permanecer\u00a0fuera del \u00e1rea durante el periodo en el cual la presi\u00f3n se eleve a m\u00e1s del 50% de la diferencia entre la presi\u00f3n\u00a0de operaci\u00f3n y la presi\u00f3n de prueba, hasta que la presi\u00f3n sea reducida a la presi\u00f3n de operaci\u00f3n del Ducto.\u00a0Asimismo, en el caso de usar gas inerte como medio de prueba, se debe asegurar que dicho gas no ocasione\u00a0da\u00f1o al medio ambiente.<\/p>\n<p><strong>10.2.2.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben contar con los procedimientos respectivos para llevar a cabo de manera\u00a0segura las pruebas de hermeticidad que garanticen la detecci\u00f3n de todas las Fugas en el tramo que se\u00a0est\u00e1\u00a0probando.<\/p>\n<p><strong>10.3.\u00a0Desarrollo de la prueba<\/strong><\/p>\n<p>Las pruebas hidrost\u00e1ticas deben ser evidenciadas, los Regulados deben mantener los datos de las\u00a0pruebas en un documento firmado por el personal responsable de la misma para su posterior verificaci\u00f3n por\u00a0parte de la Unidad de Verificaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>10.3.1.\u00a0<\/strong>En el caso de los Ductos nuevos, se debe elegir entre la prueba de la totalidad del Ducto o la\u00a0prueba por tramos, dependiendo de la longitud y caracter\u00edsticas del sistema. Una vez concluida la instalaci\u00f3n\u00a0del Ducto en la zanja y realizados los empates, se debe efectuar la prueba de hermeticidad. En el caso de\u00a0prueba por tramos, se debe poner especial cuidado en la inspecci\u00f3n de las soldaduras de empate entre los\u00a0tramos probados. La ingenier\u00eda debe especificar el valor de la presi\u00f3n de prueba por segmento de acuerdo\u00a0con el procedimiento de la prueba establecido, especificando los segmentos de prueba, mismos que deben<\/p>\n<p>ser los m\u00ednimos factibles.<\/p>\n<p><strong>10.3.2.\u00a0<\/strong>Durante la prueba de hermeticidad se deben generar los registros de presi\u00f3n y temperatura, los\u00a0cuales deben conservarse durante la vida \u00fatil del Sistema de Transporte.<\/p>\n<p><strong>10.3.3.\u00a0<\/strong>Se debe probar la hermeticidad de todos los tramos del Ducto, as\u00ed como, en su caso, localizar y\u00a0eliminar todas las Fugas de conformidad con lo establecido en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.3.4.\u00a0<\/strong>Al t\u00e9rmino de la prueba no debe existir cambio en la presi\u00f3n, m\u00e1s que el atribuible a una variaci\u00f3n\u00a0en temperatura o presi\u00f3n atmosf\u00e9rica, el cual debe demostrarse mediante la memoria de c\u00e1lculo\u00a0correspondiente. En caso contrario, el sistema se debe revisar hasta eliminar todas las Fugas, repitiendo la\u00a0prueba las veces que sean necesario, hasta demostrar la hermeticidad del mismo.<\/p>\n<p><strong>10.3.5.\u00a0<\/strong>Si la prueba es hidrost\u00e1tica, la presi\u00f3n debe mantenerse como m\u00ednimo 8 horas y si es neum\u00e1tica\u00a0debe mantenerse 24 horas.<\/p>\n<p><strong>10.3.6.\u00a0<\/strong>Cuando en el dise\u00f1o de los Ductos se considere un aumento en el espesor m\u00ednimo por corrosi\u00f3n,\u00a0la presi\u00f3n de prueba debe multiplicarse por el resultado de la siguiente relaci\u00f3n:<\/p>\n<p>(Espesor m\u00ednimo requerido + C) \/ Espesor m\u00ednimo requerido<\/p>\n<p><strong>Donde:<\/strong><\/p>\n<p>C = Espesor adicional al considerar posible corrosi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>10.4.Requisitos de prueba para Ductos de acero<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 9.- Requisitos de prueba para Ductos de acero que operan\u00a0a esfuerzos tangenciales de 30% o m\u00e1s de<br \/>\nla (RMC)<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">Clase de<br \/>\nLocalizaci\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td rowspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">Medio de la prueba<br \/>\npermitido<\/div>\n<\/td>\n<td colspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">Presi\u00f3n de prueba prescrita<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">M\u00ednima<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">M\u00e1xima<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Agua<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.25 x PMO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">&#8212;-<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">2<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Agua<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.25 x PMO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">&#8212;-<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Aire o gas [Nota (1)]<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.25 x PMO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">PP\u00a01.25, o la PD<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td rowspan=\"2\">\n<div class=\"Texto\">3<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Agua<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.25 x PMO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">&#8212;-<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Aire [Nota (1)]<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.25 x PMO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">PP\u00a01.25, o la PD<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">4<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Agua [Nota (3)]<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.40 x PMO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">&#8212;-<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Agua [Nota (3)]<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.40 x PMO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">&#8212;-<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Donde:<\/strong><\/p>\n<p>PD = Presi\u00f3n de Dise\u00f1o.<\/p>\n<p>PMO = Presi\u00f3n M\u00e1xima de Operaci\u00f3n (no es necesariamente la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible\u00a0(PMOP)).<\/p>\n<p>PP = Presi\u00f3n de Prueba.<\/p>\n<p><strong>Notas:<\/strong><\/p>\n<p>(1) Para presiones de prueba con aire o gas, se debe considerar lo establecido en la Tabla 11.<\/p>\n<p>(2) Las pruebas en Ductos en estaciones de compresi\u00f3n deben ser hidrost\u00e1ticas en cumplimiento con los\u00a0requisitos para la Clase de Localizaci\u00f3n 3.<\/p>\n<p>(3) Si no se tienen las condiciones adecuadas para implementar una prueba hidrost\u00e1tica por condiciones\u00a0extremas tales como, baja temperatura del suelo donde est\u00e1n alojados los Ductos o por insuficiente\u00a0disponibilidad de agua con calidad satisfactoria libre de materiales que sedimenten, se puede implementar\u00a0una prueba neum\u00e1tica aplicando las consideraciones de la Tabla 10.<\/p>\n<p><strong>10.4.1.\u00a0<\/strong>Si el operador del Sistema de Transporte decide que la (PMO) ser\u00e1 menor que la presi\u00f3n de\u00a0dise\u00f1o, deben hacerse una reducci\u00f3n en la presi\u00f3n de prueba prescrita, seg\u00fan se indica en la columna de\u00a0presi\u00f3n de prueba prescrita, m\u00ednima en la Tabla 9. Sin embargo, si se utiliza esta presi\u00f3n de prueba reducida,\u00a0no se debe subir posteriormente la (PMO) al nivel de la presi\u00f3n de dise\u00f1o sin efectuar una nueva prueba de\u00a0los Ductos a la presi\u00f3n de prueba mayor.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>10.4.2.\u00a0<\/strong>El Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo permitido por la presi\u00f3n de prueba al utilizar como medio de\u00a0prueba, aire o gas inerte, es el indicado en la Tabla 10 siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 10.- Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo permitido de la presi\u00f3n de prueba mediante aire o gas<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Clase de localizaci\u00f3n*<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo permitido c\u00f3mo % de la (RMC)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1 y 2<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">72<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">3<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">60<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">4<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">50<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">40<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>*Para Ductos que utilicen factores de dise\u00f1o superiores a 0.72, se debe cumplir con lo indicado en el\u00a0Ap\u00e9ndice C (Normativo) de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.4.3.\u00a0<\/strong>Se deben realizar pruebas a las Instalaciones del Sistema de Transporte, tales como estaciones de\u00a0compresi\u00f3n, regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n, etc., estableciendo la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)\u00a0de acuerdo con la clase de localizaci\u00f3n, factor de dise\u00f1o y los criterios para medios de prueba indicados las\u00a0Tablas 10 y 11.<\/p>\n<p><strong>10.5.\u00a0Requisitos para Ductos de acero que van a operar a esfuerzos tangenciales menores al 30%\u00a0de la (RMC)<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Los Ductos que vayan a operar en clases de localizaci\u00f3n 1, 2 y 3 deben ser probados en\u00a0conformidad con la Tabla 9, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Los Ductos que vayan a operar en clases de localizaci\u00f3n 4 y 5 deben ser probados en conformidad\u00a0con la Tabla 9, con la salvedad de que podr\u00e1 usarse gas o aire como el medio de la prueba, dentro\u00a0de los l\u00edmites m\u00e1ximos establecidos en la Tabla 10.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.6.\u00a0Ductos de materiales no met\u00e1licos (pl\u00e1sticos)<\/strong><\/p>\n<p>Los Ductos de pl\u00e1stico deben ser probadas neum\u00e1tica o hidrost\u00e1ticamente a una presi\u00f3n no menor de\u00a01.5\u00a0veces la (PMO) o 340 kPA, la que resulte mayor; sin exceder 3.0 veces la presi\u00f3n de dise\u00f1o del Ducto.<\/p>\n<p><strong>10.7.\u00a0Inspecci\u00f3n de empates<\/strong><\/p>\n<p>Todas las uniones o empates entre tramos de Ductos, a los cuales ya no es viable o pr\u00e1ctico realizarles\u00a0una prueba de hermeticidad; deben ser sometidos a pruebas no destructivas, y deben ser inspeccionados\u00a0visualmente por los Regulados antes del relleno de zanja.<\/p>\n<p><strong>10.8.\u00a0<\/strong>Todas las derivaciones entre Ductos principales e Instalaciones de entrega deben someterse a una\u00a0prueba de hermeticidad considerando lo siguiente:<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li><strong>a)<\/strong>Para derivaciones en acero, que operen a un Esfuerzo tangencial superior al 30% de la (RMC), se\u00a0deben probar de acuerdo a lo indicado en el numeral 10.4 de la presente Norma;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Para derivaciones en acero, que operen a un Esfuerzo tangencial inferior al 30% de la (RMC),\u00a0se\u00a0deben probar de acuerdo a lo indicado en el numeral 10.5 de la presente Norma, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Para derivaciones en otros materiales y operadas como m\u00e1ximo a 689 kPa, se deben probar de\u00a0acuerdo a lo indicado en el numeral 10.6 de la presente Norma.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.9.\u00a0Fugas y rupturas<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Para el caso de Fugas:<\/li>\n<\/ol>\n<p>En caso de ocurrir Fugas durante la prueba de hermeticidad, se debe reparar el Ducto y repetir la\u00a0prueba, de acuerdo con lo establecido en este numeral hasta que no exista Fuga alguna, y<\/p>\n<ol>\n<li><strong>b)<\/strong>Para el caso de rupturas:<\/li>\n<\/ol>\n<p>Cuando ocurran Fugas por rupturas en el Ducto durante la prueba de hermeticidad, el Ducto se debe\u00a0reparar y posteriormente repetir la prueba hasta que sea satisfactoria.<\/p>\n<p><strong>10.10.\u00a0Reemplazo de Componentes<\/strong><\/p>\n<p>Si un componente distinto del Ducto es la \u00fanica pieza que va a ser reemplazada o agregada a un Sistema<\/p>\n<p>de Transporte, no requerir\u00e1 de prueba de hermeticidad despu\u00e9s de su instalaci\u00f3n, si el fabricante del\u00a0Componente certifica que:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>El Componente se prob\u00f3, como m\u00ednimo, a la presi\u00f3n requerida por la prueba de hermeticidad del\u00a0sistema al cual se adiciona, o<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>El Componente se fabric\u00f3 bajo un sistema de control de calidad que asegura que cada pieza\u00a0fabricada es cuando menos, de resistencia equivalente a un prototipo que fue probado a la presi\u00f3n\u00a0requerida por la prueba de hermeticidad del sistema al cual se adiciona.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.11.\u00a0<\/strong>Para las unidades fabricadas y tramos cortos del Ducto en donde no es conveniente realizar\u00a0pruebas despu\u00e9s de la instalaci\u00f3n junto con el Ducto correspondiente, se deben realizar pruebas de\u00a0hermeticidad antes de su instalaci\u00f3n manteniendo la presi\u00f3n de prueba de hermeticidad por un m\u00ednimo de 4\u00a0horas, conservando la evidencia correspondiente durante la vida \u00fatil del Ducto. En caso de que estos\u00a0Componentes sean soldados al Ducto, las soldaduras correspondientes deben ser probadas de acuerdo a los\u00a0requisitos del numeral 8.10 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.12.\u00a0Documentaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Los registros de las pruebas de hermeticidad realizadas a los Ductos y secciones o parte de los mismos se\u00a0deben elaborar y mantener durante la vida \u00fatil del Ducto y estar disponibles para cuando sean requeridos por\u00a0la Agencia o para ser exhibidos como evidencia de la actividad realizada en inspecciones o evaluaciones\u00a0efectuadas por Unidades de Verificaci\u00f3n. Estos registros deben contener como m\u00ednimo la informaci\u00f3n\u00a0siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Nombre de la empresa que efect\u00faa la prueba;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Medio de prueba empleado;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Longitud y localizaci\u00f3n de los Ductos probados;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Presi\u00f3n de prueba y de dise\u00f1o;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Duraci\u00f3n de la prueba;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Gr\u00e1ficas de registro de pruebas u otros reportes de lecturas de presi\u00f3n y temperatura firmados por\u00a0los responsables de la ejecuci\u00f3n de la prueba;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>El registro de calibraci\u00f3n vigente, del equipo utilizado para la prueba de medici\u00f3n; dicho registro debe\u00a0tener la trazabilidad conforme a la Ley Federal Sobre Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>Variaciones de los incrementos de presi\u00f3n, siempre que sean significativas para la prueba en\u00a0particular, y<\/li>\n<li><strong>i)<\/strong>Fugas y fallas observadas y, en su caso, las medidas tomadas para corregirlas, as\u00ed como la\u00a0informaci\u00f3n que se gener\u00f3 durante las mismas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.13.\u00a0Eliminaci\u00f3n de los medios de prueba<\/strong><\/p>\n<p>Los fluidos utilizados durante la prueba se deben desechar de conformidad con lo establecido en las\u00a0Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes,\u00a0de tal manera que se minimice el impacto al medio ambiente y se mitiguen los Riesgos de Seguridad Industrial\u00a0y Seguridad Operativa para el personal involucrado.<\/p>\n<p><strong>10.14.\u00a0Manual de procedimientos para la operaci\u00f3n y mantenimiento<\/strong><\/p>\n<p>El manual debe revisarse y actualizarse cuando cambien las condiciones de operaci\u00f3n o se realicen\u00a0modificaciones t\u00e9cnicas al sistema, o como m\u00ednimo una vez cada a\u00f1o calendario, en lo referente a los planes\u00a0y procedimientos descritos. El manual debe tener correspondencia con las caracter\u00edsticas, equipos\u00a0e\u00a0Instalaciones que integren el Sistema de Transporte, y acorde a los lineamientos de la presente Norma.\u00a0Cuando se encuentren deficiencias en la aplicaci\u00f3n de sus procedimientos, \u00e9stos deben modificarse con base\u00a0en auditor\u00edas internas. Los manuales deben estar disponibles en todo momento, en los lugares donde serealicen las actividades de operaci\u00f3n y mantenimiento por el personal operativo, en formato electr\u00f3nico\u00a0o\u00a0medio impreso.<\/p>\n<p><strong>10.14.1.\u00a0<\/strong>Caracter\u00edsticas del manual para la operaci\u00f3n, mantenimiento y Seguridad Industrial y\u00a0Seguridad\u00a0Operativa.<\/p>\n<p>El manual debe incluir los procedimientos detallados que garanticen que las actividades de mantenimiento\u00a0y operaci\u00f3n se realicen de manera segura y debe considerar como m\u00ednimo, lo siguiente:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Para condiciones normales:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Los procedimientos aplicables a Ductos, v\u00e1lvulas, equipos y accesorios;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Los procedimientos aplicables al control de la corrosi\u00f3n interna y externa de los Ductos de acero que\u00a0integran el Sistema de Transporte;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>El detalle de las tareas para el arranque y paro programado de cualquier parte del Sistema\u00a0de\u00a0Transporte;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Los procedimientos detallados para la operaci\u00f3n y el mantenimiento de las estaciones de\u00a0compresi\u00f3n, regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n, as\u00ed como los puntos de entrega;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Los planos\u00a0<em>As-built<\/em>y diagramas de flujo actualizados del Sistema de Transporte con un listado de las\u00a0principales variables de operaci\u00f3n a vigilar durante la operaci\u00f3n normal;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Las precauciones que deben tomarse en registros y en las zanjas excavadas para proteger al\u00a0personal del riesgo en caso de presencia de gas o de acumulaci\u00f3n de vapores y la descripci\u00f3n y\u00a0ubicaci\u00f3n de los equipos de seguridad y Emergencia;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>Los detalles para la inspecci\u00f3n y pruebas peri\u00f3dicas del equipo de limitaci\u00f3n de presi\u00f3n para\u00a0determinar que se encuentre en condiciones seguras de operaci\u00f3n y con la capacidad adecuada\u00a0conforme a lo establecido en el numeral 10.48 de la presente Norma;<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>Las instrucciones para el patrullaje de las Instalaciones y franja de seguridad del sistema conforme a\u00a0lo establecido en el apartado A del numeral 10.28 de la presente Norma, y<\/li>\n<li><strong>i)<\/strong>Los procedimientos operativos, relativos a los instrumentos para monitoreo de flujo, presi\u00f3n y\u00a0temperatura del fluido, para mantener la Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al\u00a0medio ambiente.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para condiciones de operaci\u00f3n anormal:<\/p>\n<p>El manual debe incluir los procedimientos que proporcionen las condiciones de seguridad necesaria\u00a0cuando se hayan excedido los l\u00edmites de operaci\u00f3n normal de alguna parte del Sistema de Transporte y los\u00a0planes actualizados de respuesta a Emergencias, tanto a nivel interno como externo. Para la operaci\u00f3n\u00a0anormal deben considerarse al menos:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Los pasos para la respuesta, investigaci\u00f3n y correcci\u00f3n relativa al:<\/li>\n<li>Cierre de v\u00e1lvulas y paros no intencionales;<\/li>\n<li>Incremento o disminuci\u00f3n en la presi\u00f3n o en el rango de flujo fuera de los l\u00edmites de\u00a0operaci\u00f3n\u00a0normal;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0P\u00e9rdida de comunicaciones;<\/p>\n<ol>\n<li>Operaci\u00f3n de cualquier dispositivo de seguridad, y<\/li>\n<li>Cualquier otro funcionamiento no deseable de un Componente, desviaci\u00f3n de la operaci\u00f3n\u00a0normal, o error humano que pueda resultar en un Riesgo para las personas, Instalaciones, al\u00a0medio ambiente o la comunidad.<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Los procedimientos para la revisi\u00f3n de las variaciones de la operaci\u00f3n normal despu\u00e9s de que han\u00a0terminado las operaciones anormales. Esto debe realizarse las veces que sea necesario,\u00a0principalmente en los puntos cr\u00edticos del Sistema de Transporte para determinar su integridad y\u00a0operaci\u00f3n segura;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Los detalles para la notificaci\u00f3n al personal operativo responsable cuando se reciba un aviso sobre\u00a0una operaci\u00f3n anormal y las indicaciones de c\u00f3mo activar el plan de respuesta a Emergencias, en\u00a0caso de que una operaci\u00f3n anormal derive en tal situaci\u00f3n, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Revisi\u00f3n peri\u00f3dica del manual, as\u00ed como evaluar la respuesta del personal operativo bajo condiciones\u00a0anormales mediante simulacros, para determinar la efectividad de los procedimientos para controlar\u00a0las mismas y, en su caso, tomar las acciones correctivas donde se encuentren deficiencias.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los procedimientos establecidos en los numerales 10.33, y 10.34 de la presente Norma, se deben incluir\u00a0en el manual para la operaci\u00f3n y mantenimiento. Algunos de los numerales siguientes de este cap\u00edtulo\u00a0marcan diversos puntos a tomarse en cuenta para la elaboraci\u00f3n del manual de operaci\u00f3n, mantenimiento\u00a0y\u00a0seguridad.<\/p>\n<p><strong>10.15.\u00a0Investigaci\u00f3n de fallas y accidentes<\/strong><\/p>\n<p>\u00c9stas se deben investigar para determinar las causas que las originaron e implementar medidas\u00a0preventivas para evitar su repetici\u00f3n, conforme a las DISPOSICIONES administrativas de car\u00e1cter general<\/p>\n<p>que establecen los lineamientos para que los Regulados lleven a cabo las Investigaciones Causa Ra\u00edz de\u00a0Incidentes y Accidentes ocurridos en sus Instalaciones, o la que la modifique o sustituya.<\/p>\n<p><strong>10.16.\u00a0Fugas y rupturas<\/strong><\/p>\n<p>Cualquier Fuga o ruptura en el Ducto se debe reportar conforme a las DISPOSICIONES administrativas de\u00a0car\u00e1cter general que establecen los Lineamientos para Informar la ocurrencia de incidentes y accidentes\u00a0a la\u00a0Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos,\u00a0o la\u00a0que la modifique o sustituya, as\u00ed como con la Tabla 2 del Ap\u00e9ndice B (Normativo). Las reparaciones se\u00a0deber\u00e1n documentar y registrar en bit\u00e1cora.<\/p>\n<p><strong>10.17.\u00a0Programas de capacitaci\u00f3n y entrenamiento<\/strong><\/p>\n<p>Los Regulados que realicen actividades de Transporte deben contar con programas de capacitaci\u00f3n y\u00a0entrenamiento enfocados a la seguridad del sistema en cuanto a operaci\u00f3n y mantenimiento, mismos que\u00a0deben ser actualizados al menos una vez al a\u00f1o o antes si se requiere, y contener como m\u00ednimo, lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Operaci\u00f3n normal del sistema;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Operaci\u00f3n anormal y de Emergencia;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Procedimientos relativos al uso de equipo contra incendio;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Registro de la capacitaci\u00f3n y entrenamiento al personal, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Realizaci\u00f3n de simulacros.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.18.\u00a0Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)<\/strong><\/p>\n<p>Un Sistema de Transporte no debe operar a una presi\u00f3n mayor a la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n\u00a0permisible (PMOP) establecida como l\u00edmite de seguridad.<\/p>\n<p><strong>10.18.1.\u00a0<\/strong>Determinaci\u00f3n de la (PMOP)<\/p>\n<p>La Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) que se establezca para el Sistema de Transporte no\u00a0debe exceder cualquiera de los valores de presi\u00f3n siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La presi\u00f3n de dise\u00f1o del elemento m\u00e1s d\u00e9bil en el Ducto que se determine de acuerdo con el\u00a0cap\u00edtulo 7 Dise\u00f1o, de la presente Norma;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>La presi\u00f3n que resulte de dividir la presi\u00f3n a la cual se prob\u00f3 el tramo de Ducto despu\u00e9s de ser\u00a0construido, de acuerdo con los numerales 10.1 al 10.14 de la presente Norma, entre el factor que\u00a0se\u00a0establece en la Tabla 11 siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 11.- Factores usados para dividir la presi\u00f3n de prueba en\u00a0Ductos de acero operados a 689 kPa o mayor<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Clase de<br \/>\nLocalizaci\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Presi\u00f3n para Ducto de acero<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Presi\u00f3n para Ducto no met\u00e1lico<br \/>\n(pl\u00e1stico)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.25*<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">No disponible<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">2<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.25 o 1.10*<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.50<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">3<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.25<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.50<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">4<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.50<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.50<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.50<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.50<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>*Para que el Sistema de Transporte pueda establecer la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)\u00a0con base en estos factores, se debe cumplir con lo establecido en el Ap\u00e9ndice C (Normativo) de la\u00a0presente\u00a0Norma.<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li><strong>c)<\/strong>La presi\u00f3n m\u00e1s elevada a la cual el tramo de Ducto estuvo sujeto durante los \u00faltimos 5 a\u00f1os, a no ser\u00a0que el tramo de Ducto haya sido probado de acuerdo con el inciso b) de este numeral, o que se haya\u00a0reevaluado de acuerdo con el numeral 10.53 de la Secci\u00f3n G de este cap\u00edtulo en la presente\u00a0Norma,\u00a0y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>La presi\u00f3n determinada como la m\u00e1xima que se establece despu\u00e9s de considerar la integridad f\u00edsica\u00a0del tramo de Ducto, particularmente por el nivel de corrosi\u00f3n presente, en su caso.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.18.2.\u00a0<\/strong>La Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) para los sistemas de Transporte que en su\u00a0construcci\u00f3n no fueron sometidos a su m\u00e1ximo esfuerzo de cedencia por medio de una prueba hidrost\u00e1tica\u00a0conforme a su especificaci\u00f3n, deben operar a una Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) con un<\/p>\n<p>Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo de 60% de su resistencia m\u00ednima a la cedencia, siempre y cuando se cumpla con\u00a0lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Que el sistema o trayecto de Ducto sea inspeccionado para determinar el espesor m\u00ednimo por medio\u00a0de calas a cada 1 km o utilizando tecnolog\u00eda de inspecci\u00f3n en l\u00ednea debidamente comprobada;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Que el sistema o trayecto de Ducto conserve sus condiciones de integridad mec\u00e1nica en toda\u00a0su\u00a0trayectoria;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Que el ascenso de la presi\u00f3n sea de forma gradual en un 10% cada hora, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Que est\u00e9 sujeta a un programa de administraci\u00f3n de integridad mec\u00e1nica inmediata y futura, con\u00a0base en estudios de inspecci\u00f3n interior, comprobable ante el requerimiento de la Unidad de\u00a0Verificaci\u00f3n acreditada en t\u00e9rminos de la Ley Federal sobre Metrolog\u00eda y Normalizaci\u00f3n, y aprobada\u00a0por la Agencia.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.18.3.\u00a0<\/strong>Un tramo de Ducto al cual le es aplicable el numeral 10.18.1, no queda excluido de cumplir con lo\u00a0indicado en el cap\u00edtulo 7 Dise\u00f1o, secci\u00f3n H de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.18.4.\u00a0<\/strong>Confirmaci\u00f3n y revisi\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)<\/p>\n<p>Para Sistemas de Transporte existentes y que hayan estado en operaci\u00f3n previamente, cuando el\u00a0Esfuerzo tangencial correspondiente a la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) establecida en un\u00a0tramo de Ducto ya no corresponde con la clase de localizaci\u00f3n y el tramo se encuentra en condiciones f\u00edsicas\u00a0satisfactorias, la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) de ese tramo de Ducto se debe revisar y\u00a0confirmar su valor de acuerdo con los criterios siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) del tramo se debe reducir de manera que el\u00a0Esfuerzo tangencial correspondiente sea menor que el permitido por la presente Norma para Ductos\u00a0en esa misma clase de localizaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Si el tramo ha sido probado previamente durante un periodo de prueba mayor de 8 horas de acuerdo\u00a0con lo establecido en los numerales del 10.1 al 10.14, para pruebas de hermeticidad de la presente\u00a0Norma, la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) debe ser la que indica la Tabla 12\u00a0siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 12.- Confirmaci\u00f3n y revisi\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Clase de<br \/>\nlocalizaci\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible<br \/>\n(PMOP)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1 y 2<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.800 veces la presi\u00f3n de prueba<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">72% de la (RMC)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">3<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.667 veces la presi\u00f3n de prueba<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">60% de la (RMC)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">4 y 5<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0.555 veces la presi\u00f3n de prueba<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">50% de la (RMC)<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol start=\"10\">\n<li><strong>c)<\/strong>Si el tramo no ha sido probado, se debe probar de acuerdo con lo establecido en los numerales del\u00a010.1 al 10.14 de la presente Norma y su Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) se debe\u00a0establecer de acuerdo con los criterios siguientes:<\/li>\n<li>La Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) confirmada no debe exceder a aqu\u00e9lla\u00a0existente antes de la prueba;<\/li>\n<li>La Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) despu\u00e9s de la prueba de revaloraci\u00f3n\u00a0debe ser la indicada en el Tabla 12, y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0El Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo debe ser el indicado en el Tabla 12.<\/p>\n<ol start=\"10\">\n<li><strong>d)<\/strong>La modificaci\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) de un tramo de Ducto de\u00a0acuerdo con este numeral, no excluye la aplicaci\u00f3n de los numerales del 10.52 al 10.56 de la secci\u00f3n\u00a0G, de la presente Norma, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>La modificaci\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) que se requiera como\u00a0resultado de un estudio de acuerdo con el numeral 10.19 de la presente Norma, as\u00ed como la\u00a0reducci\u00f3n de presi\u00f3n, se deben realizar dentro de los 18 meses siguientes al cambio de clase\u00a0de\u00a0localizaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.18.5.\u00a0<\/strong>En caso de no resultar viable una reducci\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible\u00a0(PMOP) debido al cambio en la clase de localizaci\u00f3n de un Ducto de acuerdo con los numerales 10.18.4\u00a0y\u00a010.19 de la presente Norma, se pueden considerar las siguientes opciones:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Reemplazo del tramo o tramos del Ducto afectado por un Ducto que cumpla con los requisitos de\u00a0presi\u00f3n de dise\u00f1o correspondientes a la nueva clase de localizaci\u00f3n, de acuerdo con el cap\u00edtulo 7\u00a0Dise\u00f1o de la presente Norma, o<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Implementaci\u00f3n de medidas de seguridad adicionales a la parte del Sistema de Transporte afectado\u00a0que refuerce la integridad mec\u00e1nica del Sistema de Transporte a fin de salvaguardar la integridad\u00a0f\u00edsica de las personas, del medio ambiente y las Instalaciones del Sector, para el caso de\u00a0presentarse un Incidente o Accidente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.19.\u00a0Cambio en la clase de localizaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Cuando se registre un incremento en la densidad de poblaci\u00f3n \u00e9ste ocasionar\u00e1 un posible cambio en la\u00a0clase de localizaci\u00f3n y se debe realizar una Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda, ver numeral 10.26.1 de la presente\u00a0Norma, para determinar:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La nueva clase de localizaci\u00f3n del Ducto;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Si las condiciones de dise\u00f1o, construcci\u00f3n y pruebas originales, as\u00ed como el historial de operaci\u00f3n y\u00a0mantenimiento permiten cumplir con los requerimientos de la nueva clase de localizaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Evaluaci\u00f3n del tipo de edificaciones o desarrollo urbano de que se trata, en su caso, poniendo\u00a0especial atenci\u00f3n a la ubicaci\u00f3n de escuelas, hospitales, centros de concentraci\u00f3n masiva,\u00a0entre\u00a0otros;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Las acciones necesarias para adaptar el Ducto en caso de que el mismo no cumpla con los\u00a0requerimientos de la nueva clase de localizaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>El Riesgo y consecuencias en caso de presentarse una falla bas\u00e1ndose en el historial de operaci\u00f3n y\u00a0mantenimiento del tramo, y<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>La Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) y el Esfuerzo tangencial de operaci\u00f3n\u00a0correspondientes de acuerdo con el numeral 10.18.4 de la presente Norma.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.19.1.\u00a0<\/strong>Cuando la Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda se apruebe por el personal t\u00e9cnico especializado de los\u00a0Regulados y se demuestre que el tramo o tramos son adecuados a la nueva Clase de localizaci\u00f3n, no\u00a0proceder\u00e1 una modificaci\u00f3n en la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP).<\/p>\n<p><strong>10.19.2.\u00a0<\/strong>Cuando la Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda se rechace por el personal t\u00e9cnico especializado de los\u00a0Regulados, y el tramo o tramos sean inadecuados a la nueva Clase de localizaci\u00f3n, debe realizarse un\u00a0cambio de Ducto a la brevedad posible o reducirse la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP).<\/p>\n<p><strong>10.19.3.\u00a0<\/strong>Los Sistemas de Transporte que est\u00e9n sujetos a cambios en la clase de localizaci\u00f3n, deben llevar\u00a0a cabo una evaluaci\u00f3n anual por parte de los Regulados. Para determinar si ha habido un cambio, lo anterior\u00a0aplica cuando el Sistema de Transporte haya sido dise\u00f1ado, construido y operado de acuerdo a la clase de\u00a0localizaci\u00f3n 4.<\/p>\n<p><strong>10.19.4.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben conservar la informaci\u00f3n sobre los cambios en la clase de localizaci\u00f3n,\u00a0implementados durante el ciclo de vida del proyecto, las Evaluaciones de ingenier\u00eda, modificaciones y pruebas\u00a0realizadas, para cuando la Agencia la requiera.<\/p>\n<p><strong>10.20.\u00a0Dispositivos de control de presi\u00f3n, limitadores de presi\u00f3n y relevo de presi\u00f3n. Se deben\u00a0observar las consideraciones siguientes en estos dispositivos:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cuando exista un cambio en la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) de un Sistema de\u00a0Transporte o en un tramo de Ducto, se deben cambiar y\/o ajustar los dispositivos de protecci\u00f3n por\u00a0sobrepresi\u00f3n de acuerdo a la nueva Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) establecida,\u00a0cumpliendo con lo dispuesto en el cap\u00edtulo 7 Dise\u00f1o de la presente Norma, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Los dispositivos de relevo, limitadores de presi\u00f3n y control de presi\u00f3n deben ser inspeccionados y\u00a0probados cuando menos una vez cada a\u00f1o calendario, con un intervalo m\u00e1ximo de 15 meses entre\u00a0una inspecci\u00f3n a otra, excepto la prueba de discos de ruptura, cuya vida \u00fatil est\u00e1 determinada en la\u00a0garant\u00eda del fabricante. Adem\u00e1s, se debe determinar si dichos dispositivos se encuentran bien\u00a0instalados y revisar que tengan la capacidad para las condiciones actuales de operaci\u00f3n del Ducto.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.21.\u00a0Mantenimiento de las v\u00e1lvulas<\/strong><\/p>\n<p>Las v\u00e1lvulas del Sistema de Transporte que se puedan requerir durante una Emergencia, se deben\u00a0inspeccionar y verificar su viabilidad operativa a intervalos que no excedan 15 meses pero, como m\u00ednimo, una\u00a0vez cada a\u00f1o calendario.<\/p>\n<p><strong>10.22.\u00a0Mantenimiento de registros<\/strong><\/p>\n<p>Los registros o fosas que alojen v\u00e1lvulas, equipo de regulaci\u00f3n y limitaci\u00f3n de presi\u00f3n y que tengan una\u00a0capacidad interna volum\u00e9trica igual o mayor de 6 m3, se deben inspeccionar a intervalos que no excedan de\u00a015 meses, pero al menos una vez cada a\u00f1o calendario, para determinar que se encuentren en condiciones<\/p>\n<p>operativas y con ventilaci\u00f3n, asimismo:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>En caso de que se detecte gas en el registro, el equipo, Ductos o accesorios en su interior, se deben\u00a0inspeccionar en busca de Fugas, las que se deben reparar de inmediato;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Se debe comprobar que la ventilaci\u00f3n funcione adecuadamente, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Se deben inspeccionar las cubiertas de las b\u00f3vedas para asegurarse que no presenten Riesgo para\u00a0la seguridad de las personas, el medio ambiente y las Instalaciones.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.23.\u00a0Perforaci\u00f3n de Ductos bajo presi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Cada perforaci\u00f3n de un Ducto bajo presi\u00f3n, debe ser realizada por personal especializado que presente\u00a0un certificado donde demuestre que fue avalado por una entidad reconocida nacional e internacionalmente,\u00a0con el equipo adecuado y utilizando un procedimiento que considere como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>El personal que realice las perforaciones bajo presi\u00f3n debe:<\/li>\n<li>Conocer las limitaciones de presi\u00f3n del equipo a utilizar, y<\/li>\n<li>Estar capacitado en los procedimientos mec\u00e1nicos y en las medidas de seguridad relacionadas\u00a0con el uso del equipo en cuesti\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>La identificaci\u00f3n de los Ductos. Cuando se lleven a cabo este tipo de perforaciones se debe actuar\u00a0con precauci\u00f3n extrema, si no se tiene la seguridad de la existencia de otras Instalaciones\u00a0subterr\u00e1neas en la zona, cuando no se est\u00e9 familiarizado con dichas Instalaciones o no se conozca\u00a0su ubicaci\u00f3n exacta.<\/li>\n<li>Se deben revisar los planos y ponerse en contacto con los propietarios de otras Instalaciones\u00a0subterr\u00e1neas, para determinar su ubicaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.24.\u00a0Purgado de los Ductos<\/strong><\/p>\n<p>Cuando se va a purgar un Ducto con aire usando gas, el aire se debe liberar en un extremo del Ducto con\u00a0un flujo y velocidad suficiente que impida la formaci\u00f3n de una mezcla explosiva dentro del Ducto. Si el gas no\u00a0se puede abastecer en cantidades suficientes, se debe introducir gas inerte antes del flujo de gas.<\/p>\n<p>Cuando en un Ducto de gas, se purga utilizando aire, el gas se debe liberar en un extremo del Ducto con\u00a0un flujo y velocidad suficiente que impida la formaci\u00f3n de una mezcla explosiva dentro del Ducto. Si no se\u00a0puede suministrar aire en cantidad suficiente, se debe introducir gas inerte antes del aire. Para ambos casos\u00a0se debe contar con un procedimiento.<\/p>\n<p><strong>10.25.\u00a0Reparaci\u00f3n de Fugas<\/strong><\/p>\n<p>Las Fugas en los Ductos se deben reparar en el plazo que se establece en el Ap\u00e9ndice B (Normativo) de\u00a0la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.26.\u00a0Vigilancia contin\u00faa<\/strong><\/p>\n<p>Los Regulados que realicen actividades de Transporte deben tener un procedimiento para la vigilancia\u00a0continua de sus Instalaciones para determinar y tomar la acci\u00f3n apropiada en casos de cambios en la clase\u00a0de localizaci\u00f3n, fallas, historial de Fugas, corrosi\u00f3n, cambios sustanciales en los requerimientos de protecci\u00f3n\u00a0cat\u00f3dica, y otras condiciones no usuales de operaci\u00f3n y mantenimiento.<\/p>\n<p><strong>10.26.1.\u00a0<\/strong>En caso de determinar que un Ducto se encuentra en condiciones no satisfactorias, pero no\u00a0existe un Riesgo inmediato, se debe iniciar un programa para reacondicionar o eliminar el tramo involucrado y,\u00a0en caso de que dicho tramo no se pueda reacondicionar o eliminar, se debe reducir la Presi\u00f3n m\u00e1xima de\u00a0operaci\u00f3n permisible (PMOP) de acuerdo con el numeral 10.18.4 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.26.2.\u00a0<\/strong>Se debe realizar vigilancia continua del Sistema de Transporte para poder determinar las\u00a0condiciones operativas o de mantenimiento, anormales o inusuales, con el fin de evitar que dichas\u00a0condiciones anormales causen Riesgos. La vigilancia se debe realizar mediante:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Inspecci\u00f3n visual de las Instalaciones, con relaci\u00f3n a:<\/li>\n<li>Modificaci\u00f3n en la densidad de poblaci\u00f3n y cambio de clase de localizaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Efecto de la exposici\u00f3n a la intemperie o movimiento de los Ductos;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Cambios en la topograf\u00eda que pudieran afectar a las Instalaciones;<\/p>\n<ol>\n<li>Posible manipulaci\u00f3n peligrosa, vandalismo, da\u00f1os o evidencia de tales situaciones;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Acciones de terceros sobre los Ductos, y<\/li>\n<li>Posible filtraci\u00f3n de gas a edificios desde los registros y fosas a trav\u00e9s de entradas de aire.<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Revisi\u00f3n y an\u00e1lisis peri\u00f3dicos de documentaci\u00f3n que incluyan:<\/li>\n<li>Inspecci\u00f3n de Fugas;<\/li>\n<li>Inspecci\u00f3n de v\u00e1lvulas;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Inspecci\u00f3n de equipos de regulaci\u00f3n, alivio y limitaci\u00f3n de presi\u00f3n;<\/p>\n<ol>\n<li>Inspecci\u00f3n de control de corrosi\u00f3n, e<\/li>\n<li>Investigaci\u00f3n de fallas de las Instalaciones en general.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.27.\u00a0Odorizaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Para la seguridad de la poblaci\u00f3n el gas se debe odorizar en los Ductos de Transporte ubicados en clase\u00a0de localizaci\u00f3n 4 o 5 cuando discurra m\u00e1s de 2 km de su longitud, se encuentren el 50% o m\u00e1s de la longitud\u00a0del Ducto en esas clases de localizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La odorizaci\u00f3n no es requerida para:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>gas en campos subterr\u00e1neos;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>gas utilizado para procesamiento o usado donde el odorante no sirva como un agente de prevenci\u00f3n\u00a0o pueda perjudicar al proceso, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>gas utilizado en cualquier operaci\u00f3n relacionada a la exploraci\u00f3n o producci\u00f3n de Gas Natural antes\u00a0de ser entregado a proceso o Transporte.<\/li>\n<\/ol>\n<p>La odorizaci\u00f3n y el monitoreo debe realizarse de conformidad con lo establecido en el D (Normativo) de la\u00a0presente Norma.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Patrullaje<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.28.\u00a0<\/strong>Se debe establecer un programa de patrullaje para observar las condiciones superficiales\u00a0adyacentes al \u00e1rea de la franja de seguridad del sistema, en busca de indicaciones de Fugas, cambios en\u00a0clase de localizaci\u00f3n, invasiones, robos o sustracci\u00f3n de Componentes o dispositivos, da\u00f1os por terceros,\u00a0condiciones inseguras del Ducto, actividades de construcci\u00f3n, excavaciones, tomas clandestinas,\u00a0perforaciones en los Ductos y cualquier otro factor que pueda afectar la Seguridad Industrial y Seguridad\u00a0Operativa del sistema.<\/p>\n<p>Las formas de patrullajes pueden ser como se indican a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Terrestre, en veh\u00edculo o a pie;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>A\u00e9reo. El m\u00e9todo a\u00e9reo se considera como una alternativa opcional, para evaluar de acuerdo con las\u00a0necesidades espec\u00edficas del caso, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Cualquier otro medio apropiado para cumplir el objetivo establecido en este numeral.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.28.1.\u00a0<\/strong>La frecuencia de los patrullajes se determina en funci\u00f3n de la longitud, topograf\u00eda, acceso y\u00a0problem\u00e1ticas particulares de cada l\u00ednea involucrada, presiones de operaci\u00f3n, clase de localizaci\u00f3n, tipo de\u00a0terreno, clima y otros factores relevantes. Los intervalos como m\u00ednimo entre patrullajes no deben ser mayores\u00a0a una vez al mes, independientemente de la clase de localizaci\u00f3n de que se trate.<\/p>\n<p><strong>10.28.2.\u00a0<\/strong>Se debe poner particular atenci\u00f3n a las \u00e1reas pobladas y\/o protegidas de bi\u00f3sferas, carreteras,\u00a0cruces de r\u00edos y ferrocarril, y \u00e1reas p\u00fablicas de recreo como parques y campos de juego. El personal de\u00a0vigilancia debe estar alerta a cualquier cambio de coloraci\u00f3n en el suelo o en la detecci\u00f3n de vegetaci\u00f3n\u00a0muerta y\/o el crecimiento de vegetaci\u00f3n de diferentes especies que pudiera indicar posibles Fugas de gas.<\/p>\n<p><strong>10.28.3.\u00a0<\/strong>Cualquiera que sea el m\u00e9todo que se utilice para el patrullaje, en caso de que durante el mismo\u00a0se detecte alg\u00fan hallazgo sobre la franja de seguridad de los Ductos, \u00e9ste debe ser investigado por medio de\u00a0una evaluaci\u00f3n directa con el prop\u00f3sito de identificar cualquier Riesgo al sistema que permita cuantificar el\u00a0mismo e implementar las acciones correctivas que resulten necesarias.<\/p>\n<p><strong>10.28.4.\u00a0<\/strong>Detecci\u00f3n de Fugas. La frecuencia de detecci\u00f3n de Fugas se determina en funci\u00f3n de la longitud,\u00a0topograf\u00eda, acceso y problem\u00e1ticas particulares de cada l\u00ednea involucrada, presiones de operaci\u00f3n, clase de\u00a0localizaci\u00f3n, tipo de terreno, clima y otros factores relevantes. Los intervalos de detecci\u00f3n de Fugas no deben\u00a0ser mayores de los establecidos en la Tabla 13 siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 13.- Intervalos m\u00ednimos de detecci\u00f3n de Fugas<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Clase de localizaci\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Periodicidad<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1 y 2<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1 vez cada 12 meses<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">3<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1 vez cada 6 meses<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">4 y 5<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1 vez cada 3 meses<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<ol>\n<li><strong>Se\u00f1alamientos<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.29.\u00a0<\/strong>Requisitos generales de los se\u00f1alamientos. Los se\u00f1alamientos deben indicar el trayecto del Ducto\u00a0enterrado, delimitar la franja de seguridad del sistema, identificar las Instalaciones superficiales del Sistema de\u00a0Transporte, as\u00ed como los tramos de Ductos superficiales. Lo anterior, a efecto de reducir la posibilidad de da\u00f1o\u00a0o interferencia.<\/p>\n<p><strong>10.30.\u00a0<\/strong>Ductos enterrados. Este tipo de se\u00f1alamiento debe ser instalado sobre un soporte, colocado a los\u00a0lados de la franja de afectaci\u00f3n del Ducto y debe observar las siguientes caracter\u00edsticas:<\/p>\n<p><strong>10.31.\u00a0<\/strong>Debe cubrir la distancia m\u00ednima entre cada se\u00f1alamiento, de acuerdo a lo indicado en la\u00a0Tabla 14\u00a0siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 14.- Distancia m\u00ednima entre cada se\u00f1alamiento<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Clase de localizaci\u00f3n<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Distancia en metros<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1, 2 y 3<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Cada 1000<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">4<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Cada 500<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Cada 100<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>10.31.1.\u00a0<\/strong>Se\u00f1alamientos obligatorios. Se deben instalar se\u00f1alamientos lo m\u00e1s cerca posible, en los\u00a0casos\u00a0siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>En ambos lados del cruce de una carretera, camino p\u00fablico, v\u00eda de ferrocarril o cuerpos de agua, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Antes y despu\u00e9s de los cambios de direcci\u00f3n mayores a 30 grados.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.31.2.\u00a0<\/strong>Los se\u00f1alamientos del Sistema de Transporte deben ser mediante s\u00edmbolos, texto y contener al\u00a0menos lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Advertencia de peligro, cuidado y\/o precauci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Ducto de: (gas Transportado);<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>El nombre, denominaci\u00f3n o raz\u00f3n social de los Regulados;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Tel\u00e9fono de Emergencia Clave lada, tel\u00e9fono(s) local y\/o n\u00famero libre de cargo, y<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las Instalaciones del Sistema de Transporte que est\u00e9n enterradas deben adicionalmente indicar, y<\/p>\n<ol>\n<li><strong>e)<\/strong>No excavar, no golpear, no construir.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los se\u00f1alamientos deben ir con fondo color amarillo y letras color negro y apegarse a lo establecido en las\u00a0Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>10.31.3.\u00a0<\/strong>Excepciones<\/p>\n<p>En el caso de los tramos de Ducto donde los se\u00f1alamientos antes descritos no puedan ser colocados\u00a0debido a impedimentos del lugar o f\u00edsicos del terreno, la se\u00f1alizaci\u00f3n se puede realizar con las siguientes\u00a0alternativas:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Colocar el se\u00f1alamiento a un lado del lomo del Ducto, indicando la distancia y direcci\u00f3n en que va\u00a0el\u00a0Ducto;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Placas en el piso o pared (tachuelas o estoperoles), que contengan como m\u00ednimo: la Raz\u00f3n Social de\u00a0los Regulados, tel\u00e9fono(s) y las leyendas Gas Natural (o gas transportado), no excavar;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>En ambos casos, los Regulados deben implementar medidas adicionales en el programa de\u00a0operaci\u00f3n y mantenimiento, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Cuando en la franja de seguridad del Ducto existan dos o m\u00e1s Ductos, los Regulados deben indicar<\/li>\n<\/ol>\n<p>con un solo se\u00f1alamiento la distancia a que se encuentran los lomos de todos los Ductos.<\/p>\n<p><strong>10.32.\u00a0Se\u00f1alamientos en Instalaciones superficiales<\/strong><\/p>\n<p>En Instalaciones superficiales como v\u00e1lvulas de seccionamiento, trampas de diablos, estaciones de\u00a0recepci\u00f3n\/entrega, regulaci\u00f3n, medici\u00f3n y\/o compresi\u00f3n. En estos sitios deben incluirse anuncios alusivos a la\u00a0seguridad, como pueden ser: uso de equipo de protecci\u00f3n personal, restricci\u00f3n de acceso, no fumar, no\u00a0fuentes de ignici\u00f3n, entre otras.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Reparaciones<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.33.\u00a0Requisitos generales de los procedimientos de reparaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Se deben tomar medidas temporales inmediatas para proteger a las personas el medio ambiente y las\u00a0Instalaciones del Sector, siempre que se detecte alguna de las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Se detecte una Fuga, imperfecci\u00f3n o da\u00f1o que afecte el servicio de un tramo de Ducto, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>No sea posible realizar una reparaci\u00f3n definitiva en el momento de su detecci\u00f3n, la cual se\u00a0programar\u00e1 a la brevedad posible.<\/li>\n<\/ol>\n<p>No se deben utilizar parches soldados como medio de reparaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>10.33.1.\u00a0<\/strong>Las reparaciones se deben realizar mediante un procedimiento aprobado, el cual debe contener\u00a0las medidas de seguridad necesarias para evitar un siniestro y los trabajos deben ser supervisados por\u00a0personal calificado, entrenado y que tenga conocimientos de los Riesgos que los trabajos representan. En\u00a0caso que la reparaci\u00f3n requiera de soldadura, \u00e9sta debe apegarse a lo indicado en el cap\u00edtulo 8 de la presente\u00a0Norma.<\/p>\n<p><strong>10.33.2.\u00a0<\/strong>Antes de reparar permanentemente por medios mec\u00e1nicos o por soldadura un Ducto de acero, se\u00a0debe determinar por medio de pruebas no destructivas, si las caracter\u00edsticas del Ducto (espesor e integridad\u00a0de la pared) son adecuadas para el tipo de reparaci\u00f3n seleccionado. En caso negativo, se deben buscar\u00a0alternativas de reparaci\u00f3n aprobados, de acuerdo con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y a\u00a0falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes.<\/p>\n<p><strong>10.33.3.\u00a0<\/strong>Todas las reparaciones que involucren trabajos de soldadura deben ser inspeccionadas\u00a0radiogr\u00e1ficamente, de acuerdo a lo se\u00f1alado en el cap\u00edtulo 8 de la presente Norma y adicionalmente se deben\u00a0efectuar otras pruebas no destructivas. Cuando el m\u00e9todo radiogr\u00e1fico no sea adecuado para detectar fallas\u00a0por razones de la configuraci\u00f3n de la soldadura, se deben efectuar pruebas no destructivas.<\/p>\n<p><strong>10.33.4.\u00a0<\/strong>Reparaci\u00f3n de Ductos de acero. Cada imperfecci\u00f3n o da\u00f1o que afecte las propiedades f\u00edsicas de\u00a0un tramo del Ducto de acero se debe reparar o retirar de acuerdo al numeral 8.13 de la presente Norma. Si la\u00a0reparaci\u00f3n provoca una disminuci\u00f3n de la pared del Ducto, el espesor de pared remanente debe presentar las\u00a0caracter\u00edsticas siguientes para no retirarse:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>El espesor m\u00ednimo ser\u00e1 el requerido por las tolerancias que se\u00f1ale la especificaci\u00f3n bajo la cual se\u00a0fabric\u00f3, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>El espesor nominal de la pared del Ducto ser\u00e1 el requerido por la presi\u00f3n de dise\u00f1o del Ducto.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En estos casos debe mantenerse el registro respectivo en el historial del Sistema de Transporte, que\u00a0indique claramente el espesor final del tramo de Ducto y la ubicaci\u00f3n exacta del mismo. Estos registros deben\u00a0guardarse durante toda la vida \u00fatil del Sistema de Transporte.<\/p>\n<p><strong>10.33.5.\u00a0<\/strong>Las Abolladuras o Hendiduras se deben retirar de los Ductos de acero en los casos siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cuando est\u00e9n acompa\u00f1adas de una rasgadura, muesca, ranura, o quemadura de arco de soldadura\u00a0que puedan causar concentraci\u00f3n de esfuerzos;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cuando afecten la soldadura longitudinal o circunferencial;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Las que excedan una profundidad de 6,4 mm (1\/4 pulg.) en Ductos de 304,8 mm (12 pulg.) y\u00a0menores o 2% del di\u00e1metro nominal de Ductos mayores de 304,8 mm (12 pulg.), y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Las hendiduras con una profundidad del 10% del espesor nominal de pared.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.33.6.\u00a0<\/strong>Para el prop\u00f3sito de esta secci\u00f3n, la profundidad de una abolladura se mide como la separaci\u00f3n\u00a0entre el punto m\u00e1s bajo de la misma y la prolongaci\u00f3n del contorno original del Ducto.<\/p>\n<p><strong>10.33.7.\u00a0<\/strong>Se deben reparar o remover las quemaduras con soldadura de arco en Ductos de acero\u00a0que van\u00a0a operar a presiones que provocan Esfuerzos tangenciales de 30% (treinta por ciento) o mayores de la (RMC).\u00a0Esta reparaci\u00f3n o eliminaci\u00f3n debe realizarse de acuerdo al numeral 8.14 de la presente Norma\u00a0y la\u00a0reparaci\u00f3n debe mantener los espesores se\u00f1alados en los incisos a y b del numeral 10.33 de la\u00a0presente\u00a0Norma.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>10.33.8.\u00a0<\/strong>Las abolladuras, muescas, quemaduras por soldadura de arco o hendiduras no se deben reparar\u00a0con parches de inserci\u00f3n, golpeteo y\/o martillado, cuando van a ser removidos de un tramo del Ducto, estos\u00a0defectos deben ser retirados cortando la parte da\u00f1ada como un carrete.<\/p>\n<p><strong>10.34.\u00a0Reparaci\u00f3n permanente de imperfecciones y da\u00f1os en campo<\/strong><\/p>\n<p><strong>10.34.1.\u00a0<\/strong>Las imperfecciones o da\u00f1os que se describen a continuaci\u00f3n, deben ser reparados, de acuerdo a\u00a0lo establecido en el numeral 10.34.2 de la presente Norma.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Aquellas que provoquen una concentraci\u00f3n de esfuerzos, tales como estr\u00edas, muescas, rasgadura,\u00a0quemadura por soldadura, entre otras;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Toda laminaci\u00f3n que no sea aceptable en la especificaci\u00f3n aplicable al material en cuesti\u00f3n o toda\u00a0fisura detectada por medios de inspecci\u00f3n no destructiva en el metal base o en la soldadura\u00a0longitudinal o circunferencial;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Toda corrosi\u00f3n exterior que exceda la tolerancia en profundidad y longitud para una presi\u00f3n de\u00a0operaci\u00f3n segura, de acuerdo a lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas\u00a0con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Las hendiduras con una profundidad del 10% del espesor nominal de pared.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.34.2.\u00a0<\/strong>Las imperfecciones o da\u00f1os descritas en el numeral 10.34.1 de la presente Norma, deben ser\u00a0reparadas de acuerdo a lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Se debe sacar de servicio el tramo, se cortar\u00e1 el carrete da\u00f1ado y se reemplazar\u00e1 por otro de\u00a0espesor de pared igual o mayor, asimismo debe ser de grado y especificaci\u00f3n compatible con el\u00a0Ducto existente;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>En caso de no ser posible sacar de servicio el tramo, se debe reducir la presi\u00f3n de operaci\u00f3n hasta\u00a0un nivel que garantice la Seguridad Industrial y la Seguridad Operativa;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Colocar envolventes bipartidas soldables sobre el \u00e1rea total da\u00f1ada del Ducto, las soldaduras\u00a0circunferenciales son opcionales;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Eliminar el defecto ocasionado por la perforaci\u00f3n en l\u00ednea viva (<em>hot -tapping<\/em>), siempre y cuando la\u00a0localizaci\u00f3n, ancho y largo del defecto se determine por una inspecci\u00f3n visual;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Si el defecto no es una abolladura se puede esmerilar para eliminarlo; si despu\u00e9s de eliminar el\u00a0defecto se determina que el espesor no es suficiente para las condiciones de dise\u00f1o, se debe\u00a0proceder conforme a los incisos anteriores;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Se puede reparar el defecto, por aplicaci\u00f3n de material compuesto no met\u00e1lico, cumpliendo con lo\u00a0establecido en las Normas Oficiales Mexicanas, a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos\u00a0o\u00a0est\u00e1ndares internacionales vigentes, y<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>Los Ductos sumergidos en aguas navegables continentales se pueden reparar por medios\u00a0mec\u00e1nicos, instalando abrazaderas atornilladas de dise\u00f1o apropiado sobre el da\u00f1o o imperfecci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.35.\u00a0Reparaci\u00f3n permanente de soldaduras en campo<\/strong><\/p>\n<p>Cada soldadura que no sea aceptable de acuerdo con el numeral 8.10 de la presente Norma, se debe\u00a0reparar como se describe a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<ol start=\"8\">\n<li><strong>a)<\/strong>Debe ponerse fuera de servicio el tramo del Ducto del Sistema de Transporte para\u00a0reparar la\u00a0soldadura de acuerdo con los requerimientos aplicables que se\u00f1ala el numeral 8.13 de la presente\u00a0Norma;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Una soldadura se puede reparar de acuerdo con el numeral 8.13 de la presente Norma, mientras el\u00a0tramo del Ducto del Sistema de Transporte est\u00e1 en servicio, \u00fanicamente si cumple con lo siguiente:<\/li>\n<li>No existe Fuga en la soldadura;<\/li>\n<li>La presi\u00f3n en el tramo se reduce de manera que no produzca un Esfuerzo tangencial que sea\u00a0mayor del 30% (treinta por ciento) de la RMC del Ducto, y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0El espesor remanente de la soldadura, despu\u00e9s del esmerilado, no debe ser inferior a 3.2 mm.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>c)<\/strong>Las soldaduras fabricadas por medio de arco sumergido que tengan defectos deben ser reparadas\u00a0por medio de una envolvente bipartida soldable; las soldaduras circunferenciales son opcionales;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Las soldaduras fabricadas por medio de resistencia el\u00e9ctrica que tengan defectos deben ser\u00a0reparadas por medio de una envolvente bipartida soldable; las soldaduras circunferenciales son\u00a0obligatorias, y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>e)<\/strong>Una soldadura defectuosa que no se pueda reparar de acuerdo con los incisos a) o b) anteriores, se\u00a0debe corregir mediante la instalaci\u00f3n de envolventes bipartidas soldables de dise\u00f1o apropiado.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.36.\u00a0Reparaci\u00f3n permanente de Fugas en campo<\/strong><\/p>\n<p>Para la reparaci\u00f3n definitiva de una Fuga en campo, en un Ducto de Transporte, se debe realizar\u00a0lo\u00a0siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Poner el Ducto fuera de servicio, cortar el carrete de Ducto y reemplazarlo con un tramo de Ducto\u00a0que posea una resistencia de dise\u00f1o igual o mayor, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>En caso de no ser posible sacar de servicio el tramo de la l\u00ednea del Sistema de Transporte, la\u00a0reparaci\u00f3n se realizar\u00e1 mediante la instalaci\u00f3n de envolventes bipartidas soldadas, atornilladas de\u00a0dise\u00f1o apropiado, o cualquier otra t\u00e9cnica de reparaci\u00f3n que permita eliminar la Fuga.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.37.\u00a0Prueba en Ducto de reemplazo<\/strong><\/p>\n<p>Si un tramo de l\u00ednea del Sistema de Transporte se repara cortando el carrete da\u00f1ado del Ducto de\u00a0reemplazo se debe probar a la presi\u00f3n requerida para una l\u00ednea nueva que se instale en la misma\u00a0localizaci\u00f3n. Esta prueba se debe realizar en el Ducto antes de su instalaci\u00f3n, de acuerdo con lo establecido\u00a0en el numeral 10.3 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.38.\u00a0Prueba de las reparaciones realizadas por soldadura<\/strong><\/p>\n<p>Las reparaciones que se realicen por soldadura de acuerdo con los numerales 10.32, 10.33, 10.34 y 10.35\u00a0de la presente Norma, deben examinarse bajo el criterio establecido en el numeral 8.10 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.39.\u00a0Envolventes de refuerzo<\/strong><\/p>\n<p>Las envolventes de refuerzo que ayudar\u00e1n a contener la presi\u00f3n interna del Ducto se deben considerar\u00a0como reparaciones permanentes, siempre y cuando sea soldada y se extienda longitudinalmente por lo menos\u00a050 mm m\u00e1s all\u00e1 del extremo del defecto o imperfecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Las envolventes deben presentar las caracter\u00edsticas siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La concentraci\u00f3n de esfuerzos a la flexi\u00f3n del Ducto debe localizarse dentro de la envolvente;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>El material de la envolvente debe tener caracter\u00edsticas de resistencia a la presi\u00f3n, igual o mayor, y\u00a0debe ser compatible con el Ducto del Sistema de Transporte existente;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Tener un espaciamiento adecuado con otros dispositivos del Ducto;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Tener un soporte adecuado durante la instalaci\u00f3n y operaci\u00f3n, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Ser probada a la presi\u00f3n de prueba que marca la presente Norma.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.40.\u00a0Resistencia de las envolventes de refuerzo<\/strong><\/p>\n<p>La resistencia de las envolventes debe ser calculada de acuerdo con lo establecido en las Normas\u00a0Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales vigentes,\u00a0debi\u00e9ndose de utilizar un procedimiento de soldadura calificado de acuerdo a lo establecido en el numeral 8.3\u00a0de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.41.\u00a0Envolventes para soportar la presi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Se permite el uso de envolventes atornillables para contener la presi\u00f3n interna del Ducto como reparaci\u00f3n\u00a0permanente si est\u00e1n dise\u00f1adas y construidas de material que sea adecuado para soldadura y que pueda\u00a0contener la presi\u00f3n del Ducto de acuerdo con los requerimientos de dise\u00f1o. El Ducto debe ser sellado a\u00a0presi\u00f3n entre el \u00e1nulo del Ducto y la envolvente para relevar los esfuerzos asociados a la imperfecci\u00f3n o\u00a0defecto. Se debe llevar a cabo una Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda que indique que el defecto no se extender\u00e1 m\u00e1s\u00a0all\u00e1 de la envolvente.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Estaciones de Compresi\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.42.\u00a0Inspecci\u00f3n y prueba de dispositivos de relevo de presi\u00f3n y de Paro por Emergencia<\/strong><\/p>\n<p>Los dispositivos de relevo de presi\u00f3n en una estaci\u00f3n de compresi\u00f3n, a excepci\u00f3n de los discos de\u00a0ruptura, se deben inspeccionar y probar de acuerdo con lo establecido en el numeral 10.20 de la presente\u00a0Norma. Asimismo, se deben probar peri\u00f3dicamente para determinar que abren a la presi\u00f3n establecida.<\/p>\n<p><strong>10.42.1.\u00a0<\/strong>Cualquier defecto o inadecuaci\u00f3n de los dispositivos de la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n se debe<\/p>\n<p>reparar o reemplazar de inmediato.<\/p>\n<p><strong>10.42.2.\u00a0<\/strong>Los dispositivos de Paro por Emergencia a control remoto se deben inspeccionar y probar, como\u00a0m\u00ednimo, una vez cada a\u00f1o calendario para determinar que funcionen conforme con lo esperado.<\/p>\n<p><strong>10.43.\u00a0Aislamiento de equipos para mantenimiento o modificaciones<\/strong><\/p>\n<p>Se deben establecer procedimientos para el mantenimiento de estaciones de compresi\u00f3n, incluyendo los\u00a0dispositivos para aislar los equipos o tramos del Ducto, antes de su mantenimiento o reparaci\u00f3n. Tambi\u00e9n\u00a0deben establecerse los procedimientos para el purgado del equipo y del Ducto.<\/p>\n<p><strong>10.44.\u00a0Almacenamiento de materiales combustibles<\/strong><\/p>\n<p>Los materiales combustibles que est\u00e9n presentes en cantidades mayores a las requeridas para el uso\u00a0diario, o que sean distintos a los requeridos en las Instalaciones de compresi\u00f3n, se deben almacenar\u00a0a una\u00a0distancia segura de la Instalaci\u00f3n de compresi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>10.44.1.\u00a0<\/strong>Los tanques superficiales de almacenamiento se deben proteger de acuerdo con lo establecido\u00a0en las Normas Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas con las normas, c\u00f3digos o est\u00e1ndares internacionales\u00a0vigentes.<\/p>\n<p><strong>10.45.\u00a0Detecci\u00f3n de gas<\/strong><\/p>\n<p>Las \u00e1reas que forman parte de una estaci\u00f3n de compresi\u00f3n deben contar con sistemas fijos de detecci\u00f3n\u00a0de gas con alarma, salvo que:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>El edificio est\u00e9 construido de tal manera que el 50% (cincuenta por ciento) de su \u00e1rea lateral vertical,\u00a0como m\u00ednimo, est\u00e9 permanentemente abierta, o<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>La estaci\u00f3n de compresi\u00f3n sea de hasta 1,000 caballos de fuerza y no est\u00e9 tripulada.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.45.1.\u00a0<\/strong>Salvo cuando se requiera parar el sistema para mantenimiento de acuerdo con el numeral\u00a0siguiente, los sistemas de detecci\u00f3n de gas con alarma requeridos por esta secci\u00f3n, se debe monitorear\u00a0continuamente la estaci\u00f3n de compresi\u00f3n para detectar concentraciones de gas en aire menores del 25%\u00a0(veinticinco por ciento) del l\u00edmite inferior de explosividad. En caso de que dichas concentraciones se detecten,\u00a0se debe advertir del peligro que representa a las personas que se encuentran en el interior de la estaci\u00f3n de\u00a0compresi\u00f3n y a las que van a entrar a ella.<\/p>\n<p><strong>10.45.2.\u00a0<\/strong>Los sistemas de detecci\u00f3n de gas con alarma aqu\u00ed requeridos, se deben mantener en\u00a0condiciones \u00f3ptimas de funcionamiento. El mantenimiento debe incluir pruebas operativas.<\/p>\n<p><strong>10.46.\u00a0Compresor<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>El compresor de gas debe arrancar, operar y parar de acuerdo con los procedimientos establecidos\u00a0en el manual de operaci\u00f3n. Los dispositivos de paro deben ser inspeccionados y probados\u00a0peri\u00f3dicamente para determinar su funcionamiento \u00f3ptimo;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Para las estaciones donde existan condiciones de corrosi\u00f3n elevadas se debe contar con\u00a0procedimientos que establezcan la inspecci\u00f3n peri\u00f3dica en intervalos frecuentes que permitan\u00a0descubrir los deterioros causados a los Ductos y a los equipos, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>El equipo y los Ductos donde se hayan detectado condiciones de corrosi\u00f3n inaceptables, deber\u00e1n ser\u00a0aislados y purgados para su mantenimiento.<\/li>\n<li><strong>Estaciones de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.47.\u00a0Inspecci\u00f3n y pruebas a cargo de los Regulados<\/strong><\/p>\n<p>Las estaciones de medici\u00f3n, estaciones de regulaci\u00f3n de presi\u00f3n y su equipo, se deben sujetar a\u00a0inspecciones y pruebas a intervalos que no excedan de quince meses, pero como m\u00ednimo, una vez cada a\u00f1o\u00a0calendario para determinar que:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Se encuentran en una condici\u00f3n mec\u00e1nica adecuada desde el punto de vista de capacidad y\u00a0confiabilidad operativa;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Se encuentran operando a las condiciones para las cuales fueron seleccionadas, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Est\u00e1n protegidas del polvo, l\u00edquidos u otras condiciones que pudieran afectar su funcionamiento.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.48.\u00a0Prueba de dispositivos de relevo de presi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Los dispositivos de relevo de presi\u00f3n (excepto discos de ruptura), cuando sea posible, se deben probar en<\/p>\n<p>el sitio a intervalos que no excedan de quince meses pero, como m\u00ednimo, una vez cada a\u00f1o calendario para\u00a0determinar que cuentan con suficiente capacidad para limitar la presi\u00f3n en las Instalaciones a las que est\u00e1n\u00a0conectados, para no rebasar la presi\u00f3n m\u00e1xima deseada.<\/p>\n<p><strong>10.48.1.\u00a0<\/strong>Si el dispositivo de relevo es de capacidad insuficiente, se debe instalar un dispositivo nuevo o\u00a0adicional para proporcionar la capacidad requerida.<\/p>\n<p><strong>10.48.2.\u00a0<\/strong>Se permite llevar a cabo pruebas a los dispositivos en un sitio fuera de su localizaci\u00f3n y se deben\u00a0tomar previsiones para no dejar el sistema sin protecci\u00f3n durante el periodo en que se pruebe el dispositivo.<\/p>\n<p><strong>10.49.\u00a0Prevenci\u00f3n de incendios accidentales<\/strong><\/p>\n<p>Derivado de una previa valoraci\u00f3n del Riesgo, se deben instrumentar las medidas de seguridad aplicables\u00a0de acuerdo a las recomendaciones arrojadas por el An\u00e1lisis de Riesgos, para minimizar el peligro de una\u00a0ignici\u00f3n accidental en \u00e1reas donde la presencia de gas constituya un Riesgo de fuego o explosi\u00f3n. Se deben\u00a0tomar en cuenta, como m\u00ednimo, las medidas siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cuando un volumen de gas es liberado al aire, se debe tener cuidado de retirar del \u00e1rea cualquier\u00a0fuente de ignici\u00f3n potencial y contar con el equipo adecuado en caso de Emergencia;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>La soldadura o corte el\u00e9ctrico o con gas no se debe realizar en el Ducto o en Componentes del Ducto\u00a0que contengan una mezcla explosiva de gas-aire en el \u00e1rea de trabajo;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Colocar se\u00f1alamientos de advertencia donde sea apropiado;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Contar con procedimiento y equipo para la medici\u00f3n del l\u00edmite inferior de explosividad, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Conectar a tierra los equipos de compresi\u00f3n y de fuerza de movimiento que puedan generar\u00a0electricidad est\u00e1tica.<\/li>\n<li><strong>Instalaciones de entrega<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.50.\u00a0<\/strong>Programa peri\u00f3dico de mantenimiento. Se debe establecer un programa peri\u00f3dico de\u00a0mantenimiento, inspecci\u00f3n, prueba y calibraci\u00f3n de todo el equipo en las Instalaciones de entrega para\u00a0asegurar un funcionamiento adecuado, el cual debe incluir como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Equipos e instrumentos de medici\u00f3n de flujo, presi\u00f3n y temperatura, para detectar desviaciones en\u00a0condiciones normales de operaci\u00f3n, y garantizar las condiciones de Seguridad Industrial, Seguridad\u00a0Operativa y Protecci\u00f3n al medio ambiente;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Dispositivos de seguridad por sobrepresi\u00f3n, como son v\u00e1lvulas autom\u00e1ticas con sus respectivos\u00a0lazos de control;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Dispositivos de relevo y reguladores de presi\u00f3n que debe efectuarse al menos una vez cada a\u00f1o\u00a0calendario, para determinar su funcionalidad, buena condici\u00f3n mec\u00e1nica, y si es adecuado desde el\u00a0punto de vista de capacidad y operaci\u00f3n para el servicio en el cual es empleado;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Equipo contra incendio, el cual se debe mantener en \u00f3ptimas condiciones de operaci\u00f3n de manera\u00a0permanente, estar claramente identificado y con f\u00e1cil acceso en caso de fuego, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>El equipo electromec\u00e1nico y obra civil de la estaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong>Reevaluaci\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP), por integridad del Ducto o\u00a0necesidades operativas<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Esta secci\u00f3n describe los requerimientos m\u00ednimos que se deben cumplir para incrementar la Presi\u00f3n\u00a0m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) por motivos diferentes a la densidad poblacional, ya sea\u00a0increment\u00e1ndola por necesidades operativas o reduci\u00e9ndola como medida preventiva por los resultados\u00a0de la\u00a0evaluaci\u00f3n de la integridad del Ducto, como el adelgazamiento en la pared del Ducto por corrosi\u00f3n,\u00a0entre\u00a0otros.<\/p>\n<p><strong>10.51.\u00a0<\/strong>Requisitos generales, incrementos de presi\u00f3n. En caso de que se requieran modificar las\u00a0condiciones de operaci\u00f3n de un Ducto para aumentar la presi\u00f3n, el incremento se debe realizar gradualmente\u00a0a valores que puedan ser controlados y de acuerdo con lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Establecer las medidas de seguridad necesarias y l\u00edmites de presi\u00f3n para que el tramo de Ducto no\u00a0sea expuesto a presiones que puedan afectar su integridad;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Los incrementos deben ser no mayores del 10% de la presi\u00f3n cada hora.\u00a0Al final de cada incremento<\/li>\n<\/ol>\n<p>gradual, la presi\u00f3n se debe mantener constante, en tanto se verifica la existencia de Fugas en el\u00a0tramo de Ducto afectado, y<\/p>\n<ol>\n<li><strong>c)<\/strong>Las Fugas detectadas se deben reparar antes de realizar un nuevo incremento de presi\u00f3n y\u00a0siguiendo el procedimiento correspondiente.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.52.\u00a0Documentaci\u00f3n de acciones realizadas al tramo de Ducto<\/strong><\/p>\n<p>Cuando se someta un tramo del Ducto a condiciones de operaci\u00f3n m\u00e1s exigentes, la integridad de dicho\u00a0tramo debe estar evaluada y se debe contar con un registro de las acciones realizadas en el tramo de Ducto,\u00a0documentaci\u00f3n relacionada al mismo, trabajos correctivos y preventivos, y pruebas de presi\u00f3n desarrolladas.<\/p>\n<p><strong>10.53.\u00a0Plan escrito<\/strong><\/p>\n<p>Cuando se modifiquen las condiciones de operaci\u00f3n de un tramo de Ducto, se deben seguir los\u00a0procedimientos escritos que aseguren el cumplimiento de los requisitos aplicables de esta secci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>10.54.\u00a0Limitaciones para incrementar la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)<\/strong><\/p>\n<p>Al establecer una nueva Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP), conforme con esta secci\u00f3n, no\u00a0se debe exceder el valor m\u00e1ximo permitido para un tramo nuevo de Ducto construido de los mismos\u00a0materiales en la misma clase de localizaci\u00f3n, de acuerdo con los criterios de los numerales 10.18.1 a 10.18.3\u00a0de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.54.1.\u00a0<\/strong>Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda<\/p>\n<p>La Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) de los Ductos de Transporte deben incrementarse si\u00a0de manera previa se lleva a cabo una Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda para determinar si es viable incrementar la\u00a0Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) a la presi\u00f3n propuesta y si a la fecha de incremento\u00a0de la\u00a0Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) no se tienen retrasos en las actividades correctivas\u00a0o de\u00a0inspecci\u00f3n, programadas de acuerdo al sistema de administraci\u00f3n de integridad de Ductos de la\u00a0presente\u00a0Norma.<\/p>\n<p>La Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda a que se refiere el p\u00e1rrafo anterior debe incluir al menos:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>An\u00e1lisis de las condiciones f\u00edsicas actuales del tramo de Ducto completo, como es su espesor,\u00a0poniendo especial \u00e9nfasis en las zonas con menores espesores. Los espesores deben ser\u00a0determinados utilizando tecnolog\u00edas de inspecci\u00f3n confiables;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Revisi\u00f3n detallada del dise\u00f1o original del tramo de Ducto;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>An\u00e1lisis de los registros de construcci\u00f3n, inspecci\u00f3n y pruebas;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>An\u00e1lisis de los registros de las reparaciones que haya tenido desde su construcci\u00f3n, y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>An\u00e1lisis de los registros de las Fugas que haya tenido.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.54.2.\u00a0<\/strong>Si derivado de la Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda resulta viable el incremento de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de\u00a0operaci\u00f3n permisible (PMOP), el tramo de Ducto en cuesti\u00f3n se debe someter a nuevas pruebas de presi\u00f3n\u00a0de acuerdo al cap\u00edtulo 10 de la presente Norma y establecer la nueva Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n\u00a0permisible (PMOP) de acuerdo a los criterios de los numerales 10.18.1 a 10.18.3 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>10.54.3.\u00a0<\/strong>Si derivado de la Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda resulta viable el incremento de la (PMOP) pero las\u00a0pruebas de presi\u00f3n no resultan pr\u00e1cticas para el tramo del Ducto, el establecimiento de una nueva PMOP\u00a0debe realizarse de acuerdo a lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Seleccionar la nueva Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) que haya sido confirmada por\u00a0la Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda y que no exceda el menor de los siguientes valores:<\/li>\n<li>El 80% de la presi\u00f3n de dise\u00f1o de un Ducto nuevo que tenga las mismas consideraciones de\u00a0dise\u00f1o y el mismo material, y<\/li>\n<li>La presi\u00f3n que corresponda a un Esfuerzo tangencial m\u00e1ximo del 50% de la RMC del Ducto.<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Antes de iniciar el incremento de presi\u00f3n en el tramo del Ducto se debe realizar lo siguiente:<\/li>\n<li>Contar con los dispositivos adecuados para medir la presi\u00f3n;<\/li>\n<li>Realizar un monitoreo de Fugas inicial y hacer la reparaci\u00f3n correspondiente en donde sea\u00a0requerido, y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Reparar o reemplazar cualquier tramo del Ducto o accesorio inadecuado para la nueva Presi\u00f3n<\/p>\n<p>m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP).<\/p>\n<p><strong>10.54.4.\u00a0<\/strong>Si derivado de la Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda no resulta viable el incremento de la Presi\u00f3n m\u00e1xima\u00a0de operaci\u00f3n permisible (PMOP), se debe mantener la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)\u00a0actual en tanto no se subsanen las deficiencias encontradas en dicha evaluaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>10.54.5.\u00a0<\/strong>Al reducirse el espesor de pared del Ducto y sus accesorios por efecto de la corrosi\u00f3n o erosi\u00f3n,\u00a0es necesario evaluar la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) debido a que se reduce la\u00a0resistencia del Ducto por los esfuerzos causados por la presi\u00f3n. Como resultado de la medici\u00f3n del espesor\u00a0del Ducto y a la aplicaci\u00f3n del sistema de administraci\u00f3n de la integridad de Ductos, se debe evaluar la\u00a0Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) del Ducto y considerar como alternativa lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Realizar la reparaci\u00f3n o reemplazo correspondiente en la zona con bajos espesores, o<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Reducir la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) del Ducto.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.54.6.\u00a0<\/strong>La evaluaci\u00f3n de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) para el tramo de Ducto\u00a0debe realizarse de acuerdo a lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Determinar la profundidad de la corrosi\u00f3n en la secci\u00f3n del Ducto\u00a0\u00abc\u00bb\u00a0(en mm), (ver figura 2).\u00a0Si\u00a0\u00abc\u00bb\u00a0es\u00a0menor que el 10% del espesor nominal del Ducto\u00a0\u00abt\u00bb\u00a0(en mm), no se requiere reducir la Presi\u00f3n\u00a0m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP).\u00a0Si c es mayor que el 80% del espesor nominal del Ducto t,\u00a0se debe considerar el reemplazo de la secci\u00f3n del Ducto corro\u00eddo;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Determinar la longitud efectiva de corrosi\u00f3n a lo largo del eje longitudinal del Ducto\u00a0<em>L\u00a0<\/em>(en mm), y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Calcular el factor adimensional\u00a0\u00ab<em>A\u00bb<\/em>, de acuerdo a lo siguiente:<\/li>\n<\/ol>\n<p><em>A= 0.893 x L \/\u00a0\u00e2(D x t)<\/em><\/p>\n<p><strong>Donde:<\/strong><\/p>\n<p>D = di\u00e1metro exterior nominal del Ducto, en mm.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong>d)<\/strong>Para valores de A menores o iguales a 4.0, calcular P \u00b4 de acuerdo a la siguiente f\u00f3rmula:<\/li>\n<\/ol>\n<p>P \u00b4= 1.1 x P x ((1-2<em>c<\/em>\/3<em>t<\/em>)\/(1-2<em>c<\/em>\/3<em>t\u00e2(A2+1<\/em>)))<\/p>\n<p><strong>Donde:<\/strong><\/p>\n<p>P = El valor mayor entre la presi\u00f3n de dise\u00f1o (excluyendo el factor de junta soldada), en MPa y la\u00a0Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) actual.<\/p>\n<p>P \u00b4= La presi\u00f3n m\u00e1xima segura para el \u00e1rea corro\u00edda, en MPa;<\/p>\n<p>El valor de P \u00b4 no debe ser superior al de P;<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong>e)<\/strong>Para valores de A mayores a 4.0, calcular P \u00b4 de acuerdo a la siguiente f\u00f3rmula:<\/li>\n<\/ol>\n<p>P \u00b4= 1.1 x P x (1-c\/t)<\/p>\n<p>El valor de P \u00b4 no debe ser superior al de P, y<\/p>\n<ol>\n<li><strong>f)<\/strong>Si la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) actual es igual o menor a P \u00b4, el \u00e1rea con\u00a0problemas de corrosi\u00f3n puede permanecer en servicio con la actual Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n\u00a0permisible (PMOP) si se protegen las zonas corro\u00eddas y no se interrumpe el sistema de\u00a0administraci\u00f3n de integridad de Ductos. Si la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) actual\u00a0es mayor a P \u00b4, la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) debe reducirse al valor que\u00a0asegure que no excede a P \u00b4, o la zona corro\u00edda debe ser reparada o reemplazada.<\/li>\n<\/ol>\n<p><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4337\" src=\"http:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_108673.png\" alt=\"\" width=\"370\" height=\"288\" srcset=\"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_108673.png 370w, https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/wp-content\/uploads\/2019\/04\/semarnat2a11_Cimg_108673-300x234.png 300w\" sizes=\"(max-width: 370px) 100vw, 370px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>10.55.\u00a0Medici\u00f3n de espesores<\/strong><\/p>\n<p>Con la finalidad de monitorear el desgaste del Ducto por corrosi\u00f3n o erosi\u00f3n, se debe realizar la medici\u00f3n\u00a0de espesores de pared del Ducto en Instalaciones superficiales, como son entradas y salidas de v\u00e1lvulas de\u00a0seccionamiento, Estaciones de compresi\u00f3n, Estaciones de regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n, pasos a\u00e9reos y trampas\u00a0de diablos, entre otras. Estas mediciones se deben efectuar anualmente y una vez que se cuenten con\u00a0suficientes datos para hacer un an\u00e1lisis estad\u00edstico y estimar la velocidad de desgaste, se puede establecer\u00a0un programa de medici\u00f3n de espesores con frecuencia diferente a la anual, con base a los espesores y\u00a0velocidad de desgaste encontrados. La medici\u00f3n de espesores para estas Instalaciones debe incluir lecturas\u00a0en al menos el 50% de las piezas del Ducto y accesorios que conformen la Instalaci\u00f3n superficial y las\u00a0mediciones en cada pieza deben ser en al menos dos posiciones distintas.<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Desactivaci\u00f3n y reactivaci\u00f3n de Ductos<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.56.\u00a0Desactivaci\u00f3n de Ductos<\/strong><\/p>\n<p>En los procesos de desactivaci\u00f3n de Ductos, se deben tomar como m\u00ednimo las medidas siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cuando se desactive un Ducto, \u00e9ste debe ser desconectada del sistema de suministro de gas,\u00a0purgado y taponado usando bridas ciegas, cabezas soldadas, comales o el accesorio que se\u00a0considere apropiado. Cuando un Ducto se llene con alg\u00fan medio se debe poner especial cuidado en\u00a0su desactivaci\u00f3n y los efectos que le pueda causar a la misma, as\u00ed como las consecuencias que se\u00a0puedan tener en la eventualidad de una Fuga;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>En los Ductos desactivados se debe mantener el control de la corrosi\u00f3n interna y externa y el\u00a0mantenimiento del Ducto debe realizarse de acuerdo con lo establecido en la presente Norma\u00a0(cap\u00edtulo 10), y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>En Ductos que no han sido utilizadas por un tiempo mayor a 15 meses se debe comprobar\u00a0anualmente la efectividad del m\u00e9todo de desactivaci\u00f3n usado, el control de la corrosi\u00f3n y otras\u00a0actividades de mantenimiento.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.57.\u00a0Reactivaci\u00f3n de Ducto<\/strong><\/p>\n<ol start=\"9\">\n<li><strong>a)<\/strong>Antes de la reactivaci\u00f3n de un Ducto se debe llevar a cabo una Evaluaci\u00f3n de ingenier\u00eda para\u00a0determinar si dicho Ducto cumple con lo establecido en el numeral 9.16 de la presente Norma,\u00a0para\u00a0determinar si es operativamente viable para entrar en servicio, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cuando la evaluaci\u00f3n indique que no es viable de entrar en servicio se deben implementar las\u00a0medidas correctivas que sean necesarias para su reactivaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.58.\u00a0Ductos que hayan estado en servicio o que hayan transportado previamente alg\u00fan fluido\u00a0diferente al Gas Natural<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Revisar el historial de Dise\u00f1o, Construcci\u00f3n, Operaci\u00f3n y mantenimiento del Sistema de Transporte<\/li>\n<\/ol>\n<p>para determinar si dicho Sistema de Transporte se encuentra en condiciones satisfactorias de\u00a0operaci\u00f3n de acuerdo con la presente Norma;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>b)<\/strong>Inspeccionar el Sistema de Transporte para identificar las condiciones de operaci\u00f3n que pudieran\u00a0afectar la Franja de Seguridad del sistema de los tramos superficiales y de los subterr\u00e1neos;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Corregir los defectos y condiciones inseguras detectadas de acuerdo con la presente Norma;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Probar el Sistema de Transporte de acuerdo a los numerales del 10.1 al 10.13 de la presente Norma\u00a0para garantizar que se proporcione la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP), y<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Mantener, durante el periodo de operaci\u00f3n del Sistema de Transporte, un registro de las operaciones\u00a0realizadas, pruebas, reparaciones, reemplazos y modificaciones o alteraciones hechas bajo los\u00a0requisitos de este numeral. Para los Sistemas de Transporte que no cuenten con dicho registro antes\u00a0de la entrada en vigor de la presente Norma, \u00e9ste se debe llevar a cabo en forma obligatoria a partir\u00a0de la entrada en vigor de la presente Norma.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.59.\u00a0Elaboraci\u00f3n del programa anual de operaci\u00f3n, mantenimiento, Seguridad y Seguridad\u00a0Operativa<\/strong><\/p>\n<p><strong>10.59.1.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben elaborar el programa anual de operaci\u00f3n y mantenimiento del Sistema de\u00a0Transporte que sea congruente con lo establecido en el cap\u00edtulo 10 de la presente Norma.<\/p>\n<p>El programa debe contener, como m\u00ednimo, los rubros siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La lista total de actividades a desarrollar relativas a la Operaci\u00f3n y Mantenimiento;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Desagregaci\u00f3n de las actividades por \u00e1rea del sistema o por concepto, es decir, operaci\u00f3n\u00a0y\u00a0mantenimiento;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Desarrollo cronol\u00f3gico de las actividades estableciendo su interdependencia con otras, en su caso.\u00a0Se debe mostrar claramente la fecha de inicio y terminaci\u00f3n de la actividad;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Manual, instrucciones y recomendaciones del fabricante del equipo, sistema o instalaci\u00f3n\u00a0correspondiente, en su caso;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Descripci\u00f3n del capital humano y tiempo asignado a cada actividad;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Persona responsable de las actividades;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>La forma en que se va a controlar el desarrollo y ejecuci\u00f3n de las actividades programadas, y<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>Bit\u00e1cora de las actividades de Operaci\u00f3n y Mantenimiento.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>10.60.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben obtener de forma anual, un Dictamen de Operaci\u00f3n y Mantenimiento por una\u00a0Unidad de Verificaci\u00f3n, en el que conste el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Norma\u00a0para esta etapa.<\/p>\n<p><strong>10.61.\u00a0<\/strong>El Dictamen al que se refiere el p\u00e1rrafo anterior, debe ser entregado a la Agencia, en los primeros\u00a0tres meses de cada a\u00f1o, una vez cumplido el primer a\u00f1o de operaciones.<\/p>\n<ol start=\"11\">\n<li><strong>Cierre y desmantelamiento<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>11.1.\u00a0<\/strong>Los Regulados deben elaborar y ejecutar un Programa de actividades de Seguridad Industrial,\u00a0Seguridad Operativa y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente, para la etapa de Cierre o de Desmantelamiento,\u00a0seg\u00fan sea el caso.<\/p>\n<p><strong>11.2.\u00a0<\/strong>El programa debe incluir como m\u00ednimo, lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Los escenarios y recomendaciones del An\u00e1lisis de Riesgos actualizado para esa etapa, conforme a\u00a0los previsto en las Disposiciones Administrativas de Car\u00e1cter General que establecen los\u00a0lineamientos para la para la conformaci\u00f3n, implementaci\u00f3n y autorizaci\u00f3n de los Sistemas de\u00a0Administraci\u00f3n de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protecci\u00f3n al Medio Ambiente y otras\u00a0aplicables a las actividades del Sector Hidrocarburos que se indican,\u00a0o la que la modifique\u00a0o\u00a0sustituya;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Lo previsto en la normatividad aplicable en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y de\u00a0protecci\u00f3n al medio ambiente, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Los t\u00e9rminos y condicionantes en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protecci\u00f3n\u00a0al medio ambiente de los diversos tr\u00e1mites bajo los cuales fue autorizado el Proyecto.<\/li>\n<li><strong>Procedimiento para la evaluaci\u00f3n de la conformidad<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>12.1.\u00a0Objetivo<\/strong><\/p>\n<p>El presente Procedimiento para la Evaluaci\u00f3n de la Conformidad (PEC) tiene por objeto determinar el\u00a0grado de cumplimiento de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>12.2.\u00a0Procedimiento<\/strong><\/p>\n<p>La Evaluaci\u00f3n de la Conformidad de la presente Norma, se realizar\u00e1 para cada una de sus etapas,\u00a0mediante la revisi\u00f3n documental y la verificaci\u00f3n f\u00edsica del Transporte de Gas Natural, Etano y Gas Natural\u00a0asociado al carb\u00f3n mineral por medio de Ductos, de acuerdo a lo indicado en la tabla 15.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 15.- Procedimiento por Etapas de Evaluaci\u00f3n de la Conformidad<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">ETAPA<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">CAPITULO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">PERIODICIDAD DE<br \/>\nVERIFICACI\u00d3N<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">TIPO DE<br \/>\nVERIFICACI\u00d3N<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">DOCUMENTO<br \/>\nEMITIDO<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Dise\u00f1o.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">7<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Una vez por dise\u00f1o.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Documental.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Dictamen de Dise\u00f1o.<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Construcci\u00f3n y<br \/>\npre-arranque.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">9<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Una vez por pre-arranque<br \/>\n(Inicial o paro total).<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Documental y<br \/>\nverificaci\u00f3n f\u00edsica de la<br \/>\ninstalaci\u00f3n.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Dictamen de\u00a0Pre-<br \/>\narranque.<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Operaci\u00f3n y<br \/>\nmantenimiento.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">10<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Una vez por a\u00f1o.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Documental,<br \/>\nverificaci\u00f3n f\u00edsica de la<br \/>\ninstalaci\u00f3n y operaci\u00f3n.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Dictamen de<br \/>\nOperaci\u00f3n y<br \/>\nMantenimiento.<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>La Evaluaci\u00f3n de la Conformidad ser\u00e1 realizada por una Unidad de Verificaci\u00f3n (UV).<\/p>\n<p>Los resultados de la Evaluaci\u00f3n de la Conformidad deben hacerse constar en un Dictamen, de acuerdo a\u00a0la Tabla 15 &#8211; Procedimiento por Etapas de Evaluaci\u00f3n de la Conformidad.<\/p>\n<p>Los documentos originales de la Evaluaci\u00f3n de conformidad, deben conservarlos los Regulados y tenerlos\u00a0disponibles para cuando la Agencia los requiera.<\/p>\n<ol start=\"13\">\n<li><strong>Vigilancia de la norma<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La vigilancia\u00a0de la presente Norma, corresponde a la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y\u00a0Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.<\/p>\n<ol start=\"14\">\n<li><strong>Grado de concordancia con normas nacionales o internacionales<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La presente Norma no concuerda con otras Normas nacionales o internacionales.<\/p>\n<p><strong>AP\u00c9NDICE A (NORMATIVO)<\/strong><\/p>\n<p><strong>CONTROL DE LA CORROSI\u00d3N EXTERNA EN DUCTOS\u00a0DE ACERO ENTERRADOS Y\/O SUMERGIDOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00cdNDICE<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Introducci\u00f3n<\/li>\n<li>Definiciones<\/li>\n<li>Control de la corrosi\u00f3n externa en Ductos de acero<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Recubrimiento anticorrosivo<\/p>\n<p><strong>3.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Estructura a proteger<\/p>\n<p><strong>3.2.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Ductos nuevos<\/p>\n<p><strong>3.2.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Ductos existentes<\/p>\n<p><strong>3.2.3<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Puenteos el\u00e9ctricos<\/p>\n<p><strong>3.3<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Tipos de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/p>\n<p><strong>3.3.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00c1nodos galv\u00e1nicos o de sacrificio<\/p>\n<p><strong>3.3.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Corriente impresa<\/p>\n<p><strong>3.4<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Aislamiento el\u00e9ctrico<\/p>\n<p><strong>3.5<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Criterios de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/p>\n<p><strong>3.6<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Perfil de potenciales de polarizaci\u00f3n<\/p>\n<p><strong>3.7<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Potencial Ducto\/suelo m\u00e1ximo permisible<\/p>\n<p><strong>3.8<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Mediciones de corriente el\u00e9ctrica<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>3.8.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Medici\u00f3n de potenciales Ducto\/suelo<\/p>\n<p><strong>3.8.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Medici\u00f3n de resistividad<\/p>\n<p><strong>3.8.3<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Medici\u00f3n de corriente el\u00e9ctrica<\/p>\n<p><strong>3.9<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Funcionalidad del sistema<\/p>\n<p><strong>3.9.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Previsiones para el monitoreo<\/p>\n<p><strong>3.9.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Interferencia con otros sistemas<\/p>\n<p><strong>3.9.3<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Cruzamientos<\/p>\n<p><strong>3.9.4<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Defectos en el recubrimiento anticorrosivo<\/p>\n<p><strong>3.10<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Operaci\u00f3n, inspecci\u00f3n y mantenimiento<\/p>\n<p><strong>3.10.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Fuentes de energ\u00eda el\u00e9ctrica<\/p>\n<p><strong>3.10.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Camas an\u00f3dicas<\/p>\n<p><strong>3.10.3<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Conexiones el\u00e9ctricas<\/p>\n<p><strong>3.10.4<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Aislamientos el\u00e9ctricos<\/p>\n<p><strong>3.10.5<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Recubrimientos<\/p>\n<p><strong>3.10.6<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Levantamiento de potenciales<\/p>\n<p><strong>3.11<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Seguridad<\/p>\n<p><strong>3.11.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Medidas generales<\/p>\n<p><strong>3.11.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Generaci\u00f3n de gases peligrosos<\/p>\n<p><strong>3.11.3<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Instalaci\u00f3n en atm\u00f3sferas peligrosas<\/p>\n<p><strong>3.11.4<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Corto circuitos en Instalaciones el\u00e9ctricas<\/p>\n<p><strong>3.11.5<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Se\u00f1alizaci\u00f3n de Instalaciones energizadas<\/p>\n<p><strong>3.12<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Documentaci\u00f3n<\/p>\n<p><strong>3.12.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Historial del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/p>\n<p><strong>3.12.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Interacci\u00f3n con estructuras y sistemas de otras dependencias<\/p>\n<p><strong>3.13<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Registros<\/p>\n<p><strong>3.13.1<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Funcionalidad del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/p>\n<p><strong>3.13.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Modificaciones al sistema original<\/p>\n<p><strong>3.13.3<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Reparaci\u00f3n o reemplazo de alg\u00fan Componente del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/p>\n<p><strong>3.13.4<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Estudios especiales<\/p>\n<ol>\n<li><strong>INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Las estructuras met\u00e1licas o Ductos de acero enterrados y\/o sumergidos est\u00e1n expuestos a los efectos de\u00a0la corrosi\u00f3n externa como consecuencia del proceso electroqu\u00edmico, que ocasiona el flujo de iones del metal\u00a0del Ducto al electrolito que lo rodea. Para reducir este efecto, es necesario ejercer un control de los factores\u00a0que influyen en el proceso de corrosi\u00f3n, donde la adecuada selecci\u00f3n del material del Ducto y la aplicaci\u00f3n de\u00a0los recubrimientos son los primeros medios utilizados para evitar dicho da\u00f1o.<\/p>\n<p>La funci\u00f3n del recubrimiento es aislar la superficie met\u00e1lica del Ducto del electrolito que la rodea. Adem\u00e1s\u00a0del recubrimiento anticorrosivo, se debe aplicar protecci\u00f3n complementaria al Ducto mediante el uso de\u00a0protecci\u00f3n cat\u00f3dica. La implementaci\u00f3n, instalaci\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento adecuado del control de la\u00a0corrosi\u00f3n externa en Ductos de acero enterrados o sumergidos han demostrado ser una herramienta eficaz\u00a0que aumenta la confiabilidad de los Ductos destinados al Transporte de fluidos.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>DEFINICIONES<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para efectos de este Ap\u00e9ndice (Normativo) se estar\u00e1 en singular o plural las definiciones siguientes:<\/p>\n<p><strong>2.1<\/strong>\u00a0<strong>\u00c1nodo:\u00a0<\/strong>Elemento emisor de corriente el\u00e9ctrica; es el electrodo de una celda en el cual ocurre el\u00a0fen\u00f3meno de oxidaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2.2 \u00c1nodo galv\u00e1nico o de sacrificio:\u00a0<\/strong>Metal con potencial de oxidaci\u00f3n m\u00e1s electronegativo que el del\u00a0Ducto por proteger y que al emitir corriente el\u00e9ctrica de protecci\u00f3n, se consume.<\/p>\n<p><strong>2.3 \u00c1nodo inerte:\u00a0<\/strong>Electrodo auxiliar met\u00e1lico o no met\u00e1lico que forma parte del circuito de protecci\u00f3n\u00a0cat\u00f3dica y que se conecta a la terminal positiva de una fuente externa de corriente el\u00e9ctrica directa.<\/p>\n<p><strong>2.4 Apantallamiento:<\/strong>\u00a0Fen\u00f3meno del blindaje el\u00e9ctrico que se presenta cuando por efecto de un material\u00a0con caracter\u00edsticas de aislamiento el\u00e9ctrico u otro material met\u00e1lico, impide o desv\u00eda el flujo de energ\u00eda<\/p>\n<p>el\u00e9ctrica de protecci\u00f3n cat\u00f3dica hacia la estructura a proteger.<\/p>\n<p><strong>2.5 Aterrizamiento:\u00a0<\/strong>Conexi\u00f3n el\u00e9ctrica, intencional o no, entre un conductor y tierra (suelos y cuerpos\u00a0de\u00a0agua).<\/p>\n<p><strong>2.6 Cama an\u00f3dica:\u00a0<\/strong>Grupo de \u00e1nodos, ya sea inertes o galv\u00e1nicos que forman parte del sistema de\u00a0protecci\u00f3n cat\u00f3dica.<\/p>\n<p><strong>2.7 C\u00e1todo:\u00a0<\/strong>Electrodo de una celda en el que ocurren las reacciones electroqu\u00edmicas de reducci\u00f3n; es el\u00a0elemento receptor de corriente el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p><strong>2.8 Celda solar:<\/strong>\u00a0Equipo que transforma la energ\u00eda solar en energ\u00eda el\u00e9ctrica de corriente directa.<\/p>\n<p><strong>2.9<\/strong>\u00a0<strong>Compatibilidad del sistema de recubrimiento con el sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica:\u00a0<\/strong>La\u00a0interacci\u00f3n y afinidad entre el Sistema de recubrimiento anticorrosivo y el Sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica con\u00a0el que cuente el Ducto que demuestre el cumplimiento con los requisitos establecidos en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>2.10 Corriente de protecci\u00f3n cat\u00f3dica:<\/strong>\u00a0Corriente el\u00e9ctrica directa necesaria para obtener los valores del\u00a0potencial electroqu\u00edmico de protecci\u00f3n de una estructura met\u00e1lica enterrada o sumergida en un electrolito.<\/p>\n<p><strong>2.11 Corriente par\u00e1sita:\u00a0<\/strong>Corriente el\u00e9ctrica directa o alterna que proviene de otra fuente de energ\u00eda\u00a0distinta al circuito previsto, y que llega al Ducto a trav\u00e9s del electrolito o por contacto directo. Cuando en un\u00a0Ducto met\u00e1lico entra una corriente el\u00e9ctrica par\u00e1sita se produce corrosi\u00f3n en aquellas \u00e1reas donde dicha\u00a0corriente el\u00e9ctrica abandona el Ducto met\u00e1lico para retornar a su circuito de origen.<\/p>\n<p><strong>2.12 Corrosi\u00f3n:\u00a0<\/strong>Destrucci\u00f3n del metal por la acci\u00f3n electroqu\u00edmica de ciertas sustancias a trav\u00e9s de la\u00a0oxidaci\u00f3n o p\u00e9rdida de electrones del metal.<\/p>\n<p><strong>2.13 Defecto en el recubrimiento:<\/strong>\u00a0Discontinuidad en el material anticorrosivo que expone la superficie del\u00a0metal al medio electrol\u00edtico que lo rodea.<\/p>\n<p><strong>2.14 Densidad de corriente:\u00a0<\/strong>Corriente el\u00e9ctrica directa por unidad de \u00e1rea, expresada usualmente en\u00a0miliampere por metro cuadrado o miliampere por pie cuadrado.<\/p>\n<p><strong>2.15 Electrodo de referencia:\u00a0<\/strong>Media celda electroqu\u00edmica cuyo potencial es constante. Es un electrodo\u00a0no polarizable.<\/p>\n<p><strong>2.16 Electrolito:\u00a0<\/strong>Conductor i\u00f3nico de corriente el\u00e9ctrica directa. Se refiere al subsuelo o al agua en\u00a0contacto con un Ducto met\u00e1lica enterrada o sumergida.<\/p>\n<p><strong>2.17 Estaci\u00f3n de registro:\u00a0<\/strong>Instalaci\u00f3n para medir el potencial del Ducto ya sea natural o de polarizaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2.18 Junta de aislamiento:\u00a0<\/strong>Accesorio constituido de un material aislante que se intercala en el sistema de\u00a0Ducto para separar el\u00e9ctricamente en secciones al Ducto a proteger.<\/p>\n<p><strong>2.19 Interfaces:\u00a0<\/strong>Transici\u00f3n a la que se somete el Ducto al cambiar de electrolito, pudiendo ser \u00e9sta tierra-aire, tierra-concreto, concreto-aire, aire-agua, tierra-agua, etc.<\/p>\n<p><strong>2.20<\/strong>\u00a0<strong>Laboratorio Externo:\u00a0<\/strong>Entidad<strong>\u00a0<\/strong>acreditada en t\u00e9rminos de la Ley Federal sobre Metrolog\u00eda y\u00a0Normalizaci\u00f3n responsable de realizar pruebas a materiales con respecto al cumplimiento de Normas\u00a0Oficiales Mexicanas y a falta de \u00e9stas, con las normas y lineamientos internacionales, y a falta de \u00e9stas con\u00a0las normas o c\u00f3digos vigentes.<\/p>\n<p><strong>2.21 Material de relleno:\u00a0<\/strong>Mezcla de materiales s\u00f3lidos que envuelven al \u00e1nodo para incrementar su\u00a0conductividad el\u00e9ctrica en el terreno donde se alojan.<\/p>\n<p><strong>2.22 Polarizaci\u00f3n:<\/strong>\u00a0Magnitud de la variaci\u00f3n de carga en un electrodo de un circuito abierto causado por el\u00a0paso de una corriente el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p><strong>2.23 Potencial cr\u00edtico:<\/strong>\u00a0Voltaje de protecci\u00f3n cat\u00f3dica de valor inferior en relaci\u00f3n al valor de cualquiera de\u00a0los criterios de protecci\u00f3n cat\u00f3dica.<\/p>\n<p><strong>2.24 Potencial natural:<\/strong>\u00a0Potencial espont\u00e1neo (sin impresi\u00f3n de corriente el\u00e9ctrica directa) que adquiere\u00a0una estructura met\u00e1lica al estar en contacto con un electrolito. Tambi\u00e9n denominado potencial de corrosi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2.25 Potencial Ducto\/suelo:\u00a0<\/strong>Diferencia de potencial entre un Ducto de acero enterrado y\/o sumergido\u00a0protegido cat\u00f3dicamente y un electrodo de referencia en contacto con el electrolito.<\/p>\n<p><strong>2.26 Protecci\u00f3n cat\u00f3dica:\u00a0<\/strong>Procedimiento el\u00e9ctrico para proteger las estructuras met\u00e1licas enterradas o\u00a0sumergidas contra la corrosi\u00f3n exterior, el cual consiste en establecer una diferencia de potencial para que\u00a0convierta a las estructuras met\u00e1licas en c\u00e1todo, mediante el paso de corriente el\u00e9ctrica directa proveniente de\u00a0la fuente seleccionada para el sistema.<\/p>\n<p><strong>2.27 Prueba de requerimiento de corriente:<\/strong>\u00a0Aplicaci\u00f3n de corriente el\u00e9ctrica directa al Ducto por<\/p>\n<p>proteger cat\u00f3dicamente con el fin de cuantificar la corriente el\u00e9ctrica de protecci\u00f3n y determinar los alcances\u00a0de protecci\u00f3n para cada uno de los puntos de drenaje el\u00e9ctrico.<\/p>\n<p><strong>2.28 Puenteo el\u00e9ctrico:\u00a0<\/strong>Conexi\u00f3n el\u00e9ctrica entre Ductos mediante un conductor el\u00e9ctrico y terminales\u00a0fijas, con el fin de integrar en circuitos conocidos los Ductos adyacentes.<\/p>\n<p><strong>2.29 Punto de drenaje el\u00e9ctrico:<\/strong>\u00a0Sitio en el que se imprime la corriente el\u00e9ctrica directa de protecci\u00f3n a\u00a0un Ducto enterrada y\/o sumergida.<\/p>\n<p><strong>2.30 Recubrimiento anticorrosivo:\u00a0<\/strong>Material que se aplica y adhiere a la superficie externa de un Ducto\u00a0met\u00e1lico para protegerla contra los efectos corrosivos producidos por el medio ambiente.<\/p>\n<p><strong>2.31 Rectificador:\u00a0<\/strong>Equipo que convierte corriente el\u00e9ctrica alterna en corriente el\u00e9ctrica directa\u00a0controlable.<\/p>\n<p><strong>2.32 Resistividad:\u00a0<\/strong>Resistencia el\u00e9ctrica por unidad de volumen del material. Las mediciones de esta\u00a0propiedad indican la capacidad relativa de un medio para transportar corriente el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p><strong>2.33 Se\u00f1alamiento:<\/strong>\u00a0Avisos informativos, preventivos o restrictivos para indicar la presencia del Ducto y\/o\u00a0referencia kilom\u00e9trica del desarrollo del Ducto. Es posible que los se\u00f1alamientos est\u00e9n dotados de conexiones\u00a0el\u00e9ctricas para funcionar como estaciones de registro de potencial.<\/p>\n<p><strong>2.34 Sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica:<\/strong>\u00a0Conjunto de elementos como: \u00c1nodos galv\u00e1nicos o inertes,\u00a0rectificadores de corriente el\u00e9ctrica, cables y conexiones que tienen por objeto proteger cat\u00f3dicamente un\u00a0Ducto de acero.<\/p>\n<p><strong>2.35 Sistema de recubrimiento anticorrosivo:\u00a0<\/strong>Conjunto de recubrimientos relacionados entre s\u00ed, cuyas\u00a0cualidades f\u00edsicas y qu\u00edmicas se combinan para formar una barrera protectora adherida al sustrato met\u00e1lico,\u00a0con la finalidad de aislarlo de los efectos del medio corrosivo y que se compone de una a m\u00e1s capas de\u00a0recubrimientos para combinar dichas cualidades.<\/p>\n<p><strong>2.36 Tuber\u00eda enterrada o sumergida:<\/strong>\u00a0Es aquel Ducto que est\u00e1 alojado bajo la superficie del terreno\u00a0o en\u00a0el lecho de un cuerpo de agua (pantano, r\u00edo, laguna, lago, etc.). No se refiere a Ductos instalados en el lecho\u00a0marino.<\/p>\n<p><strong>2.37 Turbina generadora:\u00a0<\/strong>Equipo de combusti\u00f3n interna que genera corriente el\u00e9ctrica directa para\u00a0proporcionar protecci\u00f3n cat\u00f3dica a Ductos o estructuras met\u00e1licas.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong>CONTROL DE LA CORROSI\u00d3N EXTERNA EN DUCTO DE ACERO<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La prevenci\u00f3n de la corrosi\u00f3n exterior en Ductos de acero enterrados y\/o sumergidos se lleva a cabo\u00a0mediante la aplicaci\u00f3n de recubrimientos anticorrosivos y sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica, con la finalidad de\u00a0tener los Ductos de acero enterradas o sumergidas en buenas condiciones de operaci\u00f3n y seguras.<\/p>\n<p><strong>3.1 Recubrimiento anticorrosivo<\/strong><\/p>\n<p>El tipo de recubrimiento anticorrosivo se debe seleccionar tomando en cuenta las condiciones de\u00a0operaci\u00f3n, la instalaci\u00f3n, el manejo y el escenario particular de exposici\u00f3n del Ducto por proteger, as\u00ed como la\u00a0compatibilidad con el Sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica complementaria, dicho recubrimiento debe cumplir con\u00a0lo establecido en el numeral 7.57.2 de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>3.1.1\u00a0<\/strong>Durante el manejo y almacenamiento del Ducto recubierto, \u00e9ste debe estar protegido para evitar\u00a0da\u00f1os f\u00edsicos.<\/p>\n<p><strong>3.1.2\u00a0<\/strong>Se debe realizar una inspecci\u00f3n diel\u00e9ctrica de acuerdo a las caracter\u00edsticas del recubrimiento\u00a0anticorrosivo para determinar que no presente poros o imperfecciones. En caso de detectarse imperfecciones\u00a0se deben eliminar las reparaciones y realizar nuevamente la inspecci\u00f3n diel\u00e9ctrica hasta su aceptaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>3.1.3<\/strong>\u00a0Cuando el Ducto enterrado o sumergido quede expuesto a la superficie se debe aplicar un\u00a0recubrimiento anticorrosivo en la parte de transici\u00f3n que prevenga la corrosi\u00f3n entre el tramo a\u00e9reo y el\u00a0enterrado (interface suelo-aire).<\/p>\n<p><strong>3.2 Estructura a proteger<\/strong><\/p>\n<p><strong>3.2.1\u00a0<\/strong>Ductos nuevos.- Los Ductos nuevos enterrados y\/o sumergidos deben ser recubiertas externamente\u00a0y protegidas cat\u00f3dicamente, salvo que se demuestre mediante un estudio t\u00e9cnico realizado por el \u00e1rea t\u00e9cnica\u00a0responsable del control de la corrosi\u00f3n externa, que los materiales son resistentes al ataque corrosivo del\u00a0medio ambiente en el cual son instalados.<\/p>\n<p><strong>3.2.2\u00a0<\/strong>Ductos existentes.- Se deben establecer m\u00e9todos de evaluaci\u00f3n para determinar la necesidad de\u00a0implementar programas adicionales de control de la corrosi\u00f3n y tomar las acciones correctivas de acuerdo con<\/p>\n<p>las condiciones prevalecientes.<\/p>\n<p>Los m\u00e9todos y acciones mencionados deben incluir, como m\u00ednimo, lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong><strong>Evaluaci\u00f3n<\/strong>:<\/li>\n<li>Los Regulados deben revisar, analizar y evaluar los resultados de la inspecci\u00f3n y mantenimiento\u00a0normales de los Ductos de acero protegidos cat\u00f3dicamente en b\u00fasqueda de indicios de corrosi\u00f3n en\u00a0proceso;<\/li>\n<li>Los m\u00e9todos de medici\u00f3n el\u00e9ctrica m\u00e1s comunes incluyen:<\/li>\n<li>Potencial Ducto\/suelo;<\/li>\n<li>Resistividad del suelo, y<\/li>\n<\/ol>\n<p>iii.\u00a0\u00a0Potencial Ducto\/suelo por el m\u00e9todo de dos electrodos, y<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li>La funcionalidad de un sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica se debe monitorear de acuerdo con lo\u00a0indicado en los numerales 3.8 y 3.9 de este Ap\u00e9ndice (Normativo).<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong><strong>Medidas correctivas:<\/strong><\/li>\n<li>Si se comprueba la existencia de \u00e1reas de corrosi\u00f3n en el Ducto, se deben tomar medidas\u00a0correctivas para inhibirla, entre las cuales se encuentran las siguientes:<\/li>\n<li>An\u00e1lisis de la efectividad y la continuidad de la operaci\u00f3n del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica;<\/li>\n<li>Mejoramiento del Sistema de recubrimiento anticorrosivo en apego a lo establecido en la\u00a0Disposici\u00f3n 3.1 de este Ap\u00e9ndice (Normativo);<\/li>\n<\/ol>\n<p>iii.\u00a0\u00a0Instalaci\u00f3n complementaria de \u00e1nodos de sacrificio;<\/p>\n<ol>\n<li>Utilizaci\u00f3n de fuentes de corriente impresa;<\/li>\n<li>Delimitaci\u00f3n con aislamientos el\u00e9ctricos, y<\/li>\n<li>Control de corrientes el\u00e9ctricas par\u00e1sitas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.2.3\u00a0<\/strong>Puenteos el\u00e9ctricos. Cuando en la franja de seguridad existen varios Ductos y se requiere\u00a0protegerlos cat\u00f3dicamente, se deben puentear el\u00e9ctricamente, siempre que las dependencias, organismos o\u00a0empresas encargadas de los sistemas de Ductos est\u00e9n de acuerdo y previamente se hayan realizado los\u00a0estudios correspondientes. La integraci\u00f3n de Ductos ya sean nuevos o existentes a otros sistemas de Ductos\u00a0debe quedar documentada conforme con lo indicado en el numeral 3.12 de este Ap\u00e9ndice (Normativo).<\/p>\n<p>La instalaci\u00f3n del puenteo el\u00e9ctrico se debe realizar de acuerdo a lo indicado en la definici\u00f3n del t\u00e9rmino\u00a0puenteo el\u00e9ctrico en el numeral 2.28 de este Ap\u00e9ndice (Normativo). Se deben proteger las \u00e1reas afectadas\u00a0por las conexiones en cada Ducto con un recubrimiento anticorrosivo compatible.<\/p>\n<p>Es recomendable que en los puenteos el\u00e9ctricos que se ubiquen en las estaciones de registro\u00a0de\u00a0potencial\u00a0se identifiquen los conductores el\u00e9ctricos de cada uno de los Ductos que se integran al sistema\u00a0de protecci\u00f3n\u00a0cat\u00f3dica.<\/p>\n<p><strong>3.3 Tipos de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/strong><\/p>\n<p>Existen dos tipos de sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica, los cuales se pueden emplear en forma individual\u00a0o\u00a0combinada:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)\u00a0<\/strong>\u00c1nodos galv\u00e1nicos o de sacrificio, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Corriente impresa.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.3.1\u00a0<\/strong>\u00c1nodos galv\u00e1nicos o de sacrificio<\/p>\n<p>La fuente de corriente el\u00e9ctrica de este sistema utiliza la diferencia de potencial de oxidaci\u00f3n entre el\u00a0material del \u00e1nodo y el Ducto. La protecci\u00f3n de los Ductos se produce a consecuencia de la corriente el\u00e9ctrica\u00a0que drena el \u00e1nodo durante su consumo.<\/p>\n<p>En todos los casos, se debe asegurar que la diferencia de potencial disponible del sistema seleccionado\u00a0sea suficiente para que drene la corriente el\u00e9ctrica de protecci\u00f3n, de acuerdo con lo indicado en el numeral\u00a03.5 de este Ap\u00e9ndice (Normativo).<\/p>\n<p><strong>3.3.2<\/strong>\u00a0Corriente impresa<\/p>\n<p>Este sistema consiste en inducir corriente el\u00e9ctrica directa a un Ducto enterrado mediante el empleo de\u00a0una fuente y una cama de \u00e1nodos inertes que pueden ser de hierro, grafito, ferro silicio, plomo y plata entre\u00a0otros. La fuente de corriente el\u00e9ctrica directa se conecta en su polo positivo a una cama de \u00e1nodos inertes y el\u00a0polo negativo al Ducto a proteger.<\/p>\n<p><strong>3.4 Aislamiento el\u00e9ctrico<\/strong><\/p>\n<p>El Ducto de acero a proteger debe quedar el\u00e9ctricamente aislado de cualquier otro tipo de estructura<\/p>\n<p>met\u00e1lica o de concreto que no est\u00e9 considerado en la implementaci\u00f3n del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica,\u00a0tales como soportes de Ductos, estructuras de puentes, t\u00faneles, pilotes, camisas de acero protectoras,\u00a0recubrimiento de lastre, entre otros.<\/p>\n<p><strong>3.4.1\u00a0<\/strong>Las juntas aislantes se deben seleccionar considerando factores como su resistencia diel\u00e9ctrica y\u00a0mec\u00e1nica, as\u00ed como las condiciones de operaci\u00f3n del Ducto. Al realizar cualquier instalaci\u00f3n de junta aislante\u00a0se debe comprobar la ausencia de atm\u00f3sfera combustible.<\/p>\n<p>Las juntas aislantes se deben instalar en los lugares siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>En cabezales de pozos;<\/li>\n<li>En el origen de ramales;<\/li>\n<li>En la entrada y salida del Ducto en Estaciones de Regulaci\u00f3n y\/o medici\u00f3n, regulaci\u00f3n de presi\u00f3n y\/o\u00a0de compresi\u00f3n;<\/li>\n<li>En las uniones de metales diferentes para protecci\u00f3n contra la corrosi\u00f3n galv\u00e1nica;<\/li>\n<li>En el origen y final del sistema de Ductos que se deseen proteger para prevenir la continuidad\u00a0el\u00e9ctrica con otro sistema met\u00e1lico, y<\/li>\n<li>En la uni\u00f3n de un Ducto recubierto con otro Ducto descubierto.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.5 Criterios de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/strong><\/p>\n<p>Para proteger cat\u00f3dicamente a los Ductos enterrados y\/o sumergidos se debe cumplir, como m\u00ednimo, con\u00a0uno de los criterios siguientes:<\/p>\n<p>Para ello se recomiendan las t\u00e9cnicas de medici\u00f3n indicadas en el c\u00f3digo NACE-TM-0497-1997.<\/p>\n<ol>\n<li>Un potencial Ducto\/suelo (cat\u00f3dico) m\u00ednimo de -850 milivolts, medido respecto de un electrodo de\u00a0referencia de cobre\/sulfato de cobre saturado (Cu\/CuSO4), en contacto con el electrolito. La\u00a0determinaci\u00f3n de este voltaje se debe hacer con la corriente el\u00e9ctrica de protecci\u00f3n aplicada;<\/li>\n<li>Un potencial de protecci\u00f3n Ducto\/suelo (cat\u00f3dico) de -950 milivolts, cuando el \u00e1rea circundante del\u00a0Ducto se encuentre en condiciones anaerobias y est\u00e9n presentes bacterias sulfato-reductoras;<\/li>\n<li>Para una interpretaci\u00f3n v\u00e1lida se debe efectuar la correcci\u00f3n a que haya lugar debido a la ca\u00edda de\u00a0voltaje originada durante la medici\u00f3n, y<\/li>\n<li>Un cambio de potencial de polarizaci\u00f3n m\u00ednimo de -100 milivolts, medido entre la superficie del Ducto\u00a0y un electrodo de referencia de cobre\/sulfato de cobre saturado (Cu\/CuSO4) en contacto con el\u00a0electrolito.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Este cambio de potencial de polarizaci\u00f3n se debe determinar interrumpiendo la corriente el\u00e9ctrica de\u00a0protecci\u00f3n y midiendo el abatimiento de la polarizaci\u00f3n. Al interrumpir la corriente el\u00e9ctrica ocurre un cambio\u00a0inmediato de potencial. La lectura del potencial despu\u00e9s del cambio inmediato se debe usar como base de la\u00a0lectura a partir de la cual se mide el abatimiento de la polarizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los periodos de suspensi\u00f3n de corriente el\u00e9ctrica de protecci\u00f3n durante los cuales se puede realizar dicha\u00a0medici\u00f3n est\u00e1n en el rango de 0,1 a 3,0 segundos.<\/p>\n<p><strong>3.6 Perfil de potenciales de polarizaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Una vez instalado el sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica se debe verificar el nivel de protecci\u00f3n a lo largo de la\u00a0trayectoria del Ducto. Los valores de potencial obtenidos deben cumplir, como m\u00ednimo, con alguno de los\u00a0criterios indicados en el numeral 3.5 de este Ap\u00e9ndice (Normativo). Con la informaci\u00f3n anterior se debe\u00a0elaborar el perfil inicial de potenciales de polarizaci\u00f3n y, mediante su an\u00e1lisis e interpretaci\u00f3n, se deben\u00a0realizar los ajustes operacionales a que haya lugar en el sistema seleccionado.<\/p>\n<p>Se deben establecer pruebas de rutina para verificar el comportamiento del sistema de protecci\u00f3n\u00a0cat\u00f3dica, tales como medici\u00f3n y registro de la demanda de corriente el\u00e9ctrica de protecci\u00f3n, resistencia del\u00a0circuito, condiciones operativas de la fuente de corriente el\u00e9ctrica directa y perfiles de potenciales de\u00a0polarizaci\u00f3n. Lo anterior, con la finalidad de identificar f\u00e1cilmente los valores de sub-protecci\u00f3n o\u00a0sobreprotecci\u00f3n en el Ducto, as\u00ed como contar con elementos de juicio t\u00e9cnicos para llevar a cabo pruebas y\/o\u00a0estudios adicionales.<\/p>\n<p>El an\u00e1lisis e interpretaci\u00f3n de los resultados de las pruebas antes mencionadas se deben efectuar de\u00a0manera integral para efectos comparativos, con el objeto de determinar la tendencia de los par\u00e1metros\u00a0monitoreados. Esta informaci\u00f3n se debe integrar en un expediente sobre la funcionalidad del sistema.<\/p>\n<p><strong>3.7 Potencial Ducto\/suelo m\u00e1ximo permisible<\/strong><\/p>\n<p>Este valor se fijar\u00e1 de acuerdo a las caracter\u00edsticas particulares del recubrimiento anticorrosivo existente\u00a0en el Ducto. No debe exceder al potencial de desprendimiento cat\u00f3dico o a valores de potencial m\u00e1s\u00a0negativos que originen problemas colaterales. Como recomendaci\u00f3n general, el valor m\u00e1ximo de potencial no<\/p>\n<p>deber\u00e1 exceder de -2,5 volts en condici\u00f3n de encendido con respecto de un electrodo de referencia o, -1,1\u00a0volts en la condici\u00f3n de apagado instant\u00e1neo; ambos potenciales referidos a un electrodo de referencia de\u00a0cobre\/sulfato de cobre saturado (Cu\/CuSO4), con el electrolito circundante al Ducto a proteger o protegido\u00a0cat\u00f3dicamente.<\/p>\n<p>Lo anterior, para reducir los efectos adversos tanto en el recubrimiento diel\u00e9ctrico como en el Ducto debido\u00a0a una sobreprotecci\u00f3n originada por el sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica.<\/p>\n<p><strong>3.8 Mediciones de corriente el\u00e9ctrica<\/strong><\/p>\n<p>Durante las etapas de implementaci\u00f3n, pruebas de campo, construcci\u00f3n, puesta en operaci\u00f3n y\u00a0seguimiento de la efectividad de los sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica de Ductos enterrados y\/o sumergidos, se\u00a0deben realizar estudios que involucren la medici\u00f3n de variables el\u00e9ctricas tales como: Potencial Ducto\/suelo\u00a0(natural y de polarizaci\u00f3n), resistividad, resistencia y corriente. En esta secci\u00f3n del Ap\u00e9ndice A (Normativo) se\u00a0describen los aspectos generales relacionados con la medici\u00f3n de estos par\u00e1metros.<\/p>\n<p><strong>3.8.1\u00a0<\/strong>Medici\u00f3n de potenciales Ducto\/suelo<\/p>\n<p>Para la protecci\u00f3n cat\u00f3dica de Ductos met\u00e1licos enterrados y\/o sumergidos en un electrolito, es necesario\u00a0conocer la diferencia de potencial adquirido en la interface Ducto\/suelo, con corriente de protecci\u00f3n cat\u00f3dica\u00a0aplicada (potenciales de polarizaci\u00f3n), para el criterio de -100 milivolts de polarizaci\u00f3n, descrito en el numeral\u00a03.5 inciso C del Ap\u00e9ndice (Normativo) de la presente Norma, tanto en ausencia de corriente el\u00e9ctrica de\u00a0protecci\u00f3n (potenciales naturales o de corrosi\u00f3n), como en la impresi\u00f3n de corriente el\u00e9ctrica (potenciales\u00a0de\u00a0polarizaci\u00f3n). Para efectuar la medici\u00f3n de esta diferencia de potencial se requiere utilizar una celda o\u00a0electrodo de referencia. En el caso de Ductos de acero enterrados o sumergidos enterrados, se debe utilizar\u00a0la celda de cobre\/sulfato de cobre saturado (Cu\/CuSO4).<\/p>\n<p>En los casos donde se utilicen electrodos de referencia diferentes al de cobre\/sulfato de cobre saturado\u00a0(Cu\/CuSO4) se debe tomar en cuenta el potencial equivalente.<\/p>\n<p>Entre los electrodos de referencia m\u00e1s usados encontramos los potenciales equivalentes siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>KCl saturado (calomel) con un valor m\u00ednimo de potencial equivalente de: -0,78 volts, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Plata\/cloruro de plata (Ag\/AgCl) con un valor m\u00ednimo de potencial equivalente de: -0,80 volts.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los Regulados deben verificar cuando menos una vez al a\u00f1o el adecuado funcionamiento de los\u00a0electrodos de referencia.<\/p>\n<p>Los volt\u00edmetros utilizados en la medici\u00f3n de la diferencia de potencial Ducto\/suelo deben tener una alta\u00a0impedancia de entrada. Se recomiendan impedancias de entrada no menores a 10 Mega Ohms.<\/p>\n<p>Cuando se requiera conocer de manera continua la diferencia de potencial Ducto\/suelo, se debe utilizar un\u00a0registrador de potencial mec\u00e1nico o electr\u00f3nico con rango y resistencia de entrada adecuados.<\/p>\n<p><strong>3.8.2\u00a0<\/strong>Medici\u00f3n de resistividad<\/p>\n<p>Se deben realizar mediciones de la resistividad del suelo, para ser usadas como apoyo en la\u00a0implementaci\u00f3n del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica.<\/p>\n<p>La tabla 1- Relaci\u00f3n entre la resistividad y corrosividad del terreno, proporciona datos indicativos de los\u00a0efectos de corrosividad del suelo referidos a la resistividad del mismo.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 1.- Relaci\u00f3n entre la resistividad y corrosividad del terreno<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Resistividad del suelo (ohms\/cm)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Corrosividad del suelo<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">0-1.000<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Altamente corrosivo<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1.000-5.000<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Corrosivo<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5.000-10.000<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Poco corrosivo<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">10.000-en adelante<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Muy poco corrosivo<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p><strong>3.8.3\u00a0<\/strong>Medici\u00f3n de corriente el\u00e9ctrica<\/p>\n<p>Durante las diferentes etapas en la implementaci\u00f3n de un sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica para un sistema\u00a0de Ductos se deben efectuar, con la periodicidad indicada en los programas de operaci\u00f3n y mantenimiento de\u00a0la empresa, las mediciones siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Corriente el\u00e9ctrica alterna de alimentaci\u00f3n al rectificador;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Corriente el\u00e9ctrica directa en el Ducto protegido;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Corriente el\u00e9ctrica directa de salida del rectificador, y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>d)<\/strong>Corriente el\u00e9ctrica directa que drena cada \u00e1nodo y la que drena la cama an\u00f3dica.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para realizar las mediciones de corriente el\u00e9ctrica directa se deben utilizar los instrumentos de medici\u00f3n\u00a0calibrados. La medici\u00f3n de corriente el\u00e9ctrica en sistemas de \u00e1nodos galv\u00e1nicos se debe realizar utilizando un\u00a0amper\u00edmetro de alta ganancia.<\/p>\n<p><strong>3.9 Funcionalidad del sistema<\/strong><\/p>\n<p>Para que un sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica sea efectivo debe proporcionar una corriente el\u00e9ctrica\u00a0suficiente y una distribuci\u00f3n uniforme al sistema de Ducto a proteger, evitando interferencias, cortos circuitos\u00a0en encamisados met\u00e1licos y da\u00f1os en los aislamientos el\u00e9ctricos, as\u00ed como en el recubrimiento anticorrosivo.<\/p>\n<p>Todos los sistemas de Ducto de acero deben contar con un sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica permanente en\u00a0un plazo no mayor a un a\u00f1o posterior a la terminaci\u00f3n de su construcci\u00f3n. En suelos altamente corrosivos\u00a0(0 a\u00a02000 ohms\/cm, presencia de agentes promotores de la corrosi\u00f3n, etc.), se debe instalar un sistema de\u00a0protecci\u00f3n cat\u00f3dica provisional con \u00e1nodos galv\u00e1nicos en forma simult\u00e1nea a la construcci\u00f3n del sistema\u00a0de\u00a0Ducto. Este sistema provisional de protecci\u00f3n cat\u00f3dica se debe sustituir, antes de un a\u00f1o despu\u00e9s de\u00a0terminada la construcci\u00f3n, por el sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica definitivo.<\/p>\n<p><strong>3.9.1\u00a0<\/strong>Previsiones para el monitoreo<\/p>\n<p>Para determinar la eficacia del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica, el Ducto debe contar con estaciones de\u00a0registro el\u00e9ctrico para la medici\u00f3n de potenciales Ducto\/suelo. Cuando el Ducto est\u00e9 instalado a campo\u00a0traviesa, dichas estaciones deben instalarse cada kil\u00f3metro sobre la franja de seguridad del sistema y en\u00a0todos los cruzamientos con estructuras met\u00e1licas enterradas, carreteras, v\u00edas de ferrocarril y r\u00edos, donde no\u00a0existan impedimentos f\u00edsicos. Sin perjuicio de la distancia m\u00ednima se\u00f1alada, todo Sistema de Transporte debe\u00a0contar con al menos una estaci\u00f3n de registro el\u00e9ctrico antes y despu\u00e9s de cada estaci\u00f3n de compresi\u00f3n\u00a0y de\u00a0cada estaci\u00f3n regulaci\u00f3n de presi\u00f3n.<\/p>\n<p>Cuando las estaciones de registro el\u00e9ctrico de protecci\u00f3n cat\u00f3dica no se puedan colocar de acuerdo a lo\u00a0establecido en el p\u00e1rrafo anterior debido a impedimentos f\u00edsicos o geogr\u00e1ficos, la estaci\u00f3n de registro\u00a0correspondiente se debe instalar en el sitio accesible m\u00e1s cercano. La ubicaci\u00f3n real de estos sitios se debe\u00a0documentar y guardar en archivo para futuras referencias.<\/p>\n<p>Cuando el Ducto est\u00e9 instalado en zonas urbanas, las estaciones de registro el\u00e9ctrico se pueden instalar\u00a0en banquetas, registros de v\u00e1lvulas o acometidas, en caso de ser posible.<\/p>\n<p>Las estaciones deben contar con puntas de prueba, a efecto que faciliten la medici\u00f3n de la corriente\u00a0el\u00e9ctrica del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica en cada uno de los puntos donde se aplique el sistema de\u00a0protecci\u00f3n seleccionado, previendo las conexiones para la medici\u00f3n de la corriente el\u00e9ctrica drenada por cada\u00a0\u00e1nodo y la total de la cama an\u00f3dica. Las mediciones se realizar\u00e1n como m\u00ednimo una vez al a\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>3.9.2\u00a0<\/strong>Interferencias con otros sistemas<\/p>\n<p>Cuando se vaya a instalar un sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica de un Ducto nuevo se debe notificar a todas\u00a0las compa\u00f1\u00edas que tengan estructuras met\u00e1licas enterradas y\/o sumergidas cerca del \u00e1rea en donde se vaya\u00a0a alojar el Ducto por proteger, con la finalidad de predecir cualquier problema de interferencia. La notificaci\u00f3n\u00a0debe contener, como m\u00ednimo, la informaci\u00f3n siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La trayectoria que sigue el tendido del Ducto;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>La indicaci\u00f3n de rutas de los Ductos a proteger y de cualquier estructura que se vaya a unir al Ducto\u00a0para reducir alguna interferencia;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>El tipo de protecci\u00f3n cat\u00f3dica a utilizar; definiendo si es de \u00e1nodos galv\u00e1nicos o corriente impresa;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>La posici\u00f3n de la cama o \u00e1nodos;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Las corrientes el\u00e9ctricas esperadas, y<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>La fecha de puesta en operaci\u00f3n del sistema.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El personal encargado de la protecci\u00f3n cat\u00f3dica debe estar en disponibilidad de detectar indicios de\u00a0interferencia con una fuente generadora de corriente el\u00e9ctrica vecina. En \u00e1reas donde se sospeche la\u00a0presencia de corrientes el\u00e9ctricas par\u00e1sitas se deben efectuar los estudios correspondientes, dentro de los\u00a0que se encuentran:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>La medici\u00f3n de potencial Ducto\/suelo;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>La medici\u00f3n del flujo de corriente el\u00e9ctrica en el Ducto interferido, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>La medici\u00f3n de las variaciones en la corriente el\u00e9ctrica de salida de la corriente el\u00e9ctrica de\u00a0interferencia.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los indicios m\u00e1s comunes de interferencia con una fuente vecina son:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Cambios de potencial Ducto\/suelo;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cambios de magnitud o direcci\u00f3n de la corriente el\u00e9ctrica;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Defectos en el recubrimiento, y<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Da\u00f1os locales por corrosi\u00f3n en el Ducto.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para mitigar los efectos mutuos entre las l\u00edneas de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica y los Ductos de acero enterrados,\u00a0la separaci\u00f3n entre la pata de la torre o sistema de tierras de la estructura de la l\u00ednea de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica\u00a0y el Ducto debe ser mayor de 15 m para l\u00edneas de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica de 400 kilovolts y mayor de 10 m para\u00a0l\u00edneas de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica de 230 kilovolts y menores.<\/p>\n<p>Cuando no sea posible lograr las distancias m\u00ednimas recomendadas, se debe realizar un estudio del caso\u00a0particular para reforzar el recubrimiento del Ducto donde sea necesario y, por ning\u00fan motivo, la distancia debe\u00a0ser menor a 3 m respecto de la pata de la torre de la l\u00ednea de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>Se deben realizar estudios para evaluar los efectos que pudieran causar las descargas el\u00e9ctricas de alto\u00a0voltaje, corrientes el\u00e9ctricas inducidas, cruces y paralelismo con torres de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica y otras\u00a0estructuras. Se deben realizar estudios y las correcciones necesarias para resolver los problemas de\u00a0interferencia el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p><strong>3.9.3\u00a0<\/strong>Cruzamientos. Se debe conocer la efectividad del funcionamiento del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica\u00a0en los puntos de cruzamiento como son: Calles, carreteras, v\u00edas de ferrocarril y r\u00edos, debido a que en estos\u00a0lugares, si tienen camisa met\u00e1lica, se pueden propiciar aterrizamientos que provocar\u00edan una reducci\u00f3n en la\u00a0efectividad del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica.<\/p>\n<p>Cuando existan cruzamientos y\/o paralelismos con otros Ductos, los Regulados deben verificar la\u00a0interacci\u00f3n entre ambos sistemas mediante mediciones de potencial Ducto\/suelo y establecer las medidas\u00a0correctivas para minimizar los efectos de la interacci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>3.9.4\u00a0<\/strong>Defectos en el recubrimiento anticorrosivo. Debido a que el recubrimiento anticorrosivo del Ducto\u00a0est\u00e1 expuesto a da\u00f1os y deterioros por factores tales como: Absorci\u00f3n de humedad, esfuerzos del terreno y\u00a0desprendimiento cat\u00f3dico, se deben realizar investigaciones enfocadas a identificar, cuantificar y valorar los\u00a0defectos del Sistema de recubrimiento anticorrosivo y sus efectos en la demanda de corriente el\u00e9ctrica del\u00a0sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica seleccionado, estableciendo la conveniencia de repararlos y\/o administrar la\u00a0protecci\u00f3n cat\u00f3dica en esas \u00e1reas desnudas del Ducto.<\/p>\n<p>Cualquier tramo del Ducto que quede desnudo o expuesto al medio ambiente debe ser examinado en\u00a0b\u00fasqueda de evidencias de corrosi\u00f3n externa y, dependiendo del estado del Sistema de recubrimiento\u00a0anticorrosivo, se deben tomar las acciones correctivas mencionadas en el inciso 3.2.2 b) que garanticen la\u00a0integridad del Ducto, de este Anexo normativo.<\/p>\n<p>Cuando se detecten da\u00f1os en el Sistema de recubrimiento anticorrosivo que sean de una magnitud que\u00a0justifique su reposici\u00f3n, se deben aplicar recubrimientos anticorrosivos compatibles con el existente y con el\u00a0Sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica conforme a lo indicado en la Secci\u00f3n 3.1 de este Ap\u00e9ndice (Normativo).<\/p>\n<p><strong>3.10 Operaci\u00f3n, inspecci\u00f3n y mantenimiento<\/strong><\/p>\n<p>Con el prop\u00f3sito de mantener la integridad de los sistemas de Ductos enterrados y\/o sumergidos, los\u00a0Regulados encargados del Sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica deben establecer, instrumentar y cumplir con\u00a0los\u00a0programas de inspecci\u00f3n y mantenimiento peri\u00f3dico de los elementos que conforman los sistemas de\u00a0protecci\u00f3n cat\u00f3dica, evidenciando dichas acciones mediante los registros respectivos.<\/p>\n<p><strong>3.10.1<\/strong>\u00a0<strong>Fuentes de energ\u00eda el\u00e9ctrica<\/strong><\/p>\n<p>Cuando el sistema de protecci\u00f3n es a base de corriente impresa con rectificador, las fuentes de energ\u00eda\u00a0el\u00e9ctrica se deben inspeccionar cuando menos seis veces cada a\u00f1o calendario a intervalos que no excedan\u00a0de dos meses y medio. Para tal efecto, se deben llevar registros de las condiciones de operaci\u00f3n, as\u00ed como\u00a0cualquier ajuste operacional en el voltaje y\/o corriente el\u00e9ctrica de salida. En caso de que una fuente de\u00a0corriente el\u00e9ctrica falle, se deben realizar las medidas correctivas necesarias.<\/p>\n<p>La frecuencia de revisi\u00f3n de los sistemas autom\u00e1ticos de protecci\u00f3n cat\u00f3dica, los sistemas fotovoltaicos,\u00a0turbo generadores y los supervisados a control remoto, se deber\u00e1 realizar cuando menos una vez al a\u00f1o.<\/p>\n<p>En caso de ocurrir cambios positivos de potencial se debe tomar acci\u00f3n inmediata, particularmente en los\u00a0puntos de impresi\u00f3n de corriente el\u00e9ctrica, ya que esto pudiera indicar una polaridad invertida en la fuente\u00a0externa de corriente el\u00e9ctrica directa.<\/p>\n<p><strong>3.10.2<\/strong>\u00a0Camas an\u00f3dicas<\/p>\n<p>Los dispositivos an\u00f3dicos, por lo general, son instalados en forma permanente y no requieren de<\/p>\n<p>mantenimiento. Estos dispositivos deben ser revisados y reemplazados cuando se presente una falla o\u00a0concluya la vida \u00fatil. Se debe verificar la corriente el\u00e9ctrica de salida de los \u00e1nodos y la corriente el\u00e9ctrica total\u00a0de la cama an\u00f3dica, a fin de determinar si la cama an\u00f3dica est\u00e1 funcionando correctamente. Cuando se\u00a0requiera, los \u00e1nodos de la cama an\u00f3dica se deben humectar con la adici\u00f3n de agua limpia.<\/p>\n<p><strong>3.10.3<\/strong>\u00a0Conexiones el\u00e9ctricas<\/p>\n<p>Todas las conexiones el\u00e9ctricas e interruptores de corriente el\u00e9ctrica se deben revisar como m\u00ednimo una\u00a0vez al a\u00f1o y, en caso de existir alguna anomal\u00eda, se debe eliminar o corregir.<\/p>\n<p><strong>3.10.4\u00a0<\/strong>Aislamientos el\u00e9ctricos<\/p>\n<p>Los dispositivos de aislamiento el\u00e9ctrico se deben verificar cuando menos una vez al a\u00f1o y reemplazar en\u00a0caso de falla.<\/p>\n<p><strong>3.10.5<\/strong>\u00a0Recubrimientos<\/p>\n<p>Se deben realizar inspecciones cuando menos cada seis meses del recubrimiento diel\u00e9ctrico en todos los\u00a0tramos de Ductos que se encuentren en la superficie y en \u00e1reas expuestas. Cuando el recubrimiento se\u00a0encuentre deteriorado se debe reemplazar o reparar.<\/p>\n<p><strong>3.10.6<\/strong>\u00a0Levantamiento de potenciales<\/p>\n<p>Los Regulados deben efectuar mediciones de potenciales Ducto\/suelo a lo largo de la trayectoria del\u00a0Ducto, a intervalos m\u00e1ximos de seis meses para zonas a campo traviesa y cada tres meses en zonas\u00a0urbanas. Esta periodicidad puede ser modificada para condiciones particulares del sistema de protecci\u00f3n\u00a0cat\u00f3dica o para zonas cr\u00edticas en las que una falla del sistema resulte en una condici\u00f3n de Riesgo para la\u00a0seguridad de las personas, el medio ambiente o las Instalaciones, as\u00ed como para \u00e1reas en donde se hayan\u00a0identificado y probado la existencia de potenciales de sub-protecci\u00f3n y que se requiera evaluar la efectividadde las medidas correctivas mencionadas en el inciso 3.2.2 b) aplicadas o en caso que se presente alg\u00fan\u00a0fen\u00f3meno de interacci\u00f3n el\u00e9ctrica con sistemas ajenos al seleccionado, de este Ap\u00e9ndice (Normativo).<\/p>\n<p><strong>3.10.7<\/strong>\u00a0Evaluaci\u00f3n del sistema<\/p>\n<p>De manera paralela a las actividades de medici\u00f3n de potenciales, debe evaluarse la efectividad del\u00a0sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica mediante el an\u00e1lisis de las lecturas obtenidas, a fin de detectar anomal\u00edas o\u00a0fallas que requieran alguna inspecci\u00f3n adicional, mantenimiento preventivo o mantenimiento correctivo, a\u00a0efecto de mantener la continuidad del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica en el Sistema de Transporte dentro de\u00a0los l\u00edmites se\u00f1alados en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>3.11 Seguridad<\/strong><\/p>\n<p>Esta secci\u00f3n indica aspectos m\u00ednimos de seguridad que se deben cumplir en los sistemas de protecci\u00f3n\u00a0cat\u00f3dica de Ductos enterrados y\/o sumergidos.<\/p>\n<p>Los sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica durante sus distintas etapas involucran el uso de equipo energizado,\u00a0dispositivos de aislamiento el\u00e9ctrico, puenteos el\u00e9ctricos y mediciones de par\u00e1metros el\u00e9ctricos, los cuales\u00a0pueden provocar da\u00f1os al personal operativo por descargas el\u00e9ctricas. Por ello estos trabajos se deben\u00a0ejecutar por personal calificado y con experiencia en materia de obras e Instalaciones el\u00e9ctricas.<\/p>\n<p>El personal que realice actividades de protecci\u00f3n cat\u00f3dica debe utilizar la ropa y equipo de protecci\u00f3n\u00a0personal apropiados para el manejo de equipo energizado.<\/p>\n<p>El encargado del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica deber\u00e1 dar por escrito las instrucciones de trabajo al\u00a0personal que realice los trabajos referentes a la protecci\u00f3n cat\u00f3dica en donde se indiquen las labores\u00a0encomendadas, los implementos y equipos de seguridad aplicables as\u00ed como el equipo y herramientas\u00a0id\u00f3neas para el desempe\u00f1o de las funciones.<\/p>\n<p>Cuando se requiera realizar una revisi\u00f3n o reparaci\u00f3n en el sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica que involucre\u00a0un Riesgo, el encargado de la protecci\u00f3n cat\u00f3dica debe expedir la autorizaci\u00f3n para la realizaci\u00f3n del trabajo\u00a0respectivo, una vez que se cumplan las condiciones requeridas de seguridad para realizar el trabajo sin\u00a0Riesgo alguno.<\/p>\n<p><strong>3.11.1<\/strong>\u00a0Medidas generales<\/p>\n<p>Las medidas de seguridad aplicables al equipo, Instalaci\u00f3n y mantenimiento de los sistemas de protecci\u00f3n\u00a0cat\u00f3dica deben considerar que se tiene la posibilidad de descargas el\u00e9ctricas, cortocircuito, producci\u00f3n de\u00a0chispas debidas a arcos el\u00e9ctricos que puedan originar Riesgos de incendio, toxicidad debida a la generaci\u00f3n\u00a0de cloro en camas an\u00f3dicas, voltajes y corrientes el\u00e9ctricas inducidas por l\u00edneas de transmisi\u00f3n el\u00e9ctrica o\u00a0sistemas de tierra localizados en las proximidades de los Ductos protegidos cat\u00f3dicamente, as\u00ed como a\u00a0condiciones meteorol\u00f3gicas, por lo que se deber\u00e1n tomar las medidas de seguridad siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Cuando se instalen dispositivos de aislamiento el\u00e9ctrico en \u00e1reas donde se anticipe una atm\u00f3sfera\u00a0combustible, se debe evitar la formaci\u00f3n de arco el\u00e9ctrico conectando a tierra las Instalaciones;<\/li>\n<li>Los rectificadores utilizados en los sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica deben ser de doble devanado y\u00a0conectados a tierra;<\/li>\n<li>Las terminales energizadas deben estar aisladas para prevenir un contacto accidental por parte del\u00a0personal operativo, y<\/li>\n<li>Para reducir el Riesgo de da\u00f1o a las personas por el gradiente de voltaje en la superficie del suelo\u00a0circundante de las camas an\u00f3dicas, se deben tomar las precauciones siguientes:<\/li>\n<li>Enterrar, a 90 cm como m\u00ednimo, los \u00e1nodos y el material de relleno que constituyen la cama\u00a0an\u00f3dica, y<\/li>\n<li>Aislar totalmente y proteger de da\u00f1os mec\u00e1nicos los cables el\u00e9ctricos de interconexi\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Cuando exista la posibilidad de que se desarrollen voltajes inducidos que pudieran causar un arco el\u00e9ctrico\u00a0en las juntas de aislamiento, se deben utilizar celdas electrol\u00edticas de puesta a tierra, celdas de polarizaci\u00f3n u\u00a0otros dispositivos adecuados para canalizar la energ\u00eda a tierra.<\/p>\n<p><strong>3.11.2<\/strong>\u00a0Generaci\u00f3n de gases peligrosos<\/p>\n<p>En sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica en los que se instalen \u00e1nodos en pozo profundo se deben incluir\u00a0venteos para evitar la acumulaci\u00f3n de gases de Hidr\u00f3geno y Cloro producto del desprendimiento, debido a\u00a0que pueden ser una condici\u00f3n de Riesgo de explosi\u00f3n o intoxicaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>3.11.3\u00a0<\/strong>Instalaci\u00f3n en atm\u00f3sferas peligrosas<\/p>\n<p>La naturaleza el\u00e9ctrica de los sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica representa el Riesgo de una fuente de\u00a0ignici\u00f3n en atm\u00f3sferas peligrosas (combustibles y\/o explosivas), por lo que su instalaci\u00f3n en esas \u00e1reas debe\u00a0satisfacer la clasificaci\u00f3n el\u00e9ctrica de \u00e1reas conforme a la NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones El\u00e9ctricas\u00a0(utilizaci\u00f3n) o su equivalente.<\/p>\n<p><strong>3.11.4\u00a0<\/strong>Corto circuitos en Instalaciones el\u00e9ctricas<\/p>\n<p>El corto circuito de juntas aislantes constituye un riesgo potencial, por lo que, en caso de ser posible,\u00a0dichas juntas se deben instalar fuera de \u00e1reas peligrosas. Cuando no sea posible, se deben adoptar medidas\u00a0para evitar chispas o arcos el\u00e9ctricos, como:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Conexiones de resistencia colocadas en gabinetes a prueba de fuego;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Arrestador de flama encapsulado;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Electrodos de zinc conectados a tierra en cada lado de la junta aislante, o<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Una celda de polarizaci\u00f3n conectada a trav\u00e9s de la junta aislante o a tierra.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Las superficies de la junta aislante deben estar encapsuladas para prevenir corto circuitos causados\u00a0por\u00a0herramientas.<\/p>\n<p><strong>3.11.4.1\u00a0<\/strong>Desconexi\u00f3n, separaci\u00f3n o ruptura del Ducto protegido<\/p>\n<p>El Ducto protegido cat\u00f3dicamente tiene una corriente el\u00e9ctrica fluyendo a trav\u00e9s de \u00e9l, cualquier\u00a0desconexi\u00f3n, separaci\u00f3n o ruptura del Ducto interrumpe el flujo de corriente el\u00e9ctrica, lo que puede provocar\u00a0la generaci\u00f3n de un arco el\u00e9ctrico dependiendo de la magnitud de la corriente el\u00e9ctrica.<\/p>\n<p>El transformador-rectificador que protege una secci\u00f3n del Ducto en el que se realizar\u00e1 una modificaci\u00f3n,\u00a0mantenimiento o reparaci\u00f3n debe ser puesto fuera de servicio y se debe instalar una conexi\u00f3n temporal. Es\u00a0esencial que la conexi\u00f3n est\u00e9 puenteada a cada uno de los lados de la separaci\u00f3n y que permanezca\u00a0conectada hasta que se termine el trabajo y la continuidad el\u00e9ctrica sea restaurada o hasta que el \u00e1rea quede\u00a0libre de gas y sin Riesgo.<\/p>\n<p><strong>3.11.4.2\u00a0<\/strong>Equipo el\u00e9ctrico<\/p>\n<p>El equipo el\u00e9ctrico instalado en un \u00e1rea de proceso debe ser a prueba de fuego y estar certificado para su\u00a0uso en el \u00e1rea, con base en la NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones El\u00e9ctricas (utilizaci\u00f3n) o su equivalente. En\u00a0el \u00e1rea de proceso se deben utilizar interruptores de doble polo para asegurar que ambos polos est\u00e9n aislados\u00a0durante el mantenimiento. Cada cable que Transporte corriente el\u00e9ctrica de protecci\u00f3n cat\u00f3dica se debe\u00a0instalar de manera que no se pueda realizar la desconexi\u00f3n dentro del \u00e1rea de Riesgo sin suspender la\u00a0energ\u00eda al sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica. Los cables deben estar protegidos mec\u00e1nicamente para prevenir<\/p>\n<p>su ruptura.<\/p>\n<p><strong>3.11.4.3\u00a0<\/strong>Instrumentos de prueba<\/p>\n<p>Cuando se efect\u00faen mediciones el\u00e9ctricas para el control de la protecci\u00f3n cat\u00f3dica en atm\u00f3sferas\u00a0peligrosas, el equipo utilizado debe ser intr\u00ednsecamente seguro y, antes de realizar los trabajos, el \u00e1rea debe\u00a0ser evaluada y declarada libre de una atm\u00f3sfera peligrosa.<\/p>\n<p><strong>3.11.5\u00a0<\/strong>Se\u00f1alizaci\u00f3n de Instalaciones energizadas<\/p>\n<p>En los lugares donde se instalen fuentes de corriente el\u00e9ctrica para la protecci\u00f3n cat\u00f3dica se deben\u00a0colocar se\u00f1alamientos de advertencia visibles de acuerdo a la NOM-001-SEDE-2012 Instalaciones El\u00e9ctricas\u00a0(utilizaci\u00f3n) o su equivalente.<\/p>\n<p><strong>3.12 Documentaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>3.12.1\u00a0<\/strong>Historial del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica. La entidad, \u00f3rgano o empresa responsable del sistema\u00a0de protecci\u00f3n cat\u00f3dica debe contar con la documentaci\u00f3n que respalde todas las acciones realizadas desde la\u00a0implementaci\u00f3n, operaci\u00f3n y mantenimiento del sistema. Esta documentaci\u00f3n debe estar bajo resguardo y\u00a0disponible para cuando sea requerida. La informaci\u00f3n debe contener como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>Implementaci\u00f3n:<\/strong><\/li>\n<li>Objetivo del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica;<\/li>\n<li>Especificaciones del recubrimiento diel\u00e9ctrico as\u00ed como de su instalaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Ubicaci\u00f3n y especificaciones de dispositivos de aislamiento el\u00e9ctrico;<\/li>\n<li>Pruebas previas a la implementaci\u00f3n:<\/li>\n<li>Localizaci\u00f3n del Ducto (plano, referencias geogr\u00e1ficas, accesos, etc.);<\/li>\n<li>Estudios de resistividades del suelo;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.\u00a0<\/strong>Resultados de pruebas de requerimiento de corriente el\u00e9ctrica, ubicaci\u00f3n y caracter\u00edsticas de\u00a0camas an\u00f3dicas provisionales, condiciones de operaci\u00f3n de la fuente de corriente el\u00e9ctrica\u00a0directa provisional, resistencia del circuito, perfil de potenciales naturales y de polarizaci\u00f3n,\u00a0potencial m\u00e1ximo en el punto de impresi\u00f3n de corriente;<\/p>\n<ol>\n<li>Ubicaci\u00f3n de estructuras met\u00e1licas ajenas al Ducto a proteger;<\/li>\n<li>Memoria t\u00e9cnica del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica (tiempo de vida, criterios, ubicaci\u00f3n de\u00a0camas an\u00f3dicas, n\u00famero, dimensiones y tipo de los \u00e1nodos utilizados, densidad de corriente\u00a0el\u00e9ctrica, resistencia total de circuito, por ciento de \u00e1rea desnuda a proteger, especificaci\u00f3n de\u00a0materiales y equipo, c\u00e1lculos, recomendaciones, pr\u00e1cticas de ingenier\u00eda, normas, c\u00f3digos,\u00a0reglamentos y regulaciones observadas durante la implementaci\u00f3n), y<\/li>\n<li>Resultados de pruebas de interacci\u00f3n con otros sistemas el\u00e9ctricos ajenos al sistema de\u00a0protecci\u00f3n cat\u00f3dica (l\u00edneas de alta tensi\u00f3n, sistemas de tierras, estructuras met\u00e1licas vecinas\u00a0protegidas o no cat\u00f3dicamente y dependencias involucradas).<\/li>\n<li><strong>Instalaci\u00f3n:<\/strong><\/li>\n<li>Planos y diagramas del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica tal y como fue instalado. (Arreglos\u00a0constructivos de la cama an\u00f3dica, de la fuente externa de corriente el\u00e9ctrica directa, conexiones\u00a0el\u00e9ctricas cable-Ducto, Ducto-estaci\u00f3n de registro de potencial y puenteos el\u00e9ctricos entre\u00a0Ductos);<\/li>\n<li>Permisos internos y externos;<\/li>\n<li>Afectaciones a otras estructuras y\/o sistemas de protecci\u00f3n cat\u00f3dica a terceros;<\/li>\n<li>Modificaciones constructivas, adecuaciones, y<\/li>\n<li>Resultados de las pruebas durante la puesta en operaci\u00f3n del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica y\u00a0ajustes de campo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En el caso de Ductos existentes se debe presentar la informaci\u00f3n cuando esta sea requerida misma que,\u00a0asegure que el Ducto se encuentra protegido cat\u00f3dicamente y que no presenta interacci\u00f3n con otros sistemas\u00a0el\u00e9ctricos adyacentes a su trayectoria. Asimismo, se debe establecer un m\u00e9todo permanente para completar\u00a0la informaci\u00f3n documental requerida para Ductos nuevos.<\/p>\n<p><strong>3.12.2\u00a0<\/strong>Interacci\u00f3n con estructuras y sistemas de otras dependencias<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es esencial que durante la planeaci\u00f3n, instalaci\u00f3n, prueba, puesta en marcha y operaci\u00f3n de un sistema\u00a0de protecci\u00f3n cat\u00f3dica, los Regulados deben notificar a dichas acciones a las entidades que tengan a su\u00a0cargo sistemas de Ducto de acero enterrados, cables u otras estructuras (Ductos de agua, cableado\u00a0telef\u00f3nico, l\u00edneas de fibra \u00f3ptica y l\u00edneas de alta tensi\u00f3n), pr\u00f3ximas a la instalaci\u00f3n. Los Regulados deben\u00a0notificar con una anticipaci\u00f3n m\u00ednima de un mes y por escrito.<\/p>\n<p>Lo anterior, con el prop\u00f3sito de asegurar que el sistema sea instalado de tal manera que la interacci\u00f3n de\u00a0la protecci\u00f3n cat\u00f3dica con sistemas y estructuras vecinas sea m\u00ednima.<\/p>\n<p><strong>3.13<\/strong>\u00a0<strong>Registros<\/strong><\/p>\n<p>Los registros de control de la corrosi\u00f3n deben documentar en forma clara, concisa y met\u00f3dica la\u00a0informaci\u00f3n relacionada a la operaci\u00f3n, mantenimiento y efectividad del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica.<\/p>\n<p><strong>3.13.1\u00a0<\/strong>Funcionalidad del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/p>\n<p>Se debe registrar la fecha de puesta en servicio del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica, los levantamientos de\u00a0potencial, inspecciones y pruebas realizadas para comprobar que no existen interferencias y asegurar que los\u00a0aislamientos, recubrimientos y encamisados se encuentran funcionando satisfactoriamente.<\/p>\n<p>Los registros del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica se deben conservar durante el tiempo que las\u00a0Instalaciones permanezcan en servicio.<\/p>\n<p><strong>3.13.2\u00a0<\/strong>Modificaciones al sistema original<\/p>\n<p>Todas las modificaciones que se efect\u00faen al sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica original deben registrarse\u00a0anotando la fecha y modificaci\u00f3n realizada, de manera que forme parte de la documentaci\u00f3n conforme con lo\u00a0indicado en los numerales 3.13 y 3.13.1 de este Ap\u00e9ndice (Normativo), anexando memorias y planos de\u00a0ingenier\u00eda en caso de rehabilitaciones mayores como cambio de capacidad del rectificador y cambio\u00a0de\u00a0ubicaci\u00f3n de la cama an\u00f3dica, entre otras.<\/p>\n<p><strong>3.13.3\u00a0<\/strong>Reparaci\u00f3n o reemplazo de alg\u00fan Componente del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica<\/p>\n<p>Se deben registrar las reparaciones o reemplazos cuando las inspecciones y pruebas peri\u00f3dicas\u00a0realizadas indiquen que la protecci\u00f3n no es efectiva. Dichas pruebas pueden ser, entre otras:<\/p>\n<ol>\n<li>Reparaci\u00f3n, reemplazo o ajuste de Componentes del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica;<\/li>\n<li>Aplicaci\u00f3n del recubrimiento en las \u00e1reas desnudas;<\/li>\n<li>Interferencia de cualquier estructura met\u00e1lica en contacto con el Ducto y su localizaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Reposici\u00f3n de los dispositivos de aislamiento da\u00f1ados;<\/li>\n<li>Acciones para corregir corto circuitos en Ductos encamisados, y<\/li>\n<li>Pruebas de interferencia con estructuras cercanas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.13.4\u00a0<\/strong>Estudios especiales<\/p>\n<p>Se deben registrar todos los resultados obtenidos de investigaciones especiales como son, entre otros:\u00a0Estudios de levantamiento de potenciales a intervalos cortos, inspecci\u00f3n del recubrimiento diel\u00e9ctrico\u00a0mediante gradiente de voltaje de corriente el\u00e9ctrica directa, as\u00ed como cualquier otra investigaci\u00f3n referente\u00a0a\u00a0la efectividad del sistema de protecci\u00f3n cat\u00f3dica. Esta informaci\u00f3n debe formar parte del historial de la\u00a0protecci\u00f3n cat\u00f3dica del Ducto.<\/p>\n<p><strong>AP\u00c9NDICE B (NORMATIVO)<\/strong><\/p>\n<p><strong>MONITOREO, DETECCI\u00d3N Y CLASIFICACI\u00d3N DE FUGAS DE GAS EN DUCTOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00cdNDICE<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Objetivo<\/li>\n<li>Definiciones<\/li>\n<li>Detecci\u00f3n de Fugas<\/li>\n<li>Instrumentos para detecci\u00f3n de Fugas<\/li>\n<li>Clasificaci\u00f3n de Fugas y criterios de acci\u00f3n<\/li>\n<li>Historial de Fugas y lineamientos para autoevaluaci\u00f3n<\/li>\n<li><strong> OBJETIVO<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>En este Ap\u00e9ndice (Normativo) se establecen los requisitos m\u00ednimos para el monitoreo, detecci\u00f3n y<\/p>\n<p>clasificaci\u00f3n de Fugas de gas en Ductos, que deben cumplir los Sistemas de Transporte por medio de Ductos\u00a0que operen en Territorio Nacional.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong> DEFINICIONES<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para efectos de aplicaci\u00f3n de este Ap\u00e9ndice (Normativo) se establecen las definiciones siguientes:<\/p>\n<p><strong>2.1 Acci\u00f3n inmediata:\u00a0<\/strong>El env\u00edo sin retraso de personal calificado para evaluar y, en su caso, abatir el\u00a0riesgo existente o probable derivado de una Fuga de gas.<\/p>\n<p><strong>2.2 Espacio confinado:\u00a0<\/strong>Cualquier estructura o espacio cerrado tal como registros de v\u00e1lvulas, t\u00faneles,\u00a0c\u00e1rcamos o registros de drenaje en la cual se puede acumular el gas.<\/p>\n<p><strong>2.3 Fuga de gas:\u00a0<\/strong>Cualquier emisi\u00f3n de gas proveniente de un Ducto, debido a fractura, ruptura, soldadura\u00a0defectuosa, corrosi\u00f3n, sellado imperfecto o mal funcionamiento de accesorios y dispositivos utilizados en \u00e9ste.<\/p>\n<p><strong>2.4 Indicador de gas combustible:\u00a0<\/strong>El instrumento capaz de detectar y medir la concentraci\u00f3n de una\u00a0mezcla de gas combustible en el aire.<\/p>\n<p><strong>2.5 Lectura:\u00a0<\/strong>La indicaci\u00f3n repetible en un instrumento de medici\u00f3n anal\u00f3gico o digital.<\/p>\n<p><strong>2.6 Monitoreo de Fugas:\u00a0<\/strong>El conjunto de actividades que se realizan peri\u00f3dicamente para determinar la\u00a0presencia de gas en la periferia de Ductos, equipos y\/o accesorios de los Sistemas de Transporte y\u00a0Distribuci\u00f3n de gas por Ductos.<\/p>\n<p><strong>2.7 Perforaci\u00f3n de barra, pozo de muestreo o sondeo:\u00a0<\/strong>La perforaci\u00f3n de un di\u00e1metro no mayor a 5 cm\u00a0que se hace en el suelo cercano a una instalaci\u00f3n subterr\u00e1nea, espec\u00edficamente para verificar la existencia de\u00a0gas debajo de la superficie del suelo con un indicador de gas combustible.<\/p>\n<p><strong>2.8 Subestructura asociada con el gas:\u00a0<\/strong>El dispositivo o estructura subterr\u00e1nea utilizado en una\u00a0instalaci\u00f3n de gas para alojar accesorios o equipos, tales como registros con v\u00e1lvulas, estaciones de medici\u00f3n\u00a0y regulaci\u00f3n, cajas de pruebas y Ductos encamisados con ventilaci\u00f3n, que no tiene como prop\u00f3sito\u00a0Almacenar, Transportar o Distribuir gas.<\/p>\n<p><strong>2.9 Subestructura no asociada con el gas:\u00a0<\/strong>Las estructuras no relacionadas con el Transporte o la\u00a0distribuci\u00f3n de gas, que se localizan debajo de la superficie del suelo, tales como registros y Ductos de\u00a0Instalaciones el\u00e9ctricas, telef\u00f3nicas, de se\u00f1ales de tr\u00e1fico, de agua y drenaje, a las cuales puede migrar y\/o\u00a0acumularse el gas y que no tienen como prop\u00f3sito alojar personas.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong> DETECCI\u00d3N DE FUGAS<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para la aplicaci\u00f3n de este Ap\u00e9ndice (Normativo) se establecen los valores de concentraci\u00f3n de gas en\u00a0porcentaje\/volumen para los l\u00edmites de explosividad de mezcla de gas con aire, en la tabla siguiente:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 1.- L\u00edmites de explosividad en porcentaje\/volumen de concentraci\u00f3n de gas en aire<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">L\u00edmite de explosividad<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Gas<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">L\u00edmite Inferior de Explosividad (LIE)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5 %<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">L\u00edmite Superior de Explosividad (LSE)<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">15 %<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>3.1 Atenci\u00f3n a reportes de Fugas<\/strong><\/p>\n<p>Los Regulados deben investigar en forma inmediata cualquier notificaci\u00f3n o aviso de terceros en el que se\u00a0reporte olor a gas, Fuga, incendio o explosi\u00f3n que pueda involucrar a Ductos de gas u otras Instalaciones. Si\u00a0la investigaci\u00f3n confirma una Fuga, \u00e9sta se debe clasificar inmediatamente de acuerdo con el numeral 5.1 y\u00a0tomar la acci\u00f3n correspondiente de acuerdo con las tablas 2, 3 y 4 de este Ap\u00e9ndice (Normativo).<\/p>\n<p><strong>3.1.1\u00a0<\/strong>Olores o indicaciones de otros combustibles<\/p>\n<p>Cuando existan indicaciones de Fuga de combustibles derivados del Petr\u00f3leo originados en otras\u00a0Instalaciones, se deben tomar las acciones siguientes para proteger la integridad f\u00edsica de las personas, del\u00a0medio ambiente y de las Instalaciones:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Informar de inmediato al operador de la instalaci\u00f3n y, si es necesario, a los bomberos, polic\u00eda y\u00a0protecci\u00f3n civil, y<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cuando el Ducto de los Regulados est\u00e9 conectado a una Instalaci\u00f3n ajena que tenga Fuga de gas,\u00a0debe tomar de inmediato las acciones necesarias de acuerdo con la tabla 2 de este Ap\u00e9ndice<\/li>\n<\/ol>\n<p>(Normativo).<\/p>\n<p><strong>3.2 Recursos necesarios para efectuar la inspecci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Los Regulados, para realizar la inspecci\u00f3n de sus Instalaciones, deben disponer de lo siguiente:<\/p>\n<p><strong>3.2.1\u00a0<\/strong>Capital humano<\/p>\n<p>Debe contar con personal suficiente, que re\u00fana la calificaci\u00f3n y experiencia requeridas para aplicar el\u00a0m\u00e9todo de inspecci\u00f3n que se utilice.<\/p>\n<p><strong>3.2.2\u00a0<\/strong>Recursos materiales<\/p>\n<p>Para la inspecci\u00f3n de Fugas en un sistema de Ductos, se debe disponer de los recursos materiales\u00a0siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Planos vigentes de la red de Distribuci\u00f3n o l\u00ednea de Transporte con escala y grado de detalle\u00a0adecuados;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Equipos de detecci\u00f3n de Fugas adecuados para obtener informaci\u00f3n necesaria para la localizaci\u00f3n y\u00a0cuantificaci\u00f3n de Fugas de acuerdo con las caracter\u00edsticas de sus Instalaciones y los m\u00e9todos de\u00a0inspecci\u00f3n que se apliquen, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Equipo de Transporte adecuado para la atenci\u00f3n de Fugas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.3 M\u00e9todos de detecci\u00f3n de Fugas<\/strong><\/p>\n<p>Los Regulados, pueden aplicar para la detecci\u00f3n de Fugas en sus Instalaciones, individualmente o\u00a0combinados, los m\u00e9todos siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Con indicadores de Gas combustible:<\/li>\n<li>Sobre la superficie del suelo, y<\/li>\n<li>Debajo de la superficie del suelo.<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Inspecci\u00f3n visual de la vegetaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Ca\u00edda de presi\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>d)<\/strong>Burbujeo;<\/li>\n<li><strong>e)<\/strong>Ultrasonido;<\/li>\n<li><strong>f)<\/strong>Fibra \u00f3ptica;<\/li>\n<li><strong>g)<\/strong>Termograf\u00eda infrarroja terrestre o a\u00e9rea, y<\/li>\n<li><strong>h)<\/strong>Perros adiestrados.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los Regulados, pueden emplear otros m\u00e9todos siempre y cuando se apliquen de acuerdo con los\u00a0procedimientos escritos que prueben que dichos m\u00e9todos son tan eficaces como los de la lista anterior. La\u00a0aplicaci\u00f3n del m\u00e9todo adecuado es responsabilidad de los Regulados, quien debe determinar si existe Fuga y\u00a0en caso de que exista, \u00e9sta se debe detectar, localizar, clasificar y controlar inmediatamente.<\/p>\n<p><strong>3.3.1\u00a0<\/strong>Detecci\u00f3n con indicadores de gas combustible<\/p>\n<p>El equipo para realizar esta inspecci\u00f3n puede ser port\u00e1til o m\u00f3vil. El indicador debe ser del tipo y\u00a0sensibilidad adecuados, para el m\u00e9todo de detecci\u00f3n de gas que se aplique en la Instalaci\u00f3n inspeccionada,\u00a0de acuerdo con las recomendaciones del fabricante.<\/p>\n<p><strong>3.3.1.1<\/strong>\u00a0Detecci\u00f3n sobre la superficie del suelo<\/p>\n<p>Para Instalaciones subterr\u00e1neas se debe tomar un muestreo continuo de la atm\u00f3sfera al nivel del suelo\u00a0sobre o lo m\u00e1s cerca posible de la Instalaci\u00f3n. Para Instalaciones arriba del nivel del suelo, se debe tomar un\u00a0muestreo continuo de la atm\u00f3sfera adyacente a dicha instalaci\u00f3n:<\/p>\n<ol>\n<li>Para Instalaciones subterr\u00e1neas, se deben tomar muestras de la atm\u00f3sfera a no m\u00e1s de cinco\u00a0cent\u00edmetros de la superficie del suelo, cuando sea posible, y en todas aquellas irregularidades del\u00a0terreno que faciliten que el gas aflore. En \u00e1reas donde el Ducto est\u00e1 debajo de piso terminado, entre\u00a0otras: Banquetas y calles pavimentadas, se deben tomar muestras del aire cercano a\u00a0discontinuidades e irregularidades del piso, tales como: aberturas, ranuras, rupturas y grietas que\u00a0faciliten que el gas aflore. Asimismo, se debe analizar el aire dentro de recintos cerrados alojados en<\/li>\n<\/ol>\n<p>aberturas del piso debajo de su nivel, cercanos al Ducto, por ejemplo, pozos de visita, registros de\u00a0drenaje, de Instalaciones el\u00e9ctricas, telef\u00f3nicas y otros servicios, y<\/p>\n<ol>\n<li>El muestreo de la atm\u00f3sfera superficial con indicador de gas se debe realizar a la velocidad y en\u00a0condiciones atmosf\u00e9ricas adecuadas para que dicho muestreo sea correcto. La operaci\u00f3n del\u00a0indicador de gas debe realizarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Se deben analizar\u00a0muestras en los lugares especificados en el numeral anterior.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.3.1.2<\/strong>\u00a0Detecci\u00f3n debajo de la superficie del suelo<\/p>\n<p>El muestreo de la atm\u00f3sfera debajo del piso se debe realizar en aberturas existentes y\/o sondeos arriba y\/o adyacentes al Ducto. Los pozos de muestreo se deben perforar lo m\u00e1s cerca posible al Ducto y lateralmente\u00a0a no m\u00e1s de 5 m del eje de la misma. A lo largo del Ducto los puntos de prueba se deben localizar a no m\u00e1s\u00a0del doble de la distancia entre el Ducto y la pared de edificio m\u00e1s cercano o 10 m, la que sea m\u00e1s corta, pero\u00a0en ning\u00fan caso el espaciamiento debe ser menor a 3 metros. El patr\u00f3n del muestreo debe incluir puntos de\u00a0prueba adyacentes a las conexiones de las l\u00edneas de servicio, acometidas a los edificios, cruzamientos de\u00a0calles y conexiones de ramales. El numeral 3.3.9 describe el procedimiento para localizar Fugas porperforaci\u00f3n de barra.<\/p>\n<p><strong>3.3.2<\/strong>\u00a0Detecci\u00f3n por inspecci\u00f3n visual de la vegetaci\u00f3n<\/p>\n<p>Este m\u00e9todo tiene por objeto detectar indicaciones anormales o inusuales en la vegetaci\u00f3n que puedan\u00a0haber sido causadas por la migraci\u00f3n de gas. Dichas indicaciones de Fugas de gas deben confirmarse\u00a0usando un indicador de gas combustible. La inspecci\u00f3n debe ser realizada por personal experto que tenga\u00a0una buena visi\u00f3n del \u00e1rea que est\u00e1 inspeccionando y sus alrededores. Para determinar la velocidad de\u00a0recorrido se debe determinar como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Trazo del Sistema de Transporte;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Cantidad y tipo de vegetaci\u00f3n, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Condiciones de visibilidad tales como: alumbrado, reflejo de luz, distorsiones u obstrucciones\u00a0del\u00a0terreno.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.3.2.1<\/strong>\u00a0El m\u00e9todo de inspecci\u00f3n visual del estado de la vegetaci\u00f3n s\u00f3lo se puede aplicar en \u00e1reas en\u00a0donde el crecimiento de la vegetaci\u00f3n est\u00e1 bien definido. No se debe emplear cuando el grado de humedad\u00a0del suelo sea anormalmente alto, cuando la vegetaci\u00f3n est\u00e1 inactiva, o cuando est\u00e1 en periodo de crecimiento\u00a0acelerado, como en el comienzo de la primavera.<\/p>\n<p><strong>3.3.3<\/strong>\u00a0Detecci\u00f3n por ca\u00edda de presi\u00f3n<\/p>\n<p>Este m\u00e9todo se aplica para determinar si una secci\u00f3n aislada de la Instalaci\u00f3n de gas pierde presi\u00f3n por\u00a0Fugas. La secci\u00f3n seleccionada debe tener solamente una presi\u00f3n de operaci\u00f3n y dicha secci\u00f3n debe aislarse\u00a0antes de efectuar la prueba de ca\u00edda de presi\u00f3n. Para determinar los par\u00e1metros de la prueba de ca\u00edda de\u00a0presi\u00f3n, se deben tomar en cuenta como m\u00ednimo, los criterios siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Presi\u00f3n de prueba. Si la prueba se realiza \u00fanicamente con el prop\u00f3sito de detectar Fugas en la\u00a0secci\u00f3n aislada, se debe hacer cuando menos a la presi\u00f3n de operaci\u00f3n;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Medio de prueba. El medio debe ser compatible con los materiales del Ducto, debe estar libre de\u00a0materiales sedimentarios y no debe dejar residuos que puedan da\u00f1ar la Instalaci\u00f3n. El medio para\u00a0realizar la prueba no debe ser inflamable, puede ser agua, aire o gas inerte, y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Duraci\u00f3n de la prueba. El tiempo de la prueba debe ser suficiente para detectar la ca\u00edda de presi\u00f3n\u00a0debida a fugas. Para determinar el tiempo necesario para realizar la prueba se deben considerar los\u00a0factores siguientes:<\/li>\n<li>El tiempo y volumen requerido para que el medio de prueba alcance la presi\u00f3n de prueba;<\/li>\n<li>El tiempo necesario para que el medio de prueba estabilice su temperatura, y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0La sensibilidad del instrumento de prueba.<\/p>\n<p><strong>3.3.3.1<\/strong>\u00a0El m\u00e9todo de ca\u00edda de presi\u00f3n no localiza las Fugas, por lo que se requiere una evaluaci\u00f3n\u00a0posterior con otro procedimiento que permita localizar las Fugas para evaluarlas y clasificarlas.<\/p>\n<p><strong>3.3.4\u00a0<\/strong>Detecci\u00f3n por burbujeo<\/p>\n<p>Este m\u00e9todo consiste en cubrir totalmente el Ducto con una soluci\u00f3n tenso activa que forme burbujas,\u00a0entre otras, agua jabonosa, para se\u00f1alar las Fugas sobre la superficie expuesta de la Instalaci\u00f3n. La soluci\u00f3n<\/p>\n<p>utilizada no debe da\u00f1ar ni debe dejar residuos que posteriormente puedan producir corrosi\u00f3n en los\u00a0materiales de la instalaci\u00f3n probada.<\/p>\n<p><strong>3.3.5\u00a0<\/strong>Detecci\u00f3n por ultrasonido. Este m\u00e9todo consiste en la Instalaci\u00f3n de sensores ultras\u00f3nicos\u00a0espaciados a lo largo del Ducto que pueden detectar la ocurrencia de una Fuga en tiempo real, por la energ\u00eda\u00a0ultras\u00f3nica que se genera desde el momento en que ocurre. Las ondas viajan en todas direcciones del sitio de\u00a0la Fuga, lo que permite detectarlas a grandes distancias. Este m\u00e9todo se puede acoplar a un sistema de\u00a0geoposicionamiento.<\/p>\n<p><strong>3.3.5.1\u00a0<\/strong>Para probar una Instalaci\u00f3n de gas por ultrasonido se debe tomar en consideraci\u00f3n como m\u00ednimo\u00a0lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Presi\u00f3n en el Ducto. Dado que, al incrementarse la presi\u00f3n en el Ducto, la magnitud de la energ\u00eda\u00a0ultras\u00f3nica generada por la Fuga aumenta, los sensores deben ser adecuados para la presi\u00f3n de\u00a0trabajo de la instalaci\u00f3n;<\/li>\n<li>Localizaci\u00f3n de la instalaci\u00f3n. Los objetos alrededor de la instalaci\u00f3n bajo prueba pueden reflejar o\u00a0atenuar la energ\u00eda ultras\u00f3nica generada dificultando la detecci\u00f3n de la Fuga;<\/li>\n<li>Cantidad de Fugas. La capacidad de detecci\u00f3n de este m\u00e9todo se reduce conforme se incrementa el\u00a0n\u00famero de Fugas en un \u00e1rea determinada, ya que pueden producir un nivel alto de ruido ultras\u00f3nico\u00a0debido al aumento de la energ\u00eda ultras\u00f3nica liberada por cada Fuga, y<\/li>\n<li>Tipo de instalaci\u00f3n. Los equipos neum\u00e1ticos y los operados con gas, entre otros: Compresores,\u00a0motores y turbinas, generan energ\u00eda ultras\u00f3nica. Se debe conocer la localizaci\u00f3n, cantidad y\u00a0caracter\u00edsticas de dichos equipos cerca de la instalaci\u00f3n para determinar si el ruido ultras\u00f3nico que\u00a0producen puede causar interferencia al equipo de detecci\u00f3n de fallas. El \u00e1rea de prueba se debe\u00a0recorrer para verificar la posible presencia de interferencias.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.3.5.2<\/strong>\u00a0Los Regulados deben confirmar los resultados obtenidos por ultrasonido aplicando los m\u00e9todos\u00a0adecuados para detectar Fugas en sus Instalaciones.<\/p>\n<p><strong>3.3.6\u00a0<\/strong>Detecci\u00f3n por fibra \u00f3ptica<\/p>\n<p>Este m\u00e9todo consiste en la instalaci\u00f3n de sensores y cable de fibra \u00f3ptica en los Ductos para monitorear,\u00a0detectar y diagnosticar el desempe\u00f1o de dichas Instalaciones. Se usa para detectar y monitorear Fugas de\u00a0gas en tiempo real.<\/p>\n<p><strong>3.3.7\u00a0<\/strong>Detecci\u00f3n por termograf\u00eda infrarroja terrestre o a\u00e9rea<\/p>\n<p>Este m\u00e9todo se usa en Ductos superficiales y subterr\u00e1neos. Mide la energ\u00eda t\u00e9rmica del gas mediante un\u00a0espectr\u00f3metro de banda infrarrojo como elemento primario de detecci\u00f3n. El instrumento puede acoplarse\u00a0a un\u00a0sistema de geoposicionamiento para ubicar las Fugas.<\/p>\n<p><strong>3.3.8\u00a0<\/strong>Detecci\u00f3n por medio de perros adiestrados<\/p>\n<p>La raza labrador es la m\u00e1s com\u00fanmente usada ya que puede detectar el odorizante adicionado en\u00a0la\u00a0corriente del fluido. El perro localiza y rastrea el olor que sale por la Fuga hasta el punto de m\u00e1xima\u00a0concentraci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>3.3.9\u00a0<\/strong>Localizaci\u00f3n de Fugas por perforaci\u00f3n de barra<\/p>\n<p>Este procedimiento se aplica para localizar el lugar preciso de Fuga en Instalaciones subterr\u00e1neas y tiene\u00a0por objeto minimizar la excavaci\u00f3n para disminuir costos y evitar p\u00e9rdida de tiempo en la localizaci\u00f3n y\u00a0reparaci\u00f3n de Fugas. Los Regulados son responsables de aplicar el procedimiento adecuado para localizar\u00a0Fugas por sondeos en sus Instalaciones. Para fines informativos, se presenta a continuaci\u00f3n una descripci\u00f3n\u00a0general de este procedimiento, el cual debe incluir como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Se debe delimitar la zona de migraci\u00f3n del gas realizando un muestreo de la atm\u00f3sfera superficial\u00a0con indicadores de gas combustible. Normalmente la Fuga se localiza en esta \u00e1rea;<\/li>\n<li>Se deben identificar todas los Ductos de gas dentro del \u00e1rea delimitada y localizar las v\u00e1lvulas,\u00a0conexiones y accesorios, porque son los lugares con mayor probabilidad de Fuga. Se debe poner\u00a0especial cuidado para no da\u00f1ar otras Instalaciones\u00a0subterr\u00e1neas que est\u00e9n dentro del \u00e1rea\u00a0delimitada, durante la excavaci\u00f3n y perforaci\u00f3n para localizar Fugas;<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Se deben buscar en el \u00e1rea delimitada evidencias de construcci\u00f3n recientes que pudieran haber\u00a0da\u00f1ado al Ducto de gas provocando la Fuga. Se debe tomar en cuenta que el gas tambi\u00e9n puede\u00a0migrar y ventilarse a lo largo de algunas zanjas de otros servicios subterr\u00e1neos;<\/li>\n<li>Se deben hacer perforaciones equidistantes sobre la l\u00ednea de gas que se sospeche tiene Fuga.\u00a0Todos los pozos de muestreo deben tener igual profundidad y di\u00e1metro. Las muestras de gas deben\u00a0tomarse a la misma profundidad y donde sean necesarios los sondeos deben bajar hasta la\u00a0profundidad del Ducto para obtener lecturas consistentes y \u00fatiles. Para localizar la Fuga de gas se\u00a0identifican los sondeos con las lecturas m\u00e1s altas;<\/li>\n<li>En caso de encontrar lecturas altas en varias perforaciones adyacentes se requiere de\u00a0procedimientos adicionales para determinar cu\u00e1l es la lectura m\u00e1s cercana al probable punto\u00a0de\u00a0Fuga. Las lecturas de algunos sondeos disminuir\u00e1n con el tiempo, pero es conveniente acelerar este\u00a0proceso extrayendo el exceso de gas de las perforaciones. Cuando se recupere el gas que est\u00e1\u00a0migrando dentro de las perforaciones se toman nuevas lecturas para determinar la perforaci\u00f3n m\u00e1s\u00a0cercana a la Fuga. Este procedimiento se debe aplicar con precauci\u00f3n para evitar la distorsi\u00f3n del\u00a0patr\u00f3n de Venteo;<\/li>\n<li>Una vez identificado el lugar aproximado de la Fuga, se deben hacer pozos de muestreo adicionales\u00a0m\u00e1s profundos para determinar el lugar probable de la Fuga con mayor exactitud;<\/li>\n<li>Para determinar cu\u00e1l de las perforaciones tiene el mayor flujo de gas se pueden hacer lecturas\u00a0adicionales en la parte superior de ellas o usar un man\u00f3metro o soluci\u00f3n tenso activa que forme\u00a0burbujas. Asimismo, pueden ser \u00fatiles otras indicaciones en los pozos, tales como: las part\u00edculas de\u00a0polvo sopladas, el sonido o sentir en la piel el flujo del gas. En ocasiones es posible distinguir la\u00a0difracci\u00f3n de la luz solar cuando el gas se ventea a la atm\u00f3sfera;<\/li>\n<li>Cuando el gas se localiza dentro de alg\u00fan conducto subterr\u00e1neo ajeno a los Ductos de gas, se deben\u00a0tomar muestras en todas las aberturas que se tengan disponibles en dicho conducto para delimitar la\u00a0localizaci\u00f3n de la Fuga de gas;<\/li>\n<li>Cuando se logran lecturas estables del indicador de gas se determina el patr\u00f3n de Venteo. El sondeo\u00a0con la lectura m\u00e1s alta normalmente ser\u00e1 el punto exacto de la Fuga, y<\/li>\n<li>Una vez descubierta, se puede usar cualquier procedimiento para localizar la Fuga en el Ducto, como\u00a0el burbujeo para Fugas peque\u00f1as.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Medidas precautorias<\/strong><\/p>\n<p>En ocasiones, algunas situaciones especiales pueden complicar las t\u00e9cnicas de localizaci\u00f3n de Fugas por\u00a0sondeos. Estas situaciones no son comunes, pero son factibles, entre otras, podr\u00edan ser las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Puede ocurrir una Fuga m\u00faltiple que ocasione informaci\u00f3n confusa. Para eliminar esta posibilidad el\u00a0\u00e1rea afectada debe revisarse despu\u00e9s de reparada la Fuga;<\/li>\n<li>El gas se puede acumular en alguna cavidad y dar una indicaci\u00f3n elevada hasta que dicha cavidad\u00a0es venteada;<\/li>\n<li>Otros gases, tales como los que se forman por material org\u00e1nico en descomposici\u00f3n se pueden\u00a0encontrar ocasionalmente, esto es caracter\u00edstico cuando se encuentran lecturas constantes de entre\u00a015 y 30% de concentraci\u00f3n gas en el aire, y<\/li>\n<li>La indicaci\u00f3n del gas en drenajes se debe considerar como gas de una Fuga migrando al drenaje,\u00a0hasta que sea descartado por otros medios o por an\u00e1lisis.<\/li>\n<li><strong> INSTRUMENTOS PARA DETECCI\u00d3N DE FUGAS<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Los Regulados son responsables de utilizar los instrumentos indicadores de gas combustible adecuados\u00a0para los m\u00e9todos de detecci\u00f3n de Fugas que aplique en sus Instalaciones, con el objeto de obtener\u00a0informaci\u00f3n veraz, confiable y completa sobre las Fugas de gas.<\/p>\n<p><strong>4.1 Mantenimiento de indicadores de gas combustible<\/strong><\/p>\n<p>El mantenimiento de estos instrumentos se debe efectuar de acuerdo con las instrucciones del fabricante\u00a0y, entre otras acciones, se deben cumplirlas siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Cada instrumento utilizado para detectar y evaluar Fugas de gas se debe operar de acuerdo con los\u00a0instructivos del fabricante;<\/li>\n<li>Revisar peri\u00f3dicamente los instrumentos cuando est\u00e1n en uso para asegurar que el suministro\u00a0de<\/li>\n<\/ol>\n<p>energ\u00eda el\u00e9ctrica para su funcionamiento es adecuado;<\/p>\n<ol>\n<li>Probar los instrumentos antes de usarse para asegurar que el sistema de muestreo est\u00e9 libre de\u00a0Fugas y que los filtros no obstruyan el flujo de la muestra, y<\/li>\n<li>Los instrumentos de ionizaci\u00f3n de flama de Hidr\u00f3geno se deben probar cada vez que se encienden y\u00a0durante la inspecci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>4.2 Calibraci\u00f3n de indicadores de gas combustible<\/strong><\/p>\n<p>Para la calibraci\u00f3n de estos instrumentos se deben cumplir, entre otras, las recomendaciones siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Cada equipo utilizado para la detecci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de Fugas se debe calibrar de acuerdo con los\u00a0instructivos del fabricante despu\u00e9s de cualquier reparaci\u00f3n o remplazo de partes;<\/li>\n<li>De conformidad con un programa regular en el que se considere el tipo del instrumento y su uso, los\u00a0instrumentos de ionizaci\u00f3n de flama de hidr\u00f3geno y los indicadores de gas combustible, se deben\u00a0calibrar al menos una vez al mes cuando est\u00e1n en uso, y<\/li>\n<li>Se deben calibrar, cuando se sospeche que la calibraci\u00f3n del instrumento ha cambiado.<\/li>\n<li><strong> CLASIFICACI\u00d3N DE FUGAS Y CRITERIOS DE ACCI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>En este cap\u00edtulo se establece el procedimiento por medio del cual las Fugas son clasificadas y\u00a0controladas. Cuando se detecta una Fuga, el primer paso debe ser la delimitaci\u00f3n del \u00e1rea afectada por la\u00a0Fuga; si el per\u00edmetro se extiende hacia un edificio, la inspecci\u00f3n se debe continuar dentro del mismo, siempre\u00a0y cuando se haya determinado que es seguro entrar al edificio. Cuando se confirma la Fuga, se debe\u00a0atender\u00a0inmediatamente para localizarla, evaluarla y clasificarla de acuerdo con el numeral 5.1 de este Ap\u00e9ndice\u00a0(Normativo).<\/p>\n<p><strong>5.1 Clasificaci\u00f3n de las Fugas.<\/strong><\/p>\n<p>Basados en la evaluaci\u00f3n realizada de la localizaci\u00f3n y magnitud de la Fuga, \u00e9sta se debe clasificar con\u00a0objeto de establecer la prioridad de su reparaci\u00f3n. La clasificaci\u00f3n es la siguiente:<\/p>\n<p><strong>5.1.1\u00a0<\/strong>Grado 1.- Son aquellas Fugas que representan un Peligro inminente para las personas, al medio\u00a0ambiente o instalaciones, por lo que, cuando se detectan deben ser reparadas inmediatamente y\/o realizar\u00a0acciones continuas hasta lograr que las condiciones dejen de ser peligrosas. Se considera peligrosa toda\u00a0situaci\u00f3n en la que haya probabilidad de asfixia, incendio o explosi\u00f3n en el \u00e1rea afectada por la Fuga;<\/p>\n<p><strong>5.1.2\u00a0<\/strong>Grado 2.- Esta clase de Fugas no son peligrosas cuando se detectan, pero representan un Riesgo\u00a0probable para el futuro, por lo que se requiere programar su reparaci\u00f3n para prevenir que se vuelvan\u00a0peligrosas, y<\/p>\n<p><strong>5.1.3\u00a0<\/strong>Grado 3.- Esta clase de Fugas no son peligrosas cuando se detectan y tampoco representan un\u00a0Riesgo probable para el futuro, por lo que, s\u00f3lo es necesario reevaluarlas peri\u00f3dicamente hasta que sean\u00a0reparadas para asegurarse que no cambien de grado.<\/p>\n<p><strong>5.2 Criterios para clasificar Fugas y determinar acciones<\/strong><\/p>\n<p>Los lineamientos para clasificar y controlar Fugas se describen en las tablas 2, 3 y 4 siguientes. Los\u00a0ejemplos de condiciones de Fuga que se presentan en dichas tablas son enunciativas mas no limitativas. El\u00a0criterio y experiencia del personal operativo en el sitio donde ocurre la Fuga es de suma importancia en la\u00a0determinaci\u00f3n del grado que se le asigne a la Fuga y los criterios de acci\u00f3n indicados en dichas tablas.<\/p>\n<p><strong>5.3 Inspecci\u00f3n subsecuente<\/strong><\/p>\n<p>Todas las reparaciones de Fugas se deben probar, en su caso, antes de que la instalaci\u00f3n entre en\u00a0operaci\u00f3n, para confirmar que no persiste la Fuga de gas. En Ductos subterr\u00e1neos, esta prueba se debe\u00a0hacer antes de taparlos con tierra. Cuando entre en operaci\u00f3n la instalaci\u00f3n, se debe inspeccionar el \u00e1rea\u00a0afectada por la Fuga con un indicador de gas combustible. Donde haya gas residual despu\u00e9s de la reparaci\u00f3n\u00a0de una Fuga de grado 1, se debe permitir la ventilaci\u00f3n y estabilizaci\u00f3n de la atm\u00f3sfera del suelo para realizar\u00a0una inspecci\u00f3n subsecuente en un plazo que no debe exceder de un mes posterior a la reparaci\u00f3n. En el casode reparaciones de Fugas de grado 2 o 3, los Regulados determinar\u00e1n si es necesario efectuar una\u00a0inspecci\u00f3n subsecuente.<\/p>\n<p><strong>5.4\u00a0<\/strong>Cuando se reeval\u00faa una Fuga de acuerdo con los criterios de acci\u00f3n de las tablas 3 y 4, \u00e9sta se debe\u00a0clasificar usando el mismo criterio que cuando la Fuga fue descubierta.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 2.- Fugas de grado 1<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">EJEMPLO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">CRITERIO DE ACCI\u00d3N<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1. Cualquier Fuga que, a juicio del personal operativoen el sitio de la Fuga, se considere un peligroinmediato.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Requiere de acciones inmediatas para proteger lavida y propiedades de las personas, y de accionescontinuas hasta lograr que las condiciones dejen\u00a0de ser peligrosas.<\/div>\n<div class=\"Texto\">Debe notificarse a las\u00a0autoridades competentes\u00a0comoson: La Agencia Nacional de Seguridad\u00a0Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente,\u00a0protecci\u00f3n civil, polic\u00eda y bomberos.<\/div>\n<div class=\"Texto\">La acci\u00f3n inmediata en algunos casos puede\u00a0requerir de uno o m\u00e1s de los pasos siguientes:<\/div>\n<div class=\"Texto\">a)\u00a0\u00a0\u00a0Puesta en marcha y coordinaci\u00f3n del plan deEmergencia de los Regulados;<\/div>\n<div class=\"Texto\">b)\u00a0\u00a0\u00a0Evacuaci\u00f3n del \u00e1rea;<\/div>\n<div class=\"Texto\">c)\u00a0\u00a0\u00a0Acordonamiento del \u00e1rea;<\/div>\n<div class=\"Texto\">d)\u00a0\u00a0\u00a0Desviaci\u00f3n del tr\u00e1fico;<\/div>\n<div class=\"Texto\">e)\u00a0\u00a0\u00a0Eliminaci\u00f3n de las fuentes de ignici\u00f3n;<\/div>\n<div class=\"Texto\">f)\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0Ventilaci\u00f3n del \u00e1rea, y<\/div>\n<div class=\"Texto\">g)\u00a0\u00a0\u00a0Suspensi\u00f3n del flujo de gas cerrando las\u00a0v\u00e1lvulas o por otros medios.<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">2. Cualquier escape de gas que se haya encendido.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">3. Cualquier indicaci\u00f3n de que el gas haya migrado\u00a0al interior o debajo de un edificio o dentro de un\u00a0t\u00fanel.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">4. Cualquier indicaci\u00f3n de presencia de gas en el\u00a0lado exterior de la pared de un edificio, o donde es\u00a0probable que el gas migre al lado exterior de la pared\u00a0de un edificio.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">5. Cualquier lectura mayor o igual que 80% del\u00a0L\u00edmite Inferior de Explosividad del gas en un espacioconfinado.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">6. Cualquier lectura mayor o igual que 80% del\u00a0L\u00edmite Inferior de Explosividad\u00a0del gas en otrassubestructuras peque\u00f1as, no asociadas con el gas\u00a0por las cuales es probable que el gas migre al lado\u00a0exterior de la pared\u00a0de un edificio.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">7. Cualquier Fuga que pueda ser detectada por\u00a0medio de la vista, o\u00eddo u olfato, y que est\u00e1 en una\u00a0localizaci\u00f3n que puede ser peligrosa para las\u00a0personas y sus bienes.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 3.- Fugas de grado 2<\/p>\n<div>\n<div>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">EJEMPLO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">CRITERIO DE ACCI\u00d3N<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<div>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">1. Fugas que requieren tomar acciones antes de queocurran cambios adversos en las condiciones deVenteo del suelo, por ejemplo: una Fuga que cuandose congele el suelo, es probable que el gas migre allado exterior de la pared de un edificio.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Estas Fugas se deben reparar en el transcurso de\u00a0un a\u00f1o calendario pero en un tiempo no mayor a\u00a015 meses de la fecha en que fue reportada.<\/div>\n<div class=\"Texto\">Para determinar la prioridad en la reparaci\u00f3n sedeben seguir los criterios siguientes:<\/div>\n<div class=\"Texto\">a) Cantidad y migraci\u00f3n del gas;<\/div>\n<div class=\"Texto\">b) Proximidad del gas a edificios y estructuras\u00a0debajo del suelo;<\/div>\n<div class=\"Texto\">c) Extensi\u00f3n\u00a0del piso terminado;<\/div>\n<div class=\"Texto\">d) Tipo de suelo y condiciones del mismo (tales\u00a0como la capa congelada, humedad y Venteo\u00a0natural), y<\/div>\n<div class=\"Texto\">e) Concentraci\u00f3n de Fugas en un tramo de lainstalaci\u00f3n.<\/div>\n<div class=\"Texto\">Las Fugas grado 2 se deben reevaluar cuandomenos una vez cada 6 meses, hasta que seanreparadas. La frecuencia de reevaluaci\u00f3n se debedeterminar de acuerdo con su localizaci\u00f3n,\u00a0magnitud y condiciones de la Fuga.<\/div>\n<div class=\"Texto\">El grado de peligro potencial de las Fugas grado 2puede variar ampliamente. Cuando son evaluadas\u00a0de acuerdo con su localizaci\u00f3n, magnitud y\u00a0condiciones, para algunas Fugas grado 2 se puede\u00a0justificar que su reparaci\u00f3n se programe dentro de\u00a0los siguientes 5 d\u00edas. En cambio, para otras se\u00a0puede justificar que su reparaci\u00f3n se programe\u00a0dentro de los siguientes 30 d\u00edas. El responsable de\u00a0programar la reparaci\u00f3n debe cuidar las\u00a0condiciones de la Fuga durante el d\u00eda en el cual se\u00a0descubre dicha Fuga.<\/div>\n<div class=\"Texto\">Por otro lado, la reparaci\u00f3n de muchas Fugas\u00a0grado 2, puede ser programada, considerando sulocalizaci\u00f3n y magnitud, para realizarse con base\u00a0en una rutina de mantenimiento, con inspeccionesperi\u00f3dicas cuando sea necesario.<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<div class=\"Normal\"><\/div>\n<\/div>\n<div>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">2. Se requieren tomar acciones en un plazo no\u00a0mayor de 6 meses para reparar las Fugas, cuando\u00a0las lecturas del indicador de gas combustible, enporcentaje del L\u00edmite Inferior de Explosividad, tenganlos valores siguientes:<\/div>\n<div class=\"Texto\">a) Mayor o igual de 40% de las banquetas en una\u00a0calle cubierta de pared a pared con piso terminado,\u00a0por ejemplo, pavimento y\/o concreto y la Fuga no secalifica como grado 1;<\/div>\n<div class=\"Texto\">b) Mayor o igual de 100%\u00a0debajo de la calle cubiertade pared a pared con piso terminado, por ejemplo,pavimento y\/o concreto, que tiene una migraci\u00f3n degas significativa y la Fuga no se califica como\u00a0grado\u00a01;<\/div>\n<div class=\"Texto\">c) Menor de 80% dentro de subestructuras peque\u00f1asno asociadas con el gas, donde es probable que el\u00a0gas migre para crear un peligro futuro;<\/div>\n<div class=\"Texto\">d) Entre 20% y 80% en un espacio confinado;<\/div>\n<div class=\"Texto\">e) Cualquier valor en un Ducto que opere a 30% o\u00a0m\u00e1s de su resistencia m\u00ednima a la cedencia,\u00a0localizada en clase 3 o 4, de acuerdo con la presente\u00a0Norma y la Fuga no se califica como grado 1;<\/div>\n<div class=\"Texto\">f) Mayor o igual de 80% en una subestructura\u00a0asociada con el gas, y<\/div>\n<div class=\"Texto\">g) Cualquier Fuga que a juicio del personal operativoen el sitio de la Fuga, considere que tiene la\u00a0magnitud suficiente para programar su reparaci\u00f3n.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<div class=\"Texto\"><\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 4-. Fugas de grado 3<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">EJEMPLO<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">CRITERIO DE ACCI\u00d3N<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Fugas que causen que las lecturas del indicador degas combustible, en porcentaje del L\u00edmite Inferior\u00a0deExplosividad, tengan los valores siguientes:<\/div>\n<div class=\"Texto\">a) Menor de 80% en subestructuras asociadas\u00a0al\u00a0gas;<\/div>\n<div class=\"Texto\">b) Cualquier valor debajo de la calle en \u00e1reas que noest\u00e1n pavimentadas completamente, donde no esprobable que el gas pudiera migrar al lado exterior\u00a0de la pared de un edificio, y<\/div>\n<div class=\"Texto\">c) Menor de 20% en un espacio confinado.<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Estas Fugas deber\u00e1n ser\u00a0reevaluadasperi\u00f3dicamente en los siguientes monitoreosprogramados, dependiendo de la localizaci\u00f3n de laFuga o en los 15 meses siguientes a la fecha en\u00a0que fue reportada, lo que ocurra primero, hasta que\u00a0la Fuga sea reclasificada o no haya m\u00e1s lecturas.<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<\/div>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong> HISTORIAL DE FUGAS Y LINEAMIENTOS PARA AUTOEVALUACI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Los Regulados deben conservar la documentaci\u00f3n que demuestre cada monitoreo de Fugas de acuerdo\u00a0con los resultados, conclusiones y acciones realizadas.\u00a0Cuando se detecten Fugas durante el monitoreo o\u00a0fuera de \u00e9ste, deber\u00e1n llenarse los registros respectivos.<\/p>\n<p>Los Regulados deben mantener los registros actualizados de dicha documentaci\u00f3n para ser\u00a0proporcionada, cuando sea requerida. Esta documentaci\u00f3n debe estar sustentada como m\u00ednimo por los\u00a0registros siguientes:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>6.1\u00a0<\/strong>Los registros de monitoreo de Fuga deben contener al menos la informaci\u00f3n siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>La fecha en que se realiz\u00f3 el monitoreo;<\/li>\n<li>La descripci\u00f3n del sistema y del \u00e1rea monitoreada. Se deben incluir los planos y\/o libros bit\u00e1cora;<\/li>\n<li>Los resultados del monitoreo, las conclusiones y las acciones a seguir;<\/li>\n<li>Los m\u00e9todos aplicados en el monitoreo, y<\/li>\n<li>El nombre y firma del personal que efectu\u00f3 el monitoreo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>6.1.1\u00a0<\/strong>Los registros de las pruebas de ca\u00edda de presi\u00f3n deben contener al menos la informaci\u00f3n siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>El nombre del responsable de la prueba, en caso de que haya sido realizada por una empresa\u00a0externa, el nombre de la empresa y el nombre de la persona responsable de la prueba;<\/li>\n<li>El medio de prueba usado;<\/li>\n<li>La presi\u00f3n de prueba;<\/li>\n<li>La duraci\u00f3n de la prueba;<\/li>\n<li>Las gr\u00e1ficas de presi\u00f3n o los registros de las presiones medidas en la prueba, y<\/li>\n<li>Los resultados de la prueba.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>6.2 Los registros de Fugas deben contener al menos la informaci\u00f3n siguiente:<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>La fecha de detecci\u00f3n de la Fuga, la fecha y la hora del reporte, el tiempo en que se atendi\u00f3, el\u00a0tiempo en que se investig\u00f3 y el nombre de quien la investig\u00f3;<\/li>\n<li>La descripci\u00f3n detallada de la Fuga, su localizaci\u00f3n, magnitud y grado que se le asign\u00f3;<\/li>\n<li>Trat\u00e1ndose de una Fuga que deba ser reportada, la fecha y la hora del reporte telef\u00f3nico a la\u00a0autoridad competente y el nombre de quien lo hizo;<\/li>\n<li>Las fechas de las reevaluaciones antes de la reparaci\u00f3n de la Fuga y el nombre del responsable\u00a0de\u00a0dichas reevaluaciones;<\/li>\n<li>La fecha de reparaci\u00f3n, el tiempo que llev\u00f3 la reparaci\u00f3n y el nombre del responsable de\u00a0la\u00a0reparaci\u00f3n<\/li>\n<li>Las fechas de revisiones posteriores a la reparaci\u00f3n y el nombre de los responsables de\u00a0dichas\u00a0revisiones;<\/li>\n<li>El m\u00e9todo usado para detectar la Fuga (si fue reportado por terceros, el nombre y la direcci\u00f3n\u00a0de\u00a0qui\u00e9n report\u00f3);<\/li>\n<li>La secci\u00f3n del sistema donde ocurri\u00f3 la Fuga (Ducto principal, Ducto de servicio, etc.);<\/li>\n<li>La parte del sistema en que ocurri\u00f3 la Fuga (Ducto, v\u00e1lvula, conexi\u00f3n, estaci\u00f3n de regulaci\u00f3n, etc.);<\/li>\n<li>El material en el cual ocurri\u00f3 la Fuga (acero, pl\u00e1stico u otro);<\/li>\n<li>El origen de la Fuga;<\/li>\n<li>La descripci\u00f3n del Ducto;<\/li>\n<li>El tipo de reparaci\u00f3n efectuada;<\/li>\n<li>La causa de la Fuga;<\/li>\n<li>La fecha de instalaci\u00f3n del Ducto;<\/li>\n<li>Si tiene protecci\u00f3n cat\u00f3dica operando, y<\/li>\n<li>La lectura del indicador de gas combustible.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>6.3 Autoevaluaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Los Regulados deben evaluar su programa de monitoreo de Fugas realizados para determinar la<\/p>\n<p>efectividad de dicho programa. Esta autoevaluaci\u00f3n debe realizarse cuando menos una vez al a\u00f1o de acuerdo\u00a0con el procedimiento siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Programa de monitoreo de Fugas. Se debe asegurar que el programa de mantenimiento del sistema\u00a0cumple con la presente Norma;<\/li>\n<li>Efectividad del monitoreo. Se debe asegurar que los monitoreos de Fugas fueron efectuados de\u00a0acuerdo con el programa y que los resultados fueron satisfactorios en todo el sistema;<\/li>\n<li>Programa de reparaci\u00f3n. Se debe comprobar que las reparaciones de Fugas fueron efectuadas\u00a0de\u00a0acuerdo con el programa y los procedimientos especificados;<\/li>\n<li>Efectividad de la reparaci\u00f3n. Se debe verificar que las reparaciones de Fugas fueron realizadas con\u00a0la efectividad indicada en los procedimientos aplicados, y<\/li>\n<li>Registro hist\u00f3rico de Fugas. Se debe mantener actualizado el historial de Fugas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>AP\u00c9NDICE C (NORMATIVO)<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00cdNDICE<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Introducci\u00f3n<\/li>\n<li>Dise\u00f1o<\/li>\n<li>Construcci\u00f3n<\/li>\n<li>Operaci\u00f3n y Mantenimiento<\/li>\n<li>Reclasificaci\u00f3n<\/li>\n<li><strong>INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para que un Sistema de Transporte o segmento de Ducto nuevo o existente pueda operar a la Presi\u00f3n\u00a0m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) calculada seg\u00fan el numeral 10.18, Tabla 11 de la presente Norma,\u00a0con base en un factor de Dise\u00f1o F superior a 0.72 y hasta 0.80; se debe demostrar el cumplimiento\u00a0de los\u00a0siguientes requisitos espec\u00edficos de dise\u00f1o y construcci\u00f3n, adem\u00e1s del cumplimiento estricto de los\u00a0requerimientos de seguridad en la operaci\u00f3n y mantenimiento, que aseguren la integridad del Sistema\u00a0de\u00a0Transporte.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong> DISE\u00d1O<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>2.1 Especificaciones de dise\u00f1o para Ducto de acero<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.1.1<\/strong>\u00a0Las placas, rollos o barras que se utilizan como materia prima para la manufactura del tubo deben\u00a0fabricarse de acero, fabricado con el proceso de horno el\u00e9ctrico o b\u00e1sico al ox\u00edgeno, el acero debe ser\u00a0calmado, con tratamiento de calcio y fabricado de acuerdo con la pr\u00e1ctica de grano fino.<\/p>\n<p><strong>2.1.2<\/strong>\u00a0El equivalente de carbono en el acero utilizado para el Ducto, no debe superar el 0.25 por ciento en\u00a0peso, calculado por la f\u00f3rmula de Ito-Bessyo (f\u00f3rmula PCM) o un 0.43 por ciento en peso, calculado por\u00a0f\u00f3rmula seg\u00fan Instituto Internacional de la Soldadura (IIW).<\/p>\n<p><strong>2.1.3<\/strong>\u00a0La relaci\u00f3n del di\u00e1metro exterior especificado del Ducto con el espesor de pared especificado, debe\u00a0ser menor a 100. Durante la construcci\u00f3n, las pruebas de resistencia y las condiciones de operaci\u00f3n previstas,\u00a0el espesor de pared del Ducto debe quedar libre de anomal\u00edas, tales como Abolladuras u ovalada.<\/p>\n<p><strong>2.1.4<\/strong>\u00a0El Ducto debe fabricarse utilizando la norma ISO 3183 y especificaci\u00f3n API 5L, nivel de\u00a0especificaci\u00f3n del producto 2 para presiones m\u00e1ximas y m\u00ednimas de las temperaturas m\u00e1ximas de operaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2.2 Control de la fractura<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.2.1<\/strong>\u00a0Las propiedades de resistencia (dureza) del Ducto deben tomar en cuenta la potencial iniciaci\u00f3n\u00a0y\u00a0propagaci\u00f3n de las fracturas as\u00ed como su forma para detener dichas fracturas, de acuerdo con las normas y\u00a0pr\u00e1cticas internacionales reconocidas, tales como:<\/p>\n<ol>\n<li>La norma internacional ISO 3183 y la especificaci\u00f3n de API 5L;<\/li>\n<li>La norma ASME B31.8 de la Sociedad Americana de Ingenieros Mec\u00e1nicos, y<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0Cualquiera de los factores de correcci\u00f3n necesarios para hacer frente a los diferentes grados de\u00a0Ductos, presiones, temperaturas, o composiciones de gas no considerados expresamente en la\u00a0Especificaci\u00f3n API 5L, nivel de especificaci\u00f3n del producto 2 o ASME B31.8.<\/p>\n<p><strong>2.2.2<\/strong>\u00a0El control de la fractura debe:<\/p>\n<ol>\n<li>Vigilar que se mantenga la resistencia (dureza) a la iniciaci\u00f3n de la fractura, para todas las\u00a0condiciones que se espere experimente el gasoducto, como son: toda la gama de temperaturas de<\/li>\n<\/ol>\n<p>funcionamiento, presiones, composiciones de gas, tipo de grado del Ducto y los niveles de estr\u00e9s\u00a0de\u00a0funcionamiento incluyendo las presiones m\u00e1ximas y m\u00ednimas de cierre o Paro por Emergencia.<\/p>\n<p>Si estos par\u00e1metros cambian durante la operaci\u00f3n del Ducto de manera que se encuentren fuera de\u00a0los l\u00edmites de lo que se consider\u00f3 en la evaluaci\u00f3n del dise\u00f1o, debe ser revisada y actualizada dicha\u00a0evaluaci\u00f3n, para asegurar la continuidad de la resistencia a la iniciaci\u00f3n de la fractura para la vida \u00fatil\u00a0restante del Ducto;<\/p>\n<ol>\n<li>Realizar el ajuste de la resistencia (dureza) del Ducto, para cada grado de Ducto utilizado y para el\u00a0comportamiento de descompresi\u00f3n del gas para los par\u00e1metros de operaci\u00f3n, e<\/li>\n<li>Incluir pruebas de resistencia (dureza) a la fractura de acuerdo con los requisitos especificados en la\u00a0ISO 3183 o con lo especificado en el anexo\u00a0\u00abG\u00bb\u00a0de la especificaci\u00f3n API 5L en su 45a.\u00a0Edici\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>2.3 Control de calidad en el dise\u00f1o y fabricaci\u00f3n de Ductos<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.3.1<\/strong>\u00a0Debe haber un programa de gesti\u00f3n de la calidad certificado en todas las f\u00e1bricas que participen en\u00a0la producci\u00f3n de acero, placa, bobina,\u00a0<em>skelp<\/em>, y\/o el Ducto rodado, para Ductos que utilicen factores de dise\u00f1o\u00a0superiores a 0.72. Este programa debe ser estructurado para eliminar o detectar defectos y factores que\u00a0afectan la calidad del Ducto.<\/p>\n<p><strong>2.3.2<\/strong>\u00a0Un programa de inspecci\u00f3n de f\u00e1brica en un programa de gesti\u00f3n de calidad debe incluir:<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li>Una prueba de ultrasonido de los extremos y al menos 35% de la superficie de la placa\/bobina o\u00a0Ducto para identificar las imperfecciones que afecten el buen funcionamiento del Ducto, tales como\u00a0laminaciones, grietas e inserciones. Al menos 95% del tramo fabricado de Ducto debe ser probado\u00a0con base a la normatividad aplicable vigente. Para todos los Ductos dise\u00f1ados despu\u00e9s del 22 de\u00a0diciembre de 2008, la prueba debe realizarse de acuerdo con la norma ASTM A578\/A578M nivel B, o\u00a0API 5L p\u00e1rrafo 7.8.o un m\u00e9todo equivalente, o bien;<\/li>\n<li>Un ensayo de ataque por macro u otro m\u00e9todo equivalente para identificar adhesiones que pueden\u00a0formar la segregaci\u00f3n central durante el proceso de colada continua. El uso de impresiones de azufre\u00a0no es un m\u00e9todo equivalente. La prueba se llevar\u00e1 a cabo en el primer o segundo bloque de cada\u00a0secuencia graduada con un criterio de aceptaci\u00f3n de uno o dos en la escala de Mannesmann o\u00a0equivalente, o<\/li>\n<li>Un programa de monitoreo de garant\u00eda de calidad implementado por el operador, que incluya\u00a0auditor\u00edas de:<\/li>\n<li>todas las Instalaciones\u00a0de producci\u00f3n de acero y de fundici\u00f3n;<\/li>\n<li>los planes de control de calidad y las especificaciones del procedimiento de fabricaci\u00f3n;<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>III.<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0mantenimiento de los equipos y de los registros de la conformidad;<\/p>\n<ol>\n<li>del recalentamiento de fundici\u00f3n aplicable y velocidades, y<\/li>\n<li>los registros de monitoreo de segregaci\u00f3n central para asegurar la mitigaci\u00f3n de la segregaci\u00f3n\u00a0central durante el proceso de colada continua.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>2.3.3<\/strong>\u00a0Debe existir un programa de garant\u00eda de calidad para las soldaduras de costura en el Ducto, para\u00a0garantizar la resistencia a la tracci\u00f3n indicada en la Especificaci\u00f3n API 5L para los grados apropiados.<\/p>\n<p><strong>2.3.4<\/strong>\u00a0Debe haber un ensayo de dureza, usando el m\u00e9todo de ensayo Vickers (HV10) dureza o m\u00e9todo\u00a0equivalente de prueba, para asegurar una dureza m\u00e1xima de 280 Vickers de los siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li><strong>a)<\/strong>Una secci\u00f3n transversal de la costura de soldadura de un Ducto de cada serie, m\u00e1s un Ducto de\u00a0cada l\u00ednea de soldadura por d\u00eda;<\/li>\n<li><strong>b)<\/strong>Para cada secci\u00f3n transversal de la muestra, un m\u00ednimo de 13 lecturas (tres para cada zona afectada\u00a0por el calor, tres en el metal depositado, y dos en cada secci\u00f3n de metales comunes del Ducto), y<\/li>\n<li><strong>c)<\/strong>Todas las costuras deber\u00e1n someterse a ensayo por ultrasonidos despu\u00e9s de la expansi\u00f3n en fr\u00edo y\u00a0el molino de la prueba hidrost\u00e1tica.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>2.4 Recubrimiento<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.4.1\u00a0<\/strong>El\u00a0Ducto debe estar protegido contra la corrosi\u00f3n externa mediante un revestimiento que evite el\u00a0apantallamiento. El recubrimiento del Ducto utilizado para ser instalado en zanja debe resistir rasgu\u00f1os y otros\u00a0da\u00f1os posibles durante la instalaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2.4.2<\/strong>\u00a0Se debe efectuar una inspecci\u00f3n de garant\u00eda de calidad e implementar un programa de pruebas para\u00a0asegurar la calidad del revestimiento de la superficie del Ducto al descubierto, la limpieza de la superficie de\u00a0los cloruros, la limpieza por chorro, el control de temperatura de aplicaci\u00f3n, la adhesi\u00f3n del recubrimiento,\u00a0el\u00a0desprendimiento cat\u00f3dico, la infiltraci\u00f3n de humedad, la flexi\u00f3n, el espesor del recubrimiento, la detecci\u00f3n de<\/p>\n<p>vacaciones, y la reparaci\u00f3n del recubrimiento.<\/p>\n<p><strong>2.5 Prueba Hidrost\u00e1tica<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.5.1\u00a0<\/strong>Todo Ducto a ser utilizado en un nuevo segmento debe ser probado hidrost\u00e1ticamente en f\u00e1brica a\u00a0una presi\u00f3n de prueba que corresponde a una tensi\u00f3n circunferencial de 95% de la (RMC) por 10 s.<\/p>\n<p>La presi\u00f3n de prueba puede incluir una combinaci\u00f3n de presi\u00f3n de prueba interna y la provisi\u00f3n para\u00a0tensiones de final de carga impuestas por el equipo de prueba hidrost\u00e1tica en la f\u00e1brica de Ductos seg\u00fan lo\u00a0permitido por la especificaci\u00f3n API 5L.<\/p>\n<p><strong>2.5.2\u00a0<\/strong>Ductos en funcionamiento antes del 22 de diciembre de 2008, deben haber sido probados\u00a0hidrost\u00e1ticamente en f\u00e1brica, a una presi\u00f3n de prueba que corresponda a una tensi\u00f3n circunferencial del 90%\u00a0de la (RMC) por 10 s.<\/p>\n<p><strong>2.6 Equipos, Componentes y Accesorios<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.6.1<\/strong>\u00a0Se debe contar con los registros de certificaci\u00f3n de bridas, de curvas inducidas en f\u00e1brica, as\u00ed como\u00a0de soldaduras de codos en f\u00e1brica. La certificaci\u00f3n debe especificar las propiedades del material, como ser\u00eda\u00a0su qu\u00edmica, la resistencia m\u00ednima a la elasticidad y el espesor de pared m\u00ednimo requerido para cumplir con las\u00a0condiciones de dise\u00f1o.<\/p>\n<p><strong>2.6.2\u00a0<\/strong>Si los equivalentes de carbono de las bridas, curvas y codos, son mayores que 0.42% en peso, los\u00a0procedimientos calificados de soldadura deben incluir un proceso de precalentamiento.<\/p>\n<p><strong>2.6.3<\/strong>\u00a0Las v\u00e1lvulas, bridas y dem\u00e1s accesorios deben estar clasificados, con base en la categor\u00eda,\u00a0calificaci\u00f3n o especificaci\u00f3n requerida para una Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) espec\u00edfica,\u00a0correspondiente a un factor de dise\u00f1o superior a 0.72.<\/p>\n<p><strong>2.7<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0<strong>Estaciones de Compresi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong>2.7.1<\/strong>\u00a0Una estaci\u00f3n de compresi\u00f3n debe estar dise\u00f1ada para la temperatura l\u00edmite de 49 \u00ba C del segmento\u00a0m\u00e1s cercano aguas abajo, que opera a la Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) espec\u00edfica\u00a0correspondiente a un factor de dise\u00f1o superior a 0.72; o a la temperatura m\u00e1s alta permitida en el p\u00e1rrafo (h)\u00a0(2) de esta secci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2.7.2<\/strong>\u00a0Si se investiga, y se demuestra que mediante pruebas y monitoreo de campo, el tipo de\u00a0recubrimiento aplicado en el Ducto en operaci\u00f3n, puede soportar a largo plazo una temperatura m\u00e1s alta, la\u00a0estaci\u00f3n de compresi\u00f3n puede ser dise\u00f1ada para una temperatura l\u00edmite superior en los Ductos aguas abajo.<\/p>\n<p>Los resultados de las pruebas y criterios de aceptaci\u00f3n con respecto a la adherencia del recubrimiento, el\u00a0desprendimiento cat\u00f3dico, y el estado del recubrimiento se deben incluir en las evaluaciones que realicen las\u00a0Unidades de Verificaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>2.7.3<\/strong>\u00a0Los Ductos que operan a una Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) espec\u00edfica\u00a0correspondiente a un factor de dise\u00f1o superior a 0.72, pueden funcionar a temperaturas superiores a 49 \u00ba C si\u00a0el operador implementa un programa de monitoreo de la integridad de recubrimiento a largo plazo.<\/p>\n<p>El programa de monitoreo debe incluir pruebas usando gradiente de potencial (Voltaje) de Corriente\u00a0Directa (VCD), Voltaje de Corriente Alterna (VCA), o un m\u00e9todo equivalente de integridad del recubrimiento. El\u00a0operador deber\u00e1 establecer la periodicidad en la que se lleven a cabo estas evaluaciones y los criterios para\u00a0la reparaci\u00f3n de las indicaciones se\u00f1aladas.<\/p>\n<p>Los Regulados deben presentar su programa de monitoreo de la integridad de recubrimiento a largo plazo\u00a0a la Agencia para su aprobaci\u00f3n, previo a la entrada en operaci\u00f3n a temperaturas superiores a los 49 \u00ba C.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong> CONSTRUCCI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.1 Garant\u00eda de calidad<\/strong><\/p>\n<p><strong>3.1.1<\/strong>\u00a0La construcci\u00f3n del segmento del Ducto debe realizarse bajo un plan de garant\u00eda de la calidad con\u00a0respecto a la inspecci\u00f3n de Ductos, traslado, colocaci\u00f3n, alineamiento, curveado en campo, soldadura,\u00a0ex\u00e1menes no destructivos de soldaduras circunferenciales, aplicaci\u00f3n y pruebas en campo de los\u00a0recubrimientos aplicados, descenso del Ducto en la zanja, la prueba hidrost\u00e1tica, y el relleno de la zanja.<\/p>\n<p><strong>3.1.2<\/strong>\u00a0El plan de garant\u00eda de la calidad de la aplicaci\u00f3n y prueba en campo de recubrimientos aplicados a\u00a0las soldaduras, debe ser:<\/p>\n<ol>\n<li>Equivalente al requerido en el sistema de administraci\u00f3n de la integridad, y<\/li>\n<li>Realizado por personal calificado en la aplicaci\u00f3n eficaz del recubrimiento.<\/li>\n<li><strong> OPERACI\u00d3N Y MANTENIMIENTO<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>4.1 Identificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de escenarios de eventos adversos.\u00a0<\/strong>Desarrollar una matriz\u00a0de<\/p>\n<p>amenazas consistente en lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Determinar y comparar el aumento del Riesgo de operar el Ducto con un aumento en el nivel\u00a0de\u00a0esfuerzos con respecto a la operaci\u00f3n normal del sistema, y<\/li>\n<li>Describir y aplicar procedimientos utilizados para mitigar el Riesgo.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>4.2 Notificaciones al p\u00fablico<\/strong><\/p>\n<p><strong>4.2.1<\/strong>\u00a0Volver a calcular el potencial impacto del Riesgo para reflejar el uso de la Presi\u00f3n m\u00e1xima de\u00a0operaci\u00f3n permisible (PMOP) y las condiciones de operaci\u00f3n de Ductos.<\/p>\n<p><strong>4.2.2<\/strong>\u00a0En la ejecuci\u00f3n del programa de educaci\u00f3n al p\u00fablico, se debe realizar lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Incluir a las personas que ocupan una propiedad ubicada dentro de un \u00e1rea de 200 metros con\u00a0respecto a la l\u00ednea central del Ducto y el potencial impacto del riesgo dentro del p\u00fablico objetivo, y<\/li>\n<li>Incluir informaci\u00f3n sobre las actividades de gesti\u00f3n de integridad realizadas bajo esta secci\u00f3n dentro\u00a0de la informaci\u00f3n que se difunda al p\u00fablico.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>4.3 Respuesta a Emergencias en una zona definida como de alta consecuencia<\/strong><\/p>\n<p><strong>4.3.1<\/strong>\u00a0Asegurarse de que la identificaci\u00f3n de \u00e1reas de alta consecuencia refleja el mayor potencial c\u00edrculo\u00a0de impacto.<\/p>\n<p><strong>4.3.2<\/strong>\u00a0Si el tiempo de respuesta del personal operativo en la l\u00ednea principal y v\u00e1lvulas de seccionamiento a\u00a0cada lado de la zona de alta consecuencia, supera una hora (en condiciones normales de conducci\u00f3n y los\u00a0l\u00edmites de velocidad) calculado a partirdel momento en que un evento se identifique en el Cuarto de control;\u00a0se deber\u00e1 instalar un sistema de control remoto para la operaci\u00f3n de v\u00e1lvulas a trav\u00e9s del sistema SCADA, u\u00a0otro sistema de detecci\u00f3n de Fugas, o un m\u00e9todo alternativo de control.<\/p>\n<p><strong>4.3.3<\/strong>\u00a0El control remoto de la v\u00e1lvula debe incluir la capacidad para cerrar y controlar la posici\u00f3n de la\u00a0v\u00e1lvula (abierta o cerrada), as\u00ed como monitorear la presi\u00f3n corriente arriba y corriente debajo de la v\u00e1lvula.<\/p>\n<p><strong>4.3.4.<\/strong>\u00a0El sistema de control para v\u00e1lvulas de seccionamiento o corte, puede usar la presi\u00f3n diferencial de\u00a0l\u00ednea, la tasa de ca\u00edda de presi\u00f3n u otro m\u00e9todo aceptado ampliamente, como alternativa del sistema\u00a0de\u00a0control.<\/p>\n<p><strong>4.4 Evaluaci\u00f3n inicial de la integridad, conformaci\u00f3n de base de datos de evaluaci\u00f3n de\u00a0la\u00a0integridad<\/strong><\/p>\n<p><strong>4.4.1\u00a0<\/strong>Salvo lo dispuesto en 4.4.3, para un nuevo segmento de Ducto que funciona a la una Presi\u00f3n\u00a0m\u00e1xima de operaci\u00f3n (PMO) permisible con factores de dise\u00f1o superiores a 0.72, se deber\u00e1 realizar una\u00a0inspecci\u00f3n interna de referencia de todo el segmento del Ducto, de la siguiente forma:<\/p>\n<ol>\n<li>Evaluar el Ducto, utilizando una herramienta de geometr\u00eda, despu\u00e9s de la prueba hidrost\u00e1tica inicial y\u00a0en un plazo de seis meses despu\u00e9s de la colocaci\u00f3n del nuevo segmento del Ducto en servicio, y<\/li>\n<li>Evaluar el Ducto, utilizando una herramienta de flujo magn\u00e9tico de alta resoluci\u00f3n dentro de los tres\u00a0a\u00f1os posteriores a la instalaci\u00f3n del nuevo segmento de Ducto en servicio en la presi\u00f3n m\u00e1xima de\u00a0trabajo permisible alternativa.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>4.4.2\u00a0<\/strong>Salvo lo dispuesto en 4.4.3, para un segmento de Ducto existente, se debe realizar una inspecci\u00f3n\u00a0interna con una herramienta de geometr\u00eda y una herramienta de flujo magn\u00e9tico de alta resoluci\u00f3n, dentro de\u00a0los dos a\u00f1os posteriores al incremento de una Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP) con factor\u00a0de\u00a0dise\u00f1o superior a 0.72 conforme a lo establecido en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>4.4.3<\/strong>\u00a0En cabezales, v\u00e1lvulas principales, bypass, Ducto a estaciones de compresi\u00f3n, Ducto para equipo de\u00a0medici\u00f3n, u otro segmento de Ducto que operen con una Presi\u00f3n m\u00e1xima de operaci\u00f3n permisible (PMOP)\u00a0con F.D. superior a 0.72, y que no puedan acomodar una herramienta de geometr\u00eda y una herramienta de flujo\u00a0magn\u00e9tico de alta resoluci\u00f3n para su inspecci\u00f3n interna, se deber\u00e1 utilizar la inspecci\u00f3n directa de espesores\u00a0y\/o prueba de presi\u00f3n para evaluar esa porci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>4.5 Evaluaciones peri\u00f3dicas de la integridad<\/strong><\/p>\n<p><strong>4.5.1\u00a0<\/strong>Se deber\u00e1 determinar la frecuencia de las evaluaciones de integridad posteriores a la evaluaci\u00f3n\u00a0inicial, manteniendo los resultados en una base de datos, dentro del sistema de administraci\u00f3n de la\u00a0integridad.<\/p>\n<p><strong>4.5.2<\/strong>\u00a0Se deber\u00e1 llevar a cabo inspecciones internas conforme a la frecuencia determinada en 4.5.1,\u00a0usando una herramienta de flujo magn\u00e9tico de alta resoluci\u00f3n, manteniendo los resultados auditables en una\u00a0base de datos de la evaluaci\u00f3n de la integridad, de este Ap\u00e9ndice (Normativo).<\/p>\n<p><strong>4.5.3<\/strong>\u00a0Se deber\u00e1 llevar a cabo inspecciones internas conforme a la frecuencia determinada en 4.5.1, en los\u00a0casos previstos en la condici\u00f3n 4.4.3, manteniendo los resultados auditables en una base de datos de la\u00a0evaluaci\u00f3n de la integridad de este Ap\u00e9ndice (Normativo).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>4.6 Atenci\u00f3n a indicaciones de anomal\u00edas y reparaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>4.6.1\u00a0<\/strong>En el caso de que en los resultados de las evaluaciones de la integridad, se tengan indicaciones de\u00a0anomal\u00edas o desviaciones a las especificaciones del Sistema de Transporte de la presente Norma, se deber\u00e1\u00a0realizar lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Determinar la resistencia remanente del Sistema de Transporte, tramo del Ducto o Componente,\u00a0utilizando el c\u00e1lculo m\u00e1s conservador para la resistencia restante o un c\u00e1lculo alternativo validado\u00a0con base en el di\u00e1metro del Ducto, espesor de pared, el grado de fabricaci\u00f3n, la presi\u00f3n de\u00a0operaci\u00f3n, el nivel de esfuerzos operativos y temperatura de servicio, y<\/li>\n<li>Se deber\u00e1 tomar en cuenta las tolerancias de los equipos o herramientas que implementados para\u00a0las inspecciones internas o directas.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>4.6.2\u00a0<\/strong>Reparar las anomal\u00edas o defectos cuando el defecto sea una Fuga, Abolladura, imperfecci\u00f3n o da\u00f1o\u00a0descubierto durante la evaluaci\u00f3n de la integridad, conforme a lo establecido en el cap\u00edtulo 10 de la secci\u00f3n C.\u00a0Reparaciones de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>4.6.3\u00a0<\/strong>Sin menos cabo de lo anterior, la atenci\u00f3n de los resultados indicados en 4.4 y 4.5, de este Ap\u00e9ndice\u00a0(Normativo), deber\u00e1 atenerse a lo establecido en el sistema de administraci\u00f3n de la integridad, efectuando un\u00a0estudio de Riesgo espec\u00edfico y un programa de atenci\u00f3n de las recomendaciones espec\u00edficas obtenidas en\u00a0dicho estudio.<\/p>\n<p><strong>AP\u00c9NDICE D (NORMATIVO)<\/strong><\/p>\n<p><strong>ODORIZACI\u00d3N DEL GAS<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00cdNDICE<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Introducci\u00f3n<\/li>\n<li>Definiciones<\/li>\n<li>Odorizantes<\/li>\n<li>Tipo y cantidad de odorizante a utilizar<\/li>\n<li>Sistemas de odorizaci\u00f3n<\/li>\n<li>Control del proceso de odorizaci\u00f3n<\/li>\n<li>Medidas generales de seguridad para el manejo de los odorizantes<\/li>\n<li><strong> INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La concentraci\u00f3n de odorizante en el gas debe ser tal que el gas sea detectado por olfato cuando su\u00a0concentraci\u00f3n en la mezcla con aire sea de 1% en volumen, esto es la quinta parte del L\u00edmite Inferior de\u00a0Inflamabilidad (LII).<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong> DEFINICIONES<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para efectos de aplicaci\u00f3n de este Ap\u00e9ndice (Normativo) se establecen las definiciones siguientes:<\/p>\n<p><strong>2.1 L\u00edmite inferior de inflamabilidad (LII):\u00a0<\/strong>Valor inferior de la concentraci\u00f3n de gas disperso en el aire,\u00a0debajo del cual no se presenta una mezcla inflamable, de acuerdo con el numeral 3 Detecci\u00f3n de Fugas, del\u00a0Ap\u00e9ndice B (Normativo) de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>2.2<\/strong>\u00a0\u00a0\u00a0<strong>L\u00edmite superior de inflamabilidad (LSI):\u00a0<\/strong>Valor superior de la concentraci\u00f3n de gas disperso en el\u00a0aire, arriba del cual no se presenta una mezcla inflamable, de acuerdo con el numeral 3 Detecci\u00f3n de Fugas\u00a0del Ap\u00e9ndice B (Normativo) de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>2.3 Mercaptanos:\u00a0<\/strong>Compuestos org\u00e1nicos sulfurados de olor caracter\u00edstico desagradable, t\u00f3xico e irritante\u00a0en altas concentraciones; tambi\u00e9n conocidos como Tioles.<\/p>\n<p><strong>2.4 Odorizaci\u00f3n:<\/strong>\u00a0Proceso mediante el cual se le aplica un odorizante a una sustancia inodora.<\/p>\n<p><strong>2.5 Odorizante:<\/strong>\u00a0Sustancia qu\u00edmica compuesta por mercaptanos que se a\u00f1ade a gases esencialmente<\/p>\n<p>inodoros para advertir su presencia.<\/p>\n<p><strong>2.6 Presi\u00f3n de vapor:\u00a0<\/strong>Presi\u00f3n caracter\u00edstica a una determinada temperatura del vapor de una sustancia\u00a0en equilibrio con su fase l\u00edquida.<\/p>\n<ol start=\"3\">\n<li><strong> ODORIZANTES<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El odorizante debe cumplir, como m\u00ednimo, con los requisitos siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Contar con un grado de pureza que permita alcanzar el nivel de odorizaci\u00f3n m\u00ednimo establecido en el\u00a0cap\u00edtulo n\u00famero 4 de este Ap\u00e9ndice (Normativo);<\/li>\n<li>Ser compatible con los materiales de fabricaci\u00f3n del equipo utilizado para la odorizaci\u00f3n del gas;<\/li>\n<li>Ser estable f\u00edsica y qu\u00edmicamente para asegurar su presencia como vapor dentro de la corriente\u00a0de\u00a0gas;<\/li>\n<li>No ser t\u00f3xico ni nocivo para las personas y equipos en la concentraci\u00f3n requerida en el cap\u00edtulo\u00a0n\u00famero 4 de este Ap\u00e9ndice (Normativo);<\/li>\n<li>Ser de f\u00e1cil combusti\u00f3n dentro del rango recomendado por el fabricante;<\/li>\n<li>Contar con un grado de penetrabilidad que permita detectar las Fugas de gas de un Ducto enterrado\u00a0por medio de la mancha que deja en el suelo y as\u00ed prevenir a la poblaci\u00f3n en el \u00e1rea circundante\u00a0del\u00a0peligro;<\/li>\n<li>Tener una solubilidad en agua menor a 2.5% (dos punto cinco por ciento) en masa;<\/li>\n<li>Contar con un olor que proporcione al gas el aroma caracter\u00edstico y persistente;<\/li>\n<li>Ser manejable para facilitar su adici\u00f3n al gas, y<\/li>\n<li>Los productos de la combusti\u00f3n del odorizante no deben ser corrosivos a los materiales expuestos ni\u00a0ser nocivos para la salud de la poblaci\u00f3n.<\/li>\n<li><strong> TIPO Y CANTIDAD DE ODORIZANTE A UTILIZAR<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El gas debe ser odorizado a una concentraci\u00f3n tal que permita ser detectado por el olfato cuando las\u00a0concentraciones alcancen una quinta parte del l\u00edmite inferior de explosividad, o cuando la proporci\u00f3n de gas\u00a0en aire sea de 1%.<\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li><strong> SISTEMAS DE ODORIZACI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>5.1<\/strong>\u00a0El equipo de odorizaci\u00f3n seleccionado debe dosificar el odorizante dentro de los rangos de\u00a0concentraci\u00f3n recomendados por el fabricante.<\/p>\n<p><strong>5.2<\/strong>\u00a0Los equipos de odorizaci\u00f3n deben cumplir como m\u00ednimo lo siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>La cantidad de odorizante dosificado debe ser proporcional al volumen de gas, independientemente\u00a0de las condiciones de presi\u00f3n y temperatura, tanto del ambiente como del gas;<\/li>\n<li>Los materiales deben ser resistentes a la corrosi\u00f3n qu\u00edmica y atmosf\u00e9rica, y<\/li>\n<li>El equipo debe tener la capacidad para manejar un amplio rango de flujos.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>5.3<\/strong>\u00a0La selecci\u00f3n del equipo debe hacerse de acuerdo con el volumen de gas a odorizar.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong> CONTROL DEL PROCESO DE ODORIZACI\u00d3N<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>6.1<\/strong>\u00a0El olor del gas debe monitorearse en puntos determinados del Sistema de Transporte para verificar\u00a0que la concentraci\u00f3n del odorizante sea estable y se perciba cuando la proporci\u00f3n de gas en aire sea del 1%\u00a0(uno por ciento) o una quinta parte del LII.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>6.2<\/strong>\u00a0El control del proceso de odorizaci\u00f3n puede efectuarse en forma indirecta por el consumo de\u00a0odorizante, o de forma directa mediante el an\u00e1lisis del contenido de odorizante en el gas. Si el gas a odorizar\u00a0tiene contenidos variables de odorizante debe recurrirse al control directo.<\/p>\n<p>En ambos m\u00e9todos de control se deben tomar muestras del gas, en puntos diferentes del Sistema de\u00a0Transporte.<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li><strong> MEDIDAS GENERALES DE SEGURIDAD PARA EL MANEJO DE LOS ODORIZANTES<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.1<\/strong>\u00a0Medidas de seguridad.<\/p>\n<ol>\n<li>Para prevenir la combusti\u00f3n accidental de los vapores del odorizante se debe utilizar herramienta a\u00a0prueba de chispa cuando se trabaje en equipos de odorizaci\u00f3n, y los trabajadores que laboren en el\u00a0\u00e1rea no deben utilizar botas de seguridad con casquillo met\u00e1lico expuesto, y<\/li>\n<li>El tanque de almacenamiento, equipo de odorizaci\u00f3n y sus Ductos deben ser fabricados con\u00a0materiales resistentes a los Componentes de los odorizantes para evitar la corrosi\u00f3n, ejemplo:\u00a0Ductos de acero al carb\u00f3n sin costura para las l\u00edneas de Transporte del odorizante. Los accesorios\u00a0soldados y las conexiones bridadas se recomiendan para Ductos de di\u00e1metros mayores a 25.4 mm.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>7.2<\/strong>\u00a0Derrames. Cuando se detecte un derrame de odorizante, \u00e9ste debe neutralizarse mediante la\u00a0aplicaci\u00f3n de una sustancia qu\u00edmica, por ejemplo, mediante la adici\u00f3n de una soluci\u00f3n acuosa de hipoclorito\u00a0de sodio. Asimismo, debe utilizarse un agente evanescente para enmascarar el olor y tierra, arena fina o\u00a0aserr\u00edn para absorber dicho odorizante o el producto que recomiende el fabricante.<\/p>\n<p>La eliminaci\u00f3n del odorizante puede efectuarse por oxidaci\u00f3n o por absorci\u00f3n, mediante compuestos como\u00a0lej\u00eda, agua oxigenada y permanganato de potasio.<\/p>\n<p>No deben verterse los oxidantes en altas concentraciones sobre el odorizante derramado ya que la\u00a0reacci\u00f3n ser\u00eda violenta y podr\u00eda causar accidentes.<\/p>\n<p><strong>7.3<\/strong>\u00a0Almacenamiento. Los tambores del odorizante deben estar almacenados en lugares cubiertos, secos\u00a0y bien ventilados.<\/p>\n<p>No deben exponerse a los rayos solares.<\/p>\n<p>Los tambores se deben enfriar antes de ser abiertos para no provocar una Fuga de odorizante en fase\u00a0vapor, ya que la presi\u00f3n de vapor aumenta r\u00e1pidamente con el incremento de la temperatura (ver Tabla 1\u00a0siguiente, de este Ap\u00e9ndice (Normativo):<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Tabla 1.- Fase vapor del Odorizante<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Temperatura<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">Presi\u00f3n de vapor del odorizante<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">293 K<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">2.05 kPa<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td>\n<div class=\"Texto\">353 K<\/div>\n<\/td>\n<td>\n<div class=\"Texto\">27.38 kPa<\/div>\n<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>7.4<\/strong>\u00a0Seguridad del personal. El personal que ejecute operaciones de odorizaci\u00f3n debe usar prendas\u00a0apropiadas que resistan el posible contacto con el odorizante, las cuales deben lavarse despu\u00e9s de su\u00a0utilizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El equipo m\u00ednimo de seguridad adecuado para el personal que est\u00e1 en contacto con el odorizante debe\u00a0ser el siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Guantes, botas y delantal confeccionados con cloruro de polivinilo;<\/li>\n<li>Gafas protectoras de hule especial (recomendadas por el fabricante del producto), y<\/li>\n<\/ol>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>Mascarilla con filtro de absorci\u00f3n para Componentes org\u00e1nicos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Ante cualquier contacto del odorizante con la piel debe lavarse de inmediato el \u00e1rea afectada con agua.<\/p>\n<ol start=\"15\">\n<li><strong> BIBLIOGRAF\u00cdA<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<ul>\n<li><strong>NOM-026-STPS-2008,\u00a0<\/strong>Colores y se\u00f1ales de seguridad e higiene, e identificaci\u00f3n de riesgos por\u00a0fluidos conducidos en tuber\u00edas. -25-11-08.<\/li>\n<li><strong>NOM-027-SESH-2010,\u00a0<\/strong>Administraci\u00f3n de la integridad de ductos de recolecci\u00f3n y transporte de\u00a0hidrocarburos.-\u00a007-04-10.<\/li>\n<li><strong>NMX-B-010-1986<\/strong>, Industria sider\u00fargica- Tubos de acero al carbono sin costura o soldados, negros o\u00a0galvanizados por inmersi\u00f3n en caliente, para usos comunes. -17-12-86.<\/li>\n<li><strong>NMX-B-177-1990,\u00a0<\/strong>Tubos de acero con o sin costura, negros y galvanizados por inmersi\u00f3n en caliente.\u00a0-10-07-90.<\/li>\n<li><strong>NMX-B-179-1983,\u00a0<\/strong>Productos sider\u00fargicos- Tubos de acero con o sin costura-Series dimensionales.\u00a0-17-08-83.<\/li>\n<li><strong>NMX-E-043-SCFI-2002,\u00a0<\/strong>Industria del Pl\u00e1stico-Tubos de polietileno (PE) para la conducci\u00f3n de Gas\u00a0Natural (GN) y gas Licuado del Petr\u00f3leo (GLP)-Especificaciones. -04-06-02.<\/li>\n<li><strong>NMX-X-021-SCFI-2014,\u00a0<\/strong>Industria del gas-Tubos multicapa de polietileno-aluminio-polietileno\u00a0(PE-AL-PE) para la conducci\u00f3n de Gas Natural (GN) y gas licuado de petr\u00f3leo (GLP)-especificaciones y\u00a0m\u00e9todos de ensayo. -26-04-16.<\/li>\n<li><strong>NMX-X-031-SCFI-2010,\u00a0<\/strong>Industria del gas-V\u00e1lvulas de paso-Especificaciones y m\u00e9todos de prueba.\u00a0-14-02-11.<\/li>\n<li><strong>NMX-Z12-1\/2-1987,\u00a0<\/strong>Muestreo para la Inspecci\u00f3n por Atributos. Partes 1 y 2. Blumenkron, Fernando,\u00a0Gas Natural, combustible ecol\u00f3gico Tomo III, Edici\u00f3n 1999.<\/li>\n<li><strong>NMX-Z-013-SCFI-2015,\u00a0<\/strong>Gu\u00eda para la estructuraci\u00f3n y redacci\u00f3n de Normas. -17-04-15.<\/li>\n<li><strong>Resoluci\u00f3n\u00a0<\/strong>por la que la Comisi\u00f3n Reguladora de Energ\u00eda expide las disposiciones administrativas\u00a0de car\u00e1cter general en materia de medici\u00f3n aplicables a la actividad de transporte por ducto de\u00a0hidrocarburos, petrol\u00edferos y petroqu\u00edmicos. Publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el d\u00eda\u00a0jueves 17 de diciembre de 2015.<\/li>\n<li><strong>ISO 13623-2009,<\/strong>Petroleum and natural gas industries-Pipeline transportation systems.<\/li>\n<li><strong>API 5L-2012,\u00a0<\/strong>Specification for line pipe.<\/li>\n<li><strong>API RP 5L1-2015,\u00a0<\/strong>Recommended practice for railroad transportation of line pipe.<\/li>\n<li><strong>API 6D,\u00a0<\/strong>Specification For Pipeline And Piping Valves, 2015.<\/li>\n<li><strong>API 570- 2008<\/strong>, Piping Inspection Code: In-service Inspection, Rating, Repair, and Alteration of\u00a0Piping\u00a0Systems.<\/li>\n<li><strong>API Standard 521,\u00a0<\/strong>Guide for Pressure-Relieving and Depressuring Systems, 2014.<\/li>\n<li><strong>Est\u00e1ndar API RP 526,\u00a0<\/strong>\u00abV\u00e1lvulas de alivio de presi\u00f3n al acero dulce bridadas, 2009.<\/li>\n<li><strong>API RP 5LW-2015,\u00a0<\/strong>Recommended practice for transportation of line pipe on barges and\u00a0marine\u00a0vessels.<\/li>\n<li><strong>API 1104-2016,\u00a0<\/strong>Welding of pipelines and related facilities.<\/li>\n<li><strong>API RP 2201-2010<\/strong>, Pr\u00e1cticas seguras de perforaci\u00f3n de Ductos en servicio en las industrias del\u00a0Petr\u00f3leo y Petroqu\u00edmica.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>ASTM B 32- 2014,\u00a0<\/strong>Standard specification for solder metal.<\/li>\n<li><strong>ASTM A 53-2012<\/strong>, Standard specification for pipe, steel, black and\u00a0hot dipped, zinc coated welded\u00a0and\u00a0seamless.<\/li>\n<li><strong>ASTM A 106-2014,\u00a0<\/strong>Standard specification for seamless carbon steel pipe for high temperature\u00a0service.<\/li>\n<li><strong>ASTM A 333\/A 333M-2016,\u00a0<\/strong>Standard specification for seamless and welded steel pipe for low\u00a0temperature service.<\/li>\n<li><strong>ASTM A372 \/ A372M-2015,\u00a0<\/strong>Standard Specification for Carbon and Alloy Steel Forgings for\u00a0Thin-Walled Pressure Vessels.<\/li>\n<li><strong>ASTM A 381-2012,\u00a0<\/strong>Standard specification for metal arc welded steel pipe for use with high pressure\u00a0transmission systems.<\/li>\n<li><strong>ASTM A 671-2016,\u00a0<\/strong>Standard specification for electric fusion welded steel pipe for atmospheric and\u00a0lower temperatures.<\/li>\n<li><strong>ASTM A 672-2014,\u00a0<\/strong>Standard specification for electric fusion welded steel pipe for high pressure\u00a0service at moderate temperatures.<\/li>\n<li><strong>ASTM D 1988-2015,\u00a0<\/strong>Standard test method for Mercaptans in natural gas using length-of-stain\u00a0detector\u00a0tubes.<\/li>\n<li><strong>ASTM D2513\u00e22014,\u00a0<\/strong>Standard Specification for Polyethylene\u00a0(PE) gas Pressure Pipe, Tubing,\u00a0and\u00a0Fittings.<\/li>\n<li><strong>ASTM D 2657-2015,\u00a0<\/strong>Standard practice for heat fusion joining of polyolefin pipe and fittings.<\/li>\n<li><strong>ASTM D 3261-2016,\u00a0<\/strong>Standard specification for butt heat fusion polyethylene (PE) plastic fittings for\u00a0polyethylene (PE) plastic pipe and tubing.<\/li>\n<li><strong>ASTM D 2683-2014,\u00a0<\/strong>Standard specification for socket type polyethylene fittings for outside diameter\u00a0controlled polyethylene pipe and tubing.<\/li>\n<li><strong>ASTM E 797\/E 797M\u00e22015,\u00a0<\/strong>Standard practice for measuring thickness by manual ultrasonic pulse-echo contact method.<\/li>\n<li><strong>ASTM F 905-2011,\u00a0<\/strong>Standard practice for qualification of polyethylene saddle fusion joints.<\/li>\n<li><strong>ASTM F 1055-2016,\u00a0<\/strong>Standard specification for electrofusion type polyethylene fittings for outside\u00a0diameter controlled polyethylene and crosslinked polyethylene (PEX) pipe and tubing.<\/li>\n<li><strong>ASTM G95-2013,\u00a0<\/strong>Standard Test Method for Cathodic Disbondment Test of Pipeline Coatings\u00a0(Attached Cell Method).<\/li>\n<li><strong>ASME B 31.8-2016,\u00a0<\/strong>gas transmission and distribution piping systems.<\/li>\n<li><strong>ASME BPV-2017,\u00a0<\/strong>Boiler and Pressure Vessel code, section I, section VIII division I, section VIII\u00a0division 2, section IX.<\/li>\n<li><strong>ASME B 16.5-2013,\u00a0<\/strong>Pipe flanges and flanged fittings.<\/li>\n<li><strong>ASME B 16.9-2012,\u00a0<\/strong>Factory made wrought steel butt welding fittings.<\/li>\n<li><strong>ASME B 16.18-2012,\u00a0<\/strong>Cast copper alloy solder joint pressure fittings.<\/li>\n<li><strong>ASME B 16.22-2013\u00a0<\/strong>Wrought copper and copper alloy solder joint pressure fittings.<\/li>\n<li><strong>ASME B 16.25-2012,\u00a0<\/strong>Buttwelding ends.<\/li>\n<li><strong>B31G\u00e22012,\u00a0<\/strong>Manual for Determining the Remaining Strength of Corroded Pipelines: Supplement to\u00a0ASME B31, Code for Pressure Piping.<\/li>\n<li><strong>ASME B 16.33-2012,\u00a0<\/strong>Manually operated metallic gas valves for use in gas piping systems up to 175\u00a0psig, size \u00bd\u00bb-2&#8243;.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ul>\n<li><strong>ASME B 16.34-2013,\u00a0<\/strong>Valves flanged, threaded and welding end.<\/li>\n<li><strong>ASME B 16.38-2012,\u00a0<\/strong>Large metallic valves for gas distribution (manually operated NPS 2 \u00bd\u00bb\u00a0to 12&#8243;,\u00a0125 psig max.).<\/li>\n<li><strong>ASME B 16.40-2008<\/strong>, Manually operated thermoplastic gas shut-offs and valves in gas\u00a0distribution\u00a0systems.<\/li>\n<li><strong>ANSI\/ASME B36.10M-2015,\u00a0<\/strong>Welded and seamless wrought steel pipe.<\/li>\n<li><strong>ANSI\/NFPA 70,\u00a0<\/strong>\u00abC\u00f3digo el\u00e9ctrico nacional\u00bb (2008).<\/li>\n<li><strong>MSS SP-44-2016,\u00a0<\/strong>Steel Pipeline Flanges.<\/li>\n<li><strong>MSS SP-75-2014,\u00a0<\/strong>High-Strength, wrought, butt-welding fittings.<\/li>\n<li><strong>MSS-SP-58-2009,\u00a0<\/strong>Pipe hangers and supports &#8211; materials, design, manufacture, selection, application,\u00a0and installation.<\/li>\n<li><strong>NFPA 69,\u00a0<\/strong>Explosion Prevention Systems, 2014.<\/li>\n<li><strong>NFPA 5113,\u00a0<\/strong>Cutting and Welding Processes.<\/li>\n<li><strong>NACE RP 0169-2013,\u00a0<\/strong>Standard Recommended Practice. Control of External Corrosion on\u00a0Underground or Submerged Metallic Piping Systems.<\/li>\n<li><strong>BS EN 14161:2011<\/strong>, Petroleum and natural gas industries- Pipeline transportation systems.<\/li>\n<li><strong>CSA Z245.20\/Z245.21-2006,<\/strong>External fusion bond epoxy coating for steel pipe\/external polyethylene\u00a0coating for pipe.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>TRANSITORIOS<\/strong><\/p>\n<p><strong>PRIMERO.-\u00a0<\/strong>La presente Norma NOM-007-ASEA-2016, Transporte de Gas Natural, Etano y Gas asociado\u00a0al carb\u00f3n mineral por Medio de Ductos, entrar\u00e1 en vigor a los 170 d\u00edas naturales contados a partir del d\u00eda\u00a0siguiente de su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>SEGUNDO.-<\/strong>\u00a0La presente Norma NOM-007-ASEA-2016, Transporte de Gas Natural, Etano y Gas asociado\u00a0al carb\u00f3n mineral por Medio de Ductos, a su entrada en vigor cancelar\u00e1 y sustituir\u00e1 a la Norma Oficial\u00a0Mexicana NOM-007-SECRE-2010, Transporte de Gas Natural, publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n\u00a0el d\u00eda 8 de febrero de 2011.<\/p>\n<p><strong>TERCERO.-<\/strong>\u00a0Para los ductos que hayan sido construidos previo a la entrada en vigor de la presente Norma\u00a0Oficial Mexicana y no cumplan con lo requerido en el Numeral 10.27 Odorizaci\u00f3n, del cap\u00edtulo 10 Operaci\u00f3n,\u00a0Mantenimiento, los Regulados deben elaborar y presentar a la Agencia, en un plazo de 60 d\u00edas naturales\u00a0posteriores a la entrada en vigor de la presente Norma Oficial Mexicana, un programa de cumplimiento que\u00a0indique las etapas y tiempo para satisfacer dicho requerimiento.<\/p>\n<p>Los Regulados deben ejecutar dicho programa en un periodo que no exceda de 540 d\u00edas naturales\u00a0contados a partir de la entrada en vigor la presente Norma Oficial Mexicana, as\u00ed como deber\u00e1 enviar informes\u00a0semestrales a la Agencia respecto de la ejecuci\u00f3n. En caso de que los Regulados requieran de ampliaci\u00f3n del\u00a0plazo para ejecutar el programa de odorizaci\u00f3n, deber\u00e1 comunicarlo a la Agencia dentro de los primeros 360\u00a0d\u00edas naturales. La Agencia podr\u00e1 ampliar el plazo previsto hasta por 270 d\u00edas naturales, una vez concluido el\u00a0primer periodo.<\/p>\n<p>Agotado el periodo de 540 d\u00edas naturales previsto en este Transitorio, o la ampliaci\u00f3n que en su caso\u00a0determine la Agencia conforme al p\u00e1rrafo anterior, la odorizaci\u00f3n ser\u00e1 una condici\u00f3n necesaria para la\u00a0operaci\u00f3n de todo Sistema de Transporte por Ducto de Gas Natural, Etano y Gas Asociado al Carb\u00f3n Mineral,\u00a0en los t\u00e9rminos previstos en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>CUARTO.-<\/strong>\u00a0La Agencia podr\u00e1 establecer mediante programas de evaluaci\u00f3n los periodos en los que se<\/p>\n<p>deber\u00e1n presentar los Dict\u00e1menes de Operaci\u00f3n y Mantenimiento. En tanto no se publiquen dichos\u00a0programas, se estar\u00e1 a los plazos establecidos en la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>QUINTO.-<\/strong>\u00a0Los Regulados que se encuentren operando antes de la entrada en vigor de la presente Norma,\u00a0no les ser\u00e1 aplicable lo dispuesto en Dise\u00f1o, Construcci\u00f3n y Pre-arranque, y les ser\u00e1n exigibles las Normas y\u00a0Est\u00e1ndares que hubieren sido aplicables al momento de haberse realizado el Dise\u00f1o, Construcci\u00f3n\u00a0y Pre-Arranque los mismos.<\/p>\n<p><strong>SEXTO.-<\/strong>\u00a0Los dict\u00e1menes de cumplimiento con la Norma Oficial Mexicana NOM-007-SECRE-2010,\u00a0Transporte de Gas Natural, que hayan sido emitidos con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la\u00a0presente Norma NOM-007-ASEA-2016, ser\u00e1n reconocidos por la Agencia hasta el t\u00e9rmino de su vigencia.<\/p>\n<p><strong>S\u00c9PTIMO.-<\/strong>\u00a0Los Regulados que se encuentren operando a la entrada en vigor de la presente Norma,\u00a0contar\u00e1n con un plazo de 180 d\u00edas naturales a partir de la entrada en vigor del mismo para cumplir con lo\u00a0previsto en la Operaci\u00f3n, Mantenimiento.<\/p>\n<p><strong>OCTAVO.-\u00a0<\/strong>Los Sistemas de Transporte que cuenten con un Dictamen de Dise\u00f1o y que no hayan iniciado\u00a0operaciones a la entrada en vigor de la presente Norma, les ser\u00e1n exigibles las normas y est\u00e1ndares de\u00a0Dise\u00f1o y Construcci\u00f3n que fueron aplicables al momento de obtener el Dictamen de Dise\u00f1o. A partir del inicio\u00a0de operaciones de Sistemas de Transporte contar\u00e1n con 180 d\u00edas naturales para apegarse a lo establecido en\u00a0el cap\u00edtulo 10 Operaci\u00f3n y Mantenimiento, de la presente Norma.<\/p>\n<p><strong>Fuente: Diario Oficial de la Feredaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p><strong><a href=\"http:\/\/dof.gob.mx\/nota_detalle.php?codigo=5515122&amp;fecha=05\/03\/2018\">Consultar fuente original<\/a><\/strong><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. &#8211; Agencia Nacional de\u00a0Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.\u00a0CARLOS SALVADOR DE REGULES RUIZ-FUNES, Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de\u00a0Seguridad Industrial y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, y Presidente del Comit\u00e9\u00a0Consultivo Nacional de Normalizaci\u00f3n <\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":4501,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[34],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4327"}],"collection":[{"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=4327"}],"version-history":[{"count":7,"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4327\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4441,"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4327\/revisions\/4441"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/4501"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=4327"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=4327"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/deisa.com.mx\/wp\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=4327"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}